Número de Julio 2003. Formación COMITÉ, antigüedad, junta accionistas, proyecto NSF, comisión negociadora, la cagada de la paloma, disponibilidad, horario cliente.
Categoría: Jornada
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Acuerdo Aplicación Plan Helice en materia de horarios de trabajo y otros aspectos de las relaciones laborales
Como consecuencia de la aplicación del Plan Hélice en el Banco Espirito Santo S.A., que persigue una adecuada organización de los recursos del Banco que favorezca su posición competitiva en el mercado, se han mantenido diversas reuniones entre la Empresa y los Representantes legales de los trabajadores, en los que se han analizado las consecuencias prácticas de la aplicación del citado Plan Hélice, en especial en lo referente a las nuevas necesidades por parte del Banco Espirito Santo S.A. de atención a clientes de mercados financieros; que exigen una atención horaria prolongada en el día, alcanzándose los siguientes
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Acuerdo de Vacaciones y Festivos 2003 Mondial Assistance
El presente acuerdo tiene por objeto establecer el marco de referencia para la regulación en el año 2003 de las vacaciones, festivos y planning para los Departamentos de Asistencia Técnica y Médica.
1. VACACIONES
Como criterio general, las vacaciones deberán
ser disfrutadas dentro del año en curso, salvo en caso
de baja prolongada en que el departamento no pueda por motivos
operativos concederlas antes de que finalice el año.1.1. Petición de vacaciones
Cada una de las personas integradas en el departamento
de asistencia técnica y médica en régimen
de planning deberá solicitar las vacaciones anuales, fijadas
en 27 días hábiles para el año 2003, a la
jefatura del departamento antes del día 25 de enero del
2003.Las vacaciones a disfrutar en enero y febrero
se solicitarán a la mayor brevedad posible, y el departamento
dará contestación en 5 días laborables desde
la presentación de la solicitud.
Las peticiones para el periodo del mes de marzo deberán
entregarse antes del 07/01 y serán contestadas el 24/01.La petición se formulará cumplimentando
el impreso que se incluye en el anexo nº 1 bajo la denominación
“PETICIÓN DE VACACIONES”, señalando
para cada período la preferencia de cada petición
y haciendo figurar como fecha de baja la del último día
trabajado en el departamento y como fecha de alta la del primer
día trabajado.
Se entiende como preferencia el orden de prioridad para cada petición,
designando de esta forma los periodos de mayor interés
para cada trabajador.El departamento entregará las solicitudes
que se denieguen por estar fuera de la norma el día 4 de
febrero, y las personas afectadas tendrán hasta el día
17 de febrero para formular nuevas peticiones. En el resto de
los casos en que hayan de denegarse fechas solicitadas en algún
período por coincidencia de personas, y prioridad de otras
según los criterios definidos más adelante, el departamento
informará al interesado por escrito, reflejando los motivos
de la denegación, y consensuará con él fechas
posibles de disfrute. La empresa indicará al trabajador
afectado quienes son las personas implicadas en caso de coincidencia
de fechas o con personas que presenten situaciones equiparables,
para que posteriormente se aplique la decisión por orden
de prioridad, por mutuo acuerdo o por sorteo, sucesivamente. De
las denegaciones se facilitará copia al Comité de
Empresa.Las solicitudes serán respondidas por el
departamento, confirmando la concesión por escrito, el
día 1 de Abril del 2003, fecha en la que se publicará
también el planning anual del departamento. Las fechas
solicitadas a las que no se haya dado respuesta en esta fecha
se considerarán concedidas. Se entregará copia del
planning anual a la representación de los trabajadores.El departamento, quince días antes de que
finalice el plazo de solicitudes, mediante nota informativa a
todo el personal, recordará la necesidad de que se soliciten
las vacaciones en el plazo establecidoQuienes no soliciten las vacaciones dentro del
plazo establecido, habrán de adaptarse a las fechas que
queden disponibles en el planning después de haberse planificado
las vacaciones de todos aquellos que sí las hubieren pedido
dentro del plazo. La empresa informará a las personas que
no hayan presentado todas sus peticiones, después de publicar
el planning, de las semanas vacantes para hagan sus peticiones
en dichos periodos vacantes. En caso de baja por I.T. ó
maternidad, se contactará con las personas afectadas para
que conozcan la norma y realicen su petición dentro del
plazo. No obstante, se dará tratamiento excepcional a situaciones
excepcionales.1.2. Condiciones de petición de vacaciones
– No podrán elegirse incluyendo en las
mismas fines de semana en los que por planning corresponda trabajar,
excepto en los meses de Enero, Febrero y Noviembre, donde se podrán
disfrutar las vacaciones en un solo periodo (ó un mínimo
de 22 días hábiles) incluyendo en las mismas los
fines de semana que por planning corresponde trabajar.– Posibilidad de fraccionar hasta en 5 periodos.
