Categoría: Digital

  • El sindicato puede utilizar el correo electrónico de las empresas

    El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de CCOO y ha dictado una sentencia que avala el uso sindical del correo electrónico de las empresas, con la condición de que no perturbe la actividad normal de las compañías, ni suponga ningún coste adicional para las mismas. Así, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional anula la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que había dado la razón a la empresa en el caso del Grupo BBVA.

    Texto completo de la «Sentencia uso sindical correo electrónico»
    Sentencia sobre utilización sindical del correo electrónico

    El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de CCOO y ha dictado una sentencia que avala el uso sindical del correo electrónico de las empresas, con la condición de que no perturbe la actividad normal de las compañías, ni suponga ningún coste adicional para las mismas. Así, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional anula la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que había dado la razón a la empresa en el caso del Grupo BBVA.


    Esta Sentencia restituye el criterio defendido por COMFIA-CCOO, en solitario, desde el primer momento, al entender que la ley avala la comunicación entre el sindicato y sus afiliados y con los trabajadores en general, independientemente del medio utilizado para ello.


    El Tribunal Constitucional afirma que se vulneró el derecho a la libertad sindical, ya que sobre el empresario «pesa el deber de mantener al sindicato en el goce pacífico de los instrumentos aptos para su acción sindical, siempre que tales medios existan, su utilización no perjudique la finalidad para la que fueron creados por la empresa y se respeten los límites y reglas de uso».


    COMFIA – CC.OO. quiere resaltar la trascendencia de esta sentencia, pues es de aplicación inmediata y extensible a todos los sectores de actividad. A nuestro juicio no se trata de la conquista de nuevos derechos, sino la actualización de los derechos de información ya existentes en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS).


    Por todo ello, COMFIA – CC.OO., que siempre ha defendido la necesidad de alcanzar acuerdos para un uso sensato y razonable del correo electrónico, volveremos a impulsar procesos de negociación para la aplicación práctica y técnica de este derecho, hoy ya indiscutible.


    Confiamos, pues, en el cumplimiento de esta sentencia para que la utilización del correo electrónico por los sindicatos permita una mejora en las garantías de comunicación e información con los trabajadores y las trabajadoras.


    Madrid, 18 de noviembre de 2005


    COMFIA-CC.OO.

  • BBVA: Quinto asalto de «phising» en un mes, el banco sigue sin reaccionar

    La falta de iniciativa de la Entidad convierte a sus clientes en las víctimas favoritas de los «cibercacos».

    Por quinta vez en lo que va de mes la página web del BBVA ha sido
    objeto de un intento de fraude con la técnica conocida como «phising».
    En reiteradas ocasiones nos hemos dirigido al Banco para que informe a
    sus clientes por los mismos canales que utilizan habitualmente en su
    relación comercial (básicamente correo postal) de las medidas a adoptar
    para evitar éste tipo de fraudes. Siguen sin hacerlo para solaz de los
    «ciberestafadores»

    La única medida adoptada por el Bnaco es la introducción de una
    «tarjeta de coordenadas» para sus clientes de internet, iniciativa
    absolutamente inocua para combatir estos intentos de fraude

    Desde esta Federación nos hemos dirigido en numerosas ocasiones tanto a
    las entidades financieras, pidiéndoles que actúen informando a la
    clientela, como al Banco de España, pidiéndole que regule la seguridad
    de la banca por internet. Unos y otro han optado por el silencio como
    respuesta y la inacción como medida mientras observamos con
    preocupación el aumento de los ataques.

    Sólo Cajamadrid hace unos meses y ahora Ibercaja se han tomado en serio
    la amenaza y han actuado eficazmente. Ibercaja ha utilizado además un
    método creativo y, a nuestro juicio muy eficaz, modificando con un
    texto de advertencia la imagen corporativa que los estafadores usan en
    su correo falso.

    Desde esta Federación felicitamos a la Asociación de Internautas por la
    sistemática labor informativa que desarrolla la en favor de los
    clientes bancarios al avisarles de todos y cada una de las estafas y
    suplantaciones en vigor ya que esto les genera confianza y les da
    seguridad en las transacciones bancarias por Internet

    Una vez más instamos a las entidades financieras, al Banco de
    España y al conjunto de los poderes públicos para que tomen las medidas
    que a cada uno correspondan para lograr una eficaz defensa de los
    usuarios del sector financiero.

