Categoría: Divulgacion

  • Bancarios y bancarias no somos los banqueros (3): La reestructuración del sector

    Durante los últimos tres años, hemos reclamado una reestructuración ordenada del sistema financiero. Era imprescindible para que se activara el multiplicador del dinero bancario, es decir, el Crédito. Imprescindible para la creación de Empleo, con mayúsculas.

    El anterior Gobierno, y el Banco de España, optaron por fiar demasiado en las provisiones anticíclicas la solvencia de las entidades. Así se avaló al sector financiero para garantizar su liquidez, en vez de recapitalizarlo como se hizo en la UE. El sector basculó la financiación hacia los planes E, en vez de financiar el circulante a las Pymes. La economía se nos cayó más allá de la debacle inmobiliaria, el desempleo se duplicó en dos años y el sector financiero pasó de una crisis de liquidez a una crisis de solvencia.

    Se rectificó con la creación del FROB, pero tarde. Se optó por hacer desaparecer las cajas de ahorros, por fijar ratios de capital más allá de lo que se exige en el resto del mundo, porque cada entidad se buscara su camino sin pedir cuentas a sus  gestores ni hacer frente a proyectos sin futuro, por conveniencias y connivencias político-territoriales. Fallaron Gobierno, Supervisores,
    Gobiernos Autónomos y Gestores.

    Fallamos la Sociedad Civil por no  ser más activos dentro y fuera de las entidades financieras, aunque tuviéramos menor responsabilidad.

    Hemos perdido tres largos años, se han destinado casi 23.000 millones de euros, han desaparecido casi 15.000 puestos de trabajo, no se han depurado responsabilidades y se ha realizado una reestructuración fallida, pues finalmente el Crédito sigue sin circular y tenemos varias entidades entre nacionalizadas e intervenidas.

    Hace apenas unas semanas, desde COMFIA CCOO, señalábamos que realizar el saneamiento de balances de una vez y «a pulmón» podía conllevar mayor restricción del crédito y precipitar fusiones con un alto coste laboral en términos de empleo. También existiría el riesgo de crear un oligopolio bancario. Un grupo muy reducido de grandes entidades tendrían ventajas y, a medio y largo plazo, el consumidor pagaría muy caros los servicios, y multitud de ciudadanos, debido a la exclusión financiera, caerían en riesgo de exclusión social.

     

    Reclamábamos apoyos financieros externos. Reclamábamos responsabilidades porque los apoyos se harían con financiación pública. Responsabilidades, porque se ha de poner el foco en la consecución de entidades plenamente solventes y hay que evitar errores del pasado. Responsabilidades, porque los salarios de los ejecutivos deben estar limitados y acordes a la situación actual. Asimismo, reclamábamos la racionalización de los órganos de gobierno, sobre todo en los SIPs (demasiados consejos, asambleas y consejeros). También exigíamos protección al empleo del sector.

    Exigimos compromisos en materia de empleo

    ¿Bastará con las medidas aprobadas por el Gobierno? En primer lugar, hablemos de cifras. 50.000 millones de euros de saneamiento de balances, son muchos euros si se añaden a los casi 100.000 millones de euros que ya se han aplicado anteriormente. Sin embargo, sigue sobrevolando la sombra de la duda dada la alta exposición

    inmobiliaria. El Gobierno fía demasiado su política en la teoría de los vasos comunicantes. 50.000 millones serán suficientes si las entidades venden sus activos inmobiliarios y aflora parte del saneamiento anterior.

    El Gobierno ha ampliado los fondos disponibles del FROB, pero estimamos que el esfuerzo de 35.000 millones de euros a cargo de las entidades en un solo año y las fusiones van a lastrar la reactivación del Crédito y, por lo tanto, del crecimiento del Empleo en el país. El esfuerzo de racionalización de órganos y la limitación de remuneraciones va en muy buena dirección, pero aún queda por depurar la responsabilidad y los emolumentos de gestores anteriores y se debe avanzar en la limitación de dichas retribuciones, también, en las entidades que no han sido apoyadas por el Estado. Al fin y al cabo, su retribución se construye a costa del resto de las partes interesadas: clientes, accionistas y plantillas.

