Categoría: Formacion

  • Ayuda escolar – 2003

    30 10 03 El banco considera el anticipo a cuenta del convenio según sus intereses. Además obliga a los dos padres que trabajan en esta empresa a firmar una carta sin fecha de formalización para que uno de ellos renuncie para siempre a la ayuda escolar. (PDF:Cat. / Cast.)

    AYUDA ESCOLAR – 2003

    La empresa ha comunicado que en el mes de noviembre abonará por ayuda escolar la misma cantidad que en el año 2002 y no incrementará dicho importe con el 2,75 % que se nos va a dar a cuenta del Convenio, argumentando que no se ha firmado todavía. Por contra, estad seguros de que realizarán las absorciones correspondientes a una serie de personas que ya pasaron por esta experiencia en el mes de mayo cuando se incrementó el 1,75%, debido a que en este mes de octubre se liquidará el 1% adicional que ha marcado la AEB. SIEMPRE SE RESTA NUNCA SE SUMA, así se interpreta el pacto firmado el 19 de marzo de 2001. ATENCIÓN: IMPORTANTE para casos en que ambos padres trabajen en el Banco Se os está pidiendo mediante la firma de un documento, que no lleva fecha, la renuncia expresa de uno de los dos a recibir la ayuda escolar. Esto puede tener consecuencias no deseadas en caso de que posteriormente suceda una separación civil o bien cuando el que percibe la ayuda escolar deje de ser trabajador en activo en la empresa. Hemos realizado gestiones para que la empresa rectificara dicho documento sin haberlo conseguido, como es habitual en ellos. Por tanto os damos un consejo, si es vuestro caso, en función de sí habéis firmado y mandado dicho documento o no. Si se ha firmado y enviado, padre y madre deben enviar un correo electrónico cada uno a JASuarez_Castanon@bancoherrero.es. En él debe constar que se deja sin efecto cualquier documento firmado anteriormente por ambos respecto a la renuncia expresa de un beneficiario sobre la ayuda escolar, además se añadirá en el correo electrónico, por parte de la persona que no ha de cobrarla que renuncia a percibir la ayuda escolar en favor de «nombre» del otro beneficiario únicamente para este año, ya que sólo la puede cobrar uno. Si no se ha enviado ni firmado todavía, sólo el beneficiario que renuncie a cobrar la ayuda escolar del 2003, enviará un correo electrónico en que dejará constancia de que la renuncia a percibir la ayuda escolar en favor de «nombre» del otro beneficiario es únicamente para este año. En ambos casos, debéis guardar siempre una impresión de los correos electrónicos enviados al responsable de Relaciones Sociales. ¿Es tan difícil y costoso respetarnos?

    Sabadell, 30 de octubre de 2003

  • Plan de formación de la Sección sindical Helvetia CVN Seguros

    La Empresa ha presentado ante el Forcem la documentación relativa al Plan de Formación correspondiente a la convocatoria 2003, con objeto de conseguir la subvención que dicho Organismo concede a las empresas para la formación continua de los trabajadores.

  • Circular a la Plantilla
  • Informe a la FUNDACIÓN TRIPARTITA PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO
  • Os informamos que la Empresa ha presentado ante el Forcem la documentación relativa al Plan de Formación correspondiente a la convocatoria 2003, con objeto de conseguir la subvención que dicho Organismo concede a las empresas para la formación continua de los trabajadores.

    Por tal motivo, y de acuerdo con cuanto establece el III Acuerdo Tripartito de Formación Continua, la Empresa entregó a esta Sección Sindical fotocopia de la documentación presentada ante el Forcem, ya que dicho Organismo establece que la Representación Legal de los Trabajadores conozca el contenido de las acciones formativas presentadas con el fin de que pueda emitir el correspondiente informe.

    Esta Sección Sindical realizó un análisis detallado de las diferentes acciones formativas presentadas, entregando a la Empresa el informe que adjuntamos. En esta ocasión, observaréis que hemos emitido un informe desfavorable, que no comentamos porque se explica por sí mismo.

    A partir de la fecha de presentación de nuestro informe, el pasado 26/09/03, se abre un período de 15 días para intentar dirimir las diferencias entre la Dirección de la Empresa y la Representación Legal de los Trabajadores. Quedamos por tanto pendientes de que la Dirección haga utilización de esta posibilidad, con objeto de que, si llegáramos a un acuerdo, podríamos modificar nuestro informe favorablemente.

