Categoría: Formacion

  • Absentismo y horas extras ni reconocidas ni pagadas

    La actualidad manda y es que esta semana ha venido cargadita de noticias que queremos compartir con todos vosotros. Dentro y fuera de Atmira.

    El miércoles se dio a conocer la propuesta de los sindicatos de subida salarial. Tenemos informes sobre el absentismo en nuestro país y se han publicado noticias relativas a horas extras no reconocidas y sentencias a favor de trabajadores, además de una reclamación de CCOO a la Audiencia Nacional para aclarar como se deben contabilizar estos "sobresfuerzos".

    Este miércoles conocíamos las líneas generales de la estrategia sindical de CCOO y UGT centradas en el incremento de los salarios, la calidad del empleo y la lucha por la igualdad.

    Lejos estamos del 3,1% que plantean los sindicatos, mientras la patronal enfría esta subida a la vez que facilita que los salarios de los directivos se incrementen muy por encima de ese porcentaje. Esta patronal además se limita a hablar de productividad y absentismo, tema este último del que hay mucho que desmentir a la luz de los recientes datos.

     
    En los medios de comunicación, charlas de pasillo, en muchas conversaciones se habla del absentismo, que si se trabaja más o menos en España que en Alemania, que si nos ponemos malos para no trabajar…

    Pues hoy os ofrecemos el siguiente artículo para desmontar mitos. En España ni somos vagos, ni faltamos al trabajo… y dejémonos de demagogia. Si nos hablan de absentismo, hablemos, con los datos en la mano, también de horas extras no reconocidas. Y de la estafa para con toda la sociedad que eso supone, empezando por uno mismo (en salud y económicamente) y acabando por las arcas del Estado.

    Cuantificadas estas dos lacras se demuestra que el absentismo no es tan lacra y que el empresario abusa más del trabajador que el trabajador del empresario. Y esto hay que saberlo y contarlo.

    Y con el tema de los abusos por estas horas extras, 36.4 millones de horas extras anuales no pagadas, a instancias de CCOO, la Audiencia Nacional ha abierto una vía con el Tribunal Superior de Justicia Europeo para dirimir si la legislación vigente española cumple con el derecho europeo en esta materia, porque entre otras cosas, ahora mismo, es el trabajador el que debe probar la realización de las horas extras. Y esto no es de recibo.

     Y para finalizar, y como aviso a navegantes, dos buenas sentencias que dan la razón al trabajador.

    –  Horas extras no reconocidas y no compensadas en CaixaBank (link). "Cuando las barbas del vecino veas cortar".

     

    –   Despido nulo de un trabajador que reclamó cobrar sus horas extras (link). Toma buena nota por si te hace falta.

     

    A tener en cuenta…

     

    –  Una de cal… hemos firmado con la empresa, por fin, y ya todo legal, la constitución de la mesa de Igualdad. Ha costado 10 meses tener esta base. Ahora toca analizar datos y empezar a negociar propuestas para conseguir, de manera efectiva y real, la igualdad entre mujeres y hombres en Atmira.

    –  Y una de arena… No solo seguimos sin plan de formación como pedíamos la semana pasada, sino que la reunión de formación se ha tenido que aplazar por falta de información a la espera de documentación y propuestas sobre las que trabajar. Para que una reunión sea eficaz la documentación debe ser distribuida y trabajada antes y no después. Que para algo también se planifican las reuniones con tiempo.

    –  Si estás en Bankia y no te llegan los correos corporativos de Atmira redirigidos a tu cuenta de correo de este cliente, que ya hemos avisado que seguramente es por el # de liveatmira, envía un correo a itsupport para que lo miren ya que no parecen estar por la labor de hacernos caso. A ver si con 100 peticiones se decide arreglar el problema.

