Categoría: Empleo

  • Los efectos de la reforma laboral de 2006 en las prestaciones del FOGASA

    La  reforma laboral efectuada en junio de 2006 tras el Acuerdo para la mejora del crecimiento y del empleo, que firmaron el gobierno, CEOE, CEPYME, UGT y CCOO produjo en lo que concierne al FOGASA dos tipos de efectos:

    a)Reducción de ingresos por cotización pasando al tipo aplicable del 0,4% al 0,2%.

    b)Incremento del gasto a partir de la mejora general de las prestaciones en dos vías.

        1.- Incremento de los límites de cobertura de las situaciones protegidas.

        2.- Ampliación de la cobertura a colectivos no incluidos.

    Así antes de la reforma respecto a salarios el FOGASA abonaba a los trabajadores los salarios pendientes de pago por declaración de insolvencia o procedimiento concursal de la empresa.

    La cantidad que abonaba el FOGASA por este concepto era un máximo de 120 días y con el tope del duplo del SMI diario, sin prorrateo de pagas extras.

    Estos salarios debían de estar reconocidos en acta de conciliación o resolución judicial.

    Una vez efectuada la reforma laboral, por salarios el FOGASA abona una cantidad máxima de 150 días y con el tope del triple del SMI diario, con prorrata de pagas extras.

    En indemnizaciones abonaba, con anterioridad a la reforma, las reconocidas en sentencia o resolución de la Autoridad Laboral, por despido, extinción de los contratos de trabajo por voluntad del trabajador con causa justa, despido colectivo y objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y por fuerza mayor, en los supuestos de insolvencia o procedimiento concursal de la empresa.

    La cantidad máxima abonada era una anualidad  y el salario día, la base de cálculo tenía el tope del duplo del SMI, sin prorrata de pagas extras.

    El importe de la indemnización para los casos de despido o extinción de los contratos por voluntad del trabajador mediando causa justa, se calculaba sobre la base de 25 días por año.

    Tras la reforma laboral se amplía la cobertura a más supuestos que no estaban protegidos del art. 52 del ET y las debidas por finalización de contratos temporales o de duración determinada.

    En los supuestos de despido o extinción por voluntad del trabajador mediando causa justa se calcula sobre la base de 30 días por año de servicio.

    Igualmente la cantidad máxima abonada es un anualidad, sin que el salario día, base de cálculo, pueda exceder del triple del SMI, con prorrata de pagas extras.

    Ver Informe completo FOGASA

  • … Y MÁS, Y MÁS Y MÁS

    Hay un abismo entre la normativa que nos exige cumplir el banco y los métodos de trabajo que día a día nos impone. No queda más remedio que ajustarse a la normativa y recordar que, por no alcanzar objetivos no sancionan a nadie y por no cumplir la normativa te juegas tu puesto de trabajo.

     

    … y más Normativa: Ya no solo prima vender y vender productos de cualquier manera, sino que además ahora se exige un cumplimento exhaustivo de la normativa, algo que antes era un inconveniente para conseguir los objetivos, hoy es la piedra angular de la nueva forma de hacer.

    Ahora el banco nos bombardea con recordatorios sobre normativa, horas para leerla, horas para cumplirla y horas para explicarla a los clientes: más trabajo a los de siempre, a los que estamos en el tajo día a día. ¿Qué quieren las cabezas pensantes? Descargar de responsabilidad a la dirección del banco y echarla sobre los hombros de los empleados.

    … y más Objetivos: Los cambios deben ser progresivos y se deben poner los medios para que se pueda cumplir con lo que se pide. Para empezar, si quieren aumentar el control normativo, tendrán que rebajar los objetivos y ampliar las plantillas.

    … y más Trabajo: Para cumplir con esas exigencias se necesita adecuar la plantilla. Pues al contrario y como siempre, la falta de plantilla que sufrimos todo el año se incrementa de forma alarmante en vacaciones.

    La solución de contratar personal se hace escasa en número y con tan poco tiempo previo que llegan sin preparación. Incluso a veces estos nuevos contratados se quedan solos en las oficinas para cubrir vacaciones.

    Si lo que pretenden es alargar la jornada para hacer frente a todas las exigencias, entonces estamos incumpliendo lo que dice y ha firmado la Presidente con el acuerdo de Igualdad y Conciliación.

    Apuntamos una solución, muy simple: prever recursos y preparar equipos de suplencia. De esta manera, no sólo garantizamos la salud laboral, sino que evitamos que la calidad se vaya también de vacaciones.

     

    Julio 2008

  • Alcanzado un acuerdo de Protocolo de Garantías de Empleo en BBVA

    COMFIA – CCOO valora positivamente este acuerdo, que aborda la reestructuración del Banco garantizando la seguridad en los puestos de trabajo y la voluntariedad en las medidas de empleo.

    Después de varios meses de movilizaciones de delegados y trabajadores, el viernes 11 de julio se ha conseguido en BBVA un acuerdo laboral básico de garantías de empleo, sobre la base de las propuestas de CC.OO. y firmado por COMFIA – CC.OO., UGT y CCP, para la aplicación de los proyectos Clima (nuevo modelo de organización de la red comercial) y Velázquez (Plan de externalización y/o centralización de servicios centrales).

    Estos dos proyectos, que suponen una reorganización del trabajo prácticamente total, tanto en las sucursales como en los servicios centrales, y cuyas consecuencias laborales están afectando y van a afectar a la totalidad de la plantilla de BBVA, estaban empezando a ser aplicados por la empresa sin ninguna negociación con los sindicatos y sin ninguna garantía para los trabajadores que van a sufrir sus consecuencias.

