Categoría: ERE

  • Gaceta Sindical especial CCOO y los ERE.

    La Secretaría de Organización y Comunicación Confederal de CCOO ha editado un
    número especial de Gaceta Sindical al calor del caso de los 
    ERE de Andalucía,
    que instruye la juez Mercedes Alaya, sobre el que se 
    han ido filtrando
    interesadamente distintas informaciones extendiendo 
    una injusta sombra de
    sospecha sobre la actividad de los principales 
    sindicatos del país, CCOO y
    UGT.
    CCOO manifiesta su disposición a esclarecer con determinación
    los 
    hechos que están siendo juzgados; a colaborar con la Justicia y
    investigar hasta el último detalle para conocer todo lo ocurrido.
    CCOO 
    actuará con contundencia fuera y dentro del sindicato, si
    fuera 
    menester. Pero saldrá al paso de todas y cada una de las calumnias
    que 
    ciertos medios de comunicación vierten contra nosotros, y lo
    haremos 
    con todos los medios que la democracia pone a nuestro alcance.
  • El periodo de consultas sobre la reducción de jornada y salarial se cierra con acuerdo

    Tras varias reuniones, el día 24 de Marzo se ha cerrado el periodo de consultas con acuerdo entre la Dirección de la Empresa y todas las Secciones Sindicales presentes (CSIF, CGT, UGT y CC.OO). Haciendo un repaso del proceso de negociación nos encontramos con:

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    El punto de partida 

    El actual art. 41 del E.T, tras la reforma laboral, permite a las empresas un amplio
    abanico de posibilidades para modificar nuestras condiciones de trabajo en temas tan
    importantes como el salario, jornada, horarios, Dichas medidas las pueden aplicar, tras
    el periodo de consultas, de forma unilateral y cualquier reclamación judicial no paraliza
    su ejecución. 

    Además, si un acuerdo no incorpora límites temporales, los recortes se harán de forma
    indefinida. 

    El punto de llegada (el acuerdo) 

    Dentro de este marco negociador, ya os indicamos en las asambleas convocadas
    en que puntos de nuestras propuestas se había llegado a preacuerdo, quedando
    pendiente para esta última reunión la contestación de la Dirección de la empresa en
    cuanto a posibles bajas incentivadas y las condiciones de las mismas. En este sentido,
    la empresa inició la reunión con la respuesta de que no iban a entrar a valorar esta
    opción dentro de este marco de negociación ya que según instrucciones de la propia
    SEPI (principal accionista del grupo TRAGSA) no consideraban la medida traumática
    como para aumentar la indemnización que marca la Ley. 

    Tras unos 15 días bastante difíciles en la negociación (incluida la cerrazón de la SEPI
    y nuestra voluntad de levantarnos de la mesa), el acuerdo al que hemos llegado
    el 100% de la representación de los trabajadores de Tragsatec Andalucía viene a
    incorporar ciertas garantías que se resumen en: 

    FECHA DE CONCRECIÓN. 

    Reflejado en el punto primero del Acuerdo y fundamental
    para nosotros limitar el ámbito de aplicación de esta medida y volver a retomar las
    negociaciones finalizado el periodo para valorar la situación. 

    PERSONAL CON JORNADA REDUCIDA. 

    Reflejado en el punto segundo del Acuerdo
    y manteniendo las mismas condiciones para este colectivo tal con las consideraciones
    que se indican en el citado punto. Además desde la representación de los trabajadores
    se aclaró el siguiente punto:
    • Aquellos trabajadores/as que quieran acogerse a una reducción de jornada,
      según Art.37
      del ET “Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado
      directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica
      o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una
      reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del
      salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de
      aquélla”, deberán hacerlo como máximo hoy 27 de marzo, para que de tiempo a
      tramitarla. De este modo estarán dentro del punto segundo del acuerdo. Tendrán
      que enviar el modelo “Solicitud de reducción de jornada por cuidado de familiares”
      a RRHH, a través de Domingo Monrobe Falla: mail: dmonrobe@tragsa.es 

    • MANTEMINIENTO DEL EMPLEOReflejado en el punto tercero del Acuerdo,
      contemplando las indemnizaciones en base al salario de 40 horas el caso de
      despidos, manteniendo la garantía hasta finales de 2.015. 

    • GARANTÍAS DE NO AFECCIÓN. Reflejado el punto cuarto del Acuerdo y parte
      prioritaria en nuestras propuestas fue sin lugar a dudas el apartado más
      conflictivo, poniendo en peligro la firma del propio Acuerdo. Este punto quedó
      acordado en anteriores reuniones tal como lo redactamos en nuestra propuesta y que
      garantizaba que los afectados por el artículo 41 quedaban exentos de la aplicación
      de cualquier otra medida que ajuste laboral que vienen tanto de la empresa como
      las impuestas por normativas legales (decretos gubernamentales). La empresa nos
      comunica el último día del periodo de consultas, que aún habiéndolo acordado con la
      RT tienen instrucciones CONCRETAS de SEPI de no aceptar esta condición en estos
      términos, tratando de no dar ningún tipo de garantía y dejando a “estudiar y negociar”
      en el futuro cualquier tipo de medida que haya que volver a aplicar a este colectivo. 

      En este sentido, la Representación de los trabajadores de forma unánime,
      manifestamos que para nosotros esta propuesta era inasumible porque no
      garantizaba nada, exigiendo a la empresa que fuera responsable con lo acordado, ya
      que así se había trasladado a la plantilla. 