Para los días de vacaciones que, por ajuste por parte de
la empresa del periodo solicitado, queden sueltos, el trabajador
podrá, sin obligación de adjuntarlos a otros periodos,
disfrutarlo/os de manera unitaria antes del final del año
en curso, siempre y cuando el resto de las vacaciones se coja
en un máximo de 5 periodos.– Derecho a disfrute de 5 días laborables
entre 15 de junio y 15 de septiembre (periodo estival) siempre
que se hubieran disfrutado al menos nueve días laborables
antes del 15 de junio.
En caso de que la empresa sólo pueda conceder un periodo
de menos de 5 días por razones de cupo, deberá conceder
el resto de los días hasta completar los 5 días
en periodo de verano; estos días se contabilizarán
a efectos de cupo de vacaciones y días a recuperar.
En caso de que sea el propio trabajador quien elija un periodo
de menos de 5 días, habiendo otros periodos disponibles
de 5 días laborables, no podrá solicitar el resto
de los días hasta completar los 5.– Derecho preferente de elección del periodo
vacacional a quienes no disfruten las vacaciones en el periodo
estival.– Prioridad en la elección de fechas para
la semana de vacaciones en el periodo estival, y para una segunda
semana dentro del mismo periodo, si existe cupo, a quienes disfruten
al menos nueve días laborables dentro del primer trimestre
como criterio general. Para el año 2003, el periodo que
dará prioridad es desde el 7 de enero 2003 al 13 de abril
del 2003.
En un primer momento, los trabajadores sólo podrán
pedir un periodo máximo de 5 días laborables para
el periodo estival. Sin embargo, las personas que cumplan con
el punto anterior, interesadas en solicitar una segunda semana
en periodo del 15/6 al 15/9, dejarán una anotación
informando de su interés en la solicitud del primer periodo.
La empresa informará a todas esas personas de las vacantes
para una segunda semana a partir del 14 de marzo.
El orden de preferencia será el estipulado en el aptdo
1.4.– Los puntos anteriores rigen para encargados
de asistencia y Supervisores, aunque para estos últimos
se aplicará cierto criterio de flexibilidad para los meses
de junio y septiembre, en función de la operativa.1.3. Períodos excluyentes
a) Totalmente excluyentes a efectos de vacaciones
Del 21 al 27 de Abril, ambos incluidos.
b) Parcialmente excluyentes
El periodo de verano (15 de junio a 15 de septiembre),
la semana santa (14 a 20 de abril) y el período de Navidad
(20 de diciembre 2002 al 4 de enero 2003) se consideran parcialmente
excluyentes, pudiendo disfrutar vacaciones un máximo determinado
de personas al mismo tiempo, y por un período máximo
de 5 días laborables. En caso de que quedaran semanas con
vacantes una vez concedida una semana a todas las personas que
lo hayan solicitado, se podrá conceder una segunda semana,
que puede no ser consecutiva hasta cubrir los cupos. Las condiciones
y los criterios de prioridad que se utilizarán serán
los mismos que para la concesión de la primera semana.El máximo de personas (encargados de asistencia)
por turno será el siguiente (entendiendo turno como mañana
y tarde):14 al 20 de abril 2 21 al 27 de abril 0 16 a 29 de junio 6 30 de junio al 13 de julio 4 14 de julio a 17 de agosto 3 18 de agosto a 24 de agosto 2 25 de agosto a 31 de agosto 3 1 a 14 de septiembre 6 22 de diciembre a 4 de enero 2 c) Para el equipo de noche las condiciones serán
comunes al resto de encargados y se podrán disfrutar periodos
de vacaciones solamente en las semanas en las que corresponde
trabajar de día.
El encargado de noche no contabilizará en los cupos anteriormente
reflejados, siempre y cuando haya pedido sus vacaciones antes
del 25/01.
El cupo para los periodos parcialmente excluyentes es, por día,
de un encargado de noche y de 2 encargados para el resto del año.
Para los encargados de noche, se podrán conceder vacaciones
del 15/6 al 30/6 y del 01/9 al 15/9 independientemente de los
periodos concedidos en julio y agosto, siendo el cupo de 1 encargado
por día.
De forma excepcional, cuando el encargado esté en turno
de noche y cuando la cobertura lo permita, la empresa informará
de la posibilidad de pedir un día a recuperar.– En todo caso, se adaptarán los criterios
anteriores a las peculiaridades de este equipo con criterios de
flexibilidad, siempre y cuando lo permita la cobertura.
