Categoría: Preguntas frecuentes

  • Han instalado una cámara de vigilancia en el puesto de trabajo. ¿Es legal?

    Han colocado una cámara de vigilancia en el puesto de trabajo sin previo aviso por escrito o verbal.  Según un curso que hicimos en la empresa, no es legal la colocación de dispositivos de vigilancia sin previamente avisar al trabajador. 

    Quiero saber si efectivamente es así y si se puede hacer algo al respecto.

    El  empresario no queda libremente facultado para llevar a cabo, con el pretexto de las facultades de vigilancia y control que le confiere el art. 20.3 ET, intromisiones ilegítimas en la intimidad de sus empleados en los centros de trabajo, y por tanto pueden instalarse pero hay que  fijar un punto de equilibrio entre el derecho del empresario a adoptar las medidas que estime oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, y la preservación de los derechos y libertades fundamentales del propio trabajador, para lo que con carácter general han de cumplirse las las siguientes condiciones:
    • Que la medida sea necesaria, equilibrada, e idónea para la finalidad pretendida por la empresa.
    • Que la instalación sea conocida por los trabajadores y el comité de empresa antes de entrar en funcionamiento.
    • Que esté a la vista, lo que elimina cualquier actitud subrepticia de la empresa.(salvo situaciones muy concretas como podría ser existan razonables sospechas de la comisión por parte del trabajador de graves irregularidades en su puesto de trabajo)
    • Que su instalación se efectúe exclusivamente en los lugares de trabajo y que las filmaciones no tengan una posterior difusión. No pudiendo nunca instalarse en zonas de descanso, aseos, vestuarios.
    Si la instalación de las cámaras en tu trabajo no cumplen estos requisitos puede presentarse una denuncia en la Agencia de protección de datos.
  • Acceso a la jubilación con contrato a tiempo parcial

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    Ángeles Balué, responsable de previsión social de CCOO Servicios, nos habla de cómo pueden acceder a la jubilación las personas que hayan trabajado con contratos a tiempo parcial.

  • En excedencia por cuidado de hijos y nuevo parto ¿tengo derecho a la prestación por maternidad?

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    ¿Estando de excedencia por cuidado de hijos, en caso de nuevo parto tengo derecho a la prestación por maternidad? Pilar Caballero, abogada de CCOO Servicios contesta a una de las dudas que plantean las afiliadas de la Federación.

  • Prejubilaciones en los procesos de despido colectivo

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    Ángeles Balué, responsable de previsión social de CCOO Servicios, nos habla sobre pre jubilaciones en los procesos de despido colectivo

  • VENTA EN OFICINAS DE DÉCIMOS, RIFAS, PAPELETAS? DE LOTERÍAS

    Especialmente
    en estas fechas prenavideñas, proliferan décimos y papeletas de loterías de
    organizaciones y particulares que se dejan en las oficinas para su venta,
    principalmente en los puestos de caja.

    Esta práctica, tan extendida en la red de oficinas, no está
    permitida por la Dirección

    salvo aquella
    indicada en la comunicación interna del banco, como tampoco
    debe haber efectivo en las oficinas, sin contabilizar, una vez hecho el cuadre
    diario.
      

    Las
    Direcciones Territoriales son las encargadas de autorizar, no de obligar, la
    venta de participaciones, décimos, etc. de loterías, indicando la forma
    de proceder para no incurrir en falta alguna.  
     

    En el
    comunicado 303/015/2015 hemos encontrado el siguiente texto:

    ?Es necesario
    recordar que está prohibida la venta de cualquier otro tipo de lotería
    diferente a la incluida en este comunicado (rifas, papeletas escolares, etc.),
    a excepción de lotería de Cruz Roja España, en la que somos entidad
    colaboradora?
     

    CCOO te
    recomienda que, en caso de cualquier presión o indicación contraria a
    la normativa vigente
    debe ser puesta en conocimiento del Canal
    Ético
     que tienes a tu disposición en la intranet del banco.  

    ESTAMOS CCOONTIGO

    Porque
    son muchas las razones,
    afíliate
    aCCOO

    Descargar comunicado en PDF