Categoría: Divulgacion

  • EL SALARIO EN ESPECIE EN LA DECLARACIÓN DE RENTA 2011 (2)

    Siguiendo con la información sobre el salario en especie de nuestro último informativo, os adjuntamos un supuesto práctico:

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  • EL SALARIO EN ESPECIE EN LA DECLARACIÓN DE RENTA 2011 (1)

    Como en años anteriores publicamos este comunicado sobre cómo tratar el salario en especie en la declaración de renta.

    Como en años anteriores publicamos este comunicado sobre cómo tratar el salario en especie en la declaración de renta.

    La tributación del ejercicio 2011 se realiza de acuerdo con la ley del IRPF, la 35/2006. El principal cambio que introdujo dicha ley en la deducción por inversión en vivienda habitual fue reducir dicha deducción a un porcentaje único del 15% (1). No obstante, para las viviendas compradas con anterioridad al 20/1/2006 establece una compensación fiscal por la diferencia entre la deducción actual y la que establecía la ley anterior.  Compensación ésta que también podrá aplicarse en las viviendas compradas antes del 4/5/98, aunque ha desaparecido la compensación fiscal adicional que podían disfrutar con la anterior ley, con lo que se iguala el tratamiento fiscal para todas las viviendas compradas con financiación ajena con anterioridad al 20/1/2006. 

    Los aspectos más importantes a tener en cuenta, para no resultar perjudicados en la declaración que ahora debemos efectuar, afectan al ingreso a cuenta repercutido que no ha originado un mayor ingreso salarial y a la consideración del salario en especie y el ingreso a cuenta en la deducción por compra de vivienda habitual.

    Es necesario advertir a quienes utilizan el borrador que remite Hacienda a quien lo solicita, que el borrador hace una primera estimación sobre la deducción por vivienda habitual, pero ésta deberá modificarse con los criterios que señalamos a continuación porque Hacienda no dispone de los datos sobre la parte de salario en especie que corresponde a financiación por vivienda habitual.

    El ingreso a cuenta repercutido

    El ingreso a cuenta repercutido al trabajador no origina un mayor ingreso salarial. El impreso de la declaración, como en los últimos años, recoge este hecho. Así en el apartado de retribuciones en especie es necesario rellenar la casilla Valoración (a), la casilla Ingresos a cuenta (b) y la casilla Ingresos a cuenta repercutidos (c), siendo los Ingresos íntegros el resultado de a + b – c.

    Los gastos deducibles por salario en especie por la compra de vivienda habitual

    La base de la deducción por inversión por vivienda habitual cuando hay financiación ajena la constituyen las amortizaciones de capital y los intereses pagados.

    En el caso de los empleados y empleadas de ahorro cuando disfrutamos de préstamos bonificados, éstos generan un salario en especie y los correspondientes ingresos a cuenta. El salario en especie por préstamos para compra de vivienda habitual consiste en una mayor imputación de intereses, aumentando por tanto la base de la deducción. Así, para determinar los intereses por capitales ajenos invertidos en la adquisición de vivienda, deberemos sumar la valoración del salario en especie a los intereses realmente pagados por el préstamo, a lo que le sumaremos la amortización de capital efectuada, así como todos los gastos que se deriven de esa financiación. Sobre el resultado obtenido aplicaremos el porcentaje que señala la ley para determinar la deducción de la cuota pertinente.

    Si el ingreso a cuenta que se deriva del salario en especie no ha sido repercutido al trabajador o trabajadora la Dirección General de Tributos, en varias consultas (21/06/2002, 11/04/1997 y 13/05/1992)* ha contestado que se consideran como intereses deducibles la suma de la valoración de la retribución en especie y el ingreso a cuenta, es decir, la misma cuantía que constituye rendimiento del trabajo para el perceptor.

    En el caso de que exista más de un titular de la vivienda y se realicen declaraciones separadas, la retribución en especie, como ingreso salarial que es, se la imputa el trabajador que la percibe y la deducción, calculada según los criterios explicados, se imputa a cada uno de los titulares de la vivienda en función del tanto por ciento de propiedad que posea (Consulta a la DGT 1474-03)*.

    Las primas de seguros en la deducción por vivienda habitual

    Las primas de seguros de vida o de incendios, vinculadas a la financiación ajena de la vivienda habitual, son deducibles al considerarse un gasto derivado de esa financiación. (Consulta 292 de 11/05/2001)*.

    Compensación fiscal para las viviendas compradas con un préstamo antes del 20 de enero de 2006

    Las personas que compraron su vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006  y la financiaron con un préstamo, podrán comparar el nuevo tratamiento fiscal de la compra de vivienda con la deducción que establecía la ley anterior y podrán practicar una compensación fiscal, por la diferencia. La base de la deducción es la misma en ambos casos puesto que sólo ha variado el porcentaje de la deducción. El sistema de cálculo, denominado compensación por vivienda, está incorporado al programa PADRE.

    Como ya hemos indicado, las viviendas compradas con anterioridad a 4/05/1998 pierden la posibilidad de la compensación adicional que gozaban pudiendo disfrutar sólo de la compensación actual.

    Naturalmente, y en todos los casos, es preciso computar el ingreso a cuenta en el apartado correspondiente de los Pagos a cuenta y cuota diferencial al final de la declaración.

    Las cuotas al sindicato desgravan

    Es necesario recordar que las cuotas satisfechas al sindicato se siguen considerando como gasto deducible de los rendimientos del trabajo (2). Porque, efectivamente, la afiliación sindical, y en especial a CCOO, contribuye a mejorar las condiciones de trabajo y, también, los rendimientos del trabajo.

    Abril 2012


    * Las respuestas a consultas tributarias tienen un carácter meramente informativo, y no son por tanto vinculantes para la Administración que podría cambiar de criterio. En todo caso, si se actúa conforme a los criterios expuestos por la Administración ante dichas consultas no se incurrirá en responsabilidad por infracción tributaria, según el art.5.2 de la Ley de Derechos y Garantías del Contribuyente.

    1 En Catalunya el porcentaje pasa al 16,5% si el declarante se encuentra en alguno de los supuestos siguientes: menor de 32 años y con una base imponible total, menos mínimo personal y familiar, inferior a 30.000€; haber estado en situación de desempleo más 183 días durante el ejercicio; discapacidad igual o superior al 65% o formar parte de una unidad familiar que incluya como mínimo un hijo en la fecha de devengo del impuesto.

    2 El borrador de declaración que remite Hacienda a quienes lo hayan solicitado no incluye la cuota sindical, por lo que si procede será necesario incluirla.

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  • Plan Nacional de Reformas

    264 páginas de un documento que supone un auténtico desmontaje del modelo social.

    El informe recoge las medidas de fuertes recortes que ya ha puesto en marcha el Gobierno y otras muevas programadas para los ‘viernes’ del 2012 que profundizan en todos los frentes condenando a este país al deterioro económico y social en la batalla ideológica puesta en marcha por el Partido Popular. PDF | Texto completo del Plan Nacional de Reformas.

    El Plan enviado por el Gobierno de Rajoy a la Comisión Europea, incorpora tanto las reformas que se han venido aprobando desde hace tres meses, como el anuncio de las próximas reformas.

    El gobierno comunica a Bruselas que la reforma laboral, que en los próximos días debatirá el Parlamento, supondrá a partir de 2014 un abaratamiento generalizado del factor trabajo.

    Sostiene el gobierno que las reformas que se han ido realizando, más la reforma financiara, supondrá una reducción a corto plazo, de 100 puntos básicos de la prima de riesgo.

    Para el desarrollo de la línea de financiación para favorecer en las Administraciones Autonómica y Local, el pago a los proveedores, contempla que deberá ir acompañada del necesario Plan de Ajuste, que entre otras cosas incorpore un análisis de los costes de los servicios públicos y la reconducción de los mismos y la modificación de la organización local.