1.4. Criterios generales de preferencia en la concesión
de vacacionesDespués de considerar los criterios operativos definidos
en 1.2., en caso de coincidencia las preferencias vendrán
marcadas por los siguientes criterios:1º) Orden de preferencia del periodo solicitado
2º) Situación familiar: hijos escolarizados
(en períodos de vacaciones escolares). Este criterio de
preferencia sólo se podrá utilizar para un solo
periodo, coincidiendo con vacaciones escolares.3º) Quien no pida vacaciones en verano tendrá
preferencia en el resto del año.4º) Antigüedad en la empresa (este criterio
no se aplicará entre personas con una antigüedad superior
a 3 años)5º) No haber disfrutado las vacaciones en
períodos preferentes en años anteriores por denegados
del departamento.En caso de coincidencia de fechas solicitadas entre dos ó
más personas que presenten situaciones equiparables, la
empresa informará de quienes son las personas implicadas
(anotándolo en el denegado) para que posteriormente se
aplique la decisión de mutuo acuerdo entre las partes,
o por sorteo si no se llega a dicho acuerdo.2. DIAS FESTIVOS
Se reconoce el derecho al disfrute de los 14 festivos
establecidos por ley en el año, y por consiguiente se establece
que por cada día festivo trabajado corresponderá
recuperar 1 día y cobrar 1 día (esto es, el 100%
de la retribución diaria).
Condiciones de recuperación de un festivoLa solicitud se formulará cumplimentando
el impreso “FESTIVOS 2003” con un mínimo de
15 días de antelación.El departamento contestará como mínimo
un mes antes de la fecha solicitada, salvo en los casos en los
que se pidan 3 días a recuperar juntos, en cuyo caso se
dará contestación con un plazo de 2 meses antes
del disfrute. En todo caso, el departamento dispondrá de
un plazo de 7 días a partir del lunes siguiente a la petición
para comunicar la respuesta.El criterio de preferencia para la concesión
será la fecha de petición, y en caso de igualdad
se procederá a un sorteo.No podrán solicitarse días a recuperar en las fechas
siguientes:– Del el 11 al 31 de abril del 2003 (ambos incluidos)
salvo los días 17 y 18 de abril para los cuales se determinará
el cupo en función de la previsión de actividad.
– Del 18 al 24 de agosto (ambos incluidos)
– Del 19 al 31de diciembre del 2003 (ambos incluidos).
– el primer día laborable antes y después de un
puente y de un festivo.
– en días laborables en medio de un puente habrá
un cupo de 1 persona por turno.
– entre el 1 y el 7 de enero del 2003 (ambos incluidos).En el caso de que posteriormente se decidiera
aumentar el cupo en los periodos anteriores, se informaría
al personal del departamento con la suficiente antelación
para que todos pudieran optar a recuperar en estos días.Días a recuperar en fines de semana:
Durante el año 2003, podrán recuperarse
días en fin de semana excepto durante el periodo de verano,
los periodos de semana santa, navidad y los puentes.El cupo será de 1 EA por turno excepto
los domingos en el turno de mañana en que será de
3 EA.
El departamento realizará un sorteo entre todas las personas
interesadas para asignar un fin de semana libre por turno. A finales
de Diciembre se sortearán los fines de semana para el periodo
enero-junio y a finales de septiembre los del periodo octubre-diciembre.Tendrán preferencia los que no disfrutaron de 1 fin de
semana en el año 2002.
Para el resto de días a recuperar en fin de semana (domingos
en el turno de mañana), se seguirá el procedimiento
general para las peticiones y los plazos de respuesta y se dará
prioridad a las personas que menos días a recuperar en
fin de semana hayan isfrutado hasta ese momento.
Días a recuperar en días festivos:Existe la posibilidad solicitar disfrutar el festivo
el mismo día festivo cuando por planning corresponda trabajarlo.Las personas interesadas en disfrutar de los festivos
el mismo día del festivo (“autorrecuperar”)
podrán hacer su petición con la relación
de festivos que solicita al mismo tiempo que su petición
de vacaciones antes del día 25/1/2003. En todo caso, el
plazo para hacer la petición es hasta 6 semanas antes del
día solicitado (para respetar los plazos de contestación).
Puede pedirse con menos plazo (hasta 15 días antes), pero
tendrán prioridad los que lo hayan pedido en el plazo anteriormente
marcado.Criterio de preferencia:
– quien lo haya solicitado antes del 25/1/2003
– fecha de petición
– sorteo entre las personas que estén en situación
de igualdad
– para los días 25/12, 01/01 y 06/01, tendrán preferencia
aquellas personas que más días festivos hayan autorecuperado
en el año.Días a recuperar en periodo de verano:
Se podrá recuperar un máximo de
1 día en los meses de Julio y Agosto (no un día
por mes, sino un día en total) y el cupo máximo
será de 1 persona por día y turno.
