Categoría: Jornada

  • Calendario Laboral Aragón 2005

    El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que establece las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inháiles para el año 2005 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    1 de enero, sábado- Año Nuevo.
    6 de enero, jueves- Epifanía del Señor.
    24 de marzo- Jueves Santo.
    25 de marzo- Viernes Santo.
    23 de abril, sábado- San Jorge, Día de Aragón.
    2 de mayo, lunes (correspondiente a la Fiesta del Trabajo).
    15 de agosto, lunes- Asunción de la Virgen.
    12 de octubre, miércoles- Fiesta Nacional de España.
    1 de noviembre, martes- Todos los Santos.
    6 de diciembre, martes- De de la Constitución Española
    8 de diciembre, jueves- Inmaculada Concepción
    26 de diciembre, lunes- (Correspondiente a la Natividad del Señor)

    Además, a estos doce festivos se añadirán hasta dos más, de carácter local, a propuesta de los respectivos ayuntamientos.

  • Calendario Laboral 2005. Murcia

    Relación de fiestas laborales para el año 2005, las de carácter regional, aprobadas por el Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de abril de 2004,y las de carácter local aprobadas por cada uno de los Ayuntamientos de la Región.

    Calendario Laboral PDF

  • TURBULENCIAS EN BANCA DE NEGOCIOS

    El primero surgió al exponer una empleada que no iba a prolongar su jornada más de lo que ya venía haciendo, como le pedía su superior. El segundo incidente surge en el mismo área y es muy distinto, ya que un empleado podría haber alterado durante meses datos de su gestión como operador de bolsa para evitar dar pérdidas.

    *
    Dos incidentes consecutivos han afectado a Banca de Negocios. El primero surgió
    al exponer una empleada que no iba a prolongar su jornada más de lo que ya
    venía haciendo, como le pedía su superior. Su ausencia
    una tarde a las 20 h. desató una
    espiral desbocada y los días
    siguientes sufrió una avalancha de acusaciones que le hicieron temer por su
    empleo. CC.OO. intervino ante lo que consideraba
    un disparate y la Caja decidió
    el traslado de la afectada dentro de la Torre, lo que parece más un intento
    de quitarse de en medio un problema que de solucionarlo.

    *
    Algunos argumentos expresados en esos días son que aquí no hay horarios,
    que estos empleados saben las reglas del juego y perciben por ello compensaciones
    superiores… Nada más lejos de la realidad:
    en la Caja no
    hay un destino donde valga todo y se puedan saltar las normas, como
    tampoco nadie goza de inmunidad
    . Los trabajadores de la Torre y de esa Unidad tienen los derechos laborales que amparan a todo empleado de la Caja, así
    como los fundamentales como persona, naturalmente.

    *
    La Caja también se ha dotado de un código de conducta de obligado cumplimiento
    para todos los profesionales,  incluidos responsables jerárquicos y de recursos
    humanos
    . Lo sucedido vulnera dicho código y el respeto que se debe a las personas; además, tampoco es
    la primera vez que se producen episodios desagradables, incluso en público. 


    * El segundo incidente surge
    en el mismo área y es muy distinto, ya que un empleado (que ahora está en
    su domicilio) podría haber alterado durante meses datos de su gestión como
    operador de bolsa para evitar dar pérdidas, práctica injustificable
    que corregía cuando obtenía ganancias para la Caja, sin obtener al
    parecer beneficio personal.

    *
    Este caso, que plantea interrogantes, por tratarse (por ejemplo) de un área
    bajo control constante, está pendiente del resultado de una auditoría y recuerda
    lo sucedido en Cataluña, donde algunos jefes de oficina obtenían resultados
    muy superiores al resto y esto se puso como ejemplo y se utilizó para presionar
    al resto de directores, hasta que se descubrieron irregularidades que han
    acabado con el despido de los superstar. Conclusión:
    hay que respetar sin fisuras a los profesionales y apoyar el trabajo sensato,
    confiando menos en fórmulas mágicas
    y monstruos del negocio.


    * Todo lo expuesto apunta
    un problema de cultura del trabajo
    en esa Unidad, con jornadas de trabajo larguísimas e inducidas jerárquicamente, lo que
    no es sinónimo ni de trabajar más ni de hacerlo
    mejor
    ; un problema de estilos de dirección en algunos responsables, que favorece un ambiente laboral amenazante e imprevisible; así como posibles deficiencias de gestión en algunas mesas
    de contratación. Tapar los problemas con unos buenos resultados finales
    es un error y una forma de engañarnos a nosotros mismos. La Caja debe tomar medidas, antes de que ocurra algo peor.


    * Los empleados de la Torre deben
    asumir que, por especial que sea su situación en la Caja, esto
    no les exime de tener problemas laborales pequeños, medianos… o graves. La experiencia señala que la mejor política es la prevención, a través de la afiliación sindical y de una
    comunicación fluida con los delegados de CC.OO.

    * Por último, CC.OO. no puede aceptar la alteración unilateral de las condiciones de
    trabajo de los empleados
    , por
    lo que emplazamos a la Caja a un diálogo constructivo sobre las necesidades
    organizativas en Banca de Negocios y otros departamentos de la Torre, con
    arreglo a la
    normativa y acuerdos vigentes. Os mantendremos informados.

    Madrid, 29 de septiembre de
    2004

  • CONTINUAMOS CON LA TRASPOSICION

    La aplicación del Convenio, por fin este mes de octubre, se materializará en nuestras nóminas. En el comunicado que ha enviado la Caja hemos detectado algunas incidencias, que nos hacen dudar de una correcta aplicación del cómputo de antigüedad y absorción de trienios.

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  • CALENDARIO LABORAL 2005 COMUNIDAD VALENCIANA

    En el DOGV nº 4837 de fecha 8 de septiembre de 2004, se ha publicado el decreto del Consell de la Generalitat por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana para el año 2005.
    A finales de año publicaremos también las fiestas locales una vez aprobadas.

    En el DOGV núm. 4837 de data 8 de setembre del 2004, s’ha publicat el decret del Consell de la Generalitat pel qual es determina el calendari laboral d’aplicació en l’àmbit territorial de la Comunitat Valenciana per a l’any 2005.
    A finals d’any publicarem també les festes locals una vegada aprovades.

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