Categoría: Empleo

  • Campaña Jazztel en A Coruña

    El 17 de Julio de 2006, Teleperformance comunica a CC.OO. la reducción casi total de la campaña de Jazztel, con efectos del 31 de julio de 2006, por decisión unilateral del cliente sin consideración alguna con los trabajadores de la campaña en A Coruña…

    El 5 de junio de 2006, Teleperformance informa a CC.OO. de la reducción de parte de la campaña de Jazztel en A Coruña con efectos del 21 de septiembre de 2006.

    CC.OO. abrió negociaciones con Teleperformance para conseguir un compromiso para recolocar el mayor número posible de trabajadores afectados

    Teleperformance informa a CC.OO. que las campañas con las cuales se iba a iniciar la actividad de la delegación de Cantabria, iban a ser derivadas a la delegación de A Coruña, para recolocar a estos trabajadores.

    CC.OO. inicio una serie de asambleas con los trabajadores afectados a fin de informarles puntualmente de las negociaciones llevadas a cabo.

    El 17 de Julio de 2006, Teleperformance comunica a CC.OO. la reducción casi total de la campaña de Jazztel, con efectos del 31 de julio de 2006, por decisión unilateral del cliente sin consideración alguna con los trabajadores de la campaña en A Coruña.

    CC.OO. considera que se trata de una finalización encubierta de la campaña 1565 de Jazztel por deslocalización de su servicio de atención al cliente en Argentina.

    Teleperformance informa que es incapaz de recolocar a todos los trabajadores de esta campaña por la sorpresiva decisión de Jazztel.

    CC.OO. hace una convocatoria de concentración a los trabajadores para el día 27 de julio de 2006, ante el edificio de la Xunta de Galicia en San Caetano, para conseguir la implicación de la administración autonómica en este problema.

    El día 26 de julio de 2006, CC.OO. se reúne con la Directora Xeral de Traballo Pilar Cancela y la Delegada Provincial de la Consellería de Traballo María Debén consiguiendo el compromiso de de la administración de hacer las gestiones oportunas comenzando por ponerse en contacto con la empresa Jazztel con el fin de conseguir el aplazamiento de la reducción de la campaña.

    Así el mismo día CC.OO. desconvoca temporalmente la concentración de trabajadores de Telemarketing a la espera de los resultados de la actuación de la administración.

    Os queremos informar, dada la situación actual de la campaña Jazztel, con una reducción de casi el 100%, comunicada a esta Sección Sindical de CC.OO., que en nuestra opinión encubre un FIN DE CAMPAÑA.

    Ante lo cual os recomendamos que NO FIRMÉIS bajas voluntarias ni la aceptación de la aplicación del art. 17 del Convenio Colectivo, ya que puede haber otras opciones jurídicas.

    Poneos en contacto con nosotros.

    SECCIÓN SINDICAL DE CC.OO. DE IBERPHONE, S.A.U. – A CORUÑA

    Secretario General: Angel M. Romero García

    Tlf.: 690.824.724

    anxoromero@comfia.ccoo.es

  • Importantes cambios Organizativos en la Estructura de BBVA en España

    El jueves 20 nos hemos encontrado con el anuncio de una importante reorganización de la estructura comercial del banco en España. Se informó a las 12:00 a través de una videoconferencia a los miembros del Equipo Directivo, a las 14:00 apareció un resumen a través de e-spacio, en el Buenos Días, y a las 16:30 se nos había convocado a la representación sindical (CCOO, UGT, CC, CGT).

    Básicamente, se trata de simplificar y homogeneizar la estructura de DTs,
    que eran de distinto ámbito para Banca Comercial, Banca de Empresas, Instituciones
    o Recursos Humanos, a la vez que se pretende una organización más
    horizontal, con mayor delegación de competencias en las DTs. La justificación
    es «acercar más al cliente la toma de decisiones, rebajar el peso
    de las estructuras intermedias y los servicios centrales y fortalecer la gestión
    comercial». De alguna manera, podría coincidir con lo que venimos
    pidiendo desde hace años. Menos gente diciendo lo que hay que hacer, menos
    gente animando (los ¡hale, hale!, los «haleadores») y más
    personal en la Red.

    No obstante, este cambio tendrá consecuencias inmediatas sobre la plantilla,
    como el pase a Finanzia del negocio -y personal- de Prescripción de Automóviles
    y la desaparición de las Territoriales -y de los puestos de trabajo-
    de Valladolid, Zaragoza, Málaga, Alicante, Toledo y Resto Cataluña-Baleares.

    CC.OO. hemos planteado algunas preguntas y señalado la necesidad de
    negociar las consecuencias para la plantilla de estos cambios. Destacamos estos
    otros aspectos:

    • La aplicación del nuevo modelo va a ser inmediata.
      En lo que queda de Julio se habrá resuelto en cuanto a la designación
      de personas en puestos clave -por debajo de lo ya anunciado- en las nuevas
      Territoriales, así como se pretende informar o consultar sobre los
      posibles destinos u opciones del personal en los puestos que se amortizan.
      En Septiembre se terminarán los aspectos organizativos, informáticos,
      traslados, etc.

