Categoría: Legal

  • REAL DECRETO LEY por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

    PLAN DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA REDUCIR EL GASTO PÚBLICO EN QUINCE MIL MILLONES MÁS EN DOS AÑOS.
    El Real Decreto Ley aprobado hoy permitirá cerrar el año 2011 con un déficit del 6 por 100 del PIB para el conjunto de las Administraciones Públicas frente al 7,5 por 100 previsto anteriormente

    Las medidas aprobadas tratan de distribuir el esfuerzo de forma equitativa entre toda la sociedad e implican al conjunto de las Administraciones PúblicasEl plan reducirá el gasto público en 5.250 millones de euros adicionales este mismo año y en otros 10.000 millones más en 2011

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley y tres Acuerdos por los que se adoptan medidas urgentes para reducir el déficit público. Se trata de un conjunto de iniciativas en distintos ámbitos de la Administración, diseñado con el objetivo principal de acelerar la senda de consolidación fiscal prevista en el Programa de Estabilidad y Crecimiento y que permitirá cerrar el ejercicio de 2011 con un déficit público del 6 por 100 del PIB, frente al 7,5 por 100 previsto inicialmente.
    Este plan extraordinario de ajuste subraya la contribución española a la estabilidad de la moneda única y a la respuesta coordinada que los países miembros de la Unión Monetaria han decidido dar a las turbulencias que han afectado en las últimas semanas a las economías del euro, y que han aconsejado acelerar los planes de consolidación fiscal previstos en buena parte de los países del área.
    Del mismo modo, se enmarca también dentro del compromiso firme del Gobierno con la sostenibilidad de las finanzas públicas, que ya se concretó en los Presupuestos del Estado de 2010, con un recorte del gasto corriente equivalente al 0,8 por 100 del PIB, y en el que se profundizó aún más con la Actualización del Programa de Estabilidad y Crecimiento que se remitió a Bruselas el pasado mes de enero y que dejó sentado el objetivo de reducir el déficit público español al 3 por 100 del PIB en 2013.

    Ese mismo documento detallaba los instrumentos con los que se alcanzaría ese objetivo: el Plan de Acción Inmediata 2010, que supuso una reducción de cinco mil millones de euros, a través de acuerdos de no disponibilidad, en los gastos presupuestados por el Estado para el presente ejercicio; los Acuerdos Marco con Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales para implicar a las entidades territoriales en el senda de consolidación fiscal; y el Plan de Austeridad 2011-2013, que plantea un recorte generalizado de las partidas del gasto público para alcanzar un ahorro equivalente al 2,6 por 100 del PIB. También definía una senda de reducción del déficit para cada una de las Administraciones Públicas, según la cual el déficit del conjunto del sector público seguiría el siguiente camino: 11,2 por 100 en 2009; 9,8 por 100 en 2010; 7,5 por 100 en 2011; 5,3 por 100 en 2012; y 3 por 100 en 2013.