No se contabilizará el 15 de agosto como día recuperado,
si se hubiera auto-recuperado.Con carácter general, podrán:
– solicitarse días a recuperar antes de
haber llegado el festivo al que corresponde.
– unirse días a recuperar a vacaciones y a días
libres por planning
– pedirse varios días a recuperar juntos salvo en el periodo
de verano
El departamento publicará el cupo máximo de personas
que puedan estar de vacaciones o con días a recuperar fuera
de los periodos con restricciones. En diciembre se publicarán
los cupos para el periodo de enero a 15 de junio y a finales de
septiembre los cupos para el periodo de octubre a diciembre.En caso de enfermedad el día del festivo,
el trabajador mantendrá el derecho al día a recuperar.
Si la enfermedad se produjera en el día a recuperar concedido,
el trabajador perdería ese día/s a recuperar ya
concedido/os.
En caso de cambio de jornada, tanto vacaciones como días
a recuperar están referidos a días naturales, independientemente
del tipo de jornada que se realice.Los días a recuperar correspondientes a festivos del año
2003 que no se hayan disfrutado durante el año se podrán
disfrutar, con carácter totalmente excepcional, antes del
15 de marzo del 2004.Planning Navidades:
Para las fechas de Navidad, 24, 25 31/12 y 01/01,
se distribuirán los equipos con los siguientes criterios
de equidad:– Todos los trabajadores podrán disfrutar de al menos un
día libre: 25/12 o 1/1 para las personas del turno de mañana
y 24/12 o 31/12 para las personas de los turnos de tarde y noche.
– Tendrán preferencia en la elección del día
libre quienes no hayan podido disfrutar el día elegido
el año anterior.Se podrán solicitar desde principio de
año las preferencias para librar en Navidad, y en todo
caso la petición con la preferencia deberá entregarse
antes del 1 de septiembre. El departamento publicará el
planning de los mencionados días antes del 1 de octubre
del 2003.El presente acuerdo se mantendrá en vigor hasta el día
31 de Diciembre del 2003 con carácter global, y salvo que
los criterios aquí definidos resultaran contradichos por
una norma legal que afecte a la empresa, ó que surgieran
causas de fuerza mayor, ajenas a la voluntad de la empresa, que
hicieran inviable su aplicación.Ante cualquier circunstancia que induzca razonablemente
a la empresa a suponer que se va a ver alterada la planificación
de vacaciones prevista en el presente acuerdo, se informará
a las representaciones sociales y se mantendrá una reunión
para reconsiderar el tema.En caso de conflicto, siempre que el trabajador
lo solicite, se dará tratamiento al caso en la comisión
mixta.Madrid, a 23 de noviembre de 2002.
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Acuerdo de Vacaciones, Festivos y Cambios de Planing 2003
El presente acuerdo tiene por objeto establecer el marco de referencia, basado en criterios coherentes y objetivos, para la regulación en el año 2.003 de Vacaciones y Festivos.
Como en años anteriores este acuerdo es la evolución
de los pactados en años anteriores aprovechando la experiencia
en ellos recogida. El conjunto del acuerdo es producto del consenso
entre la empresa y la representación legal de los trabajadores.
1. VACACIONES
1.1. Petición de vacaciones
Cada una de las personas integradas en el departamento
de asistencia Multirriesgo en régimen de planning disfrutara
de 27 días hábiles deberá solicitar las vacaciones
anuales a la jefatura del departamento antes del 03 de febrero
de 2.003.
Quienes deseen disfrutarlas durante el mes de
febrero tendrán que entregar su petición antes del
10 de enero de 2003 recibiendo contestación del departamento
el día 15 del mismo mes. Quienes deseen disfrutarlas durante
los meses de marzo y abril presentarán su petición
antes del 3 de febrero y recibirán contestación
del departamento el 15 del mismo mes. Las peticiones de vacaciones
para los meses de febrero, marzo o abril, presentadas fuera de
los plazos establecidos se tendrán que ajustar al cupo
que dejen las presentadas en plazo y recibirán respuesta
en el plazo de 5 días hábiles para las que se deseen
disfrutar en febrero y 10 días hábiles para las
de marzo y abril..
