Categoría: Convenios Colectivos

  • Convenio Estatal de Restauración Colectiva 2020 2021 publicado en el BOE

    Veníamos de una situación complicada, ya que nos encontrábamos con el convenio prorrogado, y que a final de año terminaba la prorroga, sumado a la crisis sanitaria y económica del COVID-19, para CCOO era vital firmar un buen acuerdo y volver a darle más vida aún si cabe a este convenio.

    Publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE – 17/03/2022) el Acuerdo de prórroga del Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva

    El presente convenio colectivo será de aplicación con una vigencia inicial desde el 1 de enero del 2021, hasta el 30 de junio de 2022. 

     

    Publicado en BOE el Convenio Estatal de Restauración Colectiva. 

    El presente Convenio Colectivo tiene una vigencia de dos años, desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, con las tablas salariales adjuntas para ambos años.

    Para  el año 2020 las condiciones aplicables son las recogidas en el anterior Convenio Colectivo de Restauración Colectiva (2019); incluidas sus tablas salariales, salvo la tabla salarial prevista en su anexo para monitor/a, que se actualiza a 13.300 € para el año 2020. Así como el resto de los salarios previstos en las tablas que se encontraran por debajo de dicha cifra.

    Puede que sepa a poco… pero en un año en el que la COVID-19 ha arrasado con el sector de la Restauración Colectiva, CCOO hicimos el sobre-esfuerzo de mantenernos a flote y sacar para adelante el convenio  sin perder condiciones salariales y sociales y haber podido cerrar un acuerdo in –extremis, con las demás partes firmantes.

    Dentro de las novedades cabe destacar los avances que hemos conseguido respecto al conflicto jurídico de monitoras/es.

    Incluir en las tablas del convenio los salarios de las categorías u ocupaciones de monitora/es en cada una de las provincias, los cuales se corresponden con los salarios de hostelería vigentes a la entrada en vigor del Convenio Estatal de Restauración Colectiva en cada una de las provincias regularizados con los incrementos pactados en el Convenio Colectivo de Restauración Colectiva.

    La contratación a tiempo parcial del personal de monitores para vigilancia de comedor y patio en centros escolares no podrá ser inferior a dos horas diarias y 10 horas semanales de promedio, todo un logro sabiendo los años de lucha incansable por parte de CCOO, que por fín verán sus frutos ya reflejados en este convenio.

    Por otro lado Dentro del Art de Licencias retribuidas en el ART-29 (M) se incorpora también al mismo una licencia no retribuida de 4 meses.

    Texto del II Convenio de Restauración Colectiva

     
  • Convenio Colectivo de Metal Comercio de Zamora

    Publicado en el Boletín Oficial Provincial (BOP) el Texto del Convenio Colectivo Provincial aplicable al Sector de Metal Comercio de Zamora (Código de acuerdo 49000605011981/ Localizador HS45M

    El presente Convenio regula las relaciones laborales de todas las empresas y sus trabajadores que se rigen por el I Acuerdo Marco de Comercio, aprobado por Resolución de 2 febrero de 2012.

    Este Convenio que sustituye y anula al anterior vigente en la actualidad, entrará en vigor el día 1 de enero de 2020 a efectos económicos y sociales y con independencia de la fecha de su publicación en el Boletín oficial de la Provincia. El período de duración del presente Convenio será de cuatro años, desde el 1 de Enero de 2020 al 31 de diciembre del año 2023 y quedará denunciado automáticamente a su vencimiento.
     

    ACUERDO de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Comercio Metal:  Fijar como no laborables en Zamora capital las tardes de los días 24, 27 y 28 de junio de 2022 con motivo de la fiestas de San Pedro, en los sectores de Comercio Metal y Metal Industria de la Provincia de Zamora. Tal y como establece el artículo 16 de referidos convenios, dichas tardes pueden ser modificadas por acuerdo entre empresa y trabaja.

     

    Ver ANTERIORES:

    Ver texto BOP del Convenio Colectivo Provincial aplicable al Sector de Metal Comercio de Zamora 2020-2023

  • Convenio de Supermercados de Castilla y León

    En el día de hoy, 16/03/2022 se ha publicado publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) el IX Convenio Colectivo de Medianas Superficies de Distribución de Alimentación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

    Este convenio entrará en vigor en la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y extenderá sus efectos con carácter retroactivo desde el día 1 de enero de 2021 y su vigencia se extenderá al 31 de Diciembre de 2026.

    A partir de este momento las empresas que no hayan aplicado las tablas salariales y el abono de los atrasos desde el 01/01/2021 deberán hacerlo en el mes de marzo o abril.

  • Revisión salarial del Convenio Colectivo de Hostelería de Islas Baleares

    Desde la Federación de Servicios de CCOO Islas Baleares os informamos de la revisión salarial del Convenio Colectivo de Hostelería de Islas Baleares

    De aplicación desde el 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2023.

  • Modificación parcial del Convenio Colectivo de Minoristas de Alimentación de Asturias (2018-2023)

    • Publicadas en el BOPA la modificación parcial del Convenio Colectivo de Minoristas de Alimentación de Asturias (2018-2023)

    La Comisión Paritaria del Convenio colectivo de sector Minoristas de Alimentación del Principado de Asturias, acordaron el pasado 14 de febrero, realizar una modificación parcial del texto del Convenio Colectivo de Minoristas de Alimentación del Principado de Asturias para los años 2018-2023.

    Dicha modificación recoge entre otras cuestiones a destacar:

    • La modificación del importe máximo del seguro de vida e incapacidad por accidente que figura el artículo 18 del Convenio Colectivo (28.768,17 €) ya que el referido importe se recoge sin actualizar, figurando la cuantía máxima que ya se recogía en el Convenio Colectivo anterior para el año 2015, cuando debe figurar el importe actualizado para el año 2018.

      Por ello a continuación se pasa a transcribir el nuevo texto del artículo 18 cuyo en el sentido de actualizar el importe máximo de la póliza de Convenio referido al año 2018 («29.549,97 € para el año 2018»), con el siguiente contenido:

      • Artículo 18 – Seguro de vida e incapacidad, por accidente
        Las Empresas, siempre y cuando no dispongan de otro igual o más beneficioso, procederán en el plazo de tres meses a contar desde la fecha de la firma del presente Convenio a concertar un seguro de vida e incapacidad permanente derivadas de accidente que cubra las 24 horas del día, con excepción de riesgos extraordinarios (alpinismo, carreras de vehículos a motor, etc.), a fin de que los/as trabajadores/as o sus causahabientes perciban por tal concepto indemnizatorio la cantidad, según baremo establecido en póliza, con un máximo de 29.549,97 € para el año 2018, con las actualizaciones de IPC correspondientes.
         
    • Modificación de las tablas salariales anexas incluyendo el importe de las dietas. Pese a que el artículo 15 del Convenio Colectivo dispone que «se fijan las dietas en la cantidad que figura en los correspondientes anexos», las cantidades a abonar por el concepto de dieta (dieta completa y media dieta) no están reflejados en las tablas salariales anexas correspondientes a los años 2018 a 2023. Por ello procede su modificación e inserción en cada uno de los anexos (I a VI) del importe correspondiente a los conceptos de dieta completa y media dieta para cada año, en las cuantías que se detallan a continuación, quedando dichos anexos como sigue:

       

     

    Publicación BOPA de Modificación parcial del Convenio Colectivo de Minoristas de Alimentación de Asturias (2018-2023)