Categoría: denuncias capgemini

  • Cláusula en las nuevas contrataciones: ¿La dirección de Capgemini solo reacciona ante las denuncias?

     

    El próximo viernes día 13 de Mayo estamos citados en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) como firmantes del acuerdo del Plan de Transformación para tratar el tema del clausulado de las nuevas contrataciones

     

    El próximo viernes día 13 de Mayo estamos citados en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) como firmantes del acuerdo del Plan de Transformación para tratar el tema del clausulado de las nuevas contrataciones.

    Una vez más, la dirección de Capgemini demuestra que solo reacciona ante las demandas, algo que nos parece lamentable. Os resumimos el histórico:

    • Tras la firma del Plan de Transformación, la empresa de manera unilateral e interesada, modificó el clausulado de los nuevos contratos.

    En Octubre de 2015 las Secciones Sindicales firmantes de dicho Plan trasladamos a la empresa  que dicha clausula debía modificarse para adaptarla a lo acordado en el plan de Transformación.

    • En noviembre de 2016 ante la falta de respuesta les solicitamos dicha modificación formalmente:

    • En Marzo de 2016 recordamos nuevamente a la empresa, vía correo electrónico que había que abordar esta situación pero seguimos sin respuesta.

    Aun entendiendo que queda bastante tiempo antes de que esta cláusula pudiera perjudicar realmente a algún trabajador que ha sido contratado recientemente, es inaceptable que la empresa no haya reaccionado hasta que se ha interpuesto una demanda judicial.

    Desde CCOO-Capgemini acudiremos al SIMA esperando que la Dirección solucione un problema que podría haber evitado fácilmente.

    {loadposition articulo}

    {loadposition bottom}

  • Coleccionando demandas: Absorción incremento categoría

    En el año 2010, Secciones Sindicales y Comités de Empresa firmaban un acuerdo fruto del cual una vez conocida la sentencia del conflicto colectivo, interpuesto por los Comités de Empresa de Barcelona y Valencia, los trabajadores recuperaban las cantidades absorbidas de su mejora voluntaria por incrementos de antigüedad y se les restituía dichos importes en nómina. Puedes verlo aquí.

    Pero dicha demanda incluía un segundo punto que finalmente también era ganado por la parte social: la absorción en los cambios de categoría de convenio.

    Desde que salió dicha sentencia hace casi un año, la empresa ha ignorado tanto la decisión del juez, como las reiteradas peticiones, tanto de los demandantes como de las Secciones Sindicales conjuntamente, para llegar a un acuerdo en la forma de efectuar el pago.

    Llegados a este punto y teniendo en cuenta que al año de la resolución judicial (Septiembre de 2013) las personas afectadas perderían el derecho que un juez les ha otorgado, la empresa no ha dejado otro camino a los demandantes que iniciar el proceso de reclamación individual de cantidades.

    Pero desgraciadamente esto no termina aquí ya que a su incomprensible forma de actuar hemos de sumar las dificultades que está poniendo a los trabajadores y trabajadoras que, con el objetivo de poder demostrar que están afectados, no les están entregando las nóminas justificándose en la sobrecarga de trabajo que argumentan están teniendo.

    Desde la Sección Sindical de CCOO, queremos animar a todas aquellas personas que están afectadas a que reclamen las cantidades que en su día Capgemini les dejó de pagar y por otro queremos instar a la empresa a que recapacite ya que en menos de tres meses se habrán interpuesto numerosas demandas individuales lo cual dice mucho de la forma de gestionar dicha compañía.

     

    COMISIONES OBRERAS 
    Defendiendo tus derechos 

     

    {loadposition articulo}

    {loadposition bottom}

     

  • Sin información? denuncia en Inspección

      El artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores establece la información que las empresas deben entregar a la Representación Legal de los Trabajadores. Ante la falta de respuesta a las reiteradas solicitudes realizadas a la dirección de Capgemini para que se cumpla con dicha entrega, ayer interpusimos la correspondiente denuncia en Inspección de Trabajo. Desde finales de 2013 y principios de 2014 la Sección Sindical Estatal de CCOO-Capgemini hemos solicitado a la Dirección de la compañía en varias ocasiones la información legalmente establecida en el Art. 64 del Estatuto de los Trabajadores. Podéis ver el detalle de dichas solicitudes aquí.   