    • Banca Personal se queda en Banca Comercial, con su actual
      estructura, de momento. Banca Hipotecaria se integra en Banca Comercial.
      Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que no aparecen en el
      mapa, van en la DT Sur.

    • Banca de Empresas y Corporaciones se convierte en la segunda
      gran agrupación de negocio. Integra Empresas e Instituciones en la
      mayor parte de las plazas y Corporativa donde la hay (Madrid, Barcelona,
      Bilbao, Palma de Mallorca), con una plantilla conjunta de unas 2.000 personas.
      Se crearán 49 «Centros BEC», para atención específica
      a sus clientes. La integración de Instituciones en Empresas no tiene
      porqué ser conflictiva, siguiendo el modelo de los Dptºs de
      Extranjero.

    • Las prejubilaciones. Respecto a los 750 puestos de trabajo que se amortizarán
      «se hará básicamente a través de prejubilaciones».
      No tiene porqué significar que el total de prejubilaciones de 2006
      se centre en esta reestructuración. En nuestra opinión debe
      haber prejubilaciones en la Red, en un número similar al de 2005.

    • La distribución de personas por DTs -dato que se omite en la información-
      resulta equilibrada y es, aproximadamente la siguiente:

      • Noroeste (Castilla y León, Galicia, Asturias): 2.600.
      • Norte (País Vasco, Cantabria Aragón, Navarra, La Rioja):
        2.150.
      • Cataluña (Cataluña): 3.050.
      • Madrid (Madrid, Castilla-La Mancha): 3.500.
      • Este (País Valencià, Murcia e Illes Balears): 3.000.
      • Sur (Extremadura, Andalucía, Ceuta y Melilla): 3.200.
      • Canarias (Canarias): 1.000.
    • Los trabajadores adscritos a Prescripción de Automóviles
      pasarán a Finanzia, porque pasa el negocio. Aunque el Estatuto de
      los Trabajadores -art. 44- lo permite, se hará a través de
      «carta de circulación en el Grupo». Afecta a unos 130 trabajadores.
      El Banco propone el posible retorno a los 5 años y nosotros planteamos
      un máximo de 3. Habrá un modelo de carta, cuyo detalle estamos
      negociando.

    • En el organigrama de las DTs y BECs hay 31 personas. Los
      nombres con inicial y el apellido. Aún así, no se puede negar
      que entre los 31 no hay ninguna mujer, confirmando el «techo de cristal»
      para los nombramientos de la alta Dirección.

    • El colectivo más numeroso que de inmediato cambia
      sus condiciones de trabajo es el de las DTs que desaparecen. Creemos que
      hay que negociar con la representación sindical, en cada DT y a nivel
      estatal, las soluciones para que el cambio no sea traumático. Hay
      que combinar traslados voluntarios, prejubilaciones o pase a la Red.
      Aquí es donde más importante resulta contar con buen asesoramiento
      y con apoyo sindical -no firmar nada sin consultar- que a todos nos permita
      coordinar actuaciones y proponer las salidas más coherentes y más
      adecuadas.

    CC.OO. consideramos que este cambio organizativo tendrá también
    consecuencias a medio plazo para la plantilla, de las que nos iremos ocupando
    más adelante.

    CC.OO. tu sindicato útil y eficaz.
    Julio 2006

    Ver Comunicado en pdf

  • Hemos firmado el Acuerdo de prejubilación para el grupo Banco de Sabadell, S.A.

    21 07 06 El acuerdo recoge que los trabajadores de 53 a 55 años de edad la asignación será el 83% del salario bruto de convenio(s.b.c), más el 79% de los conceptos voluntarios. Para los trabajadores de 55 años en adelante será el 88% del s.b.c. más el 84% de los conceptos voluntarios.  Resumen del Acuerdo (PDF:Cat. / Cast.)Ver el texto completo del Acuerdo de Prejubilaciones . (PDF:Cast.)

    Como sabéis, desde CCOO veníamos denunciando la forma en que se estaba prejubilando por la precariedad y la falta de claridad en las condiciones que la empresa ofertaba. Por esa razón CCOO, sin el consenso del resto de sindicatos, acudimos en solitario a la Junta de Accionistas para denunciarlo y pedir un acuerdo. Allí dijimos: “Estamos aquí, para pedirles… el compromiso en esta junta por parte del presidente de establecer un acuerdo de prejubilaciones.”. Veinte días después se inició una negociación que acabó ayer con la firma de un acuerdo de prejubilaciones. 1. Este acuerdo crea un marco claro para las prejubilaciones. 2.Hemos conseguido regular la situación y mejorar económicamente la oferta de la prejubilación con respecto a la situación anterior. Así mismo en la etapa de jubilación se reconoce el complemento de pensión de los 61 años y el mantenimiento de la condición de partícipe en suspenso en el Plan de Pensiones. 3.Para CCOO ahora es imprescindible trabajar para mejorar las condiciones de los trabajadores posteriores a 1980, sin derecho a complemento de pensión. Ver el texto completo del Acuerdo de Prejubilacioenes . (PDF:Cast.) Resumen del Acuerdo de Prejubilaciones (PDF:Cast.)

