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Cómo ya sabéis, el próximo día 4 de mayo van a celebrarse elecciones anticipadas a la Comunidad de Madrid. Cómo en ocasiones anteriores, os recordamos los permisos retribuidos de los que disponéis.
Voto presencial
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Sin permiso |
Si el horario de trabajo no coincide con el tiempo de apertura de las mesas electorales (09:00-20:00) o lo hace por un periodo inferior a dos horas. |
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Permiso de 2 horas |
Si coincide en dos o más horas y menos de cuatro con el tiempo de apertura de las mesas electorales (09:00-20:00) |
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Permiso de 3 horas |
Si coincide en cuatro o más horas y menos de seis con el tiempo de apertura de las mesas electorales (09:00-20:00) |
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Permiso de 4 horas |
Si el horario de trabajo coincide en seis o más horas con el tiempo de apertura de las mesas electorales (09:00-20:00) |
Justificante: No olvides pedir tu justificante, para presentarlo en la empresa, a la presidencia de la mesa electoral en la que te toque votar.
Voto por correo
Tienes derecho a un permiso retribuido de hasta cuatro horas, para realizar la solicitud y remitir el voto (un máximo de cuatro horas para realizar las dos gestiones, que se reduce proporcionalmente en caso de contrato a tiempo parcial o jornada reducida).
Justificante: Servirá cómo justificante el certificado emitido por la oficina de correos.
Presidencia o Vocalía de mesa
Si te eligen para la presidencia o vocalía de una mesa y no puedes acudir a trabajar, la empresa tendrá que concederte un permiso retribuido de toda la jornada durante el día de la votación, además tanto si el día de las elecciones trabajabas cómo si no, tienes también derecho a una reducción de tu jornada de cinco horas el día inmediato posterior.
Justificante: Se ha de solicitar ese justificante a la Junta Electoral de Zona correspondiente. El contacto con la Junta Electoral de Zona ha de constar en el nombramiento como miembro de Mesa y también se puede obtener a través del Ayuntamiento correspondiente.
A partir del 1 de enero de 2021 quedarán igualados los permisos de maternidad y paternidad. Serán de 16 semanas, las 6 primeras de obligado disfrute tras el nacimiento o adopción para ambos progenitores. Las 10 semanas restantes se pueden distribuir, igualmente, a lo largo de los primeros 12 meses.
Una vez equiparado el permiso no será posible la cesión de semanas entre los progenitores.

Durante el año 2020 el permiso de paternidad ha sido de 12 semanas, de las cuales las cuatro primeras se deberán disfrutar tras el parto. El resto ha podido disfrutarse en cualquier momento dentro del primer año
.

La empresa está comunicando quienes van a ser gestores especializados y pasarán a horario flexible. Esta comunicación se formalizará por escrito antes de su aplicación el 11 de enero. Tener horario flexible significa que:
– Tu horario flexible lo organizas tú en consenso con tu oficina o departamento. – No supone trabajar cuatro tardes, sino realizar tu trabajo entre las 8:00 y las 18:30 como tope, teniendo en cuenta que a finales de semana debes tener 37:30 o 32:30 horas trabajadas, respetando la jornada fijada para el viernes. Por tanto, que nadie te imponga trabajar las cuatro tardes en horario general, porque serían 4 jornadas de 9 horas y dado que el viernes el horario es fijo, la jornada supera con creces la establecida en Convenio y Estatuto de los Trabajadores.
– Horario flexible no es sinónimo de presencialismo.
– Horario flexible no es sinónimo de elástico como alguna jefatura cree.
– Si estabas en horario flexible y no recibes comunicación, podrás comprobar en el registro de jornada tu cambio a horario general. Leer más
Registro horario.
– Es un deber laboral registrar de forma veraz la hora de inicio y finalización de la jornada y el tiempo de trabajo efectivo. El registro de jornada es autodeclarativo.
– Si alguien te indica que registres “hora de entrada y salida reales pero que en jornada efectiva solo reflejes tu jornada teórica y que no registres tiempo adicional”, pídele que te lo de por escrito (no lo hará) y/o comunícalo a tu sindicato. Ya hemos recibido y contestado varias comunicaciones con esta práctica inadmisible.
– Únicamente pueden realizarse horas extraordinarias con autorización. Según la Guía de la Aplicación de Registro de Jornada, registrar tiempo adicional no equivale a realizar horas extraordinarias.
– Capital Humano nos informa de que no se requiere el visado del tiempo adicional, mientras no superes las 37:30/32:30 horas de trabajo efectivo semanal. Este visado no puede modificar tus datos.
Ejemplo de registro de jornada de gestor especializado.
La jornada teórica que figura en la aplicación de la plantilla en horario flexible es: – De lunes a jueves, 7:45 horas en la red comercial.
– Viernes, 6:30 horas, en la red comercial.
Cómo registrar el tiempo de trabajo en el caso de un gestor que trabaja 9:00 horas lunes y miércoles; 6:30 horas martes, jueves y viernes.
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DÍA |
TIEMPO TOTAL |
TRABAJO EFECTIVO |
TIEMPO ADICIONAL |
TIEMPO A COMPENSAR |
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Lunes |
9:00 |
7:45 |
1:15 |
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Martes |
6:30 |
7:45 |
|
1:15 |
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Miércoles |
9:00 |
7:45 |
1:15 |
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Jueves |
6:30 |
7:45 |
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1:15 |
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Viernes |
6:30 |
6:30 |
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Si martes y jueves no se registra como trabajo efectivo la jornada teórica, la aplicación no totaliza correctamente la jornada semanal y no compensa el tiempo adicional y el tiempo a compensar.
Horario período navideño. Entre el día 21 de diciembre y el 8 de enero, el horario general y el de los gestores especializados es de 8:00 a 14:30 horas de lunes a viernes. Los días 24 y 31 de diciembre y el 5 de enero el horario es de 9:00 a 13:30 horas.
Plus Convenio Fijo. La empresa nos informó que se abonará en la nómina de enero. El importe pasa de 309,86 euros a 517,15 euros. La parte variable está suspendida durante 2021 y 2022.
Oposiciones. Recordamos que el plazo de inscripción termina el 11 de enero.
Abono ayuda teletrabajo como medida de contención sanitaria. En la nómina de diciembre se procederá al abono de los 45 € reconocidos en el Convenio a aquella parte de la plantilla que esté en teletrabajo y a la que el banco no le haya facilitado medios de trabajo (teclado, ratón y pantalla).
Igualdad. El 15 de diciembre se reunió la Comisión de Igualdad donde se presentó el Informe Diagnóstico 2019, en el cual quedó latente una vez más que en //Abanca hay “techo de cristal” y, avivada sobre todo por SRV y determinados complementos también se ve la “brecha salarial”. CCOO en este punto hizo especial hincapié en la NO convocatoria de vacantes (nombramientos a dedo) y en “la poca transparencia del proceso de selección” de las pocas convocadas. El resultado es siempre el mismo: las mujeres que siguen sin poder acceder a los niveles más altos. También se acordó comenzar con la negociación del nuevo Plan de Igualdad, venciendo el actual en diciembre del presente año.
Ante cualquier duda dirígete a tus delegados y delegadas de CCOO.
Deseamos una feliz Navidad a quienes la celebren y felices fiestas y un venturoso año 2021 para toda la plantilla.
21 de diciembre 2020
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Hemos desarrollado una campaña con el objetivo de explicar el principal contenido del Real Decreto-Ley de Trabajo a Distancia, aprobado recientemente por el Gobierno.










Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia