Categoría: Convenios Colectivos

  • Firmado preacuerdo del Convenio Colectivo de Seguros, Reaseguros y Mutuas

    En la reunión del Plenario de la Comisión Negociadora celebrada el 30 de julio, CCOO junto con UGT hemos firmado un principio de acuerdo con las Patronales UNESPA, AMAT y CEM sobre el Convenio Colectivo para las entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.

    Las partes hemos agendado reuniones a partir de septiembre para continuar negociando el resto de las materias y la redacción final del texto del Convenio. Los puntos principales del preacuerdo se concretan en los siguientes:

    Teletrabajo:

    • Compensación de gastos 2 euros diarios. Este importe se revalorizará a partir de 2023 en el mismo porcentaje que lo haga la tabla salarial.
    • Dotación mínima de ordenador, smart pc o similar por parte de las empresas, además de otras herramientas o elementos necesarios para llevar a cabo la actividad laboral.
    • El Convenio se aplicará al teletrabajo regular superior al 30% como establece la ley. No se contempla ninguna compensación a nivel sectorial por teletrabajo derivado de la covid-19, remitiéndose al ámbito de la empresa en su caso. 
    • En las empresas, mediante acuerdo con la RLPT, se podrán pactar otros sistemas sustitutivos o complementarios de lo regulado para el teletrabajo en el convenio. Es decir, el convenio sectorial marca unos mínimos siempre mejorables a nivel de empresa mediante negociación colectiva.

    Incremento salarial:

    • El convenio tendrá una vigencia de 5 años (2020-2024).
    • 2020, 2021 y 2022 tendrán incrementos salariales fijos: 0,5% en 2020, 1% en 2021 y 1% en 2022. No obstante, si el IPC de 2021 fuera igual o superior al 2% se aplicará un incremento inicial en 2022 del 1,20%. Y si el IPC de 2022 fuera igual o superior al 2% se aplicará una revisión retroactiva del 120% al incremento aplicado en 2022.
    • Para 2023 y 2024 se aplicará una revisión salarial igual a la del convenio anterior en función de la evolución del PIB y utilizando el IPC como elemento corrector. En consecuencia, se aplicará un incremento inicial en 2023 y 2024 del 0,8% en enero y al finalizar el año se revisará el incremento utilizando dichos índices como referencia.
    • Respecto al importe de compensación por comida se mantendrá el importe actual de 11,10€ diarios hasta 2022; en 2023 subirá a 11,20€ y en 2024 a 11,30€.

    Desconexión, derechos digitales y Registro de jornada:

    El preacuerdo reconoce el derecho a la desconexión, la información previa a la RLPT en los procesos de transformación digital, el derecho a la intimidad en el uso de dispositivos digitales, el derecho a la intimidad en los supuestos de sistemas de videovigilancia, grabación de sonidos y geolocalización, el derecho a la educación digital y el derecho frente a la Inteligencia Artificial. Así mismo se establece el procedimiento de registro de la jornada laboral.

    Subcontratación:

    Esta es una cuestión que a CCOO nos preocupa enormemente y así lo hemos manifestado en varias ocasiones durante toda la negociación. Estamos viendo cómo tareas que entendemos deben llevarse a cabo por personas bajo el “paraguas” del convenio de Seguros, se están externalizando y aprovechándose para aplicar condiciones inferiores al personal que las realiza. El preacuerdo firmado recoge el compromiso de las partes de tratar este asunto en el seno del Observatorio Sectorial.

    Jubilación forzosa:

    Con la finalidad de rejuvenecer las plantillas del Sector, la empresa podrá decidir la jubilación de una persona cuando alcance la primera edad ordinaria de jubilación y siempre que tenga derecho al 100% de su pensión. A cambio, la empresa tendrá que contratar obligatoriamente a otra persona con contrato indefinido a tiempo completo. Es decir, no habrá pérdida de empleo en el movimiento neto de plantilla.

    Igualdad:

    El preacuerdo recoge el compromiso de las partes para avanzar en la lucha contra la brecha salarial de género. La Comisión de Igualdad analizará la situación desde una perspectiva sectorial a fin de consensuar buenas prácticas enfocadas a eliminar dicha brecha.