  • ¿Qué necesitas saber ante un despido?

    Los trabajadores tenemos que conocer muy de cerca nuestros derechos y límites legales para poder reivindicarlos como corresponde. Queremos con este documento explicar algunas definiciones y derechos legales aportados por los abogados laboralistas de CC.OO. con los que trabajamos, para el conocimiento de todos, léelo atentamente.

    Comunicación de despido:


     


    Si la empresa intenta despedirte, tienes derecho a solicitar la presencia inmediata del delegado del comité de empresa que tú quieras.


    No se tiene porqué aceptar el finiquito si no se está de acuerdo. Ante la duda, se puede no firmar o firmar ‘Recibí, no conforme’ en el documento donde se indican las causas del despido para poder ejercer una posterior demanda. El tiempo límite para realizarla son 20 días desde la fecha de despido.


    Otros casos para no firmar el finiquito, o añadir texto que no vincule tu aceptación, sería cualquier motivo por el que no estés de acuerdo con la cantidad (demandas o subidas de convenio pendientes, error en el cálculo…)


     


    Tipos de despido individual:













    Despido


    Improcedente


    Genera derecho a Paro e indemnización. Es el preferido por las empresas, si se reconoce la improcedencia se paga y punto. El trabajador acaba en la calle a no ser que demuestre que se trata de un despido nulo.


    Existen límites de despidos individuales por período de tiempo.


    Despido


    Procedente


    Genera derecho a Paro. No genera indemnización por parte de la empresa. Es muy difícil de probar por parte del empresario este tipo de despido y causa un pago mayor al incluirse salarios de tramitación en caso de juicio (la empresa debería abonar nóminas hasta que se produce la sentencia en caso de ganar el trabajador además de la indemnización como improcedente).


    Despido


    nulo


    La empresa no puede despedir improcedentemente al trabajador en ciertos casos bajo ninguna circunstancia.


    Algunos de estos casos están detallados en el Estatuto de los Trabajadores, el resto son por discriminación de algún derecho protegido por la Constitución o más recientemente por discriminación contra la conciliación de la vida familiar.


    Si la empresa despide, puede denunciarse. En caso de ganar, el trabajador debe ser readmitido inmediatamente abonando la empresa los correspondientes salarios de tramitación.


     


    Tipos de despidos nulos:










    Reconocidos explícitamente en el Estatuto de los Trabajadores


    La empresa no puede despedir a nadie que esté en alguno de estos supuestos:



    • Reducción de Jornada por cuidado de hijos hasta 6 años (próximamente hasta 8 años) o familiares disminuidos físicos o psíquicos.

                  El derecho abarca desde la solicitud de reducción a la empresa hasta un                         tiempo después de su finalización. (55.5 b E.T.) , (37.5 E.T.)



    • Reducción de Jornada por lactancia. (55.5 b ET) , (37.4 E.T.)

    • Embarazo o baja maternal o excedencia por maternidad. (55.5 ET)

    • Excedencia de hasta 3 años por cuidado de hijos (46.3 ET).

    Derechos Protegidos por la Constitución


    En este caso se tiene que demostrar que el despido vulnera alguno de los derechos constitucionales, requiere de una valoración por un abogado laboralista.


    Algunas de esas situaciones pueden ser despidos producidos por represalia por alguna acción judicial del trabajador contra la empresa (tutela judicial), violación del secreto de las comunicaciones, derecho a formación, reivindicación de seguridad laboral, por razones de género, orientación sexual, raza, religión y un largo etcétera que un buen abogado sabrá evaluar.


     


    Aunque el conocimiento de esta información es imprescindible, no marca ningún límite. En ningún caso olvidamos que la vía sindical, la solidaridad y la acción colectiva es la herramienta que tenemos los trabajadores para conseguir justicia allí donde la Ley no alcanza. Quedamos a vuestra disposición para cualquier consulta.






    Descargar Circular Informativa Despidos.



  • Real Decreto Ley 5/2006, para la mejora del crecimiento y del empleo

    Es el primer acuerdo sobre empleo firmado desde el de estabilidad en el empleo de 1997, cerrándose una negociación que consigue reforzar el diálogo social y que abre el camino a una parte importante de las reivindicaciones sindicales.

    Ver PDF (92 MB) del Real Decreto Ley 5/2006, de 9 de junio, para la mejora del crecimiento y del empleo

    Nuevo tríptico explicativo con las medidas laborales y las bonificaciones a la contratación indefinida
    Ver Artículo de Ignacio F. Toxo