Categoría: Formacion

  • Cursos de formación continua y teleformación.

    Estos cursos son impartidos  por la Fundación FORmación y EMpleo de Extremadura, y, pertenecientes al Plan Intersectorial Adenda, cofinanciados por el Fondo Social Europeo para trabajadores/as en activo.

    Para acceder a la información de los cursos pincha los siguientes enlaces :

    Cursos

  • Si estudias o tienes hijos en edad escolar puedes percibir la ayuda por estudios

    23 09 2008 Los que solicitan la ayuda escolar para sus estudios y a los que lo hacen por primera vez para los estudios de sus hijos que deben solicitarla antes del 31 de octubre. (PDF: Cas) (PDF: Gal)

    Todos los empleados/as en activo tenemos derecho a:

    1.- Unas percepciones para estudios propios:

    Estudios Universitarios:

    20,99 euros por crédito

    Idiomas realizados en centros homologados:

    Gasto justificado hasta 544,93 euros por curso

    Bachillerato y módulos profesionales:

    Gasto justificado hasta 920,49 euros por curso

     

     

    Siempre se ha de presentar el documento que acredite los estudios aprobados, por tanto estos habrán sido cursados y/o finalizados antes de octubre de 2008.

    2.- Una percepción por hijo/a entre 0 y 23 años de 625,93 euros:

     

    –          Se ha de presentar la solicitud en el primer año de guardería o colegio, sin ser necesaria la posterior presentación anual.

    –          Se tiene derecho a la percepción siempre que estén escolarizados, no trabajen o bien que su salario anual sea inferior a 6.300 euros.

    –          En caso de minusvalía acreditada, se percibirán 1.251,87 euros hasta los 26 años.

    –          En caso de que ambos padres trabajen en la empresa, percibirán la mitad cada uno. 

     

    Los empleados que en el mes de noviembre estén en activo percibirán la cantidad íntegra de la ayuda escolar solicitada en la nómina de ese mes. Por todo ello, recordamos a los que solicitan la ayuda escolar para sus estudios y a los que lo hacen por primera vez para los estudios de sus hijos que deben solicitarla antes del 31 de octubre. Las personas en excedencia por cuidado de un menor también tienen derecho a percibir la ayuda escolar de hijos, que se les abonará cuando reingresen.

    Los impresos los podéis encontrar en la INTRANET – PEOPLE – SOCIALES – AYUDA ESCOLAR. Los modelos son el ME-14469 para los estudios propios y el ME-14470 para los estudios de hijos. Las solicitudes se envian a Relaciones Sociales, CPI: 3534-0724.

    Septiembre de 2008

  • Info-formación nº 6

    A instancias de CCOO y gracias al apoyo del resto de sindicatos,  se ha ampliado el plazo de inscripción para las oposiciones a Nivel VIII y X.

    Ver Info-formación nº 6 completo

  • Asegurar los seguros

    Nuevamente nos encontramos con una situación que se está haciendo ejemplar en la política de recursos humanos del banco, la de descargar toda la responsabilidad en los trabajadores, imponiendo unos criterios de imposible cumplimiento, sin apoyo especializado y sin ningún compromiso por parte del banco; salvo el de exigir el cumplimiento estricto de las obligaciones y la aplicación rigurosa de la política disciplinaria.

    Desde el pasado 30 de Junio, la mayoría de los  incorporados al banco antes del 18 de Julio de 2006 estamos recibiendo correos para que efectuemos los cursos que la Ley de mediación de seguros y reaseguros obliga a realizar a los empleados de los operadores de banca-seguros, que es la denominación que actualmente reciben los bancos que realizan labor de mediadores de seguros poniendo su red de oficinas para la distribución de productos.

    Los cursos de 60 horas que se están ofertando, son los que están previstos por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para los empleados de cualquier tipo de mediadores de seguros que no desarrollen funciones técnicas.

    Debemos obtener algunas conclusiones prácticas con objeto de que nuestra actividad laboral diaria no se vea ensombrecida por el peso de la ley, ya que se exigen responsabilidades a todos aquéllos que intervienen en los procesos de mediación de seguros, aunque no con el mismo nivel de exigencia.

    • Con este nivel de cursos nuestra responsabilidad en las oficinas se circunscribe a la formación recibida y se limita a las labores auxiliares de captación de clientes o tramitación administrativa.
    • No podemos asesorar, ni prestar asistencia en la gestión o formalización de los contratos en caso de siniestro; para ello debemos tener otro nivel de formación, de responsabilidad y de especialización según indica la ley.
    • El banco debe garantizar, a los trabajadores afectados, la cobertura de la responsabilidad civil a través de un seguro de responsabilidad civil que nos proteja en caso de conflicto.
    • La formación es voluntaria y debe ser compensada, si no es posible realizarla dentro del horario de trabajo. Con la escasez de plantillas actual no es viable su realización.
    • La ley obliga a un proceso de formación continua y cada tres años los trabajadores nos vamos a tener que someter de nuevo a un proceso formativo, por lo que entendemos es imprescindible su regulación a través de la negociación colectiva.
    • No debemos asumir la formalización de seguros si no están efectuados los cursos, la ley obliga a su realización y su incumplimiento puede acarrear sorpresas desagradables.

    Vamos a instar al banco a que negocie un plan de formación que posibilite el cumplimiento de las exigencias derivadas de esta ley y que garantice la cobertura de nuestra R. Civil.

    La improvisación, la urgencia y la imposición son malas consejeras, los trabajadores no nos merecemos esta política de descargar responsabilidades sobre nuestras espaldas para justificar el mal hacer de algunos.

    Agosto de 2008

  • INFO-FORMACION Nº 5

    Dado que el plazo de inscripción para la actual convocatoria de ascenso a Niveles VIII y X ha coincidido con las vacaciones de muchos interesados, CCOO ha solicitado la ampliación del plazo de presentación de solicitudes.

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