    Anuncia que en los 15 grandes Ayuntamientos se deberán ahorrar algo más de 7.500 millones de euros, así como contemplar un incremento de tasas y precios públicos en el ámbito local para alcanzar ingresos superiores a 1.100 millones de euros.

    Los Ayuntamientos deberán establecer, allá donde no existan, las tasas de basura, e incrementar la cuantía de las mismas donde éstas ya estén operando.

    Se incide en una línea, sobre la que el ejecutivo de Rajoy ya ha venido reclamando decisión a los gobiernos autónomos, para que las Comunidades Autónomas a la hora de elaborar y presentar Presupuestos Económicos que incorporen la reducción de personal.

    Con relación a los empleados públicos, insiste en la reducción de las compensaciones complementarias por Incapacidad Temporal, de las dotaciones de los planes de acción social, señala jubilación obligatoria a los 65 años, sin que puedan ser sustituidos, y la reducción de las retribuciones de los conductores en el Parque Móvil.

    En materia sanitaria incorpora la reducción de la cartera de servicios, reducción de las sustituciones, ampliación de la jornada laboral, reducción de las guardias medicas, cierre parcial de hospitales y reducción de los planes de atención bucodentales a la población infantil.

    En educación mantiene la puerta abierta a la reducción de plantillas, ampliación de jornada e incremento de alumnos por aula y así como la supresión de aulas y programas de convivencia.

    Abre un amplio capitulo sobre reducción de las estructuras administrativas por duplicidades y la supresión y fusiones de empresas públicas y fundaciones.

    Plantea una inminente reforma del Sistema de Dependencia, que contempla la revisión de las cuantías de ayuda, demorar la incorporación de nuevas personas, crear nuevas formulas de copago y potenciar el papel del sector privado.

    La justicia dejara de ser gratuita por el abuso que se realiza de la misma, creándose un sistema de tasas.

    Incorpora el desarrollo de un Plan contra el fraude en las prestaciones por desempleo.

    Anuncia una Ley de Mutuas.

    Plantea una nueva gestión del modelo de transporte ferroviario, basada en la colaboración publico-privado.

    El documento deja entrever un nuevo incremento en el precio del gas y de la electricidad.

    Se endurece la nota de corte para acceder a las becas universitarias al igual que el acceso a las lenguas extranjeras.

    El documento remitido a Bruselas anuncia el incremento de los precios de los peajes, y abre una puerta a la creación de una tasa por utilización de autovías.

    Con relación a la función pública anuncia la disminución de la contratación de interinos y la retribución de los empleados públicos durante los 90 primeros días por baja por enfermedad.

  • IV Plenario de la Comisión Obrera Estatal del BBVA

    En Madrid, entre el 23 y 24 de mayo, se realizará el IV Plenario de la Comisión Obrera Estatal del BBVA. Para que CCOO BBVA sigamos siendo la garantía de los intereses de bancarios y bancarias, debemos responder construyendo organización, centrando la actividad en renovar cuadros sindicales y en aumentar decisivamente la afiliación.

    Si estás afiliado/a y deseas conocer los documentos que debatiremos en nuestro Plenario, puedes solicitarlos a las delegadas o delegados de CCOO en BBVA, que te lo enviarán por correo electrónico.

  • Los ingresos fiscales acusarán el impacto de la nueva reforma laboral.

    El coste llegará a 2.000 millones si se alcanzan los seis millones de desempleados este año.

    Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) estiman que el aumento del paro en 365.900 personas en el primer trimestre del año anunciado por el INE, supondrá una pérdida de ingresos de 953 millones de euros para las arcas públicas, según los cálculos del impacto del desempleo sobre la recaudación por IRPF.

