Categoría: ERE

  • APLICACIÓN DE PROGRAMAS EN BMN POR ACUERDO MAYO 2013

    ¿Qué hacía imposible disponer de esta información?

    Ante la negativa de la Dirección de BMN, a finales de 2014, de informar a la representación laboral de las personas afectadas por los diferentes programas del Acuerdo del 28/05/2013 (amenazadas con un millar de despidos directos), en 2015 CCOO iniciaba ante los tribunales la reclamación de dicha información, que finalmente nos ha sido entregada por el juicio previsto en la Audiencia Nacional el pasado mes de febrero.

    ¿QUÉ HACÍA IMPOSIBLE DISPONER DE ESTA INFORMACIÓN?:

    Nos parece incomprensible la
    actitud de la Dirección del Banco impidiendo el desarrollo normal de la
    actividad sindical y la negativa al control de la aplicación de los diferentes
    programas del Acuerdo de 2013, cuando así fue redactado y firmado por ambas
    partes.

    La representación laboral tiene
    derecho a estar informada, en todo momento, de los acontecimientos
    laborales que se producen en la empresa, como garantes de
    una aplicación normativa en el marco de la legalidad
    y, en su defecto, su defensa
    jurídica individual o colectiva. Así lo garantiza
    el Estatuto de los Trabajadores
    .

    A continuación detallamos esta
    información por provincias:


    NO ESTÁS SOLA, NO ESTÁS SOLO

    Porque son muchas las razones, afíliate a CCOO

    Descargara comunicado en PDF

  • Banco Santander anuncia una Reestructuración

    Banco Santander nos anuncia una reestructuracion en la Red y los Servicios Centrales que supondrá este año el cierre de 425 oficinas a lo largo de 2016, y un redimensionamiento de los SSCC de Santander España.
    CCOO participaremos en el proceso de negociación que se abre para garantizar que cualquier proceso se lleva a cabo con medidas voluntarias y no traumáticas….
    El Banco nos anuncia una reestructuracion en la Red y los SSCC que supondrá este año el cierre de 425 oficinas a lo largo de 2016, y un redimensionamiento de los SSCC de Santander España.
    Además, se nos anticipa también un proceso de reordenacion de los SSCC Corporativos (Boadilla), con eliminación de las funciones que no aportan valor añadido a los países.
    No se los han facilitado datos de plantilla afectada, que se nos darán en próxima reunión el 6 de abril.
    CCOO hemos manifestado nuestra preocupación por la medida y por la inconcrecion de los datos facilitados.

    CCOO participaremos en el proceso de negociación que se abre hoy para garantizar que cualquier proceso se lleva a cabo con medidas voluntarias y no traumáticas.
    Seguiremos informando según tengamos más noticias….
  • Nueva nulidad en el ERE Tragsa

    Los
    servicios jurídicos de CCOO
    nos han
    informado que el Juzgado de lo Social nº 2 de Ourense ha dictado una
    sentencia que considera nulo el despido de un trabajador en el marco
    del ERE Tragsa.

    En
    este caso, la Sala considera que la valoración
    efectuada al actor, ha de considerarse arbitraria y carente de toda
    acreditación y justificación?

    ya que ?no existe
    en las actuaciones dato alguno que permita determinar de dónde se
    obtiene la puntuación atribuida al demandante prueba que debía
    suministrar la empresa?. La simple manifestación del evaluador
    que le asigna la puntuación en modo alguno justifica la misma por
    cuanto no conoce las circunstancias de la prestación de servicios
    del actor, al no compartir trabajo con el mismo en la obra, en temas
    concretos y permanentes como son el compañerismo, la integración en
    el equipo, el grado de implicación, etc.

    Como
    podemos ver, cuestiona la forma y manera de cómo se ha realizado el
    proceso de selección del personal despedido y destaca la opacidad de
    la valoración, es decir, hay una puntuación negativa del trabajador
    pero se desconocen los criterios concretos que han llevado a dicha
    evaluación y que la empresa no ha podido aportar en el acto del
    juicio.

    En
    este
    enlace

    podéis leer una noticia relacionada con este asunto publicada por
    InfoLibre.

    Consideramos
    que ésta es una importante sentencia ya que, si prospera esta tesis
    en posteriores sentencias, muchos despidos serán declarados nulos
    por incumplimiento de la regla relativa a los criterios de selección
    del artículo 51 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    Comunicado 

    Solicitud
    de reunión con la Dirección de la empresa

    Tal
    y como publicamos en anuncios libres, el pasado 4 de marzo
    solicitamos a la empresa que convocara a la Representación Sindical
    Estatal (RSE) a una reunión para tratar varios asuntos que están
    pendientes de resolución y otros nuevos que han surgido durante los
    5 meses que han pasado desde la última reunión con Dirección.