La petición se formulará cumplimentando
el impreso destinado a tal efecto, que se incluye en el anexo
nº 1 bajo la denominación "PETICION DE VACACIONES",
señalando para cada período las fechas deseadas
y el orden de preferencia. En el campo de "Día de
inicio" se escribirá el primer día que no se
trabaje (independientemente de que sea día de libranza,
sábado, domingo o festivo), en el campo de " Día
de incorporación" se escribirá el primer día
que se trabaja, en el campo de "Días solicitados"
se detallarán los días hábiles del periodo
que se solicita.
Para que una petición de vacaciones se
acepte el modelo de "Petición de vacaciones"
tendrá que contemplar los 27 días solicitados.
El Departamento devolverá las solicitudes
que se denieguen por estar fuera del acuerdo hasta el día
14 de febrero del 2.003, y hasta el 21 de febrero se tendrá
opción para formular una nueva fecha de disfrute de vacaciones.
Las solicitudes serán respondidas por el
Departamento, confirmando la concesión por escrito el día
07 de marzo de 2.003, fecha en la que se publicará también
el planning anual del Departamento. Las peticiones solicitadas
a las que no se haya dado respuesta en esa fecha se considerarán
concedidas. Se facilitará copia del planning, así
como de las solicitudes denegadas, a la R.L.T.
Quienes no soliciten las vacaciones dentro del
plazo establecido, habrán de adaptarse a las fechas que
queden disponibles en el planning después de haberse concedido
las vacaciones de todos aquellos que sí las hubieren pedido
dentro del plazo. En caso de baja por I.T. ó maternidad,
se contactará con las personas afectadas para que conozcan
la acuerdo y realicen su petición dentro del plazo. No
obstante, se dará tratamiento excepcional a situaciones
excepcionales.
RESUMEN:
PERIODO FECHA PRESENTACIÓN FECHA RESPUESTA COMENTARIO ENERO EXCLUYENTE FEBRERO 10/01/03 15/01/03 Presentadas fuera de plazo, respuesta en 5 días hábiles
MARZO Y ABRIL 01/02/03 15/02/03 Presentadas fuera de plazo, respuesta en 10 días hábiles
RESTO 1ª vuelta 01/02/03 2ª vuelta 21/02/02
1ª vuelta 14/02/03 2ª vuelta 28/02/03
En cualquier caso, las peticiones presentadas
fuera de plazo nunca tendrán respuesta con anterioridad
a las presentadas en plazo.
1.2. Condiciones de petición de vacaciones
– No podrán elegirse incluyendo en las
mismas fines de semana o festivos en los que por planning corresponda
trabajar. Como en años anteriores los festivos no nacionales
trabajará toda la plataforma de asistencia por lo que
será posible aceptar vacaciones que incluyan estos días
siempre respetando el cupo que exista para el periodo del año
en cuestión.
– Se podrán disfrutar en un solo periodo,
siempre que sea factible por planning y bajo criterios de equidad.
Quienes no hayan solicitado esta opción deberán
disfrutar al menos la mitad de sus vacaciones (10-15 días
laborales) dentro del periodo comprendido entre 15-06-2003 al
15-09-03.
– Posibilidad de fraccionar el resto de las
vacaciones hasta en 4 periodos más con un mínimo
de 4 días laborables.
– Existirá un histórico para las
denegaciones. Si se produce una denegación en un periodo
y con posterioridad si fuese posible el disfrutarlo tendrá
preferencia la persona que fue denegada en primer lugar.
1.3. Criterios generales de preferencia en la concesión
de vacaciones
En la solicitud de vacaciones se deberá reflejar la preferencia
que se desea aplicar.
1.3.A) Situación familiar: hijos
escolarizados (en periodos de vacaciones escolares). Este criterio
de preferencia sólo se podrá utilizar para uno de
los periodos solicitados.
1.3.B) No haber disfrutado el mismo periodo
vacacional el año anterior por denegación del Departamento.
1.3.D) Antigüedad en la empresa (
este criterio no se aplicará entre personas con una antigüedad
superior a 3 años)
En caso de coincidencia de fechas solicitadas
entre dos ó más personas que presenten situaciones
equiparables, se decidirá por mutuo acuerdo entre las partes,
o por sorteo, sino se llega a mutuo acuerdo.
Solo se podrá hacer uso de estos criterios
de preferencia en un único periodo de vacaciones.
2. DIAS FESTIVOS
2.1 Condiciones de recuperación de un festivo trabajado.
- Los festivos a recuperar del año 2.002
que pudieran quedar pendientes de disfrutar se recuperaran durante
los meses de febrero y marzo de 2003. Contabilizarán
cupo.
- Los festivos generados durante el año
2.003 se tendrán que disfrutar durante el año
en el que se han generado.