    Gestha ha calculado que el IRPF pierde unos ingresos íntegros medios de 15.161 euros por cada nuevo desempleado

    Las estimaciones de Gestha -que abarcan varios supuestos de crecimiento del paro a lo largo de este ejercicio- consideran que en el caso de que el desempleo subiera en 750.000 personas en 2012, algo que prevén varios organismos e instituciones nacionales e internacionales, la pérdida recaudatoria sólo en el IRPF rozaría los 2.000 millones, que es el impuesto que más recursos aporta cada año al conjunto de las Administraciones Públicas.

    Para llegar a ese dato global, Gestha ha calculado que el IRPF pierde unos ingresos íntegros medios de 15.161 euros por cada nuevo desempleado. Esto supone dejar de recaudar unos 11.371 millones de euros en bases imponibles (la cuantía de la renta personal que está sujeta a tributación) en el supuesto de que se destruyesen 750.000 puestos de trabajo durante el presente ejercicio, alcanzando así la barrera de los seis millones de parados.

    Los Técnicos consideran esta estimación muy prudente, ya que para su elaboración se ha partido de la media de las retribuciones de los trabajadores, por lo que si realmente se despidieran a personas de mayor edad y mayor salario la pérdida de ingresos para el Estado sería superior.

    Si las empresas contratan en un futuro a jóvenes con salarios inferiores, los ingresos del IRPF apenas se repondrán porque a estos sueldos les afecta la progresividad con menor intensidad

    Los efectos de la nueva reforma laboral

    Con la nueva reforma laboral vigente, Gestha considera que las empresas tendrán una predisposición mayor a despedir a quien tiene mejores condiciones salariales para contratar en un futuro a jóvenes con nóminas más bajas. Esto supondrá que, si se despide a los trabajadores de mayor sueldo y edad (los de mayor antigüedad), la caída de los ingresos del IRPF será superior, ya que los sueldos mayores afectan a la progresividad del impuesto que determina el pago de mayores cuotas.

    En este cálculo tampoco se ha considerado la posibilidad de que las empresas decidan reducir los salarios en lugar de despedir a trabajadores, como contempla la nueva reforma laboral. En este supuesto, la recaudación por IRPF también descendería como consecuencia de la reducción de las bases imponibles a declarar con una cuota resultante de la autoliquidación inferior. Si las empresas contratan en un futuro a jóvenes con salarios inferiores, los ingresos del IRPF apenas se repondrán porque a estos sueldos les afecta la progresividad con menor intensidad que a los trabajadores más antiguos despedidos.

    Por otro lado, si en el cálculo del coste estatal del aumento del desempleo, se incluyeran las prestaciones por desempleo de las nuevas personas en paro, el coste para la Agencia Tributaria tendría un efecto negativo adicional sobre el déficit público, que en 2011 cerró en el 8,5% del PIB.

    Al haber más personas en paro con menor poder adquisitivo, seguirá disminuyendo la demanda de hogares y empresas, lo que afectará negativamente a la recaudación por IVA que grava el consumo

    El Impuesto de Sociedades y el IVA también se resienten

    Además, Gestha advierte de que el aumento del número de parados no solo tendrá un impacto directo sobre los impuestos sobre la renta sino también sobre la fiscalidad que grava los ingresos de las empresas. Así, aquellas que hayan despedido trabajadores reducirán la base imponible del Impuesto de Sociedades con el importe de las indemnizaciones. Por otro lado, al haber más personas en paro con menor poder adquisitivo, seguirá disminuyendo la demanda de hogares y empresas, lo que afectará negativamente a la recaudación por IVA que grava el consumo.

    Con objeto de que la Administración pueda incrementar los ingresos que se perderán con el aumento del desempleo, Gestha apuesta por reducir la economía sumergida con las siguientes medidas, aumentar la responsabilidades de la plantilla de la AEAT, especialmente de los técnicos de Hacienda, compartir las bases de datos entre todas las Administraciones tributarias, el control de los resultados de la Agencia Tributaria Estatal por las Cortes, con participación de las comunidades autónomas, para garantizar una gestión transparente e independiente en la lucha contra el fraude.