Categoría: Divulgacion

  • Sentencia del TS sobre criterio tributación prestación jubilación para personas con cotizaciones en el Sistema de Mutualidad de Banca

    • Sentencia 255/2023 del Tribunal Supremo (TS) sobre criterio de minoración Tributación prestación jubilación en IRPF para personas con cotizaciones en el Sistema de Mutualidad de Banca antes del 31/12/1978

     A/A AFILIACIÓN JUBILADA BANCA CON FECHA ALTA EN EMPRESA PREVIA A 31/12/1978 

    Sentencia 255/2023 del Tribunal Supremo sobre criterio de minoración Tributación prestación jubilación en IRPF para personas con cotizaciones en el Sistema de Mutualidad de Banca antes del 31/12/1978

    30/03/2023 

    Como ya ha trascendido en medios de comunicación, el Tribunal Supremo en su Sentencia 255/2023 del pasado 28 de febrero [ENLACE SENTENCIA], se pronuncia respecto al criterio de minoración de la tributación de la prestación de jubilación en la renta para las personas con cotizaciones en el sistema de Mutualidad de Banca desde 1/1/1967 hasta 31/12/1978, concluyendo en su fundamento 4º:

    "La respuesta a la cuestión, conforme a lo que hemos razonado, debe ser que las aportaciones/cotizaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca a partir del 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, por lo que resulta procedente la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, debiendo integrarse en la base imponible del impuesto el 75% del importe de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas".

    Aunque no es definitivo, ni se conoce aún si la Administración modificará el criterio en base a la Sentencia o lo mantendrá a la espera de que haya una segunda Sentencia del Supremo que genere jurisprudencia, con esta Sentencia se abre nuevamente la posibilidad de reclamar a Hacienda una parte de la retención sobre la prestación de jubilación que no debería haber tributado en las declaraciones de IRPF por formar parte del sistema de Mutualidad. Conviene recordar, en este sentido, que el 1 de julio de 2020 el Tribunal Económico Administrativo estableció que únicamente se podrían tener en cuenta los años cotizados anteriores al 1/1/1967 y no el resto. Ahora con esta Sentencia del Tribunal Supremo puede abrirse nuevamente una vía para las reclamaciones sobre las cotizaciones de años posteriores y hasta el 31/12/1978.

    El itinerario de reclamaciones sería el siguiente:

    1. Evidentemente, solo cabe realizar reclamación en caso de haber realizado autoliquidaciones en el IRPF en los ejercicios 2018-2021 (al menos en 1 de ellos).
    2. Se adjunta modelo para presentar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria solicitud de rectificación de la autoliquidación del impuesto y de devolución de ingresos indebidos, correspondiente a los citados ejercicios 2018, 2019, 2020 y 2021. En caso de duda, puedes contactar con tu federación territorial (https://www.ccoo-servicios.es/oficinas.html) o con la Sección Sindical del Banco en el que trabajaste.

    [DESCARGAR MODELO RECLAMACIÓN A AEAT]

    En el caso de 2022, se recomienda no modificar el borrador o declaraciónen base a este criterio del Supremo, y presentar reclamación posterior solicitando su rectificación, utilizando el mismo modelo.

    1. En el muy probable caso de que la Agencia Estatal de Administración Tributaria desestime la solicitud, procedería reclamación económico administrativa ante el Tribunal económico Regional que corresponda, para lo que se elaborará también un modelo y se prestará asesoramiento desde tu federación territorial o, en su caso, la Sección Sindical del Banco en el que trabajaste.
    2. No obstante, hay que advertir de que si el Tribunal Económico Regional desestima -como también es probable- esta solicitud, hay dos opciones:
      1. Esperar a una segunda sentencia del Tribunal Supremo que genere jurisprudencia y/o que la Agencia Estatal de Administración Tributaria modifique su criterio, en cuyo caso el haber formulado reclamación en tiempo y forma podría tener sus efectos en términos de prescripción.
      2. Solicitar cita con los Servicios jurídicos de CCOO a través de la federación territorial correspondiente, para estudiar la viabilidad de presentación de recurso contencioso administrativo, así como las tarifas y bonificaciones aplicables en su caso.

    Quedamos a tu disposición para ampliar información sobre esta cuestión, agradeciéndote una vez más que hayas mantenido tu vinculación con CCOO, a través de tu afiliación, incluso más allá de la etapa en activo.

    LIACIÓN JUBILADA BANCA CON FECHA ALTA EN EMPRESA PREVIA A 31/12/1978

    SENTENCIA

  • LAS NORMAS Y SU CUMPLIMIENTO SON IGUALES PARA TODOS y TODAS

    Ya es hora de que las normas se elaboren para todos y todas y no solo para el eslabón más débil de la cadena. (Leer comunicado…)

  • OESIA VENDE A SU GENTE

    Queremos informar sobre la decisión que la Dirección de la empresa ha tomado una vez más de manera unilateral, sin tener en cuenta a los sindicatos, a la plantilla y de forma cuanto menos oscura.