    Por último, reclamamos un compromiso con el empleo del sector. Acabamos de alcanzar un acuerdo de Convenio en el sector de Ahorro que marca la hoja de ruta para abordar la reestructuración. Los trabajadores hacemos un esfuerzo muy importante de contención salarial y flexibilidad interna. Como contrapartida exigimos compromisos en materia de empleo, compromisos que también reclamamos a las autoridades.

    Porque no somos banqueros, somos bancarios y bancarias.

    Afíliate a CCOO

  • Boletín La Sección 29

    E N E S T E N Ú M E R O

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    ¿Hacia dónde va Tecnocom?

    El timo del Compass

    Convenio de Grupo

    La absorción en TTE: en el Supremo

    Horas Extraordinarias

    La Reforma Laboral

    Para acceder al boletín, haz clic en el siguiente icono:

  • Nosotr@s l@s bancari@s,no somos los banqueros (2)

    PARTICIPACIONES PREFERENTES:

    LAS PRIORIDADES DEBEN  SER LA CLIENTELA Y LA PLANTILLA

    Desde COMFIA-CCOO exigimos que se adopten medidas urgentes para garantizar seguridad y apoyo a las plantillas y, además,  soluciones  rápidas  para  los clientes afectados que permitan recuperar la reputación del sector, sin perjuicio de depurar responsabilidades de gestores y supervisores.

    La imagen pública del sector financiero español sigue deteriorándose. A la incapacidad demostrada por los supervisores y por las cúpulas de las entidades para propiciar medidas que permitan la circulación del crédito a familias y empresas, se ha venido a sumar ahora lo que ya es peligrosamente conocido entre una parte importante de la opinión  pública  como  el  “corralito”  español:  las participaciones preferentes.

    No cabe olvidar la responsabilidad de estos mismos supervisores y gestores en la burbuja inmobiliaria identificada como una de las principales causas de la crisis, la falta de legitimidad que los mismos han acumulado con una política de retribuciones de directivos y consejeros que en más de un caso ha superado lo socialmente repugnante y los planteamientos de recorte de plantillas y destrucción de empleo en cada vez más entidades.

    La situación es de sobra conocida: transmitiendo a sus plantillas objetivos de comercialización bajo la premisa de que era un producto fiable para ofrecerlo a los clientes, una gran parte de las entidades financieras de este país han estado ofreciendo durante años instrumentos de inversión complejos  y  poco  líquidos,  originalmente más  apropiados para inversores cualificados, pero que han acabado por ser comercializados entre   la clientela más tradicional. Durante años, no obstante, el producto no ha generado problemas hasta que se modifican las condiciones del mercado secundario y se fuerza a aflorar las minusvalías, generando una  situación que  produce  de  facto  la  inmovilización del ahorro de cientos de miles de familias. Se ofrece como alternativa su canje en acciones y otros activos, en muchos casos, con importantes descuentos. Y en el epicentro de todo ello, los bancarios y bancarias, particularmente directores y directoras de oficinas, a los que toca el difícil papel de dar explicaciones y soluciones a la clientela afectada.

    Toda esta política, pasada y presente, se ha ejecutado sin que los organismos supervisores (CNMV y Banco de España), que tienen la obligación de regular y controlar el mercado financiero además de prevenir problemas de esta magnitud, hayan sabido cumplir con la obligación que los ciudadanos le tenemos encomendada. Ellos son los responsables directos, junto a muchos gestores que han apostado por la comercialización masiva de estos productos.Esta política socialmente irresponsable, ejecutada por unos y consentida por otros, está teniendo importantes consecuencias para muchas entidades y sus plantillas:

    • La lógica indignación de la ciudadanía y de la clientela se dirige, básicamente, contra las plantillas de estas entidades, contra los bancarios y bancarias (los únicos que dan la cara ante ellos) generándose situaciones de presión insostenible y de auténtico riesgo físico sin que tampoco se adopten las medidas exigibles de prevención y protección,  como  ya  indicamos  en  nuestro  anterior comunicado.
    • Muchos clientes se sienten engañados, por lo que en no pocas entidades existe el riesgo cierto de presentación de demandas.  No  es  descartable  que  puedan  afectar  en mayor o menor medida al empleado o empleada que comercializó el producto de buena fe, atendiendo las instrucciones recibidas de su entidad, en el marco de campañas comerciales agresivas y con intensa presión de objetivos.
    • Se está lesionando gravemente la credibilidad y confianza de la población en el sector financiero español en su conjunto, asestando además un duro golpe al modelo de negocio minorista, basado en la cercanía y la confianza, en pro de una banca más especulativa centrada en el beneficio inmediato y que sólo piensa en el impacto que tiene en los balances a corto plazo.