    Por otra parte queremos a través de este comunicado agradecer a la Dirección de la empresa la información que nos ha facilitado, relativa a los resultados del Grupo Helvetia Patria, y aprovechamos la ocasión para recordarles que el idioma oficial en nuestro país no es el inglés, por lo que si realmente desean que disfrutemos de tan interesante lectura, deberían facilitarla traducida a nuestro idioma, a no ser que deseen que únicamente la disfruten las 12 personas de la empresa seleccionadas para realizar un curso de inglés previsto en el Plan de Formación presentado al Forcem.

    Por último queremos informaros que nuestro Secretario General Estatal del Sector de Seguros de Comfia CCOO, al igual que en la anterior fusión, solicitó por escrito con fecha 18/03/03 una reunión con la Dirección de Helvetia CVN, con el fin de iniciar una vía de diálogo para sentar las bases que permitan un proceso de fusión transparente y ordenado que garantice los puestos de trabajo y las condiciones laborales, reunión que todavía no se ha celebrado.

    Por nuestra parte hemos insistido a la empresa en la necesidad de que nos faciliten documentación e información relativa al futuro de la plantilla en este proceso, en escritos de fechas 3 de febrero, 18 de febrero y 30 de julio de 2003, sin que hasta el momento hayamos recibido noticias concretas.

    Consideramos que dado el tiempo transcurrido, ya es hora de que se celebre la reunión solicitada por nuestro Secretario General, y que sirva esta misma nota informativa, como una nueva reiteración de las nuestras.

    INFORME DE LA SECCION SINDICAL AL FUNDACION TRIPARTITA PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO
    FUNDACIÓN TRIPARTITA PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO
    Arturo Soria, 126/128
    28043-MADRID

    Madrid, 25 de septiembre de 2003

    Ref: Nº Expediente F2003 1375

    Muy Sres. nuestros:

    La Sección Sindical de CC.OO. de la Empresa Helvetia CVN Seguros y Reaseguros S.A.,conforme a lo estipulado en los III Acuerdos Nacionales de Formación Continua, ha acordado emitir informe desfavorable a la solicitud de ayuda para el Plan de Formación de Empresa.

    Los motivos que justifican esta decisión son los siguientes:

    – Del conjunto de 443 horas a que asciende el total de las acciones formativas detalladas en el Plan de Formación de Empresa de Helvetia CVN, observamos que únicamente 154 están dirigidas a administrativos de sucursales, de los centros operativos y a gestores comerciales, las 289 restantes se han destinado a directivos, mandos intermedios y técnicos, por lo que no estamos de acuerdo por cuanto no se cumple el espíritu de los Acuerdos Nacionales de Formación Contínua, de que el mayor peso de la formación se dirija a los colectivos más descualificados,

    Además, observamos que hay tres acciones formativas individualizadas, con la particularidad de que la categoría profesional de estas personas se encuentra entre las de directivos, mandos intermedios y técnicos,

    – Los objetivos/curso expuestos en las acciones formativas dirigidas al personal menos cualificado, son limitados y en su gran mayoría se orientan a recibir conocimientos cuya finalidad es la de realizar el trabajo diario exclusivamente, y no se recogen los aspectos relacionados con la promoción y el desarrollo personal, ni se prevén los mecanismos que impulsen éstos.

    En contraste con lo anterior, los objetivos/curso de las acciones formativas dirigidas a personal cualificado, entendiendo como tal los directivos, técnicos y mandos intermedios, si proporcionarán un enriquecimiento profesional y personal, al no ser específicos para su actividad concreta en esta empresa.

    Por último manifestamos nuestro desacuerdo debido a la falta total de participación de la RLT en la elaboración, desarrollo y contenido del Plan de Formación de Empresa, ya que únicamente nos ha sido presentado para cumplir el trámite legal que exige el Estatuto de los Trabajadores.

    Desde CC.OO. entendemos que la formación es una buena herramienta para la creación y el mantenimiento del empleo. Conseguir que este hecho sea así, supone que los representantes legales de los trabajadores debemos mantener una defensa diaria y constante de la formación, su planificación, su desarrollo e impartición y su seguimiento, debatiendo junto al empresario los posibles distintos puntos de vista, aportando sugerencias, y evitando en todo momento que la formación que se imparta sea unilateral, es decir, lo que la empresa decida.

    Entendemos que todos los motivos expuestos justifican por sí mismos la emisión de este informe desfavorable.

