Categoría: Divulgacion

  • Derecho a la Huelga

    No tenemos obligación de preavisar
    si haremos huelga.

    No hay servicios mínimos impuestos
    por la empresa.

    Compañeros y
    compañeras:

     

    Ante la próxima
    HUELGA DEL 29 DE SEPTIEMBRE, es normal que haya compañeros a la que les surjan
    dudas, pero tenemos que comentarlas y apoyarnos entre nosotros para tener
    éxito.

     


    Preaviso: NO es necesario que un trabajador/a preavise de si va a hacer
    huelga o no. La decisión de hacer huelga se puede tomar un instante
    antes
     de iniciarse la jornada laboral, por lo que no puede
    existir ninguna obligación de preavisar con un plazo determinado.
    Cualquier trabajador/a que no aparezca por su puesto de trabajo el día 29 se
    supondrá que hace huelga y, para que no se le descuente el salario
    correspondiente tendrá que justificar la razón de su no asistencia. En el caso
    de que insistan en sus preguntas os recomendamos la siguiente contestación:
    ME LO ESTOY PENSANDO”, si tenéis algún tipo de problema poneros en
    contacto con nosotros en ccoo@oesia.com.

     

    – Servicios
    mínimos: Sólo la «Autoridad gubernativa» puede decidir que haya servicios
    mínimos (artículo 10 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre
    relaciones de trabajo: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-1977-6061).

     

    Es decir, si
    no existe una orden
     de la Delegación de Gobierno o del Ministerio de Trabajo
    obligando a que se hagan servicios mínimos, imponer los mismos (aunque sea de
    acuerdo con la RLT) es un atentado gravísimo contra el derecho básico a la
    huelga.

     

    Como el tema del
    cálculo del descuento en la nómina del día de huelga es bastante complejo,
    enviaremos en unos días información específica sobre ello.

     

    En la siguiente
    tabla convocamos a asambleas de trabajadores/as donde os explicaremos y
    aclararemos los motivos de la huelga general.

     

    Zona

    Convoca

    Día

    Hora

    Lugar

    Barcelona

    CCOO

    Miércoles 15
    septiembre

    18:30

    Sala de Juntas
    oficinas Diputació 279

    Madrid

    CCOO-UGT

    Jueves 23
    septiembre

    18:00

    Comedor oficinas
    Santa Leonor 65

     

    Seguimos
    trabajando, seguimos informando

    Versión
    PDF

  • Boletín La Sección 26

    E N E S T E N Ú M E R O

    Huelga 29-S

    Complemento Absorbible

    Encuesta Clima Laboral

    Tecnocom y la Economía

    Riesgos psicosociales

    TTE A Coruña y Santiago

    Para acceder al boletín, haz clic en el siguiente icono:

  • ACLARACION DE LA NOMINA DE AGOSTO

    Como ya informamos el pasado mes de Agosto, tras más de un año de pleitear por la aplicación de la cláusula de revisión salarial del 2009 pactada en Convenio Colectivo, el Tribunal Supremo dio la razón a COMFIA-CCOO, ratificando la sentencia dictada por la Audiencia Nacional. LEER MÁS
  • Mejoran los préstamos y se aclaran las retribuciones

    Tras la reunión de la comisión de seguimiento del ALF de la pasada semana y frutode diversas gestiones realizadas por CCOO, se han aclarado algunos puntos relacionados con la aplicación de préstamos y con las retribuciones.  LEER MÁS

  • Condiciones de trabajo y beneficios sociales vigentes en Unicaja

    Resumimos en este boletín tus condiciones de trabajo que nacen del Convenio Colectivo firmado por CCOO y CSICA, acuerdos internos de Unicaja y Caja de Jaén y ALF de Unicaja y Caja de Jaén firmado el 18-12-2009.

    Leer documento Te interesa completo