    Hacemos también un llamamiento general a los bancarios y bancarias, particularmente a los que desempeñan su trabajo en la red, para que la presión comercial y laboral que reciban, por muy intensa que sea, no les haga dejar en un segundo plano su propia seguridad: hay que valorar los objetivos a cumplir antes de tener que enfrentarse a una pérdida de confianza del cliente o a problemas laborales más graves.

    Marzo de 2012

     

    Desde  COMFIA-CCOO entendemos que  la problemática es  del suficiente calado como  para  exigir que  se  adopten medidas urgentes para:

    • Minimizar el impacto producido por  las modificaciones en  el mercado secundario de  estos  títulos, ofreciendo soluciones rápidas para los clientes afectados.
    • Recuperar la confianza de la clientela y la reputación del sector, volviendo a poner  en valor el negocio minorista.
    • Ofrecer a las plantillas seguridad, protección y los recursos necesarios para  prestar una adecuada atención a sus clientes, así como  pleno apoyo  y cobertura en las posibles demandas que pudieran interponerse contra la entidad y que pudieran afectar de cualquier forma a los bancarios y bancarias.
    • Depurar responsabilidades de gestores y supervisores responsables de la situación, por acción los unos y por omisión los otros.

    Para cualquier cuestión relacionada con éste u otros temas puedes dirigirte, como siempre, a los delegados y delegadas de COMFIA- CCOO en tu empresa, porque…..

     
    …..no somos banqueros…..
     

     

    …..somos bancarios y bancarias.

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  • La reforma del despido en el RDL 3/2012.

    Una Reforma Laboral para la liquidación del sistema económico.

     

    El Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral incorpora toda una diversidad de medidas sobre las instituciones laborales básicas. Las más relevantes son las que abordan los mecanismos de extinción del contrato de trabajo a través de las distintas modalidades de despido que viene regulando el ET, todas las cuales tienen un elemento común denominador: ofrecen mecanismos para llevar a cabo un profundo ajuste de plantillas, tanto en el ámbito del sector privado como en el sector público, rebajando de forma sustancial y cualificada los costes que tienen que asumir tanto las empresas privadas como las administraciones para despedir al personal, y al mismo tiempo, eliminando los controles administrativos y judiciales que limitan la adopción de tales decisiones.

    La flexibilización del despido se efectúan por las siguientes vías:

    En primer lugar, la supresión de los salarios de tramitación, y la rebaja de la indemnización por despido injustificado, son dos factores que flexibilizan y abaratan el despido sin causa, sin motivación ni justificación legal alguna. Es el mecanismo de la flexibilidad basada en la mera discrecionalidad empresarial para despedir. Cabe destacar que es una medida que afecta, sobre todo, al conjunto de trabajadores fijos que actualmente vienen prestando servicios y mantienen una relación laboral en vigor, y en modo alguno es una medida que sólo comprenda a los nuevos contratos. A estos trabajadores, no sólo se les suprime el abono de salarios de tramitación, lo que ya hizo el «decretazo» del año 2002 ya fue declarada inconstitucional por no ser susceptible de tratamiento en un Real Decreto Ley, sino que además se les congela para el futuro el importe de la indemnización por despido improcedente, de modo que si ya han prestado servicios durante más de 16 años, ya no generan derechos económicos a efectos de despido improcedente o sin causa.

