Categoría: Indra BPO

  • Plan de Prejubilaciones

    Se ha celebrado la primera reunión de seguimiento del Plan de Prejubilaciones en la que la empresa nos ha trasladado la siguiente información:
    Se han recibido 27 solicitudes de información para adscribirse voluntariamente al Plan. 13 personas del Área de Transporte y Defensa, 12 de Indra Soluciones TI y 2 personas de Servicios Corporativos.
    Desde CCOO hemos solicitado:
    1.       El envío de un correo a toda la plantilla informando de cómo podemos enviar nuestras solicitudes;
    2.       La creación de un usuario genérico (dirección de correo electrónico) donde podamos dirigir nuestras solicitudes o de   petición de información;
    3.       Personalizar en forma de borrador las cuantías que le correspondan a cada persona, en el futuro acuerdo individual de extinción de contrato (información que deberá recibir de forma previa a la adscripción definitiva al Plan);
    4.       Garantizar los pagos a través de la contratación de una póliza de seguros que garantice la percepción de dichos pagos;
    5.       En caso de fallecimiento de la persona adscrita al plan, CCOO solicita que el concepto de renta lo perciban los herederos legales;
    6.       En caso de que la persona, durante la vigencia del acuerdo, pase a situación de Incapacidad Permanente, proponemos que dicha persona siga percibiendo el concepto de renta.
    7.       Que se puedan adscribir al Plan cualquier persona de todas las empresas del Grupo Indra.
    Hemos realizado también las siguientes preguntas (que hemos recibido de todos/as vosotros/as):
    1.       ¿Se va a contratar una compañía seguros para realizar los pagos?
    2.       ¿Las retenciones de renta serán realizadas por la Compañía? Nos han contestado que sí, la que exige Hacienda.
    3.       Si una persona decide jubilarse a los 63, ¿sigue cobrando de Indra hasta los 64?
    4.       En caso de fallecimiento antes de los 64 años, ¿cobran los herederos?
    5.       ¿Si se tiene reducción de jornada por guarda legal, ¿cómo queda el pago y la cotización? El salario a considerar será el 100%.
    6.       ¿Si se tiene una reducción de jornada por contrato cómo queda el pago y la cotización? Nos han contestado que será el salario a tiempo parcial.
    7.       Para las personas que se acojan, ¿Va a haber acuerdo con las empresas aseguradoras del plan réflex? Se requiere que mantengan las mismas tarifas y condiciones a las de la póliza de Indra. Póliza de seguro médico para desempleados.
    8.       ¿Qué pasa con las retribuciones en cheques restaurante (nos han contestado que no, porque es beneficio social) y los pluses de transporte (nos han contestado que no, porque compensa un gasto y no tiene carácter salarial) y turnos (nos han contestado que depende de la situación)?
    9.       ¿Cómo se hace la justificación por parte del empleado del abono del convenio especial? Nos han contestado que la empresa pagará mes a mes y justificaremos el pago enviando un justificante.
    10.   ¿Se aplicará la retención de IRPF en los abonos del importe de salario? Nos han contestado que sí ¿Y en el importe que se abone para el pago de la cotización al convenio especial? Nos han contestado que sí, pero luego se deduce. ¿Las retenciones de renta serán realizadas por la Compañía? Nos han contestado que sí ¿El concepto será por renta del trabajo? Nos han contestado que sí.
    11.   ¿Se tiene en cuenta la ayuda por discapacidad de trabajador y/o hijos en el bruto total? Nos han contestado que no entra.
    12.   ¿Qué significa que se abona el convenio especial en bruto?
    13.   ¿Y cómo tributa el convenio especial a la seguridad social?
    14.   ¿Qué pasa con el seguro de vida actual? Nos han contestado que se pierde.
    15.   Si se notifica ¿cómo lo van a hacer? Nos han contestado que la Dirección de RRHH, con el Director del área, lo notificaran a la persona afectada. La empresa no ha hecho ninguna propuesta por el momento.
    En cuanto nos conteste la Empresa a todas las preguntas pendientes, os enviaremos un comunicado con la información completa.
    La siguiente reunión tendrá lugar el viernes 26 de abril a las 11h00.
     
