Categoría: Estatal

  • Nuevos permisos y derechos para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

    Os hacemos llegar los nuevos permisos que transponen la directiva europea de conciliación, que representan un paso más en la buena dirección hacia una mayor conciliación. Desde CCOO nos mantendremos vigilantes para garantizar que la empresa los aplica de manera apropiada y no intenta hacer lecturas interesadas de los mismos.

    Los permisos, añadidos o mofificados por esta norma son los siguientes:

    • 5 días de permiso retribuido por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización pero que precise reposo. Incluye a familiares de hasta 2º grado y convivientes. Este permiso sustituye al que el que recoge el Convenio se y disfrutrará en las mismas condiciones, es decir dentro de los 10 días posteriores al hecho causante .
       
    • 4 días de permiso retribuido al año por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes o imprevisibles. Se trata de un permiso que busca permitir atender situaciones familiares urgentes y se puede distribuir por horas.
       
    • Permiso “parental” de 8 semanas hasta que el menor cumpla 8 años, que podrá utilizarse a tiempo completo o parcial y de forma continua o discontinua.
       
    • Reducción de jornada que amplía el derecho de la reducción de jornada para quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, además de para el cuidado de hijos o hijas o personas a cargo con discapacidad menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave (cuando el grado de discapacidad supere el 65% y esta condición se acredite antes de cumplir los 23).
       
    • Adaptación de jornada que amplía el derecho a quienes tengan personas dependientes a cargo (hijos e hijas mayores de 12 años, cónyuge pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta segundo grado y personas convivientes cuando no puedan valerse por sí mismas). En caso de negativa, la empresa deberá justificarla. 
       
    • Parejas de hecho  a las que se reconoce el permiso retribuido regulado en el art. 37.3 a del Estatuto de los Trabajadores de 15 días naturales por el registro de pareja de hecho, equiparando así con los matrimonios.
       
    • Más protección estableciendo nuevas garantías para que las personas trabajadoras no puedan sufrir discriminación, trato desfavorable o despido por ejercer derechos de conciliación. 

     

    Si quieres más información, o solicitas cualquiera de estos permisos y la empresa te pone algún inconveniente, no dudes en contactar con CCOO.

    Infografía PDF sobre medidas conciliación 

    Real Decreto-ley 5/2023

  • Permisos Retribuídos en Elecciones

    Ahora que se acerca una nueva jornada electoral, te recordamos los permisos retribuídos que tienes para acudir a votar o si te convocan a formar parte de una Mesa Electoral.

    Permisos para acudir a votar

    Si acudes a votar durante tu jornada laboral, tendrás un permiso retribuído que dependerá del tiempo que coincida tu jornada laboral de ese día, con el horario de apertura de las mesas electorales, que es de 09:00 a 20:00. Te indicamos los permisos.

     

    Coincidencia de Horario

    Duración del Permiso

    Coincide menos de 2 horas

    Sin permiso

    Coincide entre 2 y 4 horas

    Permiso de 2 horas

    Coincide entre 4 y 6 horas

    Permiso de 3 horas

    Coincide más de 6 horas

    Permiso de 4 horas

    Estos permisos se refieren a una jornada de 39 horas semanales. Para jornadas inferiores el permiso se reduce de manera proporcional.

     

     

    Permisos para ser parte de una mesa electoral

    Si te convocan para formar para la presidencia, vocalía o intervención de una mesa electoral, tendrás cómo permiso retribuído toda la jornada laboral, además de un permiso retribuído de cinco horas en la jornada inmediatamente posterior.

     

    Permisos para colaborar con un partido político

    Si vas a ser apoderada o apoderado de un partido tendrás cómo permiso retribuído toda la jornada laboral, pero no para la jornada posterior.

     

    Permisos para suplentes

    Si te han nombrado suplente de alguno de los cargos que forman la mesa tienes que acudir a la constitución de la misma y si una vez constituída, no se te requiere, acudir al puesto de trabajo. Tendras para ello el tiempo indispensable para el desplazamiento.

     

    Permiso para voto por correo

    Tienes derecho a un permiso retribuido de hasta cuatro horas, para realizar la solicitud y remitir el voto Un máximo de cuatro horas para realizar las dos gestiones, que se reduce proporcionalmente en caso de contrato a tiempo parcial o jornada reducida.

     

    Recuerda pedir justificante a la Mesa Electoral en caso de que vayas a disfrutar de cualquiera de los permisos retribuídos indicados

  • Al trabajo con orgullo. De las leyes a la realidad.

