Categoría: Documentacion

  • La Prolongación de la Jornada Laboral

    En un principio, fueron los directivos más ligados a los objetivos comerciales quienes directamente se sintieron víctimas. Hoy, la epidemia se ha extendido al resto de directivos y a buena parte del personal administrativo y de nueva entrada.

    La verdad es que, para determinados responsables de la cadena de mando de las empresas, las normas contenidas en los diversos Convenios Colectivos de nuestro sector, en referencia a la jornada laboral parecen no existir.

    Las exigencias que plantean a la hora de fijar el horario de cumplimiento obligado,vulneran todas las teorías sobre conciliación entre la vida laboral y familiar. Como quiera que tales exigencias van, por lo general, acompañadas de intimidaciones, conminaciones, apercibimientos y demás variantes de la amenaza, el Área de Mandos Intermedios de Comfia-CCOO quiere dejar claro cuáles son los límites convencionales y legales a los que se somete la prestación laboral y cuál es, en nuestra opinión, la flexibilidad que en materia de jornada y horarios dicha prestación consiente.

    En primer lugar, todos los trabajadores de la Empresa, a excepción de los que desempeñan funciones de alta dirección, quedan sometidos a las estipulaciones que sobre jornada y horarios establecen los distintos Convenios Colectivos para todos los trabajadores del Sector, con las modalidades, alternativas y fórmulas que en los mismos se recogen.

    A continuación, conviene reparar en el límite máximo que en cómputo anual los propios Convenios determinan. Todas las horas que se efectúan rebasando dichos límites tienen, por lógica, el carácter de extraordinarias y quedan, por tanto, sometidas al régimen económico-legal que las regula.

    En el caso de que dichas horas extraordinarias se llevaran a cabo sin observar las exigencias que dicho régimen impone, nos hallaríamos ante una infracción de norma legal de las que dan origen a sanción contra la empresa infractora, sin perjuicio, claro está, de que ésta tuviera que retribuir a los trabajadores afectados y cumplir sus obligaciones frente a Hacienda y la Seguridad Social. Bien, ésa es la teoría.

    La práctica es que la jornada se sigue prolongando con alcance casi general. La verdad es que la prolongación irregular de la jornada ha dado lugar desde hace mucho tiempo a numerosas denuncias de los sindicatos ante la autoridad laboral.

    Las denuncias deben refrendarse in situ y ante la Inspección de Trabajo por lostrabajadores de los centros objeto de aquéllas. En buen número de ocasiones, resulta difícil alcanzar ese refrendo ya que equivale a situar a los trabajadores afectados en el punto de mira del superior jerárquico, con lo que el riesgo al que se les somete puede estar por encima de la reparación que con la denuncia se pretende obtener.

    Con ello, en buena medida, la vía administrativo-judicial queda inhabilitada para resolver el caso. Esta es la realidad. Emana de ella la necesidad de regular, con todas las flexibilidades que convengan al caso, la actual situación.

    En algunas empresas del sector se han firmado acuerdos para conciliar la vida laboral y familiar, pero no van más allá de ser un compendio de buenas intenciones, que no se materializan en hechos.

    Se hace necesario proseguir en ese camino alcanzando nuevas metas. Ya hemos visto la ineficacia que se deriva de las vías que se abren por la denuncia y la intervención de la autoridad laboral. En un primer momento hay que establecer que la prolongación de la jornada se halla en íntima conexión con la exigencia de objetivos. Esta, se traduce en requerimientos compulsivos de productividad, centrados sobre períodos de tiempo cada vez más cortos y cuya realización raya con lo imposible.

    Se equivoca la cadena de mando al entender que las exigencias de producción, que se reclaman de la jornada habitual de un directivo, pueden alcanzarse mediante la prolongación de la misma en términos superiores al 50% (y aún más) del tramo ordinario. Y yerran, en primer lugar, porque sucede que tanto la calidad como la cantidad de trabajo decaen cuando el tiempo de las jornadas en que se desenvuelven se dilata coactivamente.