    Si embargo, el principal efecto práctico de la Reforma se concreta en legalizar precisamente las extinciones que hasta ahora eran resultado de la mera discrecionalidad empresarial, sin una justificación objetiva que impusiera el despido como medida necesaria para mantener la viabilidad de la empresa. Ello se hace modificando profundamente el despido colectivo y el despido objetivo. Se amplía la causa para el despido justificado, incluyendo la mera reducción de ventas o de facturación de la empresa en un tiempo inferior a un ejercicio económico, al exigir exclusivamente la reducción de ventas o ingresos durante nueve meses, lo que nada tiene que ver con la existencia de pérdidas. Además se elimina la necesidad empresarial de justificar que el despido es una medida necesaria para garantizar el buen funcionamiento de la empresa, y se configura la decisión de despedir como una materia ajena al control judicial.

    Y sobre todo, se elimina la principal garantía de que la decisión empresarial está justificada en datos objetivos, como es la necesaria autorización administrativa, tanto para despedir como para suspender los contratos o reducir la jornada de los trabajadores. Con la reforma, la empresa no tiene que o qué tener ningún tipo de autorización, con independencia del número de trabajadores afectados por un despido colectivo. Además, los motivos para despedir y los motivos para suspender los contratos o para dejar de aplicar las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo, son declarados equivalentes, de modo que corresponde a la empresa, en exclusiva, elegir entre una medida meramente temporal, o bien proceder al despido de los trabajadores.

    Este mecanismo extintivo sólo genera para los trabajadores el abono de una indemnización de 20 días por año de servicio, con un máximo, y esto es importante, de 12 mensualidades, de tal forma que se abre la posibilidad generalizada de que en la pequeña, mediana y sobre todo en la gran empresa, se procedan a despidos masivos, sin control administrativo, y sin tampoco un control judicial efectivo, en los cuales la empresa únicamente asuma el abono de la indemnización indicada.

    Lo anterior se complementa en la nueva regulación, extendiendo a las administraciones públicas, y al conjunto del sector público la posibilidad de utilizar dicho mecanismo extintivo para despedir al conjunto de los trabajadores fijos, es decir, los que han accedido al empleo público mediante los mecanismos de oposición o concurso-oposición, ante la mera existencia de dificultades financieras de la administración o entidad de la que dependen. Y se anuncia una nueva regulación de redimensionamiento del sector público, en la que cabe incluir medidas del mismo calado respecto del personal funcionario de carrera, lo que por otra parte determinaría que las posibilidades de ajuste de personal en las administraciones no recaiga, en exclusiva, respecto del personal vinculado con una contratación laboral, extendiéndolo al personal con nombramiento de carácter funcional o personal estatutario.

    Igualmente se incluyen otras medidas que sólo tienen como finalidad la facilitación efectiva del despido. Se amplían los supuestos para que opere el llamado despido por absentismo, que afecta a los trabajadores y trabajadoras que incurren en IT por contingencias comunes. Y se implanta una nueva modalidad contractual, que bajo el nombre de contrato indefinido de apoyo a emprendedores, en realidad tiene la virtualidad de suplantar todos los contratos conocidos, fijos y temporales, al no precisar más requisito que la empresa tenga menos de 50 trabajadores, y permitir el despido libre del trabajador durante un año.

    Dejando al margen la justificación, absolutamente insincera, ofrecida por la Exposición de Motivos del Real Decreto Ley 3/2012, así como la que vienen propugnando sus autores, que no dudan en insistir que estamos ante una reforma para que el despido sea la «ultima medida» para superar la crisis de la empresa, cabe plantear cuáles son las finalidades que persigue el conjunto de medidas relacionadas con la potenciación del despido como elemento de gestión del personal.

    Por ello podemos decir que la reforma laboral que nos hemos encontrado en el Boletín Oficial del Estado, responde a la línea estratégica de ofrecer mecanismos de liquidación y ajuste de plantillas, tanto al sector privado y al sector público. Los efectos de la crisis no se representan como agotados, sino todo lo contrario, se diseñan recursos para que las empresas y las administraciones aborden la situación económica actual utilizando como mecanismo de ajuste, la medida del despido masivo, rebajando los costes, eliminando el control de la autoridad laboral y la garantía judicial para adoptar tales decisiones. Se ha dado carta de naturaleza a una nueva dimensión del Derecho del Trabajo, como es el Derecho para la liquidación del sistema económico.

    Francisco J. Gualda Alcalá | Gabinete Estudios Jurídicos CCOO