A raíz de un correo enviado desde la unidad de DCX, con instrucciones sobre cómo y cuándo imputar las horas de octubre en Replicon, hemos recibido varias dudas al respecto. Nos referimos al correo enviado el día 14 de octubre, de asunto “[Imputaciones REPLICON – Cierre Octubre 2024]”.
Desde nuestro punto de vista, este correo no está correctamente redactado, generando confusión y dudas sobre cómo se debe imputar en Replicon.
A raíz de un correo enviado desde la unidad de DCX, con instrucciones sobre cómo y cuándo imputar las horas de octubre en Replicon, hemos recibido varias dudas al respecto. Nos referimos al correo enviado el día 14 de octubre, de asunto “[Imputaciones REPLICON – Cierre Octubre 2024]”.
Desde nuestro punto de vista, este correo no está correctamente redactado, generando confusión y dudas sobre cómo se debe imputar en Replicon.
Como ya sabéis, Replicon es la herramienta corporativa oficial de Empresa para el registro de Jornada diaria y Facturación/asignación:
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Los “Time punch”, correspondientes a entradas de tiempo referente al Registro de jornada diaria.
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Los “Time distribution”, correspondientes a entradas de tiempos facturados/asignados a servicios y proyectos.
El problema estriba en que se utiliza una misma herramienta para la imputación de dos conceptos muy distintos.
Esto lleva a tener una forma de imputar en el día a día (“Punches”), que cambia radicalmente cuando debemos cerrar la imputación mensual de tiempos facturados/asignados (hacer “Submit” del “Time distribution”).
En el correo que se ha enviado se indica:
“El Time Punches se envía sólo y exclusivamente hasta el día laborable anterior al día que vamos a hacer el Submit del Time Distribution. El Time Punches NO ES OBLIGATORIO. Time Punches = Horario Real Trabajado”.
Sobre la afirmación de que los “time Punches NO ES OBLIGATORIO”, ¿es así?
Desde el punto de vista exclusivamente de la Empresa, los “Punches” no son un dato necesario a efectos de facturación. Por tanto, no son de obligado cumplimiento en Replicon, que acepta las fichas semanales sin introducir este dato.
Entonces, ¿es necesario registrar la Jornada diaria?
SIEMPRE. Tal y como establece el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la implantación de un sistema que permita computar la jornada laboral diaria es de obligación para todas las empresas, debiendo ser un reflejo real de la jornada trabajada, introducida por cada persona trabajadora. Esto sirve para poder acreditar las horas realmente realizadas ante situaciones que puedan requerirlo.
Pero, ¿es posible imputar “Punches” (registros de Jornada diaria) después de haber cerrado y enviado la facturación/asignación del mes (“Submit” del “Time distribution”)?
SÍ. De hecho, así lo permite Replicon, siempre y cuando sigamos los siguientes pasos:
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Reabrir la ficha de registro semanal.

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Informar los “Punches” realizados después del cierre de facturación.

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Hacer “Submit” de los cambios para su aprobación.
Por último, como Guía de buenas prácticas con el Replicon, recuerda:
Con estos apuntes, esperamos haber aclarado vuestras dudas y solicitaremos a la Empresa mejorar el redactado de futuros comunicados.
Cualquier duda contacta con cualquiera de tus delegados de CCOO-Capgemini
#SeguimosSumando