    Debemos
    tratar, entre otras, las siguientes cuestiones:

    • Comunicación de la
      aclaración de sentencia del Acuerdo de flexibilidad para el
      personal con jornada reducida por cuidado de menores o asuntos
      familiares

    • Modificación del Reglamento
      del Fondo de Ayuda Social: Inclusión de todo el personal de
      Tragsatec.

    • Relación de los 155
      trabajadores afectados por la Sentencia número 0018/16 de la Sala
      de los Social de la Audiencia Nacional número de procedimiento
      335/2015 (Contratos de obra de más de 4 años firmados después del
      18/06/2010).

    • Permiso retribuido de tres
      días por enfermedad

    • Permiso retribuido ?Tiempo
      necesario para la asistencia a consulta sanitaria pública o
      privada, relativa a la persona del trabajador/a, debidamente
      justificada.

    • Paga extra pendiente de pago
      2012

    • Incremento del 1% de
      retribuciones y de masa salarial por aplicación de la Ley de
      Presupuestos Generales del Estado para el 2016.

    • Comisiones paritarias:
      Convocatoria de la Comisión de Reclasificación y de la Comisión
      de Igualdad.

    • Comisión de Igualdad: datos
      sobre distribución de hombres/mujeres actualizados.

    • Regulación en nómina del
      descuento por paros parciales que no se secundaron completos.

    • Relación de las 66 bajas
      vegetativas.

    • Importe de la Cláusula
      Telefónica por los despidos del personal mayor de 50 años.

    • Firma de los calendarios
      laborales de centros sin Representación Legal de Trabajadores

    • Datos económicos y
      financieros de cierre a fecha 31 de diciembre 2015

    Al
    margen de las reivindicaciones y acciones relacionadas con el
    Procedimiento de Despido Colectivo (PDC), en Tragsatec sigue habiendo
    otros temas que tratar, que afectan a los derechos de todos y todas
    las trabajadoras de la empresa, siendo necesario que la Dirección de
    la Empresa convoque a la RSE y se siente a hablar y negociar, porque
    también es parte de su gestión, ya que parece que una vez que han
    ejecutado el PDC, se ha acabado toda relación con la parte social
    para seguir abordando otros problemas existentes.

    Permiso
    retribuido de tres días por enfermedad


    Como
    algunas y algunos sabéis, la empresa está enviando una nueva
    instrucción según la cual, en aplicación a la Orden ESS/1187/2015,
    que desarrolla el RD 625/2014, debemos entregar desde el primer día
    de enfermedad parte médico de baja, advirtiendonos de que no se
    admitirá ningún documento diferente para justificar cualquier
    ausencia por enfermedad.

    Sin
    embargo, dicha instrucción es contraria al permiso retribuido
    establecido en el artículo 6 apartado g) del Acuerdo de Homologación
    de condiciones para el personal de Tragsatec: Enfermedad
    justificada por sistema sanitario público del trabajador durante los
    3 primeros días de cada periodo de enfermedad 
    y
    que en la Intranet en el apartado Justificación
    de incidencias
     aparece como
    Enfermedad
    sin baja
    :
    Enfermedad justificada por Sistema Sanitario Público del trabajador
    durante los tres primeros días de cada período de enfermedad. No es
    válida la simple justificación de asistencia a consulta médica, es
    necesario que dicho justificante médico prescriba reposo (o
    similar).

    Desde
    CCOO
    Tragsatec
    requerimos a la empresa que anule la instrucción e informe al
    personal de Tragsatec de que no es necesario entregar parte médico
    de baja para ausencias por enfermedad de hasta tres días, siendo
    suficiente la entrega de un justificante emitido por el sistema
    sanitario público, respetando así los acuerdos firmados.

    La
    asesoría jurídica de CCOO
    ya está
    trabajando en este asunto para defender nuestros derechos por todas
    las vías posibles.

