Categoría: Especial Sentencias Tribunal Supremo

  • Vista ejecución de sentencia

    En la vista celebrada ayer en la Audiencia Nacional para ver cómo se ejecutaba la sentencia por la anulación del ERTE de 2013 pasó lo previsto: quedamos a la espera de que el tribunal se pronuncie y por lo tanto nos toca seguir esperando.

    Durante la vista la empresa mantuvo que la ejecución de sentencia debía realizarse mediante demandas individuales porque las demandas se interpusieron en su momento lo fueron por vulneración de derechos fundamentales y además no contaban con ninguno de los requisitos exigidos por las normas para permitir la ejecución mediante demandas colectivas.

    Hace […]
    Hace años que en CCOO, sin ir más allá de «por razones de procedimiento» para no dar pistas al enemigo, hemos considerado y manifestado que esto era lo que finalmente iba a ocurrir y que íbamos a acabar en demandas individuales. Como, de hecho, seguimos pensando.
    Por ese motivo en CCOO hemos optado desde un principio por la presentación de demandas individuales (agrupadas) aunque esto nos generara bastante más trabajo.

    En muchas ocasiones los términos colectivo e individual conducen a error porque se piensa que en el individual eres «tú contra la empresa» cuando en realidad, cuando hay mucha gente (como es el caso), también es, poco más o menos, una lista de nombres. Aunque, eso sí, mucho más elaborada.

    Además a este error ha contribuido que muchos sindicatos han vendido su ejecución colectiva como una forma más disimulada de reclamar, lo cual es totalmente falso. Y la prueba es que esos listados no sólo los tiene la empresa sino que los tenemos el resto de sindicatos.

    Como llevamos ya varios años manteniendo, nuestros abogados piensan que esto va a acabar en demandas individuales y, aunque nos genera mucho más trabajo, es lo que estamos haciendo. Por esto aprovechamos para, una vez más, ofrecer nuestra asesoría jurídica a quien desee reclamar lo que es suyo.

    Por cierto, ayer, en la vista, la empresa también alegó que las reclamaciones prescribieron en octubre de 2015. Algo que entendemos es insostenible pero que imaginamos plantean porque habrán pensado que «por pedir que no quede».

    Saludos.

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  • Reclamaciones de cantidades

    Respecto a las reclamaciones por las cantidades pendientes de 2013, este fin de semana, algún sindicato se ha dedicado a revolver a todo el mundo con algo similar a un «tenéis 4 días para apuntaros a una lista que estamos haciendo o se pierde el dinero y para ello sólo tenéis que firmarme un papelito y, por supuesto, afiliaros». Algo que, recordamos, ya sucedió con otros y con las mismas prisas hace más de dos años.

    Es triste comprobar como quienes hoy están causando esta incertidumbre y urgiendo a la plantilla a moverse con tanta celeridad, hasta la fecha no hubieran hecho nada más que presentar, pues lo estimaban suficiente, una carta de interrupción de la prescripción. Y ahora les entran las prisas.

    Sea como sea, lógicamente, esta campaña afiliativa ha causado un revuelo innecesario a toda la plantilla que nos ha obligado a publicar estas líneas.

    […]
    Por ello, lo primero, queremos aclarar a todas las personas que en su momento reclamaron a través de CCOO, en el proceso de confección de demandas individuales pero agrupadas que llevamos a cabo hace dos años, que pueden estar totalmente tranquilas porque en CCOO hace mucho que ya hicimos todo ese trabajo.

    Respecto a la diligencia ahora recibida de la Audiencia Nacional, nuestros abogados, siguen manteniendo la postura que ya expresaron hace dos años.

    En su momento, tras mucho meditarlo, nuestros abogados nos aconsejaron efectuar demandas individuales -aunque nos generaba muchísimo más trabajo- por prudencia y porque estimaron que la ejecución colectiva, en este proceso, iba a ser muy complicada. Poco menos que imposible.

    En todo este proceso de reclamaciones, el escenario central que, desde hace tiempo, maneja nuestro Departamento Jurídico es que, al final, por cuestiones de procedimiento la Audiencia Nacional va a acabar derivando todo a demandas individuales y ahí, en CCOO, ya tenemos todo el camino andado pues todo el trabajo ya fue realizado en su momento.

    Además, otro de los motivos por el que estiman que no va a haber ejecución colectiva es porque la empresa va a hacer todo lo posible, precisamente, por individualizarlas.

    No hace falta explicar que estamos en un proceso muy lento pues las demandas quedan paralizadas en tanto finaliza todo definitivamente, por ello, desde CCOO queremos trasmitir absoluta tranquilidad a quienes demandaron a través nuestro las cantidades correspondientes a 2013 pues todo sigue su curso según estaba previsto. Aunque sea despacio.

    Y, para todas aquellas personas que, de una forma u otra, no se apuntaron a ninguna de las reclamaciones planteadas por los distintos sindicatos, nuestros abogados recuerdan que existe un acuerdo firmado en 2016, con un texto un tanto enrevesado (y estamos hablando de Liberbank), por el que la empresa está obligada a extender a toda la plantilla en activo la ejecución colectiva de la sentencia.

    Finalmente, para quienes no presentaron demanda individual en su momento y ahora se decidieran a demandar, algo a lo que os animamos, nuestros abogados nos han indicado que, en principio, el plazo finalizaría en junio de 2018 y que seguirían recomendando, por los motivos ya expuestos, la reclamación individual frente a la colectiva, motivo por el que desde CCOO ponemos, como siempre, a vuestra disposición nuestra Asesoría Jurídica.

    Saludos.