    En segundo término, se equivocan cuando al exigir una dedicación superior en duración determinada, olvidan que lo hacen con cargo al tiempo de descanso o de libre disposición del directivo, lo que redundará a medio plazo en un menor rendimiento y en un progresivo deterioro de su motivación y de su salud.

    Cada día inciden con más fuerza las depresiones y otras perturbaciones psíquicas, además de los trastornos cardio vasculares, en la salud de los directivos de nuestro sector y ahí están las estadísticas de la medicina social para corroborarlo. También, día a día, y con más frecuencia se suceden hechos irreparables como fallecimientos o enfermedades incurables debidas a la presión a la que aquéllos se ven sometidos.

    La mejor prevención que trabajadores y técnicos podemos desplegar frente a los riesgos que sobre nuestra salud se abren, cuando se nos presiona en materia de jornada, es la de no excedernos de la máxima legal pactada, por más que sobre ella puedan practicarse las acomodaciones y flexibilidades que la naturaleza del trabajo (especialmente la del directivo) exige.

    El ejercicio de un cargo directivo requiere, lógicamente, la confianza del empresario; pero éste no puede pretender que la contrapartida de esa confianza sea una prolongación de la jornada de trabajo en términos de gratuidad o retribución insuficiente. Y mucho menos puede pretenderlo el superior jerárquico que ve en la prolongación de la jornada de sus subordinados el único medio de alcanzar los objetivos que a él le fijan.

    Los objetivos de todos deben conseguirse dentro de la jornada laboral pactada, utilizando una adecuada técnica de producción y ventas, cuyo conocimiento y desarrollo por parte de los directivos es una responsabilidad del empresario que se actúa a través de las políticas de formación.

    Si una técnica de ventas, aplicada durante la jornada ordinaria, no da los resultados apetecidos, tampoco los dará de aplicarse en una jornada extraordinaria o prolongada. En tal caso, obviamente, lo que ha de modificarse es el sistema de producción empleado. En resumen, hemos de alcanzar dos objetivos:

    1º.- De un lado, desterrar la exigencia de trabajar más horas por el mismo precio.

    2º.- De otro, ante la eventualidad de cambiar dinero por más tiempo de trabajo, tomar un tiempo para pensarlo.

    Esta contingencia se manifiesta habitualmente mediante una espiral cuyo final puede coincidir en algunos casos (pocos) con el éxito profesional y económico; pero en otros (los más), suele desembocar en la desmotivación y en la quiebra de la salud física y psíquica de quien decide introducirse en ella.

    Blog AMI COMFIA CCOO

  • La negociación colectiva en España en 2005, 2006 y 2007

    Informe de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos

    Ver Estudio La negociación colectiva en España en 2005, 2006 y 2007 (PDF 650 Kb)

    ÍNDICE

     

    I. INTRODUCCIÓN



    II. ORIENTACIONES Y CRITERIOS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA. LOS ACUERDOS
     PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA (ANC)

    II.1. Introducción

    II.2. Novedades del ANC 2007

    II.3. Contenidos.



    III. EVOLUCIÓN Y ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.


    III.1. Evolución del número de convenios, empresas y trabajadores.

    III. 2. Distribución de los convenios según su vigencia temporal

    III.3. Estructura de la negociación colectiva



    IV. JORNADA LABORAL PACTADA


    IV.1. Resultados agregados

    IV.2. Por ámbito funcional

    IV.3. Según tramos de jornada pactada

    IV.4. Según tramos de disminución de la jornada

    IV.5. Según sector y rama de actividad

    IV.6. Tamaño de la empresa



    V. ASPECTOS RETRIBUTIVOS


    V.1. Resultados agregados

    V.2. Según ámbito funcional

    V.3. Características de la empresa

    V.4. Según vigencia del convenio

    V.5. Según tramos de aumento salarial pactado

    V.6. Según sector y rama de actividad

    V.7. Aumento salarial por Comunidades Autónomas y provincias

    V.8. Acuerdos salariales según jornada



    VI. SALARIOS Y CLÁUSULAS DE REVISIÓN SALARIAL


    VI.2. Presencia de las cláusulas de revisión salarial en los convenios colectivos

