Categoría: Preguntas frecuentes

  • Nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre permisos retribuidos (empiezan el primer día laborable)

    El Tribunal Supremo ha estimado nuestra petición y ha declarado que los permisos, al ser retribuidos, deben empezar siempre en el primer día laborable para la persona solicitante: el primer día que en su horario o cuadrante indique que tiene que trabajar.

    El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación de doctrina presentado por varios sindicatos mayoritarios del sector de Contact Center, entre ellos CCOO, en relación con el inicio del disfrute de los permisos retribuidos.

    Hasta ahora estos permisos comenzaban en el día en el que ocurría el hecho causante, independientemente de que fuera laborable o no. El Tribunal Supremo ha cambiado su doctrina y en su sentencia n° 145/2018 de 13/02/18, ha estimado nuestra petición y ha declarado que, al ser retribuidos, deben empezar siempre en el primer día laborable para la persona solicitante, después del hecho que lo justifica, es decir el primer día que en su horario o cuadrante indique que tiene que trabajar.

    Así, los permisos retribuidos a los que se tiene derecho como son:

    • por matrimonio
    • por nacimiento de hijos/as
    • hospitalización o fallecimiento de familiares, etc.

    Cuando el día siguiente al hecho causante fuese festivo, o no laborable porque fuera de libranza, el primer día retribuido será el laborable posterior.

    Esta sentencia y cambio de doctrina del Tribunal Supremo tiene incidencia no solo en el sector de Contact Center, si no también en todos los demás sectores, por lo que desde CCOO Servicios reclamaremos en todas las empresas y sectores donde estamos presentes que se cambie la interpretación del disfrute de estos permisos/ licencias, para que el ejercicio de este derecho en lo sucesivo se ajuste a la nueva doctrina del Tribunal Supremo.

    Marzo 2018

  • Embarazo, maternidad y paternidad

    Ponemos a vuestra disposición el enlace a una interesante guía que publica El Instituto de la Mujer para la Igualdad de Oportunidades, en su página web, con información de carácter socio-laboral para mujeres embarazadas y para casos de maternidad y paternidad.

    Si tienes alguna duda respecto a la guía, o quieres saber si nuestro Convenio Colectivo o algún Acuerdo entre CCOO y la Empresa mejora algunos de éstos derechos, no dudes en consultarnos.
     
     
    La Igualdad es cósa de Tod@s

    Accede a la Guía

  • Tu Salario.es: herramientas para comparar tu salario. También puedes rellenar su encuesta salarial

    • Usa "Compara Tu Salario" para saber qué es lo que gana otra gente por hacer el mismo trabajo que tú. Asegúrate de que cobras lo que mereces. 
    • ¿Quieres cambiar? También puedes utilizar Tu Salario para comparar tus ingresos con los de gente en otros sectores. Comprueba lo que ganarías si cambiases de profesión. No olvides rellenar la encuesta salarial

     

     

     

    ¿Qué es Tu Salario? 

     
     

    Tusalario.es está conectado con la red Internacional WageIndicator y tiene presencia en España desde el año 2004. 

    Al proporcionar información laboral, salarial y orientación profesional, nos aseguramos de que los visitantes estén bien informados sobre empleos, salarios y leyes laborales.Sobre la Fundación WageIndicator – Comparte y Compara tu Salario, Derechos Laborales y Carrera Profesional!

    La Fundación WageIndicator inició sus operaciones en 2001 con el objetivo de contribuir a la transparencia del mercado de trabajo, tanto para los trabajadores como para los empleadores. Anualmente llega a más de 25 millones de personas en todo el mundo. Para más detalles acerca del trabajo de la Fundación WageIndicator, visita www.wageindicator.org
     

    ¿Por qué?

    En primer lugar, porque un mercado de trabajo transparente mejora el funcionamiento de la economía como un todo. WageIndicator cree que cada empleador y trabajador debe tener libre acceso a información sobre salarios, leyes laborales y carrera. Recopilamos y comparamos información sobre el mercado laboral con encuestas en línea, en campo y con investigación. Compartimos nuestros descubrimientos y servimos como una biblioteca laboral actualizada y en línea para millones alrededor del mundo. Para comparaciones internacionales, WageIndicator está desarrollando una Base de Datos de Convenios Colectivos, una Base de Datos de Salarios Mínimos, un Mapa y Comparador de Trabajo Decente y una Base de Datos sobre el Costo de Vida en el mundo.

