Categoría: Fusiones

  • BAJAS INDEMNIZADAS: 55 A 59 AÑOS (Comunicado 2 de 6)

    El total de bajas indemnizadas voluntarias está fijado en un máximo de 150 personas en toda la Entidad, con carácter preferente para aquellas provincias calificadas como excedentarias, y reservando un cupo del 10% para provincias calificadas como deficitarias y del 15% si son limítrofes a las excedentarias.


    El periodo de solicitud para acogerse a esta medida voluntaria finaliza e 20 de noviembre de 2015.

    En este Colectivo 1 (55 años o más y menos de 60 a 31/12/2015) se atenderán hasta el 20% del total de solicitudes de bajas admitidas, estableciendo en el conjunto de la Entidad un máximo 30 personas, y reservando en todo caso un mínimo de 10.
    Las provincias calificadas como excedentarias cuentan con 82 personas en este colectivo.

    Siendo la plantilla total en la Entidad de 196 personas en el mismo.
    Caracterizándose por una elevada antigüedad, con 97 personas que tienen 30 años o más y 61 que tienen 20 o más y menos de 30.
    CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para el colectivo de 55 a 59 años tengan un atractivo de coberturas que las asemeja a las prejubilaciones.
    COLECTIVO 1 (mínimo 10 personas y máximo 30)   
     Colectivo afectado  

    Personal con 55 a 59 años a 31/12/2015 (No entran prejubilados actuales o comprometidos con acuerdo de prejubilación anterior).
    Hasta un 20% del total, máximo 30 personas y un mínimo garantizado de 10.
    Preferentemente provincias excedentarias, estableciendo un máximo del 10% para provincias deficitarias y un 5% adicional a éste si son limítrofes a las excedentarias.
     Indemnización  

    45 o 33 días por año trabajado, según corresponda, con el límite de 42 mensualidades, más una prima de 500 euros por año de antigüedad, con un importe máximo de 150.000.
    Adicionalmente a lo anterior, se sumará una prima única en función de la antigüedad de acuerdo con la siguiente tabla:
     Antigüedad <10 años 10 a 19   20 a 29   30 o más 
     Importe  5.000 euros   10.000 euros   15.000 euros   20.000 euros 

     Convenio Especial de la Seguridad Social (CESS)
    Hasta el cumplimiento de 63 años, a cargo de la empresa.

    Desde los 61 años hasta los 63 años la empresa compensa el 100% del CESS previa justificación de la cotización por el trabajador.
    Base reguladora fijada por ley.
     Desempleo
    2 años, a cargo de la empresa.
      
     Plan de pensiones
    Mantenimiento hasta los 63 años de compromisos de riesgos.
    Reconocimiento de la provisión matemática constituida del Premio a la Dedicación.
    Condiciones financieras y laborales del colectivo
    Conversión de anticipos sin interés en préstamos sociales de otras inversiones.
    Mantenimiento hasta los 63 años: 
    (i) condiciones sociales de financiación en operaciones vivas en la fecha de extinción laboral, 
    (ii) cuentas de empleados, y (iii) comisiones y gastos repercutibles.
    Cuestiones comunes a las bajas indemnizadas
    Se requiere 4 años o más de antigüedad y 3 años o más de trabajo efectivo en los últimos 4 años (la incapacidad temporal cuenta como tiempo de trabajo efectivo)
    Pago de la indemnización en capital único.
    Indemnización mínima de 25.000 euros.
    De haber más solicitudes de las previstas para cada colectivo se establece la antigüedad como orden de prelación



    CCOO hemos trabajado con rigor, tesón y perseverancia para conseguir las mejores condiciones posibles para este colectivo, que no olvidemos es el que se quedó en puertas de las prejubilaciones del ERE de 2012.

    CCOO hemos aspirado a lo máximo y ello ha dado sus frutos. Nuestro campo de trabajo se situaba en buscar unos ingresos máximos de 220.000 euros «al bolsillo» de cada afectado/a, obteniendo tal cantidad como suma entre la indemnización y la prestación de desempleo. Al final no hemos conseguido llegar a esa cantidad, pero hemos logrado ir muchísimo más allá de lo que la empresa estaba dispuesta a cerrar el acuerdo.