    Las medidas aprobadas hoy modifican esta senda, concentrando casi dos terceras partes del ajuste entre 2010 y 2011 y dejando para los dos últimos años del programa apenas un tercio de la consolidación total, de modo que ahora quedaría establecida en 9,3 por 100 en 2010; 6 por 100 en 2011; 4,4 por 100 en 2012; y 3 por 100 en 2013. Para conseguirlo, el Gobierno ha aprobado en este Real Decreto Ley y en uno de los acuerdos una serie de medidas de ajuste en diferentes ámbitos. Y, por otra parte, plantea a comunidades autónomas y corporaciones locales nuevos acuerdos marco, para que las entidades territoriales también cooperen en este nuevo objetivo, más ambicioso, de consolidación fiscal.
    Medidas incluidas en el Real Decreto Ley
    El contenido del Real Decreto Ley concreta las medidas de ajuste que se adoptarán en las próximas semanas para conseguir esa reducción adicional de 1,6 puntos del PIB del déficit público en 2011. El ahorro previsto en el gasto público es de 5.250 millones adicionales en 2010 y otros 10.000 millones en 2011.
    Reducción de un 5 por 100 de los salarios públicos
    El Real Decreto Ley establece una reducción media del 5 por 100 en términos anuales de los salarios de los empleados públicos, que se aplicará con criterios de progresividad para minimizar sus efectos sobre los salarios más bajos. La escala oscilará entre el 0,56 por 100 y el 7 por 100 en función del nivel de ingresos del grupo profesional, afectará al personal de todas las Administraciones Públicas y se aplicará tanto sobre las retribuciones básicas, como sobre las complementarias. Los altos cargos verán reducidos sus salarios entre un 8 por 100 y un 15 por 100.Esta reducción se hará efectiva en las nóminas a partir del mes de junio, y los salarios quedarán congelados para el año 2011.
    El ahorro que supone esta medida para la Administración General del Estado se cuantifica en 535 millones de euros en 2010 y en 1.035 millones en 2011. Para las Administraciones Territoriales supondrá un ahorro de 1.765 millones este año y 3.465 millones, el próximo.
    Suspensión de la revalorización de las pensiones en 2011
    En segundo lugar, queda suspendida excepcionalmente la revalorización de las pensiones durante el año 2011, con la excepción de las prestaciones más bajas del sistema, es decir, las no contributivas, las contributivas que reciben complementos de mínimos y las del antiguo régimen del SOVI no concurrentes con otras. En 2010, las pensiones mantendrán su poder adquisitivo, procediéndose a su revalorización en los términos que establece la ley en el caso de que el Índice de Precios al Consumo de noviembre supere la subida prevista del 1 por 100. Esta medida aportará 1.400 millones de euros al ajuste en el régimen de Seguridad Social y otros 130 millones en el de Clases Pasivas del Estado.
    Suspensión del régimen transitorio de la jubilación parcial
    El texto aprobado hoy adelanta, asimismo, con efectos a partir del próximo 1 de junio de 2010, la eliminación del régimen transitorio de jubilación parcial previsto en la Ley de Medidas en Materia de Seguridad Social, cuya suspensión estaba prevista para el 1 de enero de 2013 y que preveía unos requisitos menores en el acceso a la jubilación parcial hasta esa fecha. Así, para acceder a la jubilación parcial habrá que tener un mínimo de 61 años, haber cotizado un mínimo de treinta años y haber trabajado un mínimo de seis años en la última empresa. La reducción en el número de pensiones que se derivará de esta medida generará un ahorro total de 400 millones de euros en el conjunto de los dos años, de los cuales 250 millones ya se restarán este mismo año, sumándose a esta cifra 150 millones adicionales en 2011.
    Eliminación de la retroactividad en prestaciones por dependencia
    A partir del próximo 1 de junio, se fijará un tiempo máximo de seis meses para la resolución de las solicitudes sobre el reconocimiento de la situación de dependencia y la prestación a recibir. Esta medida permitirá eliminar retrasos en la recepción de los servicios y prestaciones por parte de los beneficiarios y aportará una mayor eficacia en el gasto público, ya que eliminará la cuenta por pagos derivados de la aplicación del principio de retroactividad cuando este reconocimiento se retrasaba. El Real Decreto Ley establece, asimismo, la posibilidad de aplazar hasta un máximo de cinco años el pago de los derechos de retroactividad generados hasta ahora. La aplicación de esta medida originará un ahorro de trescientos millones de euros en 2011, de los que doscientos millones corresponderán al Estado y cien millones a las Administraciones Territoriales.
    Eliminación del “ cheque-bebé ”
    El Real Decreto Ley también dejará sin efecto, a partir del 1 de enero de 2011, la deducción de 2.500 euros por nacimiento y adopción en el IRPF, también conocida como “cheque-bebé”, así como la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento y adopción que se estableció simultáneamente. El ahorro estimado por la supresión de este régimen será de 1.250 millones de euros.
    Recorte del gasto farmacéutico