    La Fundación WageIndicator inició sus operaciones en 2001 con el objetivo de contribuir a la transparencia del mercado de trabajo, tanto para los trabajadores como para los empleadores. Anualmente llega a más de 25 millones de personas en todo el mundo. Para más detalles acerca del trabajo de la Fundación WageIndicator, visita www.wageindicator.org
     

    ¿Por qué?

    En primer lugar, porque un mercado de trabajo transparente mejora el funcionamiento de la economía como un todo. WageIndicator cree que cada empleador y trabajador debe tener libre acceso a información sobre salarios, leyes laborales y carrera. Recopilamos y comparamos información sobre el mercado laboral con encuestas en línea, en campo y con investigación. Compartimos nuestros descubrimientos y servimos como una biblioteca laboral actualizada y en línea para millones alrededor del mundo. 

     
    Para comparaciones internacionales, WageIndicator está desarrollando una Base de Datos de Convenios Colectivos, una Base de Datos de Salarios Mínimos, un Mapa y Comparador de Trabajo Decente y una Base de Datos sobre el Costo de Vida en el mundo. WageIndicator confía que esto ayuda a los trabajadores de manera individual a tener un acceso más justo al mercado de trabajo y ayuda a los empleadores a cumplir con las leyes laborales nacionales. En algunos países en desarrollo incluso contribuimos en el mapeo de estructuras salariales por vez primera.
     
    Es necesario ya que muchos gobiernos no cuentan con información accesible y en línea sobre las leyes laborales y el salario mínimo y, si la tienen, no siempre está completa o es complicada. Tratamos de mantener la información actualizada, comprensible y comparable con otros países. Además, los gobiernos no disponen de información que muestre comparaciones salariales por ocupación, ya que aparentemente los gobiernos no consideran que sea parte de su trabajo. Sin embargo, mucha gente está interesada en ello.

    Visita TuSalario.es para más información.

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  • ¿Cómo gestionar la baja por enfermedad común?

               
                                                                          
                           

    Aquí te indicamos los pasos
    a seguir en el caso de que estés enfermo
    :

    ·      
    En primer lugar,
    debes comunicarlo a tu supervisor y acudir al médico para que te reconozca.

    ·      
    En el caso de
    dolencias leves, algunos médicos siguen expidiendo un justificante de reposo
    para 24 horas. Si te ocurre esto, debes reclamar al facultativo que te entregue
    el correspondiente parte de alta y baja en el mismo momento, es lo que la ley
    exige.

    ·      
    A continuación,
    debes enviar sin demora el correspondiente parte de baja a
    partesenfermedad@wizink.es con copia a tu supervisor. Puedes escanearlo o
    hacer una fotografía en la que se vean claramente los datos. Debes enviarlo
    dentro de los
    3 días siguientes de su emisión.

    ·      
    Una vez recibas el
    alta debes comunicarla a la mayor brevedad posible (dispones de 24
    horas
    ) a
    partesenfermedad@wizink.es.

    ·      
    Si la baja médica
    es de larga duración, tendrás que ir a tu médico de cabecera con la
    periodicidad requerida y proceder a enviar al mencionado correo los partes
    de confirmación
    que se vayan generando.

    ·      
    En el caso de que
    tengas una incapacidad temporal estando de vacaciones, debes comunicarlo a la
    empresa en el plazo de 24 horas (adjuntando el parte de baja) para que
    estos días no se tengan en cuenta como vacaciones disfrutadas.

     

  • ¿Qué periodo de prueba puede tener mi contrato? Vídeo consultas laborales

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     ¿Qué periodo de prueba puede tener mi contrato? Pilar Caballero, abogada de CCOO Servicios, contesta una de las dudas que mandan los y las trabajadoras a través del formulario de consultas de la web www.ccoo-servicios.es