No tenemos obligación de preavisar
si haremos huelga.
No hay servicios mínimos impuestos
por la empresa.
Compañeros y
compañeras:
Ante la próxima
HUELGA DEL 29 DE SEPTIEMBRE, es normal que haya compañeros a la que les surjan
dudas, pero tenemos que comentarlas y apoyarnos entre nosotros para tener
éxito.
–
Preaviso: NO es necesario que un trabajador/a preavise de si va a hacer
huelga o no. La decisión de hacer huelga se puede tomar un instante
antes de iniciarse la jornada laboral, por lo que no puede
existir ninguna obligación de preavisar con un plazo determinado.
Cualquier trabajador/a que no aparezca por su puesto de trabajo el día 29 se
supondrá que hace huelga y, para que no se le descuente el salario
correspondiente tendrá que justificar la razón de su no asistencia. En el caso
de que insistan en sus preguntas os recomendamos la siguiente contestación:
“ME LO ESTOY PENSANDO”, si tenéis algún tipo de problema poneros en
contacto con nosotros en ccoo@oesia.com.
– Servicios
mínimos: Sólo la «Autoridad gubernativa» puede decidir que haya servicios
mínimos (artículo 10 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre
relaciones de trabajo: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-1977-6061).
Es decir, si
no existe una orden de la Delegación de Gobierno o del Ministerio de Trabajo
obligando a que se hagan servicios mínimos, imponer los mismos (aunque sea de
acuerdo con la RLT) es un atentado gravísimo contra el derecho básico a la
huelga.
Como el tema del
cálculo del descuento en la nómina del día de huelga es bastante complejo,
enviaremos en unos días información específica sobre ello.
En la siguiente
tabla convocamos a asambleas de trabajadores/as donde os explicaremos y
aclararemos los motivos de la huelga general.
|
Zona |
Convoca |
Día |
Hora |
Lugar |
|
Barcelona |
CCOO |
Miércoles 15 |
18:30 |
Sala de Juntas |
|
Madrid |
CCOO-UGT |
Jueves 23 |
18:00 |
Comedor oficinas |
Seguimos
trabajando, seguimos informando