    RESPONSABLE DE FORMACIÓN
    Sección Sindical CC.OO. de Helvetia CVN

  • Permiso individual de formación

    28 08 03 Con fecha 8 de agosto fue publicado en el BOE el plazo de presentación de los permisos individuales de formación para las acciones formativas del curso académico 2002-03. Podéis encontrar más información en www.forcem.es. (PDF:Cat. / Cast.)

    PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN

    Con fecha 8 de agosto fue publicado en el B.O.E. el plazo de presentación de los permisos individuales de formación para las acciones formativas del curso académico 2002-03. Este año el plazo será entre el 16 de setiembre y el 15 de octubre de 2003. Estos permisos, contemplados en el III Acuerdo Nacional de Formación Continua, son para mejorar la capacidad profesional y/o personal de los trabajadores y trabajadoras, evitar su estancamiento, facilitar su adaptación a los cambios y disminuir las consecuencias de los procesos de reestructuración. A continuación os detallamos las principales características.  Los estudios han de estar reconocidos por una titulación oficial, es decir emitida por cualquier Administración Pública. También se consideran acciones formativas financiables los cursos universitarios de postgrado que tengan consideración de Títulos Universitarios Propios y el tiempo utilizado para la recogida de datos para tesis doctorales.  Con estas ayudas podrás recuperar el tiempo que has dedicado a tus estudios, hasta 200 horas de tu jornada laboral, sin perder en tus retribuciones. Por otro lado, la empresa recibirá la cantidad correspondiente al salario y las cotizaciones sociales por las horas que destines a la formación.  Para solicitar tu Permiso Individual de Formación retribuido deberás haber prestado al menos un año en la empresa cuando se inicie el permiso.  Los modelos de solicitud podrás pedirlos a las sedes de la Fundación Tripartita o a nosotros como organización sindical firmante del Acuerdo.  Deberás presentar por escrito a la Dirección de la empresa la solicitud correspondiente del permiso y hacer constar los estudios que has hecho, el lugar de impartición, la duración del permiso y el calendario de ejecución.  Una vez obtenida la autorización de la empresa y rellenado el impreso de solicitud, lo deberás de remitir por correo certificado a la Fundación Tripartita para la Formación. Desde CCOO queremos animar a todos los que reunís las condiciones necesarias a pedir este derecho que intenta paliar las dificultades de compaginar trabajo y estudios. Para cualquier aclaración podéis contactar con los delegados de CC.OO.

    Sabadell, 28 de agosto de 2003

  • Sobre el Real Decreto Para La Regulación del Subsistema de Formación Continua

    Ante la propuesta de Real Decreto para la regulación del Subsistemade Formación Continua presentada por el Ministerio de Trabajo yAsuntos Sociales, los sindicatos UGT y CCOO queremos manifestar:

    DECLARACIÓN PUBLICA DE UGT/CCOO EN RELACIÓNCON EL REAL DECRETO PARA LA REGULACIÓN DEL SUBSISTEMA DE FORMACIÓN CONTINUA

    Ante la propuesta de Real Decreto para la regulación del Subsistemade Formación Continua presentada por el Ministerio de Trabajo yAsuntos Sociales, los sindicatos UGT y CCOO queremos manifestar:

    • Queel vigente sistema de Formación Continua (FC), materializadoen los III Acuerdos Nacionales de FC, es el resultado de un procesode concertación social iniciado en 1993, que ha permitido laconsolidación de un sistema de acceso de los trabajadores ala formación permanente que alcanza actualmente en torno a1.700.000 personas, que se benefician de este sistema.

    • Que la promulgación de sendas Sentencias del Tribunal Constitucionalen el 2002, delimitando competencias en esta materia para las ComunidadesAutónomas, así como la aprobación de la Ley 5/2002de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, estableciendoun Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, junto con las presiones de la Unión Europea en relación alReglamento de la Competencia y la exigencia de un mayor control ytransparencia, hacen necesario adaptar los actuales Acuerdos a losrequerimientos y marco legislativo señalados.

    • QueCCOO y UGT hemos manifestado nuestro rechazo a unas modificacionesque podían acabar con los ejes y principios de los Acuerdos Nacionales de Formación Continua.