    Mutuas, asignatura pendiente:

    En lo que se refiere a aspectos específicos del Sector de Mutuas, el preacuerdo sigue sin recoger nuestras reivindicaciones. No obstante, la negociación no ha terminado, el de hoy es un hito importante pero no el punto final, y desde CCOO seguiremos insistiendo a la Patronal AMAT para incluir los siguientes puntos en el Convenio definitivo.-

    • Establecer unas tablas salariales específicas de referencia que permitirían realizar la actualización automática de las retribuciones básicas sin los retrasos que se vienen dando.
    • Equiparar la clasificación profesional del personal con titulación en medicina, que se encuentre realizando el MIR, con la del resto de titulados en medicina general, actualizando igualmente la nomenclatura de los puestos de trabajo al catálogo de titulaciones y cualificaciones profesionales vigentes en la actualidad.
    • Establecimiento de la jornada máxima semanal de 37 horas
    • Obligación de instaurar en todas las Mutuas un sistema de desarrollo profesional para el personal sanitario, negociado con las organizaciones sindicales mayoritarias.
    • Establecimiento de un comité evaluador sectorial para homogeneizar los criterios de evaluación de los diferentes grados.
    • Garantía de indemnidad por conflicto deontológico o profesional

    Desde CCOO valoramos positivamente el preacuerdo suscrito que fija los pilares de lo que sera? el Convenio Colectivo para los pro?ximos an?os. A partir de septiembre continuaremos planteando y defendiendo propuestas en defensa de los intereses de todas las trabajadoras y trabajadores del Sector.

  • Publicat el Conveni Col·lectiu del comerç de mobles de la província de València

    En el Butlletí Oficial de la Província de València del dia 9 de juny de 2021 ha sigut publicat el conveni col·lectiu del comerç de mobles de la província de València,

    Pots veure o descarregar el conveni publicat en el BOP en format pdf, punxant ací

  • Publicado el Convenio Colectivo del comercio de muebles de la provincia de Valencia

    En el Boletin Oficial de la Provincia de Valencia del dia 9 de junio de 2021 ha sido publicado el convenio colectivo del comercio de muebles de la provincia de Valencia,

    Puedes ver o descargar el convenio publicado en el BOP en formato pdf, pinchando aqui

  • Publicado en el BOP el convenio de Supermercados de la provincia de Valencia

    Las patronales de supermercados, FesMC-UGTPV y Serveis CCOOPV, hemos llegado a un acuerdo para la firma del convenio de Supermercados de la provincia de Valencia.

    El mismo ha sido publicado en el Boletin Oficial de la Provincia el día 14 de junio de 2021

     

    El convenio tendrá una vigencia desde el 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021

    En el año 2021 desaparecen las categorías profesionales y pasan todas ellas a Grupos Profesionales tal y como había ordenado la autoridad laboral, estableciéndose V Grupos Profesionales.

    La subida salarial para 2019 es del 0,8%, del 0,5% para el 2020 y en 2021 hay dos subidas en función de los Grupos, esto es, el G1 y el G2 tienen una subida del 2% y los demás Grupos del 0,5%. Se ha conseguido que las antiguas categorías que cobraban menos sean las que tienen una mayor subida.

    Todas estas subidas serán con carácter retroactivo desde el año 2019, con lo que se generan unos atrasos salariales que se tendrán que abonar una vez publicado el Convenio.

    Puedes ver o descargar el Convenio en formato pdf, pinchando aqui

  • Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición

    El presente Convenio Colectivo establece las normas básicas y regula las condiciones mínimas de trabajo entre las empresas dedicadas a servicios de reposición de productos en Grandes Superficies, a título enunciativo y no limitativo, cadenas de distribución, hipermercados, supermercados y tiendas de conveniencia y sus trabajadores, entendiéndose incluidas expresamente, a efectos enunciativos las actividades de gestión, administración y planificación de las actividades de manipulación y ubicación de mercancías en las estanterías, balizaje y control de caducidad e inventario de los productos, y verificación de la correcta exposición de la mercancía en el lineal.

    Publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición (2020-2023). La vigencia de este convenio se establece entre el día 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2023. Los efectos económicos tendrán una vigencia desde el 1 de enero de 2020 cualquiera que sea la fecha de publicación del Convenio Colectivo, debiendo abonarse los atrasos en el plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de la publicación. Una vez vencida la vigencia inicial, se entenderá prorrogado de año en año siempre que no sea denunciado por alguna de las partes en tiempo y forma. La denuncia deberá efectuarse con un mínimo de tres meses de antelación al vencimiento de la vigencia del convenio o de cualquiera de sus prórrogas y deberá formalizarse por escrito y notificarse a la otra parte y a la autoridad laboral dentro del plazo establecido.

     

     

    Ver ANTERIORES:

    Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición (2020-2023)