Categoría: Documentacion

  • Los tratados internacionales de comercio (TTIP…) ¿Compatibles con el Desarrollo Sostenible?

    ¿Qué ocurrirá con las cláusulas sociales en la contratación pública, que por fin comienzan a aparecer tras muchas resistencias y trabas de todo tipo? ¿Y con la Inversión Socialmente Responsable? ¿Responsabilidad Social de las empresas?

    Durante las sesiones de trabajo del Consejo Estatal de RSE los representantes empresariales se han estado oponiendo firmemente a inclusión de cláusulas sociales en la contratación pública (sí admiten ya alguna cláusula para favorecer el emprendimiento, sobre discapacidad, voluntariado…) Suponemos que la causa es que estas cláusulas podrían ir en contra de lo que se intentaba con la reforma laboral. Existen muchas trabas jurídicas para la inclusión de estas cláusulas, pero seguro pueden superarse: La justicia avala las cláusulas sociales que el Ayuntamiento de Madrid exige en los contratos públicos, informa El Diario. Pero seguimos insistiendo en que será muy difícil que estas inciciativas (Cláusulas sociales, comercio justo, RSE, ISR…) sigan adelante con el tipo de Tratados Internacionales de Libre Comercio que se están instaurando en el mundo (TTIP…). Actualizamos la serie: TISA, un tratado para privatizar los servicios públicos ; El TTIP es la mayor osadía del gran capital (ambos en CTXT) ; Peligro: se negocian tratados (El País). Esta semana hablaremos de esto en Sevilla. El Jueves, en la Facultad de Derecho,  y el viernes, en la Universidad Pablo Olavide

    Realmente ¿son compatibles los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible -ODS– con estos tratados? (Ver ODS y TTIP: las siglas del caos, por Ekaitz Cancela en El País) 

    Por otra parte, los grandes fondos de inversión (algunos, fondos de pensiones, teóricamente de trabajadoras y trabajadores) siguen acaparando el poder de la economía mundial. Y ejercen activismo accionarial , aunque nos tememos que pocos estarán utilizando cláusulas sociales (en todo caso, sí medioambientales) entre sus criterios de actuación. Muchos de estos fondos e inversores están incluso demandando a quienes sí utilicen esas cláusulas sociales (ya sea un ayuntamiento, otro fondo que sí utilice ISR, o un gobierno) Por mucho que se modifiquen, los tratados internacionales de inversión están afianzando esa tendencia. Y fracasarán los tímidos intentos de instaurar cláusulas sociales (RSE, ISR…de verdad). Hace poco hablábamos de esto en nuestro blog, Y hace unos días en el Parlamento Europeo se votó de nuevo acerca de uno de estos tratados (ver noticia en Público y otros medios). No entendemos cómo el grupo socialista vota contra algo que puede ser más dañino que la reforma laboral, ahora que parecen decididos a derogarla (también ese mismo día hubo otra votación sobre el control de emisiones –caso Volkswagen– y su posición y el resultado, socialmente dudoso. ¿No se debería, al menos, informar claramente a la población de que las emisiones de Oxido de Nitrógeno están entre un 400 y un 500% más que los límites oficiales?). Nuestra selección sobre las últimas noticias sobre estos tratados: 

    – Confederación Sindical Internacional (CSI)El acuerdo TPP es malo para la democracia, los derechos, la sanidad y los servicios públicos 
    – Médicos sin Fronteras: Aún hay tiempo para evitar que el TPP impida el acceso a medicamentos genéricos que salvan vidas 
    – Greenpeace: El ejemplo que los defensores del TTIP no quieren que sepas 

    – Ágorala asociación Alemana de la Magistratura, contra el TTIP

    Ver nuestros artículos anteriores sobre este tema:

    – Resumen de nuestra intervención en el seminario de CIECODE (3 diciembre 2015)

    – TTIP ¿el fin de los sueños)

  • Informe Mercado de trabajo y protección por desempleo

    La colección Informes de la Fundación 1 Mayo recoge, en su número 120, el trabajo de la Secretaría de Protección social y Políticas Públicas de CCOO sobre el mercado de trabajo y la protección por desempleo a partir de los datos del cuarto trimestre de 2015 de la Encuesta de Población Activa, en el que se señala que el año 2015 finaliza con menos parados, en gran medida porque hay menos gente buscando empleo,  y con más empleos, pero de peor calidad.