    Este logro no ha sido tarea fácil, pues había que vencer dos dificultades importantes, que lo eran más aún por la avenencia de los compañeros de la bancada sindical con la propuesta de la empresa: el tope de 36 mensualidades y el máximo de 150.000 euros, y CCOO vencimos esa dificultad.
    CCOO visualizó las consecuencias negativas del tope de 36 mensualidades, de tal manera que penalizaba a una gran cantidad de compañeros que no llegaban al máximo de 150.000 euros, pues les cortaba su recorrido hasta él. Os mostramos una tabla donde podéis ver una estimación de una indemnización de 45 días por año trabajado para salarios comprendidos entre 33.500 euros y 50.250 euros, para una antigüedad de 24 a 28 años que es donde está el recorrido de 36 a 42 mensualidades. En los salarios más altos, esta anomalía la resolvía la prima de 500 euros año, pero aún quedaban muchos compañeros penalizados.
    CCOO no podíamos permitir quedarnos en un máximo de 150.000 euros que aplicara a la suma de la indemnización y la prima por cada año de antigüedad, así que tuvimos que ser ingeniosos y trabajar una propuesta de primas únicas adicionales que tuviera más sensibilidad con el tiempo de dedicación a la Entidad de los compañeros/as afectados, y así nos pusimos manos a la obra haciendo una propuesta ambiciosa que entregamos en la mesa de negociación, si bien ya entonces dimos por perdida una de nuestras pretensiones: el Convenio Especial con la Seguridad Social (CESS) a cargo de la empresa hasta los 64 años, rebajándola hasta los 63; y fue así porque nuestros compañeros de bancada sindical andaban perdidos con el ardid de distracción de la empresa respecto a que compensarían solo el 50% del coste del CESS y su objetivo era conseguir sólo hasta los 63 años.
    Seguíamos teniendo serias dificultades, por lo que CCOO armamos una propuesta económica que venciera las resistencias y así la entregamos en mesa el día 14 de octubre, último día, alegando que en modo alguno podía existir negativa a la misma por parte de la empresa fundamentada en razones de presupuesto, pues encajaba perfectamente en el mismo.
    El coste de la propuesta contemplaba ya un escenario de máximo coste en términos de que todas las salidas alcanzaban la indemnización máxima, con un esquema de indemnización por despido improcedente (45 días por año o 33, según corresponda, con tope de 42 mensualidades) más prima de 500 euros por año de antigüedad, con un límite de 150.000 euros a la suma de ambas cantidades, y metiendo ya como importe adicional a ese límite primas desde 5.000 hasta 20.000 euros en función de la antigüedad que encajaban perfectamente en el coste, valorando además el CESS hasta los 63 años, las prestaciones de desempleo durante 24 meses y las aportaciones al plan de pensiones hasta los 63 años por un importe de 300 a 1.200 euros por año de antigüedad.
    El cupo por colectivos se fijó definitivamente en hasta 30 bajas en el Colectivo 1, hasta 15 personas más en el Colectivo 2 (con carácter acumulativo) y el resto (105) en el Colectivo 3, lo que facilitaba más la aceptación de nuestra propuesta.
    No obstante, la empresa jugó a situar las claves del acuerdo en dos líneas rojas para CCOO: la apertura de oficinas por la tarde y la movilidad geográfica forzosa con los criterios de exclusión ya definidos.
    A las 24:00 horas del día 14 terminaba el plazo legal del periodo de consultas, ya sea con resultado de acuerdo o sin acuerdo. CCOO aguantamos el tipo y estuvimos trabajando intensamente todo ese día, con su tarde y noche incluidas, contando con la colaboración de nuestra Federación, que nos prestó una gran ayuda para intentar desbloquear las exigencias de la Entidad, primero eliminando la propuesta de apertura de oficinas por la tarde y luego resolviendo finalmente la situación más allá de las diez de la noche con una clausula de movilidad geográfica forzosa que nos permitía visualizar una adecuada gestión de la voluntariedad de las medidas en este proceso. A esas horas de la noche CCOO aguantaba ?en soledad presencial? la presión del desacuerdo con RRHH, por lo que una vez superadas las citadas barreras entramos de lleno en las cuestiones económicas con la propuesta entregada en la mesa en mano. Tuvimos que dejar algo en el camino, que para este colectivo fue renunciar a nuestro esquema de aportaciones al plan de pensiones, con el que pretendíamos financiar entre 300 y 1.200 euros por año hasta la edad de 63 años de cada afectado/a de este colectivo. Así a las 23:40, CCOO «planteaba en solitario» el acuerdo a la empresa en clave de aceptación de su esquema de indemnizaciones con renuncia a las aportaciones al plan de pensiones… y CCOO logramos el acuerdo.
    CCOO logramos el acuerdo, y ponemos en valor el tope de 42 mensualidades, 6 más que el 