    • Queel Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha optado por ejercer sus responsabilidades en la adaptación del sistema de FormaciónContinua a través de la implantación de un nuevo Sistemade Bonificación, al que nos hemos opuesto porque podía pervertir el carácter solidario de la cuota, desvinculada laFormación Continua de los marcos de negociación colectivay añadir oscurantismo e ineficiencia al sistema, todo estocuando se necesitaba mas transparencia, eficiencia y solidaridad. Propuesta, en definitiva que solo podía beneficiar a las grandesempresas y que era discriminatoria para la inmensa mayoríade los trabajadores y PYMES que verían aumentar sus dificultadespara tener acceso a formación de calidad, a la vez que se contraponíaa los objetivos de las cumbres europeas por el empleo.

    • QueCCOO y UGT elaboramos nuestras propuestas con un fin principal: evitar los efectos perniciosos derivados de la propuesta del Gobierno, mantenerlos ejes de los Acuerdos en vigor y reforzar la solidaridad y transparencia.Esta propuesta se vertebraba en torno a la necesidad de una normabásica estatal que asegurara la homogeneidad del sistema, su articulación y coordinación en el conjunto del estado,recogiendo:

    √Los principios generales de los Acuerdos Nacionales

    √La Formación Continua en el marco de la Ley de Cualificacionesy Formación Profesional.

    √Establecimiento de las iniciativas formativas.

    √Colectivos de trabajadores que accederían al subsistema de FormaciónContinua.

    √Incorporación de las Comunidades Autónomas a los órganosde participación y decisión.

    √Gestión del Subsistema de Formación Continua con la incorporaciónde las Comunidades Autónomas, creando órganos tripartitosterritoriales.

    √Instrumentos de control, seguimiento y evaluación.

    • Quesolo la firmeza en la defensa de nuestras prioridades ha permitidoevitar los efectos negativos que introducía la propuesta inicialdel Gobierno.

    • QueUGT y CCOO han aportado, a lo largo del proceso de consultas y diálogo,sus propuestas, que han sido recogidas, en su mayoría , reconociendoel esfuerzo realizado para incorporar al texto del Real Decreto lossiguientes puntos:

    1. Serefuerza la solidaridad con las empresas de menor tamaño yse incorporan medidas de apoyo a las Pymes en cuantía y ayudaspara la organización de la formación y su agrupamiento.A la vez que se mantiene la cofinanciación por parte de lasgrandes empresas lo que debe contribuir a una mayor inversiónformativa por parte de este tipo de empresas.

    1. Semantiene y desarrolla la relación entre la FormaciónContinua y la Negociación Colectiva Sectorial por lo que desdela misma se puede y debe planificar y decidir la formación necesaria para los sectores, con el objetivo de mantener y mejorarel empleo en cantidad y calidad.

    1. Segana en agilidad y se evitan incertidumbres, dotándose la normade mayor estabilidad.

    1. Seavanza en ciertos aspectos fundamentales como son en la participaciónde la Representación Legal de los Trabajadores en la empresa.A la vez que se incorporan mecanismos de participación y controlen las empresas en la que no existe esta representación.

    1. Selogra despejar cualquier duda sobre la transparencia y control delsubsistema, así como sobre calidad y eficacia.

    1. Se da un paso importante en la necesaria vinculación de la FormaciónContinua con la Ley de Cualificaciones y en especial con el SistemaNacional de Cualificaciones y más concretamente con la posibilidadde relacional la demanda y oferta formativa con el catalogo modular.

    1. Semantienen lo órganos de decisión y gestión conlas mismas funciones y con la inclusión en los mismos de lasCCAA.

    Enconsecuencia, la propuesta de Real Decreto del Gobierno, puede ser consideradasatisfactoria al recoger de manera significativa los planteamientos deUGT y CCOO. Manifestamos nuestra voluntad de seguir impulsando la mejoradel Subsistema de FC, considerando el Real Decreto como un paso necesariopara el desbloqueo de la situación de parálisis derivadade las Sentencias del Tribunal Constitucional. Reconocemos el avance quese ha producido respecto a las posiciones anteriormente mantenidas porel Gobierno, estando pendiente, en todo caso, el desarrollo normativoen el que esperamos que se desarrollen nuestras propuestas para que serespeten los derechos de los trabajadores, recogidos en el Real Decretoy se mejore la eficacia del Sistema.

    Madrid,21 de julio de 2003

  • REAL DECRETO 1046/2003,de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formación profesional continua.

    Desde el año 1993, la formación y el reciclaje profesional de los trabajadores ocupados se viene regulando a través de los Acuerdos Nacionales de Formación Continua, suscritos entre las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, y entre éstas y el Gobierno. Hasta la fecha se han firmado tres acuerdos de formación continua

    Texto del Decreto