    Esta medida tiene el objetivo de avanzar en la optimización del gasto sanitario, que ya recibió un notable impulso como consecuencia del Real Decreto Ley de racionalización del gasto farmacéutico con cargo al Sistema Nacional de Salud. El texto aprobado hoy establece un descuento obligatorio del 7,5 por 100 al Sistema Nacional de Salud en las ventas de los medicamentos excluidos del sistema de precios de referencia, una rebaja en los precios de los productos sanitarios del 7,5 por 100 general y del 20 por 100 en los absorbentes, y la adecuación del número de unidades de los envases de medicamentos a la duración estandarizada de los tratamientos, así como la dispensación de medicamentos en unidosis. El Gobierno estima el ahorro total de estas medidas en 1.300 millones de euros. En torno a 275 millones ya se podrán detraer del gasto público este mismo año.
    Acuerdo de no disponibilidad y plan de revisión
    El Consejo de Ministros también ha aprobado en el día de hoy un acuerdo que concreta, por una parte, la no disponibilidad de créditos por valor de 2.425 millones de euros dentro de los Presupuestos Generales del Estado de 2010 para dar cumplimiento al ajuste adicional aprobado hoy y, por otra, el Plan de Revisión del Gasto del Estado para el periodo 2011-2013, que prevé un recorte de 2,4 puntos del PIB del gasto público.
    El acuerdo por el que se declara la no disponibilidad de créditos por 2.425 millones en los Presupuestos de 2010 instrumenta el recorte adicional de gasto público aprobado en el día de hoy, que se corresponde a una reducción de 2.125 millones de euros en inversiones y de 300 millones en Ayuda Oficial al Desarrollo.
    El Plan de Revisión del Gasto 2011-2013 concreta la estrategia que seguirá la Administración del Estado para, junto a las medidas adoptadas para 2010 tanto en los Presupuestos como en el Plan de Acción Inmediata y en el Real Decreto Ley aprobado hoy, reducir el déficit del Estado desde el 6 por 100 del PIB previsto para este año hasta el 2,1 por 100 fijado como objetivo para 2013 dentro de la Actualización del Programa de Estabilidad y Crecimiento.
    Por el lado del gasto son tres los factores esenciales que contribuirán a este ajuste: la retirada de las medidas transitorias, el menor gasto por prestaciones por desempleo, como consecuencia de un escenario de progresiva recuperación económica, y, por último, las medidas de ajuste que el Gobierno va a aplicar en los próximos tres ejercicios. Son las siguientes:
    Congelación de las retribuciones del personal al servicio del sector público estatal durante 2011, tras la rebaja del 5 por 100 prevista para 2010.
    Aplicación de la tasa de reposición del 10 por 100 en las ofertas de empleo público durante 2011, 2012 y 2013Reducción en un 15 por 100, en términos nominales, en los gastos en bienes corrientes y servicios
    Aplicación de acuerdos de no disponibilidad a la inversiones de infraestructuras en 2010 y 2011, y ajuste a las necesidades de consolidación en los dos ejercicios siguientes. 
    Reducción en un 25 por 100 del resto de inversiones en el periodo 2011-2013.Reducción en quinientos millones de la Ayuda Oficial al Desarrollo en 2011, adicionales a los trescientos millones recortados en 2010.
    Reducción de otros gastos de la Administración General del Estado en el volumen necesario para hacerlos compatibles con los objetivos de estabilidad acordados
    Además, el Plan de Revisión del Gasto Público establece una serie de directrices generales a las que se deberán someter todos los departamentos a la hora de definir sus programas de gasto y que obligarán, por ejemplo, a destinar a la reducción del déficit cualquier incremento adicional de los ingresos, a que cualquier nueva actuación de gasto se supedite a los objetivos de consolidación fiscal o a adoptar nuevas medidas de control del gasto público en el caso de que se produzcan desviaciones al alza respecto del objetivo previsto.
    Modificación de los acuerdos marco con Comunidades Autónomas y Entidades Locales
    La Actualización del Programa de Estabilidad y Crecimiento remitido a Bruselas el pasado mes de enero ya establecía que, para dar mayor eficacia y alcance al Plan de Austeridad previsto en el marco de la Administración General del Estado, se suscribieran sendos acuerdos marco con Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales para implicar a las administraciones territoriales, que gestionan más de dos terceras partes del gasto público, en el objetivo de consolidación fiscal para 2013.
    Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales suscribieron hace unas semanas, en el marco del Consejo de Política Fiscal y Financiera y de la Comisión Nacional de Administración Local respectivamente, dichos acuerdos marco, formalizando así su compromiso con la senda de reducción del déficit establecida en el Programa de Estabilidad y Crecimiento.
    En línea con el ajuste de gasto para la Administración General del Estado contenido en el Real Decreto Ley de medidas extraordinarias para acelerar la reducción del déficit público, el Consejo de Ministros ha aprobado, paralelamente, nuevas propuestas para modificar estos acuerdos marco aprobados, con el objetivo de obtener un ahorro adicional de 1.200 millones de euros en los gastos de las administraciones territoriales en 2011, de los cuales mil millones se asignarían a las Comunidades Autónomas y doscientos millones a las entidades locales.
    Esta nueva propuesta reforzará la condicionalidad para autorizar las operaciones de endeudamiento de las Comunidades Autónomas que supongan un incremento de la deuda pública. En el ámbito de las Entidades Locales, se mejorará el control económico financiero y se aplazarán las operaciones de endeudamiento a largo plazo hasta 2012.
  • Los incentivos podrán oscilar entre el 5 y el 10 por 100 de las cuotas por accidente de trabajo y enfermedad profesional