    que pretendía la empresa (para evitar confusiones aclaramos que en el comunicado publicado ayer de UGT había un error por causa del copiar y pegar, y donde dicen 3 anualidades es 42 mensualidades), y ponemos en valor la prima única adicional desde 5.000 euros hasta 20.000 euros (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación) que fija la indemnización en un máximo de 170.000 euros, además del CESS a cargo de la empresa hasta los 63 años (si bien nos queda una espinita por no haber llegado a los 64 años) y la prestación de desempleo a cargo de la empresa.
    CCOO logramos el acuerdo, y ponemos en valor todo lo conseguido para el resto de medidas voluntarias, que os iremos contando de forma diferenciada uno por uno en los próximos días.
    Estamos preparando un simulador para poder atenderos con el rigor que merecéis y facilitaros a todos los que estéis interesados una simulación económica de una posible baja indemnizada. Mientras tanto lo tenemos, y para que podáis tener alguna referencia, os hemos representado en la página anterior un esquema de indemnización de 45 días por año trabajo sobre 10.000 euros al año (597 euros mes) y sobre 1.000 euros al mes (16.750 euros año).
    Para que veáis su uso utilizaremos un ejemplo:
    Supongamos que tenemos un salario de 40.000 euros al año y nuestra antigüedad es de 26 años.

    Paso 1. Nos situamos en la columna donde está representado el salario de 10.000 euros al año (la 2ª columna), y buscamos el valor que corresponde a la antigüedad de 26 años.

    Paso 2. Vemos que su valor se corresponde con 32.500 euros.

    Paso 3. Como nuestro salario contiene 4 veces los 10.000 euros (40.000 euros), multiplicamos esta cantidad por 4 y obtenemos la indemnización de 130.000 euros.

    Paso 4. A esta cantidad le tenemos que sumar las primas por año, que son 500 euros por 26 años, lo que da un importe de 13.000 euros, y por consiguiente tenemos un subtotal con lo anterior de 143.000 euros.

    Paso 5. A esta cantidad hay que sumarle la prima única adicional, que es de 15.000 euros, por lo que tenemos un importe total de 158.000 euros.

    Resultado: 158.000 ?.

    Además de esta cantidad, el afectado/a percibirá su prestación de desempleo durante veinticuatro meses y las cotizaciones por el CESS hasta los 63 años.

    Si en vez de trabajar con salario año trabajamos con salario mes, tenemos que calcular la mensualidad, que no es la nómina, y hacer los mismo anterior pero con la columna tercera.
    #cuidamosdelaspersonas
    #elige_ccoo

