Categoría: Convenios Colectivos

  • Publicado en el DOE el CONVENIO COLECTIVO de TRABAJO del COMERCIO DE ÓPTICAS de la Provincia de BADAJOZ 2018, 2019 y 2020

    CCOO valoramos positivamente el acuerdo alcanzado, que incluye nuevas mejoras y la recuperación de la cláusula de revisión salarial con los que los trabajadores y trabajadoras no perderán poder adquisitivo.

    • Se acuerda que el descanso por prestar servicio en domingos y festivos se hará efectivo en el plazo de los tres meses siguientes o en caso contrario se considerarán como horas extraordinarias abonándose conforme se establece en convenio

    • Se da un nuevo redactado en el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal.

    • Los permisos retribuidos, comenzarán a contar a partir del 1º día laboral al hecho causante, en caso de hospitalización o intervención

    • En todas las licencias el trabajador que necesite hacer un desplazamiento superior a 200 kilómetros del centro de trabajo, el permiso retribuido se incrementará en un día más

    • Nueva Licencia retribuida: Hasta 3 días laborables al año por cuidado de hijos de hasta 12 años con reposo domiciliario por prescripción médica, teniendo que hacer entrega del debido justificante del facultativo

    • Durante la celebración de las ferias y fiestas de cada localidad, la jornada anterior a la fiesta local, los establecimientos comerciales tendrán la jornada solo de mañana, con horario de 10 a 15 horas. En caso de que el día anterior al festivo local, coincidiera en domingo, la tarde se disfrutara el día posterior a la fiesta local de cada localidad

    • Se acuerda para el año 2018 un incremento inicial del 1.80%, para el año 2019 un incremento inicial del 2% y para el año 2020 un incremento inicial del 2% Con carácter retroactivo desde el 1 de Enero de cada uno de los años. Con Cláusula de revisión: Una vez conocido el IPC real de cada uno de los años de vigencia del convenio, se revisarán los salarios en el exceso de la diferencia del incremento inicial y el IPC real de cada uno de los años, con carácter retroactivo desde el uno de enero de cada año y en todos los conceptos económicos, para cada uno de los años de vigencia del convenio.

    • Se aumentan todos los conceptos económicos en el mismo porcentaje que los salarios

    • Los miembros de Comité de Empresa podrán acumular en una bolsa el conjunto o parte de sus horas sindicales para poder ser utilizadas por cualquiera de los miembros del Comité que las solicite.

    • Se aumenta el periodo de lactancia de una hora de ausencia del trabajado, hasta que el hijo tenga los diez meses

    • Se actualiza a la legislación vigente, las vacaciones en IT, reducciones de jornada por familiar hasta 2º grado, periodo de suspensión por paternidad.

  • Convenio Hostelería Baleares 2018-2022 (Publicado en el BOIB)

    El nuevo convenio prorroga las condiciones del anterior, garantizando así que no se produzca ninguna pérdida de derechos ya conseguidos, alcanzados a lo largo de años de negociación y lucha, y se añaden tres nuevos elementos de mejora en las condiciones laborales y salariales.

    AUMENTO SALARIAL DEL 17%

    Del 01/01/2018 hasta el 31/03/2018 se incrementa en un 3,875% y a partir del 01/04/2018 un 1,125% más, llegando al 5% hasta del 31/03/2019.

    A partir del 01/04/2019 hasta el 31/03/2020, el incremento salarial ser del 5% y para los dos años restantes de un 3,5% cada año, respectivamente.

    EXTERNALIZACIONES

    Se mejora y garantiza que en aquellos casos de subcontratación de servicios en empresas del sector, los trabajadores y trabajadoras que presten su servicio en empresas de hostelería se les deberán garantizar las mismas condiciones, en materia de jornada, descansos, salarios, etc.  que a los trabajadores y trabajadoras del centro.

    CARGAS DE TRABAJO

    Firmado un acuerdo tripartito entre el Govern (Consellería de Trabajo, Convenio e Industria), sindicatos y patronal en materia de salud laboral.

    Objetivos: reducir la siniestralidad laboral en el sector, definir las cargas de trabajo y poner en marcha medidas para facilitar la detección y reconocimiento de enfermedades profesionales

    Desde CCOO Servicios Illes Balears, manifestamos que aunque se ha conseguido el mayor incremento salarial del Estado desde la crisis, y se han introducido elementos de mejoras laborales, aún queda mucho trabajo y camino por recorrer, sobre todo garantizar el cumplimiento del Convenio Colectivo en los centros de trabajo, ya que ello repercutirá en un empleo estable y de calidad.

    Ver Convenio Hostelería Islas Baleares

  • Convenio de Dependencia Mercantil Almeria (Comercio)

    Estarán incluidas en el presente Convenio las empresas cuya actividad, desarrollada profesionalmente y con establecimiento mercantil abierto, consista en la venta de cualquier clase de artículos, bien sea al detall o al por mayor, en nombre propio o de terceros, y que no estén afectadas por un ciclo de producción, aunque el producto pueda sufrir un acondicionamiento previo, siempre que estuvieran dentro del campo de aplicación de la Ordenanza de Comercio y que no hubieran excluido por Convenio Colectivo o acuerdo la aplicación de la misma. Quedan excluidas las empresas cuya actividad consista en la venta de artículos textiles, así como aquellas otras que, por razón de sus características concretas, les sea de aplicación otro convenio específico.

    Descargar Convenio Colectivo de Dependencia Mercantil de Almería