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  • Anuladas las medidas unilaterales de 2013

    Hoy hemos recibido la sentencia del Tribunal Supremo que anula definitivamente las medidas unilaterales impuestas por la empresa en 2013.

    Tras esta sentencia, la empresa debe devolvernos a los trabajadores y trabajadoras todos los importes detraídos de nuestras nóminas entre mayo y diciembre de 2013 así como realizar las aportaciones correspondientes a los planes de pensiones.

    En cuanto a nuestra valoración, implicaciones de esta sentencia y demás, os remitimos al comunicado que encontrarás en este enlace y que seguimos suscribiendo al 100%.

    Comunicado: La prepotencia pasa factura a Liberbank 

  • La prepotencia pasa factura a Liberbank

    Como ya os anunciamos hace un par de días, la Audiencia Nacional ha anulado las medidas unilaterales impuestas por Liberbank en 2013. Algo de lo que nos congratulamos pues, como sabéis, en CCOO presentamos demanda contra estas medidas según las mismas fueron comunicadas por la empresa. 
    Demanda de la que, en principio, tuvimos que desistir al alcanzar un acuerdo y que, por los tradicionales enredos jurídicos en los que acostumbra a moverse Liberbank, hemos acabado personados como parte interesada a la presentada por otro sindicato.
    Nos hubiera encantado un fallo […]
    Nos hubiera encantado un fallo en el que se hubieran anulado las medidas unilaterales impuestas por Liberbank por injustas y abusivas en vez de por un defecto de forma, pero bienvenido sea en cualquier caso porque supone (más bien supondrá, pues la sentencia aún debe ser confirmada por el Tribunal Supremo) que todos los trabajadores y trabajadoras de la entidad recuperaremos una buena cantidad de dinero y porque además supone todo un «bofetón» a la despótica forma de actuar de los directivos (los de verdad, sin comillas) de esta empresa. 
    Al pensar ahora en las fallidas negociaciones de 2013, no podemos evitar recordar lo cómodos que se encontraban los representantes de la empresa al finalizar las negociaciones con el NO acuerdo. Postura que, caras de satisfacción aparte, dejaron muy clara cuando a la petición de alargar las negociaciones un poco más (era mediodía) nos respondieron con que no podían porque «ya tenían ocupada esa tarde con otras cosas». Todo ello imaginamos, viendo que así podrían aplicar unilateralmente lo que les viniera en gana. 
    …y ahora, tras ver todo lo sucedido no podemos evitar sentir un «¡Os está bien!»
    Creemos que debiera la dirección de esta empresa aprender de una vez que es mejor llegar a un acuerdo (y respetarlo, claro) que imponer las cosas por el artículo 33.
    Respecto a las reclamaciones de cantidades pendientes de 2013
    Como recordaréis, una vez anulado el Acuerdo de junio de 2013 y ordenada la reposición de los trabajadores a la situación previa al mismo, surgió el debate entre si esa resolución nos llevaba a los trabajadores y trabajadoras a recuperar todo el dinero detraído de nuestras nóminas durante el periodo comprendido entre mayo y diciembre de 2013 o sólo las cantidades que resultaran, según cada caso, por la diferencia entre la aplicación teórica de las medidas unilaterales y lo aplicado realmente.
    Debate que ni la propia Audiencia Nacional aclaró en la vista de ejecución de sentencia al estimar litispendencia y posponer, por tanto, su respuesta hasta la resolución del juicio contra las medidas unilaterales con el que, lógicamente, todo estaba vinculado. 
    Ahora, tras la sentencia de la Audiencia Nacional, ese debate ya no tiene importancia porque queda claro que, al dejar sin efecto las medidas unilaterales impuestas por la empresa, Liberbank debe devolvernos a los trabajadores y trabajadoras todos los importes detraídos de nuestras nominas así como lo correspondiente a los planes de pensiones entre mayo y diciembre de 2013.
    Pero   -porque tratándose de Liberbank y de temas jurídicos siempre hay un pero-   esta devolución no va a efectuarse hasta la sentencia sea firme, lo cual puede llevarnos todavía una buena temporada ya que la empresa, como es habitual, ha anunciado la presentación de recurso ante el Tribunal Supremo.
    Si, más adelante, el Tribunal Supremo confirma esta sentencia de la Audiencia Nacional, el proceso habrá acabado y Liberbank deberá abonar todas las cantidades.
    Aunque la empresa, en el acuerdo del pasado uno de junio, se comprometió a «extender a toda la plantilla en activo las consecuencias derivadas de la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo de 22 de julio de 2015», todas las personas que, como por precaución sugerimos, efectuaron las reclamaciones individuales agrupadas a través de CCOO pueden estar tranquilas puesto, como sabéis, por prudencia, optamos por un sistema que, aunque nos generaba mucho más trabajo, garantizaba que las reclamaciones efectuadas no iban a prescribir pasara lo que pasara.
    Así que, tarde poco o tarde mucho, recuperaremos todo lo que nos corresponda.
    Saludos.

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  • Anuladas las medidas unilaterales impuestas en 2013

    Hoy hemos conocido la sentencia de la Audiencia Nacional por
    la que han sido anuladas las medidas unilaterales impuestas por la empresa
    durante el segundo semestre de 2013.

    Se trata de una buena noticia para todos los trabajadores y
    trabajadoras aunque imaginamos que la misma tardará todavía un tiempo considerable
    en confirmarse pues, como es habitual, suponemos la empresa recurrirá la misma
    ante el Tribunal Supremo.

    En un próximo comunicado emitiremos nuestra valoración sobre
    esta sentencia de la Audiencia Nacional.