  • ERE CAJAMAR: ACUERDO Y VALORACIÓN

    ACUERDO ERE CAJAMAR 2015
    El viernes a las 16:16 CCOO dimos nuestro visto bueno a la redacción del texto del acuerdo que alcanzamos el día 14 a las 23:40 horas.
    CCOO valoramos lo conseguido como un buen acuerdo de movilidad geográfica voluntaria en un contexto de desequilibrio de plantilla en el dimensionamiento territorial, que permite encontrar un atractivo adecuado en la desvinculación de la Entidad a aquellas personas que quieran optar por la extinción de la relación laboral.
    ACUERDO ERE CAJAMAR 2015
    El pasado viernes, dieciséis de octubre, a las 16:16 CCOO dimos nuestro visto bueno a la redacción del texto del acuerdo que alcanzamos el día 14 a las 23:40 horas.
    CCOO valoramos lo conseguido como un buen acuerdo de movilidad geográfica voluntaria en un contexto de desequilibrio de plantilla en el dimensionamiento territorial, que permite encontrar un atractivo adecuado en la desvinculación de la Entidad a aquellas personas que quieran optar por la extinción de la relación laboral.
    Cajamar planteó 252 extinciones y 43 movilidades geográficas, y finalmente hemos acordado gestionar un colectivo de 200 personas, que se resuelve con las siguientes medidas:
    • Bajas indemnizadas voluntarias hasta un máximo de 150 personas (cupo del 10% para provincias calificadas como deficitarias y 15% si son limítrofes a las excedentarias).
    • Suspensiones de contrato compensadas hasta un máximo de 20 personas (cupo del 15% para provincias deficitarias y cupo del 15% para el personal de 50 años o más).
    • Movilidad geográfica voluntaria con una oferta mínima de 50 plazas vacantes.
    Las bajas voluntarias se ofrecen en un esquema de colectivos por edad a 31/12/2015:
    • Colectivo 1. 55 años o más y menos de 60. Mínimo de 10 personas y máximo de 30.
    • Colectivo 2. Personal con 50 años o más y menos de 55. Mínimo de 25 personas y máximo de 45, en ambos casos considerando las solicitudes atendidas en el colectivo 1.
    • Colectivo 3. Personas con 49 años o menos. Hasta completar 150 personas una vez atendidos los colectivos 1 y 2.
    CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para los de 50 a 54 años tengan el atractivo necesario para aquellas personas que quieran desvincularse de la Entidad y su situación económica les permita cierto margen de maniobra, al poder acceder a una indemnización de hasta 120.000 ? (tope de 30 mensualidades, 6 más que la que pretendía la empresa), a una prima adicional desde 5.000 ? hasta 14.000 ? (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación) y al desempleo a cargo de la empresa.
    CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para el resto de la plantilla (49 años o menos) sea atractiva para todas aquellas personas que quieran desvincularse de la Entidad y probar suerte en otra actividad profesional, pudiendo acceder a una indemnización de hasta 90.000 ?, a una prima adicional desde 5.000 ? hasta 12.500 ? (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación) y al desempleo.
    Las bajas voluntarias se complementan con una oferta de suspensiones de contrato muy interesante, por un plazo de 4 años con reincorporación automática, una compensación del 20% de la retribución fija anual y desempleo.
    Complementan también el acuerdo reducciones de jornada al 50% durante 4 años, así como excedencias especiales durante 4 años con reincorporación automática.
    CCOO hemos conseguido que el acuerdo sea especialmente bueno en la movilidad geográfica voluntaria, donde hemos buscado unas condiciones que motiven a dar el paso a los compañeros/as tanto en lo económico, como en lo profesional y personal:
    • 4 años con derecho de reincorporación automática a su vencimiento.
    • 4 días laborables por el traslado (también al retorno) y compensación de hasta 1.000 ? de los gastos de mudanza, previa justificación.
    • Complemento mensual por movilidad geográfica de 750 ? brutos durante los 4 años.
    • Plan de acogida, atención y seguimiento al personal desplazado por parte de RRHH.
    • Tutelaje de RRHH y responsable directo para promover el desarrollo profesional.
    • Consolidación al final de los 4 años del 10% del complemento mensual, que podrá ser del 20% según desempeño. No absorbible salvo por otro complemento funcional.
    • Promoción de un nivel más en la clasificación profesional al término de los 4 años de movilidad geográfica. Esta subida será directa y se hará además con reconocimiento al empleado en este nuevo nivel de la antigüedad que tenía en el nivel anterior, a los efectos de la siguiente promoción profesional (en el actual XX Convenio Colectivo esto supone adelantar 6 años el calendario de promoción establecido hasta el nivel 7). Por lo tanto será independiente de la que corresponda al empleado por convenio colectivo o acuerdos laborales. La subida de nivel estará topada en el nivel 2.
    El periodo de medidas voluntarias finaliza el 31/12/2015, estableciéndose dos plazos:
    • Hasta el 20 de noviembre de 2015 para admisión de solicitudes de bajas indemnizadas, suspensiones de contrato, reducciones de jornada y excedencias especiales.
    • Hasta el 31 de diciembre de 2015 para movilidad geográfica voluntaria.
    Al término de este periodo se valorará el resultado del mismo, y en caso de no haberse cubierto el cupo de 200 personas, se iniciará en enero de 2016 un proceso de movilidad geográfica forzosa por la diferencia entre ese cupo y las medidas voluntarias aplicadas, con un plazo de ejecución máxima hasta el 30 de junio de 2016.
  • ACUERDO ERE CAJAMAR 2015