    No dudes en solicitar más información o enviar tus comentarios a ccooindra@servicios.ccoo.es
  • FIRMA DEL PLAN DE PREJUBILACIONES

    Tras analizar el redactado del Plan de Prejubilaciones que la empresa nos ha facilitado, con su última propuesta, desde CCOO hemos decidido firmarlo.

     Si bien el Plan de Prejubilaciones no cumple todas las peticiones de CCOO en cuanto a edad de adhesión y prestaciones, consideramos que debemos firmarlo por las siguientes razones:

    1.   La empresa nos ha dicho que va a aplicarlo con o sin nuestra firma (y puede hacerlo, al ser extinciones de contrato de mutuo acuerdo).

    2.   Queremos que este Plan de Prejubilaciones se negocie de nuevo a finales de año y nos hemos fijado el objetivo de ampliarlo y mejorarlo. Este Plan supone un primer logro y su firma abre la posibilidad de mejorar las condiciones en el futuro.

     3.     Al ser un Plan de Prejubilaciones voluntario, las personas que estéis interesadas podéis acogeros al mismo, sin que suponga un perjuicio para nadie.

    4.     No podemos permitir que esta iniciativa, apoyada por más de 5.000 personas, se lleve a cabo sin supervisión.

    5.     Al firmarlo garantizamos la creación de una comisión paritaria de seguimiento, con el objetivo de vigilar la implantación del Plan (sin la firma no podríamos verificar su correcta aplicación).

    6.     Valoramos positivamente que la empresa haya accedido a incluir en el Plan a Indra BPO, Indra BPO Servicios, Indra Producción de Software, Indra Sistemas e Indra Soluciones TI.

     Hemos propuesto mejoras en el borrador presentado por la empresa, que esperamos se incorporen al redactado final.

     Frente a los despidos de personas mayores de 50 años que se vienen produciendo en las compañías del grupo, que condenamos de nuevo, este Plan de Prejubilaciones abre una nueva vía hacia alcanzar la jubilación en Indra de forma digna.

     

    Reiteramos nuestro agradecimiento a todas las personas que nos han apoyado con su firma en este proceso y esperamos que se pueda beneficiar el mayor número de personas posible.

     

    Recordamos las condiciones del Plan:

     

    Ámbito de aplicación: Indra Sistemas, Indra Soluciones TI, Indra Producción de Software, Indra BPO e Indra BPO Servicios.

     

    Condiciones de adscripción al plan: desde 60 años cumplidos hasta el 31/12/2019, y hasta la edad de menos de 64 años a fecha de extinción del contrato. Se requieren al menos 10 años de antigüedad para acceder al plan.

     

    Prestaciones: 60 años y 61 años: 70 % de la retribución bruta fija, 62 y 63 años: 73% de la retribución bruta fija. Pago del 100% de la cotización a la Seguridad Social hasta los 64 años.

     

    Voluntariedad: doble voluntariedad trabajador/a y empresa. La empresa decidiría la fecha de salida dentro del año 2019.

     

    En caso de trabajar en otra empresa: Indra complementará el convenio especial de la Seguridad Social en caso de que la persona trabaje en otra empresa que no sea competencia directa y donde no cotice por el 100%.

     

    Existirá una comisión de seguimiento del Plan, el presupuesto máximo será de 7 millones de euros, y el Plan durará hasta el 31 de diciembre de 2019.

     

    Te enviaremos el documento final, una vez tengamos su redactado definitivo.

     

    No dudes en contactar con ccooindra@servicios.ccoo.es para cualquier consulta o sugerencia.?

  • SUBIDA SALARIO MÍNIMO Y DE CONVENIO

    El 21 de diciembre se aprobó el Real Decreto 1462/2018 por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019. En él se establecen las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero. 

     

    De esta forma el Salario Mínimo ha quedado fijado para 2019 en:  

    Salario Mínimo mensual: 900,00?

    Salario Mínimo anual: 12.600,00? (14 pagas)

     

    Las personas que están cobrando por debajo de estas cantidades verán incrementadas sus nóminas. 

     

    Según las tablas salariales de nuestro convenio, podrían verse afectadas las personas que se corresponden con las categorías inferiores de las Áreas 1, 2 y 4. Concretamente, los grupos D y E, así como quien tenga Nivel III del Grupo C.