    A partir de los datos del cuarto trimestre de 2015 de la Encuesta de Población Activa (EPA) y, en adelante,  coincidiendo con la publicación trimestral de estos datos, vamos a analizar la situación de la protección por desempleo en el período de referencia.

    Para ello, teniendo en cuenta la situación del mercado de trabajo que nos muestra esta encuesta, analizaremos la información que sobre prestaciones por desempleo proporciona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), organismo responsable de su gestión.

    Los requisitos que deben  cumplir las personas para ser beneficiarias de una prestación por desempleo son:

    – Estar en situación legal de desempleo. Si se está ocupado no se tiene derecho a desempleo, salvo en casos excepcionales de trabajo a tiempo parcial.

    – Haber cotizado. La base del sistema de protección es contributiva, recibiéndose una prestación porque se ha cotizado y un subsidio en el nivel asistencial, cuando se ha agotado la prestación o no se ha cotizado el tiempo suficiente.

    – Estar inscrito como demandante en los servicios públicos de empleo. Si no se está apuntado a las listas del SPEE la protección no se puede materializar.

    Si bien es cierto que los datos del SEPE sobre-estiman la cobertura porque excluyen a determinados demandantes de empleo no ocupados e incluyen a beneficiarios ocupados (a tiempo parcial o en expediente de regulación cobrando prestación), podemos conocer un dato de cobertura más real utilizando el dato de los Demandantes de Empleo No Ocupados (DENOs), cifra que también facilita el SPEE y que incorpora, además de a los parados registrados, a los demandantes de empleo sin trabajo excluidos de su definición (demandantes de empleo coyuntural, a tiempo parcial, estudiantes?.), aunque aún quedarían excluidos los ocupados que, por distintas razones, son beneficiarios de prestaciones.

    Si tenemos en cuenta la información de la EPA podemos obtener el dato de la tasa de personas desempleadas que manifiestan estar protegidas por desempleo. Dado que para poder percibir prestaciones por desempleo es requisito imprescindible estar inscrito en los servicios públicos de empleo, utilizamos la información que estos proporcionan para conocer la tasa de cobertura. Los datos de la EPA son más apropiados para conocer la protección de la que disfrutan las personas que carecen de empleo e ingresos, independientemente de su inscripción como demandantes, lo que es de especial interés, por ejemplo, para determinar las personas con necesidad de acceso a un sistema de rentas mínimas.

    Por otro lado, desde las Comunidades Autónomas se protege a las personas que no tienen acceso a la protección por desempleo o que ya la han agotado y cumplen los requisitos establecidos por cada Comunidad, mediante las Rentas Mínimas de Inserción. La información disponible sobre estas rentas es menos frecuente y está menos actualizada, pero también veremos sus beneficiarios y cuantías.

    VER TRABAJO COMPLETO [DESCARGAR PDF]

    Informe Mercado de trabajo y protección por desempleo

  • Novidades para o traballo autónomo en 2016

    O documento, que está dispoñible para consulta ou descarga en liña nesta
    mesma web, contén información sobre a seguridade social, cota de
    autónomos/as para este ano, adecuación da mesma con vistas á xubilación
    ou a tarifa plana, a fiscalidade, retencións, requisitos para estar en
    módulos ou imposto de sociedades, entre outras cuestións, ou as
    situacións de desemprego. 

    Documento

    Ademais, publícanse no BOE as normas de cotización e de cesamento da actividade de autónomos.
  • Mutuas: Seguimiento de las contingencias comunes

    El pasado 2 de Diciembre el Banco nos comunicó que, a partir del próximo 1.1.2016 sólo habrá una Mutua La Mutua Universal y que, además se le cederá la gestión de la incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes.
    Esto quiere decir que cualquier empleado que se encuentre en situación de IT por contingencias comunes puede ser requerido por La mutua para su revisión y, desde la aprobación del RD 625/2014 pude requerir su presentación desde el primer día de la baja.

    Os remitimos un folleto con las condiciones en las que se ha de hacer el requerimiento por parte de la Mutua para vuestra información.

    Cualquier anomalía en el requerimiento la podéis comunicar al Delegado de CC.OO. más cercano para poder denunciarla.

    Recibid un cordial Saludo.