Categoría: ERE

  • H&M pasa del ERTE al ERE de forma injustificada y desproporcionada

    Para CCOO Servicios, el número de despidos y de cierres de tienda anunciado por la compañía textil son absolutamente desproporcionados. El sindicato entiende que aún siendo conscientes de que se puede haber producido un cambio en los hábitos de consumo, que podría justificar una recualificación de la plantilla, en ningún caso puede utilizarse para plantear el despido de más de 1000 personas y el cierre de 30 tiendas.

    H&M ha informado hoy a la Representación Legal de las Personas Trabajadoras que va a iniciar un Expediente de Extinción de Empleo que afectaría a más de 1000 personas. La empresa ha anunciado el cierre total de 30 tiendas, otras 94 se verían afectadas por los despidos.

    Por otra parte, H&M también ha presentado una Modificación Sustancial de Condiciones Laborales (artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores) para reducir las horas contratadas. Esta rebaja que afectaría a 24 tiendas y 50 personas trabajadoras ahonda en la precarización de las condiciones laborales.

    Es decir, H&M aboga por el empleo LOW COST

    Para CCOO, con la responsabilidad de ser el sindicato mayoritario en la empresa, entendemos que tanto el número de personas afectadas como la cantidad de cierres de tiendas es absolutamente DESPROPORCIONADO.

    Si bien es cierto que se puede haber producido un cambio en los hábitos de consumo, esto NO justifica en ningún caso tal cantidad de despidos, más aún teniendo en cuenta que H&M se ha estado beneficiando de las condiciones que el Gobierno introdujo para los ERTES durante la pandemia.

    A falta de un análisis pormenorizado de la documentación que la empresa entregue a la RLPT, CCOO ya ha adelantado que su posición es:

    • reducir sustancialmente el número de personas afectadas y el cierre de tiendas
    • exigir voluntariedad y medidas lo menos traumáticas posibles y en condiciones favorables para la plantilla.

    La mesa de negociación se iniciará el 23 de abril.

    Continuaremos informando puntualmente.

    Comunicado ERE H&M (pdf)

  • H&M pasa del ERTE al ERE de forma injustificada y desproporcionada

    Para CCOO Servicios, el número de despidos y de cierres de tienda anunciado por la compañía textil son absolutamente desproporcionados. El sindicato entiende que aún siendo conscientes de que se puede haber producido un cambio en los hábitos de consumo, que podría justificar una recualificación de la plantilla, en ningún caso puede utilizarse para plantear el despido de más de 1000 personas y el cierre de 30 tiendas.

    H&M ha informado hoy a la Representación Legal de las Personas Trabajadoras que va a iniciar un Expediente de Extinción de Empleo que afectaría a más de 1000 personas. La empresa ha anunciado el cierre total de 30 tiendas, otras 94 se verían afectadas por los despidos.

    Por otra parte, H&M también ha presentado una Modificación Sustancial de Condiciones Laborales (artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores) para reducir las horas contratadas. Esta rebaja que afectaría a 24 tiendas y 50 personas trabajadoras ahonda en la precarización de las condiciones laborales.

    Es decir, H&M aboga por el empleo LOW COST

    Para CCOO, con la responsabilidad de ser el sindicato mayoritario en la empresa, entendemos que tanto el número de personas afectadas como la cantidad de cierres de tiendas es absolutamente DESPROPORCIONADO.

    Si bien es cierto que se puede haber producido un cambio en los hábitos de consumo, esto NO justifica en ningún caso tal cantidad de despidos, más aún teniendo en cuenta que H&M se ha estado beneficiando de las condiciones que el Gobierno introdujo para los ERTES durante la pandemia.

    A falta de un análisis pormenorizado de la documentación que la empresa entregue a la RLPT, CCOO ya ha adelantado que su posición es:

    • reducir sustancialmente el número de personas afectadas y el cierre de tiendas
    • exigir voluntariedad y medidas lo menos traumáticas posibles y en condiciones favorables para la plantilla.

    La mesa de negociación se iniciará el 23 de abril.

    Continuaremos informando puntualmente.

    Comunicado ERE H&M (pdf)

  • Primer ERE de la historia en El Corte Inglés: valoración de CCOO

    El Acuerdo firmado por la empresa y los sindicatos tiene que garantizar la voluntariedad permitiendo salidas no traumáticas y que además si así lo demandan encuentren empleo de nuevo lo antes posible.

    Además de las condiciones indemnizatorias ya conocidas y la garantía de recolocación de las empresas contratadas al efecto en un alto porcentaje de éxito y del que os daremos cumplida información desde la Comisión de Seguimiento, el acuerdo incluye otras cláusulas que desde CCOO queremos poner en valor:

     

    • Garantía de Igualdad: En el supuesto que al final haya salidas forzosas, que estas respeten el porcentaje de género de la plantilla, no vaya a ser que las despedidas sean todas mujeres.
    • Compromiso para evitar despidos forzosos: En caso de que las voluntariedades fueran denegadas por la empresa, analizar desde la Comisión de Seguimiento para buscar soluciones.

     

    Mayores de 50 años: Un Plan de Reorganización con proyección de futuro no casa muy bien con una plantilla cada vez más envejecida y de la que ni tan siquiera se exploraron propuestas que permitieran la salida de este colectivo. CCOO tiene propuestas que en muchas otras empresas de todos los sectores ha sido posible realizar.

     

    Desde CCOO nos pusimos a trabajar desde el primer momento para estar a la altura de lo que la plantilla espera de un sindicato como el nuestro. Nos satisface haber podido contribuir a un acuerdo con condiciones mucho más ventajosas y positivas que otros que se han firmado y donde CCOO no ha participado.