     

     

    De todos modos, no está claro cómo debe realizarse la subida, por lo que la asesoría jurídica de CCOO está estudiando el caso de su aplicación a nuestro convenio colectivo sectorial. Es decir, cómo se verán afectados los conceptos mínimos garantizados independientemente de que exista un complemento personal o un plus de antigüedad que haga que el salario total supere los 900 euros mensuales.

     

    En caso de que la empresa no incremente ese importe correctamente, existe un año para hacer las reclamaciones de cantidad que correspondan, e informaríamos de las correspondientes acciones.

     

    Por otro lado, en el convenio sectorial que nos aplica se pactó una subida para este año del 2% en los conceptos SALARIO BASE y PLUS DE CONVENIO con lo que ambos deberán verse incrementados en tu nómina de acuerdo a los valores que puedes ver en la imagen superior. No olvides que esto puede no tener su reflejo en tu salario bruto porque Indra procede a descontar ese 2% de tu Complemento Personal, que es compensable y absorbible.

     

    Y por último, dado que ha finalizado 2018, se añade un año más a tu antigüedad y podrías acumular un nuevo trienio, con lo que el concepto de ANTIGÜEDAD también podría verse incrementado en tu nómina. Esta subida aplica a las personas que cumplan, durante 2019, tres años desde su incorporación a la empresa o desde el anterior trienio. Eso podría suponer un 5% o un 10% adicional (sobre el salario base) tal y como puedes ver en la siguiente imagen.

     

     

     

     

    Como en el caso anterior, y a pesar de la demanda que interpuso CCOO, Indra también procede al descuento en tu COMPLEMENTO PERSONAL.

     

    Pero si estás a ras de convenio o tienes un complemento personal bajo, en la próxima nómina deberías ver una subida efectiva en tu sueldo debido a la revisión salarial del convenio colectivo. Revísala y comprueba si todos los conceptos son correctos.

     

    Si tienes dudas recuerda que en el buzón de la sección sindical de CCOO (ccooindra@servicios.ccoo.es) te podemos asesorar.

     

  • PROPUESTA DE CCOO – PLAN DE PREJUBILACIONES

    Buenos días,
     
    Tras la reunión del viernes pasado, desde CCOO hemos elaborado nuestra propuesta de Plan de Prejubilaciones que trasladaremos hoy a la compañía.
    Propuesta de CCOO:
     Ámbito de aplicación:
     Vamos a proponer que el Plan de Prejubilaciones se aplique en Indra Sistemas, Indra Soluciones TI, Indra Producción de Software, Indra BPO Servicios, Indra BPO y Prointec. Queremos que dicho Plan pueda aplicarse también en el resto de las empresas del Grupo Indra.
     Debemos tender a la igualdad real y no podemos aceptar que no se aplique en todas las empresas del grupo.
     Presupuesto:
     Solicitamos que se amplíe el presupuesto de 6 millones de euros y que se paren los despidos en el Grupo. Si eliminamos los despidos, mejorando la asignación a proyecto y la cobertura interna de vacantes, podremos dedicar más presupuesto al Plan.
     Renovación Anual
     Consideramos que el Plan debe tener una vigencia de un año y que debería renovarse anualmente.
     Condiciones de adscripción al plan:
     Edad: entre 58 años y 61 años cumplidos hasta el 31/12/2019, con 10 o más años de antigüedad.
     Doble voluntariedad (persona/empresa).
     Aplicación de los contratos relevos para aquellas personas que cumplieron 61 años en el 2018, ya que esa práctica se vino realizando durante el 2018 y fue parada sin motivo económico o laboral que lo justificase.
     Prestaciones:
         90% del salario bruto para retribuciones iguales o inferiores a 25.000 euros;
    ?              80% del salario bruto para retribuciones a partir de 25.001, 
    Adem      Además, se respetará el variable hasta los 50.000 euros.
    ?              En todos los casos, pago del 100% de la cotización actual a la Seguridad Social hasta los 64 años.
     En caso de trabajar en otra empresa:
    Si la empresa a la que fuese a trabajar la persona no fuese de la competencia, Indra completaría la cotización a la Seguridad Social hasta el 100% (en caso de ser inferior).
     Comisión de seguimiento:
    Creación de una comisión de seguimiento de la aplicación del Plan para asegurar su correcta aplicación.
     Para CCOO el objetivo fundamental del Plan de Prejubilaciones es proteger el empleo de las personas mayores de 50 años, acabando con los despidos que se están produciendo, y dando una alternativa con otro tipo de salidas, que sean voluntarias y con cobertura digna hasta alcanzar la edad de jubilación.
     