    VI.3. Revisión efectiva

    VI.4. Aumento salarial final

    VI.5. Cláusulas de revisión y cuantía del aumento salarial pactado



    VII. DESLIZAMIENTO SALARIAL


    VII.1. Negociación colectiva y derivas salariales

    VII.2. Cuantificación de las derivas

    VII.3. Evolución de las derivas salariales

    VII.3.Derivas salariales por sectores



    VIII. OTROS CONTENIDOS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA


    VIII.1. Las cláusulas especiales de los convenios colectivos

    VIII.2. Análisis general del contenido de la negociación colectiva

    VIII.3. Cláusulas salariales

    VIII.4. Cláusulas de jornada laboral y vacaciones

    VIII.5. Cláusulas de horas extraordinarias

    VIII.6. Cláusulas de empleo y contratación

    VIII.7. Otras cláusulas especiales









  • Guía para conseguir el Cheque Bebé de 2.500 euros

    El documento, de apenas diez páginas de extensión, señala que la ayuda es exclusivamente para los bebés nacidos o adoptados a partir del 1 de julio de 2007, evitando así cualquier tipo de retroactividad. Establece como requisito indispensable el ser español o haber residido de forma continuada en España en los dos años anteriores al nacimiento o adopción y determina su compatibilidad con el resto de las medidas de apoyo a la familia tanto de la Seguridad Social como de la Hacienda Pública.

    Por lo que respecta a la forma de cobro se establecen dos modalidades: a través de una deducción en el IRPF (si el beneficiario realiza una actividad remunerada), que se puede solicitar de forma anticipada, o mediante prestación no contributiva de la Seguridad Social. Su importe se extenderá a los 3.500 euros en el caso de las familias numerosas (dos hijos, uno de ellos discapacitado, o a partir de tres), si se trata de una familia monoparental o si la madre padece una discapacidad igual o superior al 65%. El coste en el ejercicio 2007 para el Estado se estima que será de 626 millones de euros, de los que el 80% correspondería a la Hacienda Pública y, el resto, a la Seguridad Social. El presupuesto para 2008 es prácticamente el doble.

    Un 70% de solicitudes sobre el total

    A 5 de noviembre, el 70% de los nacimientos y adopciones que se habían producido desde el pasado mes de julio habían solicitado la ayuda, que persigue incentivar la natalidad en España. Según los datos del Instituto Nacional de Estadística recogidos por la web del Ministerio en España se ha pasado de 1,92 hijos por mujer en 1976 (cuando nacieron 677.000 niños) a 1,37 en la actualidad (para un total de 480.000). El mínimo se situó en 1996 con tan sólo 362.000 nacimientos. El auge de la inmigración ha contribuido, sin duda a las mejoras de estas cifras.

     

     

     

     

     

    Enlace a documento.pdf

  • III Plenario de Seguros Comfia CCOO

    III plenario de Seguros y Resoluciones referentes a la actual Negociación del Convenio Sectorial para las Empresas de Servicios de Prevención Ajenos y a la Necesaria Reforma de Modernización de las Mutuas de Accidentes.

    Documentación Plenario Seguros (PDF):


    NOTA DE PRENSA III Plenario de Seguros

    Los días 28 y 29 de Noviembre de 2007, ha tenido lugar en Madrid el III Plenario de la Agrupación Estatal de Seguros de COMFIA CC.OO. En este acto, han participado y se han acreditado 78 delegados y delegadas que representaban a los afiliados/as de todo el Estado y de los cuales el 48% eran mujeres en correspondencia con el porcentaje de afiliación que las mismas ostentan en el total de la Agrupación.

    El Balance de la gestión realizada durante los últimos cuatro años y el Proyecto de Trabajo futuro para los cuatro próximos, ha sido discutido ampliamente contando en su votación con un respaldo casi unánime del 98% de los votos. En cuanto a la elección de los Órganos de Dirección de la Agrupación de Seguros, ha sido elegido con un 90% de los votos Pedro Martínez Pérez como Secretario General y con un porcentaje similar la Comisión Ejecutiva encabezada por el mismo. También se ha renovado a los miembros del Consejo Federal, entre los cuales se ha realizado una sustitución.