    ANEXO:

    Para una información
    más completa teclear en «Búsqueda» el término phising en la página http://www.comfia.info/noticias/

    Para el sistema
    anti-phising de IBERCAJA: http://seguridad.internautas.org/html/1/497.html

  • Que es el Phishing y como protegerse

    Debido a la confusión que existe en algunos internautas noveles y a algún medio de comunicación, que puede llevar a confusión al internauta por el tratamiento de las noticias de forma alarmista, donde incluso se puede deducir que la banca online no es segura, dejando en entredicho la seguridad de las entidades bancarias. Por todo esto, la Asociación de Internautas quiere explicar que es el Phishing y cómo protegerse del mismo.

    Seguro que estos últimos meses lleva escuchando en los medios de
    comunicación varias veces la palabra “Phishing” y además relacionándolo
    la mayoría de la veces con la banca por Internet. Debido a la confusión
    que existe en algunos internautas noveles y a algún medio de
    comunicación, que puede llevar a confusión al internauta por el
    tratamiento de las noticias de forma alarmista, donde incluso se puede
    deducir que la banca online no es segura, dejando en entredicho la
    seguridad de las entidades bancarias. Por todo esto, la Asociación de
    Internautas quiere explicar que es el Phishing y cómo protegerse del
    mismo.

    ¿Qué es el Phishing?

    El «phishing» es una modalidad de estafa con el objetivo de intentar
    obtener de un usuario sus datos, claves, cuentas bancarias, números de
    tarjeta de crédito, identidades, etc. Resumiendo «todos los datos
    posibles» para luego ser usados de forma fraudulenta.

    ¿En que consiste?

    Se puede resumir de forma fácil, engañando al posible estafado,
    «suplantando la imagen de una empresa o entidad publica», de esta
    manera hacen «creer» a la posible víctima que realmente los datos
    solicitados proceden del sitio «Oficial» cuando en realidad no lo es.

    ¿Cómo lo realizan?

    El phishing puede producirse de varias formas, desde un simple
    mensaje a su teléfono móvil, una llamada telefónica, una web que simula
    una entidad, una ventana emergente, y la más usada y conocida por los
    internautas, la recepción de un correo electrónico. Pueden existir mas
    formatos pero en estos momentos solo mencionamos los más comunes;

    • SMS (mensaje corto); La recepción de un mensaje donde le solicitan sus datos personales.
    • Llamada telefónica; Pueden recibir una llamada telefónica en la
      que el emisor suplanta a una entidad privada o pública para que usted
      le facilite datos privados. Un ejemplo claro es el producido estos días
      con la Agencia Tributaria, ésta advirtió de que algunas personas están
      llamando en su nombre a los contribuyentes para pedirles datos, como su
      cuenta corriente, que luego utilizan para hacerles cargos monetarios.
    • Página web o ventana emergente; es muy clásica y bastante usada.
      En ella se simula suplantando visualmente la imagen de una entidad
      oficial , empresas, etc pareciendo ser las oficiales. El objeto
      principal es que el usuario facilite sus datos privados. La más
      empleada es la «imitación» de páginas web de bancos, siendo el parecido
      casi idéntico pero no oficial. Tampoco olvidamos sitios web falsos con
      señuelos llamativos, en los cuales se ofrecen ofertas irreales y donde
      el usuario novel facilita todos sus datos, un ejemplo fue el
      descubierto por la Asociación de Internautas y denunciado a las fuerzas
      del Estado: Web-Trampa de recargas de móviles creada para robar datos
      bancarios.

    http://seguridad.internautas.org/html/1/425.html

  • El Banco de España sigue sin regular la seguridad de la banca por Internet a pesar de la nueva avalancha de Phising

    La Asociación de Internautas y COMFIA-CCOO insisten en la petición de que sea el Banco de España quién regule la seguridad de la banca por Internet y defina un contrato tipo para la prestación de este tipo de servicios donde se fijen claramente las responsabilidades de las entidades.

    Con la llegada del verano estamos asistiendo a
    una avalancha de intentos de fraude utilizando el método conocido como
    Phising, consistente en la apropiación de las claves bancarias de los
    usuarios. Caja Madrid, BBVA, SCH y Banco Popular son las entidades
    financieras cuyas páginas web están siendo suplantadas por los
    timadores.

    Aunque todos los intentos de fraude conocidos están siendo puestos en
    conocimiento de las Fuerzas de Seguridad del Estado y de que se esta
    procediendo a la detención de redes que se dedicaban a estafar por ese
    método, se siguen produciendo nuevos intentos de fraude.