    –  Aunque parezca mentira, existe una retribución salarial en Atmira, desconocida para la mayoría, a modo de "fidelización" consistente en una comida y un pack premium de experiencias por tu décimo aniversario en plantilla. ¡10 años para un detalle! Hay que decir que el pack merece la pena. Pero has de saber que la antigüedad media en Madrid son 2,8 años y bajando trimestre tras trimestre. Si cumpliste 10 años en 2017, llevamos reclamando este complemento salarial desde hace ya unos cuantos meses… y esperamos no fastidiar la noticia, pero ya debe estar al caer.

    – Tu salud es importante… Si trabajas con portátil de manera habitual, pide a RRHH teclado y monitor. Y si necesitas reposapiés, como parte recomendable en nuestros puestos de trabajo, solicítalo también.

     

    Muchas gracias por vuestra atención.

    Descarga el comunicado en pdf

  • La Responsabilidad es de las Entidades

    La entrada en vigor de la Directiva MiFID2 supone un cambio normativo

    Si quieres ver el comunicado, pulsa AQUI.

  • MiFID2: La responsabilidad de las entidades financieras

    La entrada en vigor de la Directiva MiFID2 supone un
    cambio normativo en todas las entidades que va más allá de la formación para
    asesorar e informar, puesto que implica una nueva forma de relación con la clientela.
    Cambios que también vienen parareforzar la
    profesionalidad, injustamente cuestionada en muchas ocasiones, de las
    plantillas del sector financiero y para dotar de una mayor protección al
    personal sujeto a la normativa.

    CCOO tenemos claro que la responsabilidad es de las
    entidades, puesto que la directiva MIFID2 no modifica lo establecido por el
    Estatuto de los Trabajadores y el Código Civil, que es donde se determina en
    nuestra legislación la responsabilidad de los trabajadores y trabajadoras en el
    ejercicio de sus funciones profesionales, y para corroborarlo hemos solicitado
    un informe a nuestros servicios jurídicos del que os informaremos en cuanto
    esté concluido. 

    Además, la propia CNMV, en la reunión que mantuvimos
    con ella, nos manifestó que la responsabilidad es de las entidades, ya que son
    ellas las que diseñan y distribuyen los productos financieros y quienes están
    obligadas a indicar a qué segmentos concretos de la clientela pueden
    comercializarse cada uno de ellos.

    Otra cosa es que, aunque la responsabilidad sea de
    las empresas, puedan producirse demandas al personal de gestión, puesto que
    algunas asociaciones de consumidores y gabinetes jurídicos aconsejan que se
    denuncie, no solo a la entidad, sino también al empleado o empleada. Y puesto
    que esto, aunque no de manera masiva, ya ha sucedido anteriormente, CCOO
    pedimos que, en el hipotético caso de que suceda, las entidades den toda la
    cobertura jurídica y civil a la plantilla.

    Por todo ello, no está de más tomar nuestras propias
    precauciones, y que extrememos
    , aún más si cabe, lo que ya venimos haciendo
    desde siempre, el cumplimiento riguroso de las normativas vigentes.

     Para ayudar a esa protección que nos da MiFID2, la
    CNMV ha habilitado un «canal de comunicación de infracciones«, al que se puede
    acceder de manera confidencial si se detectan irregularidades o comportamientos
    que contravienen la normativa (CNMV).

     Además, CCOO
    instamos a las empresas a que habiliten canales internos para poder denunciar
    malas prácticas que se pretendan inducir al personal por parte de algún
    superior jerárquico.
    Bien en las comisiones de formación de las entidades, o
    expresamente dando participación sindical en los órganos creados para la
    aplicación y seguimiento de la normativa mifid2, es donde pueden regularse
    estos mecanismos.

    Con respecto a la formación requerida, CCOO también
    te ayuda si lo necesitas, y por ello ponemos a tu disposición el curso «Certificado de Asesoramiento Financiero», con un descuento del 50% para la
    afiliación
    y que se  imparte en la
    modalidad online por el Instituto Europeo de Postgrado, organización homologada
    por la CNMV (pincha
    aquí
    ).