    El viernes a las 16:16 CCOO dimos nuestro visto bueno a la redacción del texto del acuerdo que alcanzamos el día 14 a las 23:40 horas.
    CCOO valoramos lo conseguido como un buen acuerdo de movilidad geográfica voluntaria en un contexto de desequilibrio de plantilla en el dimensionamiento territorial, que permite encontrar un atractivo adecuado en la desvinculación de la Entidad a aquellas personas que quieran optar por la extinción de la relación laboral.
    Cajamar planteó 252 extinciones y 43 movilidades geográficas, y finalmente hemos acordado gestionar un colectivo de 200 personas, que se resuelve con las siguientes medidas:
    • Bajas indemnizadas voluntarias hasta un máximo de 150 personas (cupo del 10% para provincias calificadas como deficitarias y 15% si son limítrofes a las excedentarias).
    • Suspensiones de contrato compensadas hasta un máximo de 20 personas (cupo del 15% para provincias deficitarias y cupo del 15% para el personal de 50 años o más).
    • Movilidad geográfica voluntaria con una oferta mínima de 50 plazas vacantes.
    Las bajas voluntarias se ofrecen en un esquema de colectivos por edad a 31/12/2015:
    • Colectivo 1. 55 años o más y menos de 60. Mínimo de 10 personas y máximo de 30.
    • Colectivo 2. Personal con 50 años o más y menos de 55. Mínimo de 25 personas y máximo de 45, en ambos casos considerando las solicitudes atendidas en el colectivo 1.
    • Colectivo 3. Personas con 49 años o menos. Hasta completar 150 personas una vez atendidos los colectivos 1 y 2.
    CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para el colectivo de 55 a 59 años tengan un atractivo de coberturas que las asemeja a las prejubilaciones: indemnización de hasta 150.000 euros (tope de 42 mensualidades, 6 más que la que pretendía la empresa), una prima adicional desde 5.000 euros hasta 20.000 euros (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación), CESS a cargo de la empresa hasta los 63 años (la empresa llegaba sólo a compensar el 50% de su coste a partir de los 61 años) y desempleo a cargo de la empresa.
    CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para los de 50 a 54 años tengan el atractivo necesario para aquellas personas que quieran desvincularse de la Entidad y su situación económica les permita cierto margen de maniobra, al poder acceder a una indemnización de hasta 120.000 euros (tope de 30 mensualidades, 6 más que la que pretendía la empresa), a una prima adicional desde 5.000 euros hasta 14.000 euros (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación) y al desempleo a cargo de la empresa.
    CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para el resto de la plantilla (49 años o menos) sea atractiva para todas aquellas personas que quieran desvincularse de la Entidad y probar suerte en otra actividad profesional, pudiendo acceder a una indemnización de hasta 90.000 euros, a una prima adicional desde 5.000 euros hasta 12.500 euros (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación) y al desempleo.
    Las bajas voluntarias se complementan con una oferta de suspensiones de contrato muy interesante, por un plazo de 4 años con reincorporación automática, una compensación del 20% de la retribución fija anual y desempleo.
    Complementan también el acuerdo reducciones de jornada al 50% durante 4 años, así como excedencias especiales durante 4 años con reincorporación automática.
    CCOO hemos conseguido que el acuerdo sea especialmente bueno en la movilidad geográfica voluntaria, donde hemos buscado unas condiciones que motiven a dar el paso a los compañeros/as tanto en lo económico, como en lo profesional y personal:
    • 4 años con derecho de reincorporación automática a su vencimiento.
    • 4 días laborables por el traslado (también al retorno) y compensación de hasta 1.000 euros de los gastos de mudanza, previa justificación.
    • Complemento mensual por movilidad geográfica de 750 euros brutos durante los 4 años.
    • Plan de acogida, atención y seguimiento al personal desplazado por parte de RRHH.
    • Tutelaje de RRHH y responsable directo para promover el desarrollo profesional.
    • Consolidación al final de los 4 años del 10% del complemento mensual, que podrá ser del 20% según desempeño. No absorbible salvo por otro complemento funcional.
    • Promoción de un nivel más en la clasificación profesional al término de los 4 años de movilidad geográfica. Esta subida será directa y se hará además con reconocimiento al empleado en este nuevo nivel de la antigüedad que tenía en el nivel anterior, a los efectos de la siguiente promoción profesional (en el actual XX Convenio Colectivo esto supone adelantar 6 años el calendario de promoción establecido hasta el nivel 7). Por lo tanto será independiente de la que corresponda al empleado por convenio colectivo o acuerdos laborales. La subida de nivel estará topada en el nivel 2.
    El periodo de medidas voluntarias finaliza el 31/12/2015, estableciéndose dos plazos:
    • Hasta el 20 de noviembre de 2015 para admisión de solicitudes de bajas indemnizadas, suspensiones de contrato, reducciones de jornada y excedencias especiales.
    • Hasta el 31 de diciembre de 2015 para movilidad geográfica voluntaria.
    Al término de este periodo se valorará el resultado del mismo, y en caso de no haberse cubierto el cupo de 200 personas, se iniciará en enero de 2016 un proceso de movilidad geográfica forzosa por la diferencia entre ese cupo y las medidas voluntarias aplicadas, con un plazo de ejecución máxima hasta el 30 de junio de 2016.
    #cuidamosdelaspersonas
    #elige_ccoo
  • El KiosCCOO nº115 – Septiembre de 2015