    La AI y Comfia-CCOO recuerdan que ya el pasado mes de marzo
    el Sindicato pidió que el Banco de España arbitrara un periodo de
    consultas con las entidades supervisadas, el Antiphising Working Group
    y las asociaciones de consumidores y de internautas para elaborar esa
    regulación sin que, hasta el momento, tal periodo de consultas haya
    sido habilitado a pesar de los permanentes intentos de fraude
    detectados en los últimos meses.

    Asimismo volvemos a insistir, ante la falta de noticias a este
    respecto, en la imperiosa necesidad de que sea el Banco de España quién
    regule la seguridad de la banca por Internet y que ha de ser el
    regulador el que defina un contrato tipo para la prestación de este
    tipo de servicios donde se fijen claramente las responsabilidades de
    las entidades en casos imputables a fallos de seguridad en la
    configuración de sus sitios web operativos o en el de que no hayan sido
    lo suficientemente diligentes a la hora de aconsejar o informar a sus
    clientes de las pautas de seguridad que deben seguirse ante situaciones
    fraudulentas o de suplantación de estos servicios.

    También creemos que el Banco de España debería establecer además las
    condiciones técnicas necesarias para garantizar la seguridad de las
    operaciones.

    A pesar de haber solicitado que las entidades financieras enviaran a
    sus clientes una carta con una serie de recomendaciones de seguridad
    para su oficina en Internet y para prevenir los posibles intentos de
    fraude, sólo nos consta que hasta la fecha, Caja Madrid es la única
    entidad que ha seguido la recomendación, por lo que aplaudimos la
    iniciativa y volvemos a invitar a las demás entidades a secundarla.

    Asimismo insistimos en la necesidad de no dar las claves bancarias y
    recordamos las páginas de ayuda sobre Phising que la AI pone a
    disposición del público:

    Faq de ayuda sobre phishing;

    http://seguridad.internautas.org/html/1/451.html

    http://www.seguridadpymes.com/noticia.php?id=5

    Le recordamos que la Asociación de Internautas cuenta con un
    servicio operativo desde hace meses para todos aquellos internautas que
    quieran reportar información sobre este tipo de fraudes realizados por
    medio de Phishing, con solo mandar un correo y adjuntar la información
    a;

    phishing@internautas.org.

    – CONSEJOS DE SEGURIDAD –

    Normas de Seguridad para acceder a la banca por internet

    Normas de Seguridad para una clave perfecta en Internet

    Programa que te ayuda a Generar Claves Seguras.

  • CC.OO. cree que la responsabilidad por contenidos es de los autores y no del prestador de servicios

    El sindicato muestra su apoyo a la Asociación de Internautas que ha sido condenada a pagar 36.000 euros por «responsabilidad solidaria». Hace un llamamiento a la prudencia de todos

    La Secretaría de Comunicación de CC.OO. ha hecho público un comunicado en el que expresa su apoyo a la Asociación de Internautas, que ha sido condenada por el Juzgado de Primera Instancia a una sanción de 36.000 euros por “responsabilidad solidaria”. La doctrina apuntada por el fallo sostiene que los prestadores de servicios son responsables de los contenidos que circulan por sus servidores, contraviniendo así los esfuerzos de los legisladores europeos y nacionales por delimitar las responsabilidades de los prestadores de servicios y abrazando la tesis de las sociedades de derechos de autor, empeñadas desde hace tiermpo en responsabilizar al prestador de servicios de los contenidos de terceros.

    CC.OO. cree necesario, no obstante, extremar la prudencia y el respeto a los valores democráticos para evitar que los contenidos alojados en un prestador de servicios puedan vulnerar derechos y libertades. “El pleno ejercicio de la libertad de expresión ha de resultar compatible con todos los derechos democráticos”, dice CC.OO.

    En cualquier caso, CC.OO. considera un peligroso precedente el fallo condenatorio del Juzgado de Primera Instancia al cargar toda responsabilidad sobre los prestadores de servicios y asestar un duro golpe a los muchos foros, blogs, páginas personales… que son ya referencia de la información en red, y que corren serios riesgos si este fallo es ratificado por otros juzgados. El fallo es conscuencia de una iniciativa de la SGAE que arremetió contra la Asociación de Internautas por “publicar” los contenidos de la Plataforma de coordinación de movilizaciones contra el canon digital que se encontraban alojados en el servidor de la AI.

    CC.OO. quiere advertir, por último, que será necesario armonizar las doctrinas y los fallos judiciales para que se ajusten a lo establecido tanto en la legislación comunitaria como en la nacional que delimitan responsabilidades entre los prestadores de servicios y los autores de los contenidos, más allá del oportuno llamamiento a la prudencia de todas las partes.