  • CCOO Serveis convoca una nueva concentración, 18/03, ante Caprabo para exigir que pare la imposición unilateral de traslados y modificación de horaria

    El próximo viernes día 18 de marzo de 12 h a 13.30 horas,
    CCOO Servicios Catalunya ha convocado una nueva concentración ante la tienda de
    Caprabo situado en Passatge de Senillosa, 8-10 (Fontcoberta) de Barcelona, para exigir a la
    dirección de la empresa que pare la aplicación del expediente de cambio de
    condiciones laborales de 350 trabajadoras y trabajadores afectados, de las
    cuales 308 son mujeres y estos cambios está provocando que cerca de 50 ya hayan
    pedido la extinción del contrato laboral.

    CCOO denuncia que la aplicación de la modificación de condiciones de trabajo está provocando la reducción de plantilla a Caprabo. Cerca de 50 mujeres ya se han visto obligadas a causar baja de la empresa al ser incompatible el nuevo turno de trabajo y horario laboral con sus obligaciones personales y familiares, generando graves problemas para la conciliación personal al incrementarse los turnos de tarde. Este número puede verse aumentado en los próximos días ya que todavía no ha finalizado el plazo para que las personas afectadas puedan acogerse a la extinción del contrato laboral como única opción posible.

    El Gabinete Jurídico de CCOO se ha interpuesto el conflicto colectivo contra las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo que afecta a funciones, retribuciones, horarios, turnos de trabajo y distribución de la jornada de trabajo. El pasado 2 de marzo estaba previsto al acto de conciliación sin ningún cambio en la posición de la empresa. También desde CCOO se está tramitando las demandas individuales de trabajadoras y trabajadores afectados.

    Ante la falta de voluntad de la dirección de Caprabo para rectificar y retirar el expediente, CCOO convoca una nueva movilización ante las tiendas de la empresa, el próximo 18 de marzo en Barcelona, después de las concentraciones realizadas en Sant Boi del pasado 4 de marzo, en Barcelona los pasados 5 y 19 de febrero, ante tienda de Paseo Valldaura y de la central a la Calle Ciencias de L’Hospitalet respectivamente.

    CCOO Serveis Catalunya

    AGENDA: Propera mobilització – Divendres 18 de març de 12 h. a 13:30 hores. Botiga Passatge de Senillosa, 8-10 (Fontcoberta) de Barcelona



    >> Galeria fotogràfica Facebook concentració 18 de març davant Caprabo

  • CCOO intenta minimizar los efectos del ERE por cierre de E.LECLERC de Alcobendas

    La
    Federación de Servicios de CCOO de Madrid, traslada a los trabajadores y
    trabajadoras afectados por el cierre de E.Leclerc del centro de Alcobendas, que
    el objetivo es intentar minimizar los efectos del Expediente de Regulación de
    Empleo (ERE), para ello se está buscando alternativas, como las recolocaciones
    voluntarias en otros centros, y por supuesto como es cierre definitivo, buscar
    un acuerdo lo más digno posible para todos los trabajadores afectados por este
    ERE

    El pasado 22 de febrero de 2016, se inició el periodo de consultas del Expediente de Regulación de Empleo del centro de E.Leclerc de Alcobendas, que afecta a 89 trabajadores y trabajadoras de los cuales, 82 son contratos indefinidos. Ese mismo día, se facilitó la documentación del citado ERE.

    El sindicato informa en un comunicado que ya se han celebrado varias reuniones, la primera el día 1 de marzo, en la que una vez analizada la documentación se solicitó más información, como el desglose de los servicios exteriores, que es una de las partidas de gastos más importantes. También y preguntaron por la posibilidad de recolocación en otros centros de E.Leclerc y si existía alguien interesado en comprar el centro de Alcobendas.

    La siguiente reunión, el pasado 7 de marzo, se entrega de la documentación del desglose de los gastos exteriores y, se traslada, que han adquirido un compromiso con E.Leclerc, para ver la posibilidad de ofertar algunas recolocaciones, aunque insisten, que como son centros totalmente independientes, no tienen ninguna obligación de hacerlo.

    En esta misma reunión, se hace la presentación, del plan de recolocación externo, que es obligatorio por Ley, y que en síntesis, consiste en formar y  reforzar, para encontrar un trabajo lo antes posible. Una vez finalizado el periodo de consultas, la empresa encargada de elaborar el citado plan, realizará una presentación en el propio centro de trabajo.

    Se informa, que el cierre, al público, del centro está previsto para el 30 de abril de 2016, y que para el cierre definitivo se deberán de quedar un grupo de trabajadores/as, aproximado, de 17 o 18 personas.

    La próxima reunión, es el próximo 14 de marzo, en las oficinas de los abogados que están llevando la negociación por parte de la empresa.

    Descargar aquí el comunicado