    CONFLICTO ABIERTO CONTRA LA
    ABSORCION POR PARTE DE ATOS IT – 
    Como era predecible, la empresa (con el apoyo del Comité de Atos IT, compuesto por delegad@s de UGT y lamentablemente para nosotros por delegad@s de CCOO) no ha dado marcha atrás en su intención de absorber CINCO empresas del grupo Atos: Infoservicios, Mundivía, Daesa, Atos CyL y una parte de Atos IT… CONVENIO SECTORIAL: NEGOCIAR SI. PERDER EL TIEMPO NO – ante
    la imposibilidad de llegar a ningún acuerdo con la Patronal, CCOO ha
    propuesto abrir un tiempo nuevo
    en la negociación del Convenio
    Colectivo Sectorial…
     / 
    ATOS: TELETRABAJO Y EL CASTIGO A LA
    MATERNIDAD/PATERNIDAD
    – El Teletrabajo es la medida estrella que promueve la empresa para que sus
    empleados y empleadas puedan conciliar su vida personal y laboral. Esa es la
    teoría…
     /  
    Reunión del SEC – El pasado
    15 de septiembre los representantes del Comité de Empresa Europeo, reunidos en
    París,
    emitimos una opinión acerca del
    proyecto de adquisición de Xerox ITO y del proyecto de «One HR»…
    / BKW Seguimos a vueltas con los
    incumplimientos de la dirección
    de esta empresa con lo
    acordado en los tribunales…
    CUIDADO CON LO QUE FIRMAS – Documentos que deberían ser
    tan sencillo como un finiquito, una carta de solicitud de excedencia o de
    reducción de jornada, pueden llevar ocultas párrafos que te exigen a mantener
    una serie de obligaciones de ?por vida? para con Atos Spain.
    .

    Puedes leer la revista en PDF aquí

  • La Representación Legal de las empresas abajo firmantes manifestamos nuestra TOTAL OPOSICION al proceso de absorción de varias empresas del grupo Atos

    El UNICO objetivo de esta fusión es REBAJAR DRASTICAMENTE las condiciones laborales de las distintas plantillas por la aplicación del Convenio Colectivo de Atos IT, Convenio claramente inferior al que actualmente se aplica en el Sector. Esto supone una agresión directa a nuestros derechos como trabajadores y trabajadoras

    TODA la plantilla del grupo Atos ya está afectada. Ya sea porque va a ser inminentemente absorbida, o por pura y dura descapitalización de personal. Se despide SOLO en empresas no absorbidas, en tanto todas las nuevas contrataciones se producen en Atos IT para aplicarles el nuevo convenio que incluye la parte más dura de la reforma laboral 

    Con este comunicado iniciamos un camino de lucha contra la arrogante intención de la empresa. No permitiremos que la ambición de una insensible directiva (con la lamentable aquiescencia de un Comité de Empresa que sólo mira por sus propios intereses) suprima de un plumazo las condiciones que tanto tiempo y esfuerzo nos ha costado conseguir. Esto acaba de empezar….

    Sección Sindical de CCOO en INFOSERVICIOS

    Sección Sindical de CCOO en DAESA

    Comité de Empresa de Daesa

    Comité de Empresa de Infoservicios

    Comité de Empresa de Atos Worldgrid

    Sección Sindical de CCOO en Atos Consulting Canarias

    Sección Sindical de CCOO en Atos Worldgrid

    Sección Sindical de CCOO en Worldline Iberia Madrid

    Delegado de Personal de Worldline Iberia Barcelona

    Comité de empresa de Santander de Mundivia

    Comité de empresa de Atos CyL

    Sección Sindical de CCOO Atos CyL

    Sección Sindical Estatal de CCOO en Atos Spain