    Te seguiremos informando.
  • REUNION PLAN DE PREJUBILACIONES-PROPUESTA DE LA EMPRESA

    Buenas tardes:

     Se ha celebrado hoy a las 13h00 la segunda reunión convocada por la empresa para exponernos su propuesta del Plan de Prejubilaciones. A esta reunión hemos asistido todas las Secciones Sindicales con representación en la Compañía.

    Propuesta de la Empresa

    Ámbito de aplicación propuesto:

    La empresa propone aplicar el Acuerdo en Indra Soluciones TI e Indra Sistemas. Excepcionalmente podría aplicarse a otras empresas del grupo.

    Personal potencialmente afectado por el Plan:

    Personas que tengan 60 o más años cumplidos con fecha 30 de junio de 2019, y no alcancen los 64 años el día de la fecha de extinción del contrato de trabajo de mutuo acuerdo.

    Prestación por desempleo

    Al tratarse de extinciones del contrato de trabajo de mutuo acuerdo, la persona afectada no disfrutaría de la prestación de desempleo.

    Adhesión al Plan de Prejubilaciones ? Doble voluntariedad

    Se abriría una ventana de adhesión voluntaria al Plan de un mes, en la que la persona que quisiera adherirse al Plan podría solicitarlo durante este Plazo. En este periodo, la empresa también podría proponer la adhesión a las personas que cumplieran con los criterios de adhesión y a las que quisieran proponérselo.

    Una vez expirado este periodo, tanto la empresa (en el caso de que la petición provenga de la persona voluntaria), como las personas a las que se lo hubiese propuesto la empresa, dispondrían de otro mes para aceptar o rechazar la propuesta.

    Fecha de extinción del contrato de trabajo

    La fecha de extinción del contrato, sería la que determinase la empresa, siempre en 2019.

    Presupuesto asignado para el Plan de Prejubilaciones

    La empresa tiene un presupuesto de seis (6) millones de euros, salvo que la empresa pueda ampliar esta cantidad.

    Cobertura para las personas afectadas

    Recibirían una renta mensual, desde la fecha de extinción de mutuo acuerdo del contrato de trabajo, y hasta que cumpliesen 64 años, equivalente a una doceava parte (1/12) del sesenta por ciento (60%) de la retribución bruta fija anual (incluyendo todos los conceptos computables como retribución fija).

    Adicionalmente, durante el mismo periodo, la empresa abonaría el coste de la contribución al régimen especial de la seguridad social. Este coste no se actualizaría ningún año.

    Condiciones adicionales

    La persona que se beneficiase del Plan, tendría una obligación de no concurrencia durante los dos años siguientes a la extinción del contrato. El incumplimiento de dicha condición supondría la rescisión del Acuerdo y que la empresa no abonase nada más. Esto quiere decir que durante los dos años posteriores a la extinción del contrato de trabajo, la persona no podría trabajar para empresas competidoras de Indra.

    Si la persona que se beneficiase del Plan, trabajase para otra empresa que no fuese competidora de Indra, seguiría percibiendo las cantidades acordadas, salvo el coste de la contribución al régimen especial de la seguridad social.

    Si la persona perdiese el empleo, podría volver a beneficiarse de lo firmado.

    Los contratos de relevo no estarían contemplados en el Plan.

    CCOO:

    Vista la propuesta presentada por la empresa, y con el objetivo de mejorar las condiciones del Plan, desde CCOO vamos a preparar una respuesta para la próxima reunión prevista para el 18 de enero. No compartimos que se deje fuera a las personas de Indra BPO, Indra BPO Servicios, Indra Producción de Software e Indra Holding TI. Opinamos que respetando el presupuesto asignado, podemos mejorar el contenido del Plan.

    Te seguiremos informando.