Categoría: Jornada

  • TS: Los permisos retribuidos se conceden para su disfrute en días laborables

    En la sentencia 229/2020, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha resuelto a favor de la demanda que presentó CCOO Servicios solicitando que los permisos retribuidos (excepto el de matrimonio) fuesen disfrutados íntegramente en días laborables.

    Los sindicatos CCOO Servicios, FeSMC-UGT y CGT interpusieron una demanda ante la Audiencia Nacional para que se declarara el derecho de las plantillas afectadas por el convenio Colectivo de Ingenierías y oficinas de estudios Técnicos a que los permisos retribuidos se iniciaran en día laborable. Además, CCOO Servicios incluyó en su demanda que los permisos retribuidos (exceptuando el de matrimonio) fuesen disfrutados íntegramente en días laborables.

    La Audiencia Nacional dio la razón a CCOO Servicios excepto en el hecho de que el permiso de matrimonio se inicie en día laborable. Tras la sentencia los sindicatos presentaron recurso de casación ante el Tribunal Supremo sobre este punto. Por su parte, la empresa TECNIBERIA presentó recurso de casación para que el TS anulara el resto de la sentencia de la AN.

    En la sentencia publicada hoy, el alto tribunal le da la razón a CCOO Servicios aduciendo: que el permiso por matrimonio se inicie en el primer día laborable si la celebración de este tiene lugar en día no laborable es la postura que viene sosteniendo la sala (esta postura es la que mantiene el TS en la sentencia del 13 de febrero de 2018 o en la más reciente del 17 de marzo de 2020).

    Por otra parte, la sala rechaza los recursos de TECNIBERIA afirmando, entre otras cosas, que:

    el permiso sólo tiene sentido si se proyecta sobre un periodo de tiempo en el que existe la obligación de trabajar, pues – de lo contrario – carecería de sentido que su principal efecto fuese ‘ausentarse del trabajo’; en consecuencia, lo normal es que los permisos se refieran a días laborables […] Y es que, reiterando nuestra jurisprudencia, la rúbrica del precepto convencional ‘permisos retribuidos’ nos muestra que los permisos se conceden para su disfrute en días laborables pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja

    En esta sentencia el Tribunal Supremo viene a refrendar las tesis que CCOO Servicios viene sosteniendo, tanto en los tribunales como en las mesas de negociación. De hecho, existen pleitos pendientes con los mismos fundamentos como el de Supermercados DIA sobre el que se pronunció ayer el TJUE tras elevar la Audiencia Nacional una cuestión prejudicial.

    Tras las dos sentencias publicadas esta semana por el Tribunal Supremo (sentencia 257/ 2020 y sentencia 229/2020) queda establecido que todos los permisos retribuidos deben iniciarse en día laborable y que deben disfrutarse íntegramente en días laborables (en este caso se exceptúa el de matrimonio).

    Sentencia Tribunal Supremo Permisos Tecniberia

  • Aquest estiu aposta per la proximitat. Aposta per la nostra hostaleria

    #TurismeDeProximitat #ApostaPerLHostaleria 

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    Aquest estiu tornem a les nostres platjes, a les nostres muntanyes, a les nostres costums…

    Aquest estiu aposta per la proximitat. Aposta per la nostra hostaleria

    #TurismeDeProximitat #ApostaPerLHostaleria

    Este verano volveremos a nuestras playas, a nuestras montañas, a nuestras costumbres…

    Este verano apuesta por la proximidad. Apuesta por nuestra hostelería.

    #TurismoDeCerca #ApuestaPorLaHostelería

    Ja estas fent plans per a l’estiu?-  Queda’t a prop!

    Aquest estiu aposta per la proximitat. Aposta per la nostra hostaleria

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    ¿Ya estàs haciendo planes de verano? ¡Quédate cerca!

    Este verano apuesta por la proximidad. Apuesta por nuestra hostelería.

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    Aquest estiu aprofita per conèixer tots els racons d’aquest país als que sempre volies anar.

    Aquest estiu aposta per la proximitat. Aposta per la nostra hostaleria

    #TurismeDeProximitat #ApostaPerLHostaleria

    Este verano aprovecha para conocer todos los rincones de este país que siempre querías ir.

    Este verano apuesta por la proximidad. Apuesta por nuestra hostelería.

    #TurismoDeCerca #ApuestaPorLaHostelería

    Apuesta por la cercanía – Apuesta por la hostelería

    Salir de casa, cambiar de escenario, espacios abiertos, volver a ver a los tuyos, desconectar, tejer nuevas redes de afectos…Ya tenemos la mente puesta en la vacaciones de verano. Distintos planes para necesidades compartidas.