    La Dirección de la empresa ha negociado con ABAI y decidido vender el trabajo y conocimiento de 503 personas, sin las explicaciones necesarias y transparencia requerida ante estas situaciones.

    A todas las personas afectadas les recomendamos prudencia antes de firmar ningún documento. Se le debe exigir a la Dirección de la empresa que con ese documento de firma vaya adjunto un documento de garantías de derechos para que estos se respeten en la empresa receptora.

    Queremos aseguraros a todas aquellas personas afectadas que seguiremos el proceso desde el principio hasta el final, ofreciendo asesoramiento en todo momento.

    Desde CCOO hemos solicitado a la Dirección de la empresa la siguiente documentación que no se nos ha facilitado y que entendemos que se nos tiene que proporcionar para realizar, dado el caso, un proceso de transición ordenado y pacífico.

    • Copia del contrato realizado entre Oesía y ABAI.

    • Copia de la adjudicación del servicio de Telefónica a ABAI.

    • Copia de la comunicación de Telefónica a Oesía de pérdida del servicio.

    • Documentos de garantías de derechos de todas las personas afectadas.

    • Ubicación de sedes de ABAI y del personal afectado, para tener la certeza de que no conlleva movilidad, ya que si esto es así se debería haber abierto periodo de consultas.

    Además, requerimos una reunión con la empresa receptora como representantes de la plantilla para realizar las consultas que se consideren oportunas.

    Cualquier duda o cuestión que queráis comentarnos, no dudéis en poneros en contacto con nuestra sección sindical a través del correo electrónico: ccoo@oesia.com

    Os seguiremos informando.

  • Detener la marea de extrema derecha a través del fortalecimiento de la solidaridad internacional

    En la reunión realizada por el comité ejecutivo de EFFAT el pasado 9 de marzo, esta federación sindical europea y la mundial UITA (CCOO Servicios es miembro de ambas) emitieron una importante declaración conjunta contra la extrema derecha y el autoritarismo, en la que además se unen al Manifiesto de la Red Internacional de Sindicatos Antifascistas, promovido por diferentes centrales sindicales entre las que se encuentra CCOO.

    16/03/2023

    A partir del debate generado por el panel organizado sobre "El avance de la extrema derecha y el papel de los sindicatos", con sindicatos europeos e internacionales y personalidades del mundo académico, EFFAT y UITA adoptaron una declaración conjunta sobre el compromiso de ambas organizaciones para abordar este problema.  La actuación de los sindicatos, basados en valores fundamentales de igualdad y pluralismo, son bastiones clave de las sociedades democráticas.

    EFFAT y UITA manifiestan que la presencia de partidos de extrema derecha en los parlamentos europeos está aumentando, y que en casi todos los países  tienen ahora representación. Es una responsabilidad compartida de los sindicatos abordar este fenómeno y diseñar colectivamente una respuesta firme.

  • T´agrada llegir?

    Club de lectura feminista de la Federació de SERVEIS de CCOO de Catalunya

    PROPERA TROBADA  

    >> Cartell Club del 23/04/24

    llibre:

    BRUJAS –

    Mona Chollet

    dia: 23/04/2024

    hora: 16.00 a 18.00 h

    lloc: sala 65– 6a planta Via laietana, 16 BCN

     

    Hem creat el Club de lectura feminista de la Federació de SERVEIS de CCOO de Catalunya, inagurat en l'acte federal #8M del 14 de març, Si vols formar part ens pots escriure a: dones.igualtat.serveis@ccoo.cat i cada vegada que ens reunim (cada dos mesos aprox) et convidarem perquè hi puguis participar.

    Inaugurarem el Club, en l'acte federal #8M del 14 de març, amb el llibre Las Sinsombrero de Tània Ballò Colell, directora i productora de cinema i televisió, guionista i escriptora, on es recupera la memòria i els avatars de diverses dones, artistes i pensadores de la generació del 27. El seu llegat resulta determinant en la història del nostre país igual que el dels seus companys que van pertànyer a aquesta generació literària.

    Per completar la trilogia tractarem també Las Sinsombrero 2. Ocultas e impecables i No quiero olvidar todo lo que sé. Las Sinsombrero 3

    Formar part d’un club de lectura feminista és una experiència enriquidora on les participants a més d’ intercanviar opinions i establir vincles, poden formar-se i prendre contacte amb el feminisme.

    >> Cartell Club del 01/06/23

    LAS SINSOMBRERO – TÀNIA BALLÒ

    Sin ellas, la historia no está completa 

     

     

     

    >> Cartell Club del 17/07/23

    El género desordenado –

    Miquel Missé y Gerard Coll-Planes

     

     

     

    >> Cartell Club del 07/11/23

     Ellas Hablan

     Miriam Toews