    CCOO instamos también a las entidades a que
    provean adecuadamente todo lo necesario para ayudar y facilitar a las
    trabajadoras y a los trabajadores la correcta aplicación de esta nueva
    normativa, es decir, tanto en lo referido a la implementación de herramientas
    telemáticas, como en la publicación de normativas y protocolos de
    asesoramiento, venta y comercialización sencillas y claras.

    Enero
    de 2018

    Imagen By ZaratemanOwn work, CC0, Link

  • MiFID II: La responsabilidad es de las entidades

    La entrada en vigor de la Directiva MiFID2 supone un cambio normativo en todas las entidades que va más allá de la formación para asesorar e informar, puesto que implica una nueva forma de relación con la clientela. Cambios que también vienen parareforzar la profesionalidad, injustamente cuestionada en muchas ocasiones, de las plantillas del sector financiero y para dotar de una mayor protección al personal sujeto a la normativa.

    []

    CCOO tenemos claro que la responsabilidad es de las
    entidades, puesto que la directiva MIFID2 no modifica lo establecido por el
    Estatuto de los Trabajadores y el Código Civil, que es donde se determina en
    nuestra legislación la responsabilidad de los trabajadores y trabajadoras en el
    ejercicio de sus funciones profesionales, y para corroborarlo hemos solicitado
    un informe a nuestros servicios jurídicos del que os informaremos en cuanto
    esté concluido. 

    Además, la propia CNMV, en la reunión que mantuvimos
    con ella, nos manifestó que la responsabilidad es de las entidades, ya que son
    ellas las que diseñan y distribuyen los productos financieros y quienes están
    obligadas a indicar a qué segmentos concretos de la clientela pueden
    comercializarse cada uno de ellos.

    Otra cosa es que, aunque la responsabilidad sea de
    las empresas, puedan producirse demandas al personal de gestión, puesto que
    algunas asociaciones de consumidores y gabinetes jurídicos aconsejan que se
    denuncie, no solo a la entidad, sino también al empleado o empleada. Y puesto
    que esto, aunque no de manera masiva, ya ha sucedido anteriormente, CCOO
    pedimos que, en el hipotético caso de que suceda, las entidades den toda la
    cobertura jurídica y civil a la plantilla.

    Por todo ello, no está de más tomar nuestras propias
    precauciones, y que extrememos, aún más si cabe, lo que ya venimos haciendo
    desde siempre, el cumplimiento riguroso de las normativas vigentes.

    Para ayudar a esa protección que nos da MiFID2, la
    CNMV ha habilitado un «canal de comunicación de infracciones», al que se puede
    acceder de manera confidencial si se detectan irregularidades o comportamientos
    que contravienen la normativa (CNMV).

     Además, CCOO
    instamos a las empresas a que habiliten canales internos para poder denunciar
    malas prácticas que se pretendan inducir al personal por parte de algún
    superior jerárquico. Bien en las comisiones de formación de las entidades, o
    expresamente dando participación sindical en los órganos creados para la
    aplicación y seguimiento de la normativa mifid2, es donde pueden regularse
    estos mecanismos.

    Con respecto a la formación requerida, CCOO también
    te ayuda si lo necesitas, y por ello ponemos a tu disposición el curso «Certificado de Asesoramiento Financiero», con un descuento del 50% para la
    afiliación y que se  imparte en la
    modalidad online por el Instituto Europeo de Postgrado, organización homologada
    por la CNMV (pincha
    aquí
    ).

    CCOO instamos también a las entidades a que
    provean adecuadamente todo lo necesario para ayudar y facilitar a las
    trabajadoras y a los trabajadores la correcta aplicación de esta nueva
    normativa, es decir, tanto en lo referido a la implementación de herramientas
    telemáticas, como en la publicación de normativas y protocolos de
    asesoramiento, venta y comercialización sencillas y claras.

     

    Comunicado en pdf

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