     

    En CCOO-El Corte Inglés, sabemos enfrentar esos retos, somos conscientes de que en el futuro de la empresa hay mucho en juego y lo afrontamos con responsabilidad y compromiso, esperando contar con el apoyo de toda la plantilla.

     

    Porque allí donde CCOO es mayoría, los derechos y las condiciones laborales son mejores.

     

    Ahora, más que nunca, es el momento de estar en CCOO

  • Declaración de la Renta si has estado en ERTE

    Entre otros motivos, el año 2020 ha sido un año diferente a lo habitual porque buena parte de la plantilla ha estado en situación de ERTE, ya sea total o parcial, con esto, ha surgido varias dudas relacionadas con la presentación de la Declaración de la Renta 2020, es por ello que os aclaramos la situación y os facilitamos el enlace a la información oficial de la AEAT.

    Si durante el 2020 ERTE, ya sea parcial o tortal, te en cuenta que los ingresos peribidos del SEPE se consideran tambíen rendimientos del trabajo, por lo que se tributan en IRPF y se deben declarar en la Declaración de la Renta 2020. Además, el SEPE cuenta cómo segundo pagador por lo que los mínimos para tener obligación de declarar varía, te indicamos cómo:

     

    Al tener dos pagadores, el mínimo para declarar pasa de 22000 euros a 14000 euros siempre y cuando el segundo pagador haya pagado mas de 1500 euros.

     

    Recuerda que la campaña de presentación de renta comienza el próximo 7 de abril. En éste enlace puedes acceder a toda la información.

  • Acuerdo en el tercer ERTE Covid 19 de suspensión y/o reducción de jornada en los Servicios Centrales de NH Hoteles

    MEJORAMOS LAS CONDICIONES DEL ANTERIOR ERTE: COMPLEMENTO INDEMNIZATORIO DEL 60% PARA SALARIOS DE MENOS DE 40.000€

    Hoy, 31 de marzo de 2021, CCOO SERVICIOS ha firmado el acuerdo de ERTE por causas objetivas organizativas y de producción en las empresas de servicios centrales de NH HOTELES: NH HOTELES ESPAÑA (CS Spain Madrid y Barcelona), COPERAMA HOLDING, COPERAMA SPAIN y NH HOTEL GROUPE (CS Corporate).

    Al no haber representación legal de las plantillas en los servicios centrales, al igual que ya hicimos en los anteriores ERTEs, hemos sido los sindicatos representativos en el sector, CCOO Servicios y FeSMC-UGT, quienes hemos llevado a cabo la negociación.

    El total de las personas afectadas por los ERTEs en cada grupo son, aproximadamente:

    % AFECTACIÓN

    SS.CC. 

    %Reducción–Suspensión 100%

    Total

    No afectación

    20

    Reducción 10-20%

    195

    Reducción 21-40%

    35

    Reducción 50%

    100

    Suspensión 100%

    50

    Total general

    400

     

    CCOO Servicios, tras haber agotado los siete días de negociaciones y haciendo un ejercicio de responsabilidad para que no se les aplicara está medida tal y como dice la ley, con unos mínimos y limitaciones de la reducción de salario al 70% por el porcentaje de jornada reducida o la suspensión total del contrato, ha exigido y conseguido que estos se incrementaran y ha decidido firmar el acuerdo.

    Los términos y condiciones del acuerdo son los siguientes:

    • Complemento indemnizatorio del salario (prestación de desempleo): Se establece un complemento indemnizatorio para aquellos trabajadores/as afectados por este ERTE, que tengan un salario bruto menor de 40.000€, en suspensión de empleo y con reducción de jornada de mas de un 20%, que consiste en un 60% de la diferencia entre el neto de nómina (incluyendo neto de pagas extras) y la prestación bruta teórica que se cobre por desempleo. Para colectivos especiales este complemento indemnizatorio será del 70% de la diferencia.
      • Colectivos especiales (será necesaria acreditación): Discapacitados más de un 33%, Personas afectadas al 100% por este ERTE, cuyas parejas están afectadas al 100 % en otro ERTE (en NH u otra empresa), Personas con cuidado de familiar dependiente hasta segundo grado, Familias monoparentales, Victimas de violencia de genero.
    • Así mismo, hemos comprometido a la empresa a que dentro de los dos meses de vigencia del ERTE, hasta 31 mayo de 2021, se reduzca sustancialmente la afectación en el segundo mes, en mayo.
    • Beneficios sociales: Se mantienen las tarifas de empleados y Club Coperama. Durante la suspensión al 100 % no se recargará tarjeta de restaurante.
    • Antigüedad: Durante el periodo de suspensión se devengará antigüedad
    • Plan de formación. La empresa pondrá a disposición de las personas en suspensión de contrato y reducción de jornada un plan de formación on line específico para potenciar la empleabilidad de las personas afectadas.
    • Gestión de prestaciones de desempleo. La empresa se encargará de hacer las gestiones precisas y necesarias para la solicitud de las prestaciones de desempleo que corresponden a cada persona.
    • Comisión de seguimiento: Se establece una comisión de seguimiento que se reunirá quincenalmente para afectar y desafectar a trabajadores/as en función de las necesidades. Igualmente se determinarán los criterios de rotación y toda aquella información que sea necesaria para el cumplimiento de lo pactado.
    • Finalizado el periodo de suspensión del contrato los trabajadores/as se reincorporarán a la jornada anterior a la aplicación de la medida, respectivamente, en las mismas condiciones que disfrutaban con anterioridad a la suspensión.

    31 de marzo de 2021