- La solicitud de todos los Permisos compensados
se presentarán a partir del 21 de febrero, una vez presentadas
todas las vacaciones, y se devolverán el 07 de marzo.
Se aceptarán modificaciones o cambios siempre que se
hagan con diez días de antelación a la fecha de
ausencia dándose la respuesta en el plazo de cinco días
desde su recepción. En ningún caso se dará
respuesta antes de las fechas marcadas, salvo en casos excepcionales.
- Si se desean disfrutar en febrero, la petición
se presentará el día 10 de enero y se devolverá
la respuesta el 15 de enero. Para los que se deseen disfrutar
los permisos durante el mes de marzo presentarán su solicitud
el 3 de febrero y se contestará el 15 del mismo mes.
En cualquier caso, las peticiones presentadas fuera de estas
fechas tendrán que presentarse con diez días de
antelación a la fecha de ausencia y recibirán
respuesta a los 5 días de recepción, para los
casos que se deseen disfrutar en febrero y 10 para los que se
deseen disfrutar en marzo, teniendo que ajustarse al cupo existen.
- A fin de facilitar la distribución de
los días a recuperar a lo largo del año como en
años anteriores, se posibilita el disfrute de días
a recuperar antes de haber trabajado el festivo al que corresponde.
Sin embargo será obligatorio el disfrute de al menos
la mitad de los festivos a trabajar o librados por planning
(aquellos en los que el festivo coincide con un día de
libranza o con un sábado) en el primer semestre del año.
- Se permitirán cambios entre personas,
siempre que no afecten a las necesidades operativas del departamento.
- En caso de enfermedad el día del festivo,
el trabajador mantendrá el derecho al día a recuperar.
Si la enfermedad se produjera en el día a recuperar concedido,
no se generará otro día a recuperar.
- En caso de cambio de jornada, tanto vacaciones
como días a recuperar están referidos a días
naturales, independientemente del tipo de jornada que se realice.
RESUMEN:
PERIODO FECHA PRESENTACIÓN FECHA RESPUESTA COMENTARIO ENERO EXCLUYENTE FEBRERO 10/01/03 15/01/03 Presentadas fuera de plazo, respuesta en 5 días hábiles
MARZO Y ABRIL 01/02/03 15/02/03 Presentadas fuera de plazo, respuesta en 10 días hábiles
RESTO 21/02/03 28/02/03 En cualquier caso, las peticiones presentadas
fuera de plazo nunca tendrán respuesta con anterioridad
a las presentadas en plazo.
2.2 Criterios de preferencia de recuperación de un festivo
trabajado.
1. Que exista cupo. El cupo existente para los
permisos compensados resulta de restar al cupo establecido para
el día en cuestión con las libranzas que también
coincidan con ese día.
2. Por fecha de petición, con la excepción
de los periodos marcados con fecha de entrega donde todas las
solicitudes se considerarán por igual.
Al igual que otros años tanto el día
24 como el 31 de diciembre de 2003, librará el 50% de
la plantilla, intentándose en lo posible que quien trabajó
el 24/12/02 lo libre este año y de igual forma con el
31. Estos días no generarán permiso a compensar
ni se computarán como festivo.
3. CUPO PARA VACACIONES Y PERMISOS COMPENSADOS
Como en años anteriores se considera un
periodo totalmente excluyente el mes de enero con la excepción
del 1 al 8 si proceden de un periodo vacacional ya iniciado en
el año anterior. Se realizará la distribución
de vacaciones y permisos compensados definiendo un número
máximo de personas que pueden coincidir en cada momento
en el disfrute de vacaciones en función de las necesidades
operativas del Departamento bajo criterios de equidad y flexibilidad.
Este año se separan el cupo de vacaciones
del de permisos compensados, como se detalla en las tablas que
se muestran a continuación, se ha de tener en cuenta que
el cupo para los permisos compensados vendrá determinado
por la diferencia entre el número que se refleje en la
columna "Cupo de Pc y libranzas" de las tablas menos
libranzas que por planning haya el día en cuestión.
Supervisores y Supervisores Suplentes:
Meses Cupo vacaciones Cupo de Pc y Libranzas enero febrero 11marzo 11abril 11mayo 12junio 31julio 31agosto 31septiembre 31sep-02 12octubre 12noviembre 11diciembre 11dic-02 30Encargados de Asistencia, Grupo de mañana:
Meses Cupo vacaciones Cupo de Pc y Libranzas enero febrero 44marzo 54abril 74mayo 74junio 154julio 165agosto 175septiembre 95sep-02 74octubre 24noviembre 24diciembre 33dic-02 63Encargados de Asistencia, Grupo de tarde:
Meses Cupo vacaciones Cupo de Pc y Libranzas enero febrero 22marzo 22abril 21mayo 21junio 31julio 31agosto 31septiembre 22sep-02 21octubre 21noviembre 12diciembre 21dic-02 21Ejemplo: En junio se marchan 15 pax de
vacaciones, cupo completo. Pero si alguien desea tomar un Pc
el martes 10/06/02 tendremos que tener en cuenta lo siguiente:
-El martes hay dos personas librando por planning
-El cupo de Pc y libranzas para junio es 4 (según tabla)
Como consecuencia se podrían ausentar
dos personas de la plataforma de asistencia el martes 10/06/02
por Pc.