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales -accidentes de trabajo y enfermedades profesionales- a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.

    La norma establece que las empresas deberán haber cotizado a la Seguridad Social un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a cinco mil euros en un periodo de observación de cuatro ejercicios como máximo, que deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores al de la solicitud. No obstante, también podrán beneficiarse las pequeñas empresas, cuando hayan cotizado en el período de observación un mínimo de 250 euros por tales contingencias.

    La cuantía de los incentivos podrá alcanzar hasta el 5 por 100 del importe de las cuotas por contingencias profesionales satisfechas en el periodo de observación o bien del 10 por 100, si ya ha percibido el incentivo en el inmediatamente anterior y sean de periodos consecutivos. En el caso de las pequeñas empresas, el límite se establece en un máximo de 250 euros en el primer período de observación, que se elevará a 500 euros en el segundo periodo y siguientes, siempre que en el inmediatamente anterior se haya percibido.

    La financiación del sistema de incentivos se financiará con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación constituido con el 80 por 100 del exceso de excedentes de la gestión de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

    Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Este Real Decreto se enmarca en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 que aprobó el Consejo de Ministros en junio de 2007 y que establecía la posibilidad de que el Gobierno implantara sistemas de reducción de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales en el caso de que las empresas acreditaran una reducción de la siniestralidad y que se distingan por emplear medios eficaces de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

    Las empresas que quieran optar a los incentivos deberán presentar la solicitud entre el 1 de abril y el 15 de mayo de cada año en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales.

    Según recoge el Real Decreto, en 2010 se reconocerán y abonarán los incentivos correspondientes al ejercicio 2009, en los plazos y condiciones establecidos en la norma. La fecha inicial del periodo de observación será, pues, el día 1 de enero de 2009.

     Opina en nuestro blog

     [VISITA NUESTRA PÁGINA]

  • GANADO POR COMFIA EL JUICIO DE LOS BECARIOS EN CAJA RURAL DEL SUR

    Con fecha 2 de marzo de 2010 el Juzgado nº 2 de los social nº 3 de Sevilla ha dictado sentencia en contra de la Caja Rural del Sur por el uso fraudulento de la figura del becario que esta empresa ha hecho en los últimos años.

       

    En la provincia de Sevilla, los
    Subinspectores actuantes