Categoría: Divulgacion

  • La historia la escribes Tú

    Últimas Huelgas Generales de 24 horas convocadas conjuntamente CCOO y  UGT.


     

    14 de
    diciembre de 1988: Presidente de
    Gobierno:
    Felipe González

    Una importante reforma en el mercado laboral, que
    abarataba el despido e introducía los contratos temporales para los jóvenes
    trabajadores:

    Resultado: Reforma retirada e incremento del gasto social.

     

     

    27 de enero
    de 1994

    Presidente de
    Gobierno:
    Felipe González

    Se convocó para mostrar su oposición a la reforma
    laboral aprobada mediante el Real decreto sobre fomento de empleo y
    protección por desempleo

    Resultado: Esta huelga abrió la vía a 8 años de acuerdos y de
    ausencia de agresiones gubernamentales en el ámbito laboral

     

     

    20 de
    junio de 2002.

    Presidente
    de Gobierno:
    José María Aznar

     

    Se convocó contra la
    supresión de los derechos laborales y al recorte de las prestaciones por
    desempleo. Y fue una movilización para exigir empleo estable, digno, seguro y
    con derechos.

    Resultado:
    Los sindicatos lograron que el Gobierno retirará 6 de las 7 medidas
    propuestas. Se frena el “decretazo”

     

    29 de
    Septiembre de 2010 Presidente de Gobierno:
    José Luis Rodriguez Zapatero

    No sobran los motivos,
    por eso ni nos caben (pincha aquí):

    Resultado: Depende de tí

    YO VOY!!

     

  • La historia la escribes Tú

    Últimas Huelgas
    Generales de 24 horas convocadas conjuntamente CCOO y  UGT.


     

    14 de diciembre de 1988: Presidente de Gobierno:
    Felipe
    González

    Una importante reforma
    en el mercado laboral, que abarataba el despido e introducía los contratos
    temporales para los jóvenes trabajadores:

    Resultado: Reforma retirada e incremento del gasto
    social.

     

     

    27 de enero de
    1994

    Presidente de
    Gobierno:
    Felipe González

    Se
    convocó para mostrar su oposición a la reforma laboral aprobada mediante el Real
    decreto sobre fomento de empleo y protección por desempleo

    Resultado: Esta huelga abrió la vía a 8 años de acuerdos y de
    ausencia de agresiones gubernamentales en el ámbito
    laboral

     

     

    20 de junio de
    2002.

    Presidente de
    Gobierno:
    José María Aznar

     

    Se
    convocó contra la supresión de los derechos laborales y al recorte de las
    prestaciones por desempleo. Y fue una movilización para exigir empleo estable,
    digno, seguro y con derechos.

    Resultado:
    Los sindicatos lograron que el Gobierno retirará 6 de las 7 medidas propuestas.
    Se frena el “decretazo”
     

     

    29 de Septiembre de 2010
    Presidente de Gobierno:
    José Luis Rodriguez
    Zapatero

    No sobran los motivos,
    por eso ni nos caben (pincha aquí):

    Resultado: Depende de

    YO
    VOY!!

     

  • Sindicatos y sindicalistas: ‘Una labor constitucional ensuciada intencionadamente’

    No es justo ni decente cuestionar la labor de los sindicatos y de los sindicalistas cuando no hacemos otra cosa que defender el papel que nos corresponde y que consagra nuestra Constitución

    El secretario confederal y portavoz de CCOO, Fernando Lezcano, denuncia en un artículo la campaña en contra de los sindicatos promovida desde las esferas de la derecha política y mediática. «No es justo ni decente cuestionar la labor de los sindicatos y de los sindicalistas cuando no hacemos otra cosa que defender el papel que nos corresponde y que consagra nuestra Constitución. Valdría la pena que se informase debidamente de esta cuestión y se huyese de campañas tan burdas como evidentes de manipulación informativa», afirma Lezcano.

    En estos días, a medida que cobra fuerza la convocatoria de Huelga General del próximo 29 de septiembre, está arreciando la campaña en contra de los sindicatos promovida desde las esferas de la derecha política y mediática, centrándose ahora en las personas que se dedican a tiempo completo a la actividad sindical, llamados peyorativamente «liberados sindicales».

    Cabría preguntarse por qué aparecemos los sindicalistas en el punto de mira de tan despiadada como injustificada campaña. ¿Aparecemos ahora, como en anteriores ocasiones, porque hemos convocado una Huelga General, que apunta a ser un éxito? ¿Se quiere socavar la capacidad de movilización del movimiento obrero organizado porque es la última línea de resistencia para que avancen las políticas neoliberales que pretenden desmantelar el derecho del trabajo y el Estado del bienestar? ¿se trata de un ejercicio de higiene pública, como puede parecer a ojos del ciudadano medio, cuando lo promueven instancias que esconden bajo la alfombra no poca porquería como escuchas ilegales y casos de corrupción objeto de investigación policial y en manos de los tribunales?

    Nos podríamos formular estas y otras muchas preguntas y podríamos hacer caso de la frase de Oscar Wilde que decía aquello de «Nunca des explicaciones. Tus amigos no las necesitan. Tus enemigos no las creen». Pese a ello, mi ingenuidad y  el ejercicio de transparencia y de responsabilidad que caracteriza a CCOO,  y conscientes de que no tenemos nada de lo que avergonzarnos y mucho de lo que sentirnos orgullosos, me lleva a hacer las siguientes precisiones:

    ·    las cosas que estos días están apareciendo son falsas y malintencionadas. En el mejor de los casos son fruto de un desconocimiento de los preceptos constitucionales y legales de nuestro país que dicen muy poco de la profesionalidad de quienes se hacen eco de ellas.