    Los puntos más importantes del acuerdo, con vigencia hasta 31/12/2010, son:

    Garantías de empleo.- BBVA se compromete a llevar a cabo el proceso de adecuación de estructuras al nuevo modelo organizativo sin utilizar medidas traumáticas, como expedientes de regulación de empleo o despidos objetivos por causas organizativas, derivados de los citados proyectos. En consecuencia, el exceso de plantilla que pudiera derivarse de los procesos puestos en marcha por la Empresa se resolverán por vías vegetativas y voluntarias.

    Implantación y desarrollo.- En materia de movimientos de personal se estará a lo dispuesto en el capítulo V del Convenio vigente, procurando la Empresa realizar los mínimos necesarios para el adecuado funcionamiento de la Organización. El Banco gestionará la cobertura de bajas de cierta duración con la mayor celeridad y eficiencia para mantener el adecuado funcionamiento de las unidades.

    Comisión de seguimiento.- Se crea una Comisión de Seguimiento del empleo y del impacto en la plantilla del proceso de implantación de esta reorganización y se adquiere el compromiso de buscar solución a los conflictos que se puedan generar mediante el diálogo social.

    Para COMFIA – CC.OO., este acuerdo aumenta la protección de la plantilla y permite, desde una posición de mayor garantía y tranquilidad, abordar los otros muchos problemas que generan estos dos proyectos de tanta envergadura, en aspectos tales como la organización del trabajo, condiciones laborales, jornada, condiciones salariales o de salud.

    Todos los procesos de reestructuración de nuestro sector se han realizado formalizando Protocolos de Empleo que garantizan la seguridad de los puestos de trabajo, la voluntariedad de las medidas de empleo y la solución negociada de los problemas que van surgiendo, y este proceso de BBVA no podía ser menos, aunque en esta ocasión la empresa haya tardado algo más de tiempo en entenderlo y asumirlo.

    La experiencia de nuestro sector ha demostrado que ésta es una forma eficaz y eficiente, para todas las partes implicadas, de afrontar estos procesos y confiamos que así siga siendo en otros casos.

    CCOO BBVA

  • Máxima Protección. Protocolo de Garantías de Empleo

    El objetivo de negociar para conseguir un acuerdo básico de garantías de empleo en la aplicación de los proyectos Clima y Velázquez se ha conseguido. El viernes 11, sobre la base de las propuestas de CCOO, firmamos un protocolo en el que el Banco adquiere diversos compromisos sobre las garantías de empleo, la vigencia del nuevo modelo, y otros sobre las consecuencias de su implantación y desarrollo.

    Para CCOO, este documento es un logro importante, un paso adelante, que aumenta la protección de la plantilla ante los cambios y vaivenes que el Plan de Innovación y Transformación está suponiendo en toda la organización. Naturalmente, quedan muchos otros problemas que el protocolo no resuelve, casi todos relacionados con la exclusiva competencia de la empresa en la organización del trabajo, pero con especial incidencia en nuestras condiciones laborales, de jornada, salariales o de salud. Abordarlos, y CCOO lo seguirá haciendo con empuje y determinación, se podrá hacer en mejores condiciones a partir de este Protocolo -que también han suscrito CCP y UGT- y que ampara igualmente la próxima remodelación del Área administrativa de BEC-Banca de Empresas.

    En todo el acuerdo se han conseguido compromisos unilaterales de la empresa, que limitan sus posibilidades legales por un lado y marcan líneas a seguir por otro, y que en conjunto suponen un apoyo muy importante para la defensa de nuestros derechos. El protocolo tiene vigencia hasta el 31/12/2010, lo que en los tiempos que corren tiene un gran valor. Ha sido una dura negociación, pero hemos obtenido la “máxima protección”.

    Los puntos más importantes del acuerdo son:

    2. Garantías de empleo. BBVA se compromete a llevar a cabo el proceso de adecuación de estructuras al nuevo modelo organizativo sin utilizar medidas traumáticas, como expedientes de regulación de empleo o despidos objetivos por causas organizativas, derivados de los citados proyectos. En consecuencia, el exceso de plantilla que pudiera derivarse de los procesos puestos en marcha por la Empresa se resolverán por vías vegetativas y voluntarias.

    5. Implantación y desarrollo. …/… En materia de movimientos de personal se estará a lo dispuesto en el capítulo V del Convenio vigente, procurando la Empresa realizar los mínimos necesarios para el adecuado funcionamiento de la Organización. El Banco gestionará la cobertura de bajas de cierta duración con la mayor celeridad y eficiencia para mantener el adecuado funcionamiento de las unidades.

    En unos días haremos una nueva hoja explicando con más detalle las consecuencias jurídicas y prácticas de esta Declaración. Mientras tanto, te recomendamos leer el documento completo, que puedes encontrar en e-spacioà>RRHH>Otras informacio-nes>Tablónsindical>CCOO, y en nuestra web: http://www.comfia.net/bbva.

    14 de Julio de 2008

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  • Acuerdo de Protocolo de Garantía de Empleo

    El viernes 11 de julio de 2009, se firmó el Acuerdo de Protocolo de Garantías de Empleo en BBVA, que aumenta la protección de la plantilla  ante los cambios y vaivenes que el Plan de Innovación y Transformación está suponiendo en toda la Organización.

    leer Acuerdo en pdf