    Relacionamos las vacaciones con descanso, con la búsqueda de experiencias o con una tregua de lo cotidiano, pero este verano hay nuevos espacios comunes en el imaginario colectivo. Seguridad, confianza, tranquilidad, garantí­a.

    Es el momento de apostar sobre seguro, de buscar certezas. Es el momento de buscar destinos vacacionales próximos, donde se apliquen normas y protocolos conocidos.

    Es el momento de apostar por la cercana de todas las personas que trabajan en el sector de la hostelerí­a.

    De esta crisis saldremos juntas y juntos.

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    Aposta per la proximitat –  Aposta per l'hostaleria

     Sortir de casa, canviar d'escenari, espais oberts, tornar a veure els teus, desconnectar, teixir noves xarxes d'afectes … Ja tenim la ment posada en la vacances d'estiu.  Diferents plans per a necessitats compartides.

     Relacionem les vacances amb descans, amb la recerca d'experiències o amb una treva de la quotidianitat, però aquest estiu hi ha nous espais comuns en l'imaginari col·lectiu.  Seguretat, confiança, tranquil·litat, garantia.

     És el moment d'apostar sobre segur, de buscar certeses.  És el moment de cercar destins de vacances propers, on s'apliquin normes i protocols coneguts.

    És el moment d'apostar per la proximitat de totes les persones que treballen en el sector de l'hostaleria.

     D'aquesta crisi en sortirem juntes i junts

  • La Audiencia Nacional tendrá que resolver si disfrutar un permiso retribuido en días no laborables menoscaba el derecho al descanso semanal

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea le devuelve la pelota a las Audiencia Nacional al considerar que los permisos retribuidos están fuera del ámbito de aplicación de la directiva europea que regula los descansos semanales y las vacaciones. Este fallo del TJUE es la respuesta a una cuestión prejudicial presentada por la AN en el contexto de una demanda interpuesta por las organizaciones sindicales presentes en el Grupo DIA. Dicha demanda hacia referencia a los días de disfrute de los permisos retribuidos.

    Los sindicatos presentes en el Grupo DIA, entre los que se encuentra CCOO, presentaron una demanda ante la Audiencia Nacional en la que sostenían que los días de disfrute de los permisos retribuidos (exceptuando el de matrimonio) deben ser todos laborables, en virtud de salvaguardar el descanso de las plantillas. Hasta ahora nuestros Tribunales ya han determinado que el inicio de dichos permisos tienen que ser el primer día laborable siguiente al hecho causante, pero una vez iniciado ese día se computan por días naturales. Esto puede producir un solape entre el derecho al descanso semanal o las fiestas intersemanales con el disfrute de esos permisos, o con las vacaciones.

    La Audiencia elevó una cuestión prejudicial al TJUE para que este estableciera si el disfrute de los permisos retribuidos en días naturales puede suponer un menoscabo del derecho comunitario a vacaciones y descanso semanal. La Audiencia subraya que la desestimación de las organizaciones sindicales tendría como consecuencia que los trabajadores tuvieran que atender las situaciones de necesidad para las que están previstas los permisos retribuidos coincidiendo con periodos de descanso garantizados por el Derecho de la Unión. En este sentido, se cuestiona si dedicar el tiempo de descanso a resolver problemas provocados por la aparición del estado de necesidad que traen causa los permisos retribuidos supondría que se vaciara de contenido dicho derecho al descanso.

    La respuesta del TJUE ha seguido la recomendación que expuso el abogado general en sus conclusiones. Esta es que las normativas nacionales y convenios colectivos que prevén la concesión de permisos retribuidos con objeto de que el trabajador pueda ausentarse en sus días de trabajo para poder atender a sus obligaciones personales o familiares, no entran en el ámbito de aplicación Directiva 2003/88, aludida por la Audiencia en su cuestión prejudicial.

    No obstante, el TJUE aclara que la Directiva 2003/88 no se opone a las normativas nacionales y convenios colectivos que no prevén que se concedan permisos retribuidos cuando las circunstancias que justifican su concesión suceda en días en los que no se trabaja. Es más, apunta a que la flexibilidad del régimen de descanso semanal basta para justificar que se deniegue la concesión de permisos retribuidos durante este periodo.

    En cualquier caso la pelota vuelve a estar en el tejado de la Audiencia Nacional que es quién tendrá que dirimir si los y las trabajadoras del Grupo DIA pueden disfrutar de los permisos retribuidos solo en días laborables.

    Para CCOO no hay ninguna duda: el permiso es retribuido porque se considera tiempo de trabajo, por lo tanto no debe disfrutarse en días no laborables.

     

    Enlace a sentencia tribunal europeo