Categoría: Huelga

  • 50% de seguimiento en la huelga de Hostelería de Granada. Galeria de Fotos

    CCOO Granada denuncia la actitud de algunos grandes hoteles que pretenden descolgarse del convenio firmando sus propios acuerdos. Jueves 11 nueva manifestacion desde el Triunfo a las 12 h.

  • CCOO Y UGT Desconvocan la Huelga de Hostelería de Granada de mañana día 4

    Como gesto de buena voluntad los sindicatos de Hostelería de UGT y CCOO de Granada han decidido desconvocar la jornada de huelga prevista para mañana día 4 de septiembre, mientras continúan las negociaciones sobre el convenio colectivo que engloba a unos 15.000 trabajadores y trabajadoras del sector. Leer nota de prensa…

  • 75% de seguimiento en la primera jornada de huelga en la Hostelería en Granada

    Los sindicatos denunciarán ante la Inspección Provincial de Trabajo que algunos establecimientos hoteleros hayan hecho listados previos a la huelga con los trabajadores y trabajadoras que iban a secundarla. Así lo informaron los responsables de Hostelería de CCOO y UGT Granada, Elvira Martínez y Francisco Jiménez, respectivamente, en la manifestación que tubo lugar el pasado día 29 de agosto a la que asistieron un millar de personas aproximadamente. Leer nota de prensa…

  • Desconvocada la vaga indefinida dels treballadors i treballadores de Boí Taüll

    El comitè d’empresa del complex turístic de Boí Taüll ha desconvocat la vaga indefinida que havia de començar el 26 de juliol, després de la reunió entre les parts, a la seu del Departament d’Economia i Empresa a Lleida, i la ratificació de l’acord feta per l’assemblea de treballadors i treballadores.
    L’acord aconseguit amb l’empresa permetrà als treballadors i treballadores cobrar el que l’empresa els deu de la nòmina dels mes de març, la de l’abril (amb les liquidacions i quitances) i tot el salari del maig, el 31 de juliol; la nòmina del juny i la meitat de la del juliol, les cobraran abans del 7 de setembre, i el que queda de juliol més la nòmina de l’agost, abans del 30 de setembre.

    Tot i que no és l’opció proposada per la representació del treballadors i treballadores, l’han acceptada per garantir la continuïtat de l’empresa, el manteniment dels llocs de treball i els salaris i el futur de la comarca, per a la qual aquest complex turístic representa el 70% del PIB.

    L’empresa podrà fer front a aquest pagament gràcies al préstec de 600.000 euros que li ha fet la Generalitat.

  • La Unión Progresista de Inspectores de Trabajo apoya la Campaña ‘Huelga no es un delito’

    CCOO.
    La Unión Progresista de Inspectores de Trabajo ha enviado un comunicado
    para manifestar su apoyo a la campaña promovida por CCOO y UGT «la huelga no es
    un delito». La UPIT «ha mostrado su inquietud ante las actuaciones emprendidas
    en los últimos meses por la Fiscalía y las Delegaciones de Gobierno, que han
    dado lugar a numerosos procesos penales y procedimientos sancionadores
    administrativos, que sitúan el ejercicio del derecho de huelga en la frontera
    del derecho penal».

    09-07-2014 – El Comunicado de la UPIT continúa así: 
    El ejercicio del derecho de huelga, cuya consideración como derecho
    fundamental no podemos obviar, ha sido y es ejemplarmente democrático y pacífico
    durante las más de tres décadas donde se ha llevado a efectos en múltiples
    ocasiones bajo la forma de huelgas generales, sectoriales o de empresa. Desde la
    proclamación de la Constitución Española hemos atravesado ya tres crisis
    económicas y duros procesos de reconversión industrial y el ejercicio de dicho
    derecho se ha caracterizado por un uso responsable y sin que se hayan derivado
    actuaciones penales precisamente frente a los que ejercen dicho derecho. 
    La utilización del artículo 315.3 del Código Penal debe ser limitada y
    excepcional ya que lo contrario resulta desproporcionado, situando el derecho de
    huelga en el Siglo XIX donde su ejercicio era penado y perseguido. La
    participación en piquetes informativos es un derecho reconocido en nuestra
    legislación: no es un delito y la mera identificación de los trabajadores que en
    él participen no puede suponer el riesgo de imputación de un delito castigado
    con penas de prisión. En numerosos de los casos juzgados solamente se identifica
    a las personas que o bien son notoriamente conocidas, como en el caso de la
    Secretaría General de CCOO de Illes Balears, o bien porque se identificaron motu
    proprio como en el caso de Airbus o como en el de las trabajadoras de las
    piscinas gallegas porque eran las únicas reconocidas por el gerente de la
    sociedad. 
    La tendencia del Gobierno al abuso del tratamiento penal del
    ejercicio de determinados derechos, sea el de manifestación o en este caso, el
    de huelga,   nos retrotrae a prácticas que creíamos democráticamente superadas.
    La protesta social y la movilización de los trabajadores ante las agresivas
    políticas y la imposición de retrocesos en todos ámbitos de lo social que se
    desarrollan con el pretexto de la crisis económica son legítimas. No se trata de
    limitar los derechos de los trabajadores ni su ejercicio bajo la constante
    amenaza de sanción penal.  Solo mediante el diálogo social, hace tiempo
    abandonado, podrá superarse la situación  actual. 
      
    Pero además, la
    actuación del Gobierno y de la fiscalía nos parecen desequilibradas y parciales.
    No deja de sorprender que en las últimas huelgas, algunas muy recientes, la
    Inspección de Trabajo haya iniciado procedimientos sancionadores frente a
    determinadas empresas, algunas de gran relevancia, sin que se haya conocido
    actuación alguna de la fiscalía frente a sus responsables utilizando para ello
    el artículo 315.1 del Código Penal, y ni siquiera iniciar las diligencias de
    investigación oportunas. Tampoco se conocen actuaciones del mismo carácter tras
    sentencias que dan como hechos probados la  actuación contraria al ejercicio del
    derecho de huelga por parte del empresario. 
    Y ello cuando en realidad el
    art. 315 CP tiene su razón de ser en la protección de un derecho fundamental
    como es el de huelga. Naturalmente, UPIT rechaza cualquier comportamiento en el
    que la violencia entre en juego. Pero igualmente manifestamos que sólo una
    visión sesgada que no compartimos puede colocar en más alto nivel de gravedad
    (como lo hace el art. 315.3) la coacción individual o en grupo para  el inicio o
    continuación de la huelga. Lo que en todo caso no es, es un delito contra el
    derecho de huelga, que no puede meterse en el mismo saco ni sancionarse con el
    mismo nivel de reproche social. Lo cierto es que hasta la fecha no se había
    generalizado la aplicación de este precepto, pero la situación actual exige que,
    dados los desproporcionados resultados, se aborde inmediatamente su revisión. 
      
    Es sorprendente que de todas las huelgas llevadas a cabo en los
    últimos años sólo trabajadores sean juzgados por precisamente su ejercicio de
    forma activa y que no conozcamos casos de empresarios cuando incluso la propia
    Inspección ha constatado incumplimientos administrativos muy graves que pudieron
    ser igualmente analizados desde su perspectiva penal. 
    Por último,
    reiteramos nuestro apoyo a la campaña mencionada y nuestra preocupación por los
    intentos de criminalización del ejercicio del derecho de huelga, y nos sumamos a
    la solicitud de indulto para los ya condenados en firme.