El presente acuerdo se mantendrá en vigor hasta el día
26 de Enero de 2.004 con carácter global, y salvo casos
de fuerza mayor, entendiendo también y explícitamente
como tales cambios organizativos a nivel de grupo de empresas
que hicieran necesario su replanteamiento, y que serían
ajenos a la voluntad de los firmantes del acuerdo y a las premisas
sobre las que la misma se ha confeccionado.
Ante cualquier circunstancia que induzca razonablemente
a la empresa a suponer que se va a ver alterada la planificación
de vacaciones prevista en el presente acuerdo, se informará
a las representaciones sociales y se mantendrá una reunión
para reconsiderar el tema.
Se realizará una nueva revisión
en Noviembre del 2.003 con vistas al año 2.004.
En caso de conflicto, siempre que el trabajador
lo solicite, se dará tratamiento al caso en la comisión
mixta.
Madrid, a 26 de noviembre de 2002
Por la Empresa Por la R.L.T
- Los festivos a recuperar del año 2.002
-
Acuerdo de Regulación de vacaciones para los trabajadores adscritos al horario de oficinas 2003
El presente acuerdo tiene por objeto establecer el marco de referencia, basado en criterios coherentes y objetivos y priorizando las necesidades operativas de los departamentos/areas implicados en cada momento para la regulación de las vacaciones.
Las personas integradas en dptos/areas sujetos al régimen de trabajo de oficina tiene derecho a disfrutar de 27 días laborables (25 + 2 puentes) de vacaciones anuales, aplicándose la parte proporcional correspondiente a los periodos inferiores a un año. Las vacaciones habrán de disfrutarse, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas dentro del año natural, y como máximo hasta el 9 de Enero del 2.004, siempre que la actividad del departamento en el que está integrado lo permita, y no son sustituibles por compensación económica, excepto en casos de baja en la empresa, en los cuales se incluirá el importe correspondiente a los días pendientes de disfrutar en la liquidación.
PETICIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LAS VACACIONES
Para el año 2003 las vacaciones se podrán pedir hasta el día 28-02-03, y los dptos/areas emitirán la planificación anual antes de 31-03-03. Quienes deseen disfrutar días en Enero, Febrero y Marzo, deberán solicitarlo lo antes posible y en todo caso como mínimo 2 semanas antes de la fecha de disfrute.
En estos casos, el dpto. contestará en 5 días laborables desde la presentación de la solicitud.La petición se formulará cumplimentando el impreso destinado a tal efecto, que se incluye en el anexo nº 1 bajo la denominación de «Petición de vacaciones y puentes», reflejando en primer lugar el periodo que se desea disfrutar , independientemente de la fecha. En el impreso se indicará el primer y ultimo día de vacaciones .
Cada dpto/area establecerá e informará en base al estudio de su actividad y al reparto mensual de la misma él numero máximo de personas que puedan coincidir en cada momento en el disfrute de vacaciones, en función del contenido y responsabilidades de sus respectivos puestos, a fin de garantizar la cobertura de necesidades del dpto/area. La distribución de las vacaciones se regirá pues por criterios operativos de equidad y flexibilidad. Las RLT recibirán copia del número máximo de personas que pueden coincidir en cada periodo.
El dpto/area entregará las solicitudes denegadas, indicando el motivo de la denegación antes del día 10 de Marzo de 2003. Se podrá formular solicitud de nuevas fechas antes del día 17 de Marzo de 2003 o consensuar directamente con el dpto las fechas de disfrute.
Antes del 31 de Marzo de 20003, cada dtpo/area, publicará el planning anual de vacaciones y puentes que supondrá la confirmación de las peticiones individuales. Las solicitudes que no hayan sido contestadas dentro de este plazo se entenderán como concedidas. Se entregará copia de los planning, así como de las solicitudes denegadas a la RLT.