    Este año se cumplen 45 años desde que la homosexualidad dejó de ser considerada un delito en España. Desde entonces, el colectivo LGTBI+ no ha cesado en su propósito de lograr la igualdad total de sus miembros con el resto de la sociedad, tradicionalmente normativa. La aprobación hace casi un año de la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación (ley Zerolo), y la reciente Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI han supuesto un revulsivo importante en la materialización de los derechos de las personas LGTBI+.

    Nuestro país avanza en derechos democráticos para las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI+) en los ámbitos políticos, social, educativo sanitario, etc… incorporándose los mismos a la conformación de la dignidad de las personas.

    Las leyes mencionadas se conjuran como herramientas clave para adoptar acciones positivas que faciliten la vida y el desarrollo personal y profesional de las personas LGTBI+ sin tener que renunciar a su identidad, sin ocultarse para acceder al empleo, poder formarse o promocionar, solicitar beneficios sociales existentes en la empresa…

    Desde CCOO alentamos a vivir en libertad, también en el trabajo: #AlTrabajoSinArmarios y con #OrgulloDeSer. Pero la aprobación de las leyes no es suficiente. Para que las leyes sean eficaces es preciso aplicarlas, llevarlas a efecto, lo que se traduce en conocerlas, tenerlas presentes en la actividad laboral diaria para poder hacer frente a actitudes, acciones o comportamientos LGTBIfóbicos de forma que no tengan cabida en ninguna esfera de la vida. En CCOO asumimos esta responsabilidad, que es por supuesto sindical, y proclamamos: Al trabajo con Orgullo.

    De las leyes a la realidad. No es posible olvidar que los ataques de quienes han obstaculizado el avance de los derechos LGTBI+ en España se están volviendo más crudos y violentos amparándose en el bulo y la mentira.

    Este año las manifestaciones y concentraciones con motivo del 28J en las diferentes ciudades y pueblos, así como la manifestación estatal del Orgullo, que tendrá lugar el sábado 1 de julio en Madrid, han de ser más reivindicativas que nunca, tienen que ser el Orgullo de todas las personas. El Orgullo de una sociedad diversa, plural, generosa, acogedora, que reclama la equidad legal real y que quiere vivir de forma libre y plena con independencia de cuál sea su diversidad afectivo-sexual o su diversidad familiar.

    #OrgulloDeSer

    #AlTrabajoSinArmario

    Manifiesto Día Internacional del Orgullo LGTBI+.

  • CCOO denuncia actitud antisindical por parte de Recursos Humanos y Relaciones Laborales

    La empresa ha tomado represalias contra CCOO y CGT por no haber aceptado unas modificaciones en los Planes de Igualdad de ILUNION e ILUNION CEE, al considerar que no se ajustaban a lo que indica la Ley.

    La empresa, unilateralmente ha expulsado de las Comisiones de Seguimiento de los Planes de Igualdad a CCOO y a CGT y tan sólo convoca a UGT y CSIF, que sí dieron el visto bueno a los cambios mencionados.

    Los sindicatos estamos representando a las plantillas de esta empresa y a las personas afiliadas, no estamos aquí para hacer la vista gorda o para aplaudir ciertas actitudes.

    Desde CCOO siempre preferimos el diálogo y la negociación antes que la vía sancionadora o la judicial, pero esta empresa nos lo pone muy difícil.

     

    CON LA IGUALDAD, NI UN PASO ATRÁS

     

  • ILUNION no puede limitarte el tiempo para las consultas médicas

    El artículo 28.2 de nuestro Convenio es muy claro. Cada persona trabajadora tiene 35 horas retribuidas al año para acudir al médico. Ni ILUNION, ni ninguna otra empresa te puede decir lo que tienes que tardar en ir y volver a la consulta.

    Esta cuestión está más que resuelta por el Tribunal Supremo, que dictaminó que el único límite temporal son 35 horas al año y nada más. Ni límites diarios, ni obligación de logarse, ni calcular las distancias de desplazamiento, nada.

    Por tanto, si alguna vez la empresa te exige que vuelvas a tu puesto de trabajo tras la consulta médica, o te impone un tiempo de desplazamiento desde el centro de salud al trabajo, o te dice que “te has pasado” en la duración de tu permiso porque consideran que deberías haber tardado menos, están cometiendo una ilegalidad y están vulnerando tu derecho.

    Si algo de esto sucede, ponte en contacto con CCOO.

     

    NO TE DEJES LA SALUD EN EL TRABAJO