    Se ha contado en esta celebración, con la importante asistencia de invitados institucionales pertenecientes a las Patronales y Empresas de cada uno de los subsectores que integran la Agrupación de Seguros, destancando las intervenciones de la Presidenta de UNESPA Dña. Pilar González de Frutos, el Presidente de ASPREM (una de las Patronales de Prevención) D. Juan José LLona, y el Director de RR.LL del Grupo MAPFRE D. Antonio García Casquero. También se ha contado con la presencia de D. Antonio Díaz, Asesor de UNESPA, D. Javier Cassini, Vicepresidente de ASPA (Patronal de Prevención), D. Ángel Mateo de AMAT (Patronal de Mutuas de Accidentes de Trabajo) y los Responsables de RR.HH de diferentes empresa, entre ellas, Dña. MªJosé Tobía de Liberty, D. Alberto Ogando de Generali, D. Rafael Escalona de ADESLAS, Dña. Carmen Corbatín de Axa y D. Pedro Olla de Fraternidad MUPRESPA.

    Por parte de la Federación COMFÍA, asistieron los Responsables y Secretarías de cada una de las Agrupaciones pertenecientes a la misma, y cerró el acto su Secretaria General, Dña. Mª Jesús Paredes y D. José Mª Martínez como relevo de la misma en un futuro próximo.

    El Plenario además, aprobó por unanimidad dos importantes Resoluciones referentes a la actual Negociación del Convenio Sectorial para las Empresas de Servicios de Prevención Ajenos y otra referida a la Necesaria Reforma de Modernización de las Mutuas de Accidentes. Ambas resoluciones, serán remitidas a toda la estructura de CC.OO así como a los Organismos Públicos correspondientes, para realizar así una llamada de atención sobre las cuestiones que al respecto preocupan a toda la Agrupación de Seguros.

  • Implicación de los hombre en la igualdad en el equilibrio de la vida familiar y laboral

    Esta guía es un compendio de medidas y prácticas que las organizaciones pueden emplear para lograr que los hombres se impliquen más en las tareas y deberes domésticos y familiares.

    Está dirigida a gerencias, direcciones, personal experto, sindicatos y a todas aquellas personas interesadas por este tema que puedan influir en las políticas relacionadas con los equipos humanos dentro de las organizaciones.

    Su preparación se ha efectuado en el marco del proyecto europeo All Together, promovido por la Conferencia de Regiones Periféricas y Marítimas de Europa (CPMR) e implantado en cooperación con un grupo de diferentes organizaciones públicas y privadas representantes de cuatro zonas geográficas de Europa (…)

    El esfuerzo global por la igualdad de género, en cuanto a políticas, asignación de recursos o implantación de prácticas se refiere, se ha aplicado tradicionalmente bajo la premisa de que la igualdad de género mejoraría con la consolidación de las aptitudes de las mujeres o la promoción

    de nuevas oportunidades para que éstas accedan a la igualdad de condiciones en las distintas esferas sociales, económicas y políticas.

    No obstante, estas acciones han sido menos efectivas de lo esperado debido en parte a la escasa atención prestada a la desigualdad de género en las relaciones entre hombres y mujeres. Por consiguiente, las tradicionales acciones positivas enfocadas en la igualdad de género deberán ser redirigidas con un nuevo enfoque y una nueva estrategia que implique igualmente a los hombres que actualmente ocupan los puestos relevantes en la sociedad, considerando así las dos caras de la moneda de la igualdad de género.

    Hombres y mujeres deben estar igualmente implicados y preocupados por resolver las desigualdades basadas en la discriminación de género y esto exige una mayor concienciación y apoyo para cambiar las actitudes culturales que dan forma a la sociedad, a través de conceptos y valores colectivos, tanto en el hogar como en el trabajo.

    Ver Guía Implicación de los hombre en la igualdad en el equilibrio de la vida familiar y laboral