      Después de mucha discusión al respecto donde la RT mantuvo una posición firme
      al respecto, manifestando a la empresa que no firmaríamos y en ese caso,
      solicitando la presentación de un nuevo artículo 41 en estas condiciones para
      consultar con la plantilla, llegamos a una redacción del punto en el que si bien,
      no hemos podido llegar a garantizar los problemas que puedan surgir directamente
      relacionados con el proyecto, o sea los problemas que se puedan originar por la falta
      de liquidez de la Junta de Andalucía, hemos logrado con mucho esfuerzo, ya que
      la empresa estaba cerrada a admitir cualquier cláusula en este sentido, una
      garantía en cuanto a limitar cualquier ajuste de carácter general que pueda tomar la
      empresa únicamente en el exceso de las mismas sobre el presente acuerdo y que
      este colectivo no se vea afectado por futuras medidas extintivas que pudiera tomar la
      empresa. 

      Desde esta Sección sindical y el resto de la representación que conformaba la
      comisión negociadora, creemos firmemente que es nuestro deber, intentar
      acordar unas condiciones y garantías que permitieran concretar algunos puntos
      importantes para la plantilla afectada, en lugar de permitir una aplicación
      unilateral por parte de la Dirección de la empresa. 

      Aunque esperemos que no se llegue a concretar, la deriva en el corto plazo de
      Tragsatec y la más que probable presentación de medidas a nivel Estatal, pondrán en
      valor los términos de las garantías recogidas en el acuerdo firmado en Andalucía.
    • CONCRECION HORARIA: Reflejado en el punto quinto del Acuerdo donde estipula
      la jornada después de la aplicación, así como una flexibilidad mayor de la que se
      tenía, pudiendo el trabajador hacer una tarde a la semana si así lo requiere el servicio.
      Además de respetarse la jornada estival tal y como se ha venido haciendo. En este
      sentido, si hay compañeros afectados por cuestiones horarias o hay que analizar
      una situación concreta se podrá consultar en la Comisión de seguimiento que
      se cita el punto octavo del Acuerdo. 

    • PUNTAS DE ACTIVIDAD. Reflejado en el punto sexto del acuerdo. Con la limitación
      del 10% de la jornada anual y una compensación superior a la establecida. 

    • GARANTÍA DE CAMBIO DE SITUACIÓN SI HAY CAMBIO DE PROYECTO.
      Reflejado en el punto séptimo, garantiza que los trabajadores que puedan trasladarse
      de proyecto no heredarán las condiciones de reducción de jornada que tienen aplicada
      si no existe esta condición en el nuevo pliego. 

    • COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Reflejado en el punto octavo para velar por el
      cumplimento del presente Acuerdo y abordar problemas concretos que puedan
      producirse para buscar soluciones negociadas. 

    En base al Acuerdo alcanzado, os recordamos que aquellos trabajadores/as que
    quieran rescindir su contrato conforme marca el Art.41 del ET “si el trabajador
    resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su
    contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio
    prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de
    nueve meses.” El plazo son 20 días después de la aplicación del Acuerdo. Tendrán
    que enviar el modelo “Solicitud de rescisión contrato” a RRHH, a través de Domingo
    Monrobe Falla: mail: dmonrobe@tragsa.es 


    En cuanto a las BAJAS INCENTIVADAS, desde esta Sección Sindical intentaremos
    abordarlo en otro ámbito de negociación estatal cuando tengamos conocimiento real
    de la situación de la empresa. Como siempre trataremos de alcanzar un acuerdo
    beneficioso para los trabajadores interesados, negociando mejoras sobre lo que
    estipula la propia Ley. 

    Como nota aclaratoria, la RT pidió información la empresa de los siguientes aspectos: 

    Notificación a los afectados, la empresa le notificará lo antes posibles a los
    afectados la aplicación del Art. 41 para aplicarla a partir del día 1 de abril. Como
    os comunicamos en las asambleas, hay dos modelos, unos general y otro para el
    colectivo que se encuentre en reducción de jornada antes del acuerdo o que la haya
    pedido hoy o mañana. 

    A petición de la RT, las vacaciones de los trabajadores con contrato temporal,
    a partir del lunes serán actualizadas en la intranet con el total de días que les
    corresponden hasta final de año. 

    Por último queremos poner en valor, el asesoramiento legal y apoyo sindical prestado
    por nuestra Federación de COMFIA-CCOO en este difícil y complicado proceso, pues
    sin esta imprescindible ayuda, las condiciones de este acuerdo no hubiesen sido
    posibles.
  • CCO Valora positivamente el Acuerdo de ERE en Caixabank

    CCOO valora positivamente un acuerdo de reestructuración basado en la voluntariedad y la no aplicación de la Reforma Laboral. Esta madrugada la totalidad de la representación sindical de Caixabank ha cerrado un acuerdo con la Dirección para llevar a cabo el proceso de reestructuración planteado por ésta. Leer más…

  • La unidad sindical, hoy, más fuerte que nunca

    El pasado 7 de febrero la totalidad de la representación sindical de BMN presentaba a la Gerencia una propuesta de bases para la III Reestructuración en la que dejábamos claro que cualquier proceso de ajuste laboral debe de orientarse en alcanzar un acuerdo que garantice el empleo y la voluntariedad en los procesos, en respuesta a la propuesta de la Gerencia en enero que rechazamos por su naturaleza provocativa e irresponsable. Leer más…

  • Race pretende dejar sin empleo y en la miseria a 168 familias

    La dirección del grupo y del complejo ha mostrado su verdadera cara, la de una élite a la que no le importa dejar sin trabajo a una cantidad inaceptable de compañeros y compañeras, al hacer entrega de la documentación legal del expediente de despido colectivo (ERE) que inicialmente afectaría a un total de 168 “personas”, aunque para la empresa sean sólo contratos. ¡EL 20% DE LA PLANTILLA! Desde el  conjunto de la representación de los Trabajadores consideramos que es una cantidad de trabajadores afectados totalmente inaceptable. Leer más…

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