    ·  las organizaciones sindicales tenemos reconocida nuestra función social en la Constitución de 1978, igual que la tienen los partidos políticos y otro tipo de entidades de diverso signo. El artículo 7 reconoce nuestra contribución a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. El artículo 129.1 establece nuestro papel como representantes institucionales de determinadas categorías o grupos de personas, el derecho a la participación en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos, cuya función afecte directamente a la calidad de vida o al bienestar general. Por otro lado, el artículo 131.2 nos encomienda una tarea de asesoramiento y colaboración en la planificación económica del Gobierno.

    ·   la Ley Orgánica de Libertad Sindical (1985)y la Ley Orgánica de Representación de la Función Pública (1987) modificado por el Estatuto Básico del Empleado Público (2007) establecen una mecánica para medir la representación de los trabajadores y trabajadoras que es un ejemplo de democracia en el mundo, pues en todas las empresas y centros de trabajo con más de seis trabajadores se celebran elecciones sindicales cada cuatro años a las que se pueden presentar tanto los sindicatos presentes en la empresa como candidaturas de electores. De estas elecciones y de forma proporcional se establece la representatividad de cada uno. Los delegados y delegadas así elegidos (cabe recordar que estas elecciones cuentan con una participación superior al 75%) tienen derecho por ley a disponer de un computo horario (retribuido y creciente según el número de trabajadores de la empresa hasta un máximo de 40 horas mensuales) para dedicarse a la labor que tienen legalmente encomendada. Estas horas se pueden acumular para facilitar su labor y la organización del trabajo en la empresa.

    ·  los permanentes sindicales de los que disponemos los sindicatos son reflejo de la aplicación escrupulosa de la legislación vigente, de lo que es fácil inferir que si se cuestiona el número de permanentes sindicales o su actividad no se hace otra cosa que cuestionar, interesadamente, nuestro ordenamiento legal. 

    No es justo ni decente cuestionar la labor de los sindicatos y de los sindicalistas cuando no hacemos otra cosa que defender el papel que nos corresponde y que consagra nuestra Constitución. Valdría la pena que se informase debidamente de esta cuestión y se huyese de campañas tan burdas como evidentes de manipulación informativa.

    Fernando Lezcano López

    Secretario de Comunicación y Portavoz de la Confederación Sindical de CCOO

  • Comunicación a la empresa

    Los miembros del Comité de Empresa y delegados sindicales de COMFIA-CCOO en Madrid de UNISONO hemos enviado a la empresa la siguiente carta personalizada:

    A/A D. JOSÉ MARÍA ALONSO

     Director/a de Relaciones Laborales

    En Madrid , a 14 de septiembre de 2010

    Muy Sr/a. nuestro/a:

    Como Vd. conoce, el próximo 29 de Septiembre tendrá lugar en todo el país una jornada de Huelga General, convocada por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, entre otras organizaciones sindicales.

    En consecuencia y en cumplimiento de la normativa interna de Comfía-CCOO, yo, (NOMBRE Y APELLIDOS), como miembro del Comité de Empresa/delegado sindical en Madrid de UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO le comunico lo siguiente:

    Conforme al ejercicio del derecho constitucional a la huelga que me asiste y al que me acogeré  el próximo día 29 de septiembre, ruego procedan a realizar los descuentos en nómina que correspondan legalmente a ese día de Huelga General.

    Aprovechando la ocasión para saludarle att.,

    Fdo.: (NOMBRE Y APELLIDOS) 

  • Derecho a la Huelga

     

    No tenemos obligación de preavisar si haremos huelga.

    No hay servicios mínimos impuestos por la empresa.

     

    Compañeros y compañeras:

     

    Ante la próxima HUELGA DEL 29 DE SEPTIEMBRE, es normal que haya compañeros a la que les surjan dudas, pero tenemos que comentarlas y apoyarnos entre nosotros para tener éxito.

     

    – Preaviso: NO es necesario que un trabajador/a preavise de si va a hacer huelga o no. La decisión de hacer huelga se puede tomar un instante antes de iniciarse la jornada laboral, por lo que no puede existir ninguna obligación de preavisar con un plazo determinado. Cualquier trabajador/a que no aparezca por su puesto de trabajo el día 29 se supondrá que hace huelga y, para que no se le descuente el salario correspondiente tendrá que justificar la razón de su no asistencia. En el caso de que insistan en sus preguntas os recomendamos la siguiente contestación: “ME LO ESTOY PENSANDO”, si tenéis algún tipo de problema poneros en contacto con nosotros en ccoo@oesia.com.

     

    – Servicios mínimos: Sólo la «Autoridad gubernativa» puede decidir que haya servicios mínimos (artículo 10 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-1977-6061).

     

    Es decir, si no existe una orden de la Delegación de Gobierno o del Ministerio de Trabajo obligando a que se hagan servicios mínimos, imponer los mismos (aunque sea de acuerdo con la RLT) es un atentado gravísimo contra el derecho básico a la huelga.

     

    Como el tema del cálculo del descuento en la nómina del día de huelga es bastante complejo, enviaremos en unos días información específica sobre ello.

     

    En la siguiente tabla convocamos a asambleas de trabajadores/as donde os explicaremos y aclararemos los motivos de la huelga general.

     

    Zona

    Convoca

    Día

    Hora

    Lugar

    Barcelona

    CCOO

    Miércoles 15 septiembre

    18:30

    Sala de Juntas oficinas Diputació 279

    Madrid

    CCOO-UGT

    Jueves 23 septiembre

    18:00

    Comedor oficinas Santa Leonor 65

     

    Seguimos trabajando, seguimos informando

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