Si tu empresa tiene entre 6 y 50 trabajadores o trabajadoras se eligen
delegados o delegadas de personal y si tiene más de 50 se elige comité
de empresa.


Cuatro años desde el día de la votación, se entiende que se mantendrán en funciones en el
ejercicio de sus competencias y de sus garantías hasta que no promuevan
ni se celebren nuevas elecciones.