    Debemos reconocer que Capgemini entrega periódicamente información a la Representación Legal de los Trabajadores pero, en nuestra opinión, no toda la establecida en la Ley faltando entre otras: 

    • Evolución general del sector económico a que pertenece la empresa
    • Situación económica (balance, cuenta de resultados y memoria) de la empresa y la evolución reciente y probable de sus actividades (…). 
    • Previsiones del empresario de celebración de nuevos contratos, con indicación del número de éstos y de las modalidades y tipos que serán utilizados (…). 
    • Información de la situación y estructura del empleo en la empresa así como información trimestral sobre la evolución probable del mismo, incluyendo la consulta cuando se prevean cambios al respecto (…). 
     
    Así mismo estamos solicitando, tal y como se comprometió la compañía, la misma información (actualizada evidentemente) que se nos entregó en el proceso de Despido Colectivo acometido en 2013. Desde la Sección Sindical Estatal de CCOO-Capgemini queremos insistir en la importancia de tener esta información a nivel estatal (Asturias, Barcelona, Madrid, Murcia, Valencia y Zaragoza) para poder tener una visión global que nos permita ser más eficientes. 
     
    Por todo ello, ayer interpusimos una denuncia ante la Inspección de Trabajo, con el objetivo de recibir la información legalmente establecida. 
     

    COMISIONES OBRERAS

    Siempre vigilantes

    {loadposition articulo}

    {loadposition bottom}

     

     

  • Aviso de interposición de recurso en el Tribunal Supremo

    A pesar de contar con conocimiento previo de la sentencia de la Audiencia Nacional, sobre la demanda contra el Expediente de Despido Colectivo en Capgemini, no ha sido hasta hace poco que las Secciones Sindicales de CCOO, CSI·F y UGT hemos tenido notificación oficial de la misma.  

     
    Es preciso aclarar que, aunque la demanda fue presentada conjuntamente por las tres Secciones Sindicales, la notificación oficial de la sentencia se tramita de manera individual, recibiéndose en distintas 
    fechas.
     
    Una vez entregada esta notificación, se inició un plazo de 5 días hábiles para comunicar la intención de presentar recurso contra dicha sentencia. Aún cuando este plazo ha sido distinto para cada una de las Secciones Sindicales, las mismas ya hemos avisado de nuestra intención de recurrir ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto quedamos a la espera que dicho órgano nos indique el plazo para poder presentar en firme este recurso. 
     
    Para aclarar esta u otra cuestión, no dudes en ponerte en contacto con un delegado/a de CCOO.
     
    Os seguiremos informando.
     
    {loadposition articulo}
    {loadposition bottom}
  • SENTENCIA JUICIO AUDIENCIA NACIONAL

    Ayer se nos notificó la sentencia sobre el juicio por el Despido Colectivo abierto por Capgemini en Abril de 2013.
     
    El resultado de la sentencia ha sido a favor de la compañía,  desechando los  principales argumentos esgrimidos por las Secciones Sindicales en defensa de los trabajadores, al no entrar a valorarse los criterios de selección y aplicación del Despido Colectivo.
     
    Las Secciones Sindicales de CCOO, CSI·F y UGT en Capgemini no estamos en absoluto de acuerdo con el resultado de dicha sentencia. Aún  así, por  responsabilidad  con  los  trabajadores  despedidos  y  con  la  actual  plantilla, estamos valorando la sentencia y estudiando los posibles caminos a seguir.
     
    Para cualquier duda o aclaración no dudes en ponerte en contacto con un delegado de CCOO.