Quienes no soliciten las vacaciones dentro del plazo establecido, habrán de adaptarse a las fechas que queden disponibles en el planning después de haberse planificado las vacaciones de todos aquellos que sí las hubieran pedido dentro del plazo. En caso de baja por IT o Maternidad, se contactará con las personas afectadas para que conozcan la norma y realicen su petición dentro del plazo. No obstante, se dará tratamiento excepcional a situaciones excepcionales.
CONDICIONES DE PETICIÓN DE VACACIONES
Las vacaciones podrán disfrutarse distribuidas de la siguiente manera:
– Habitualmente se disfrutará uno de los periodos entre el 15/6 y el 15/9.
– Podrán disfrutarse en un solo periodo en meses de baja actividad del dpto/área, siempre que la organización de la actividad lo permita.
Se podrán fraccionar hasta un máximo de 5 periodos si al menos 10días laborables se disfrutan en los meses de baja actividad del dtpo/área, y sin esta restricción en el caso de personas que, en virtud de las funciones y responsabilidades de sus puestos, necesariamente han de estar en la empresa en fechas concretas.
2 días al año de vacaciones sin determinar( dentro de los 25 días de vacaciones, opcional para quien lo desee)
Podrán disfrutarse estos 2 días de vacaciones fuera de la planificación anual en las siguientes condiciones:
– La fecha de disfrute deberá solicitarse como mínimo 10 días laborables antes del disfrute, salvo casos puntuales que se podrán conceder si operativamente es factible y por causas imprevistas y / o de fuerza mayor. El criterio principal de preferencia en la concesión será la fecha de entrega de la solicitud. El departamento/ área comunicará la aceptación/denegación de la solicitud en el plazo máximo de 5 días laborables desde la recepción de la solicitud.No podrán solicitarse estos días para formar puentes ni unidos a uno de los que corresponde disfrutar dentro de los posibles en el calendario laboral de cada año, salvo caso de fuerza mayor.
CRITERIOS DE PREFERENCIA EN LA CONCESIÓN DE VACACIONES
1º Situación familiar: hijos escolarizados en periodo de vacaciones escolares ( Sólo se hará valer la preferencia en uno de los periodos solicitados).
2º Pareja en situación laboral en activo.
( Sólo se hará valer la preferencia en uno de los periodos solicitados.3º No haber disfrutado las vacaciones en el periodo solicitado en años anteriores por denegación del departamento.
4º Antigüedad en la empresa ( este criterio no se aplicará en personas con antigüedad superior a 3 años.
En caso de coincidencia de fechas solicitadas entre dos o más personas que presenten situaciones equiparables, se decidirá de mutuo acuerdo entre las partes, y si éste no se alcanza, por sorteo.
CAMBIOS
De fechas de vacaciones
Podrá solicitarse el disfrute de las vacaciones en fechas distintas de las inicialmente solicitadas y concedidas. El dpto/ área accederá a la petición bajo criterios de operatividad, esto es, siempre que el nivel de actividad y la organización de los equipos lo haga factible.
Por otra persona
Se podrán proponer al dpto/área, siempre que el cambio sea con otra persona que pueda desempeñar el mismo trabajo, salvo situaciones excepcionales.
En caso de enfermedad que se prevea, por su naturaleza, prolongada de una de las personas afectadas por el cambio, y éste sea a largo plazo, se considerará anulado el cambio. El resto de los casos se tratará individualmente, en función de las circunstancias que concurran, y con criterios de flexibilidad.
La petición del cambio, con definición de los días y /o persona en su caso, deberá formularse con un mínimo de 10 días laborales de antelación al día en que se vaya a producir, y será contestada por el dpto/ área en el plazo de 5 días laborales desde su recepción. Las solicitudes que no hayan sido contestadas dentro de este plazo se entenderán como concedidas. No obstante, serán atendidas aquellas solicitudes que, no cumpliendo el plazo y condiciones establecidas, estén originadas en una causa imprevista y suficientemente justificada.
La petición de cambio se formulará cumplimentando el impreso de «Solicitud de cambio» que se adjunta en anexo nº 2.
El presente acuerdo se mantendrá en vigor hasta el día 9 de enero de 2.004 con carácter global, y salvo que los criterios aquí definidos resultaran contradichos por una norma legal que afecte a la empresa, o que surgieran causas de fuerza mayor, ajenas a la voluntad de la empresa, que hicieran inviable su aplicación.
Ante cualquier circunstancia que induzca razonablemente a la empresa a suponer que se va a ver alterada la planificación de vacaciones prevista en el presente acuerdo, se informará a la representación de los trabajadores y se mantendrá una reunión para reconsiderar el tema.
En caso de conflicto, siempre que el trabajador lo solicite, se dará tratamiento al caso en la Comisión Mixta.
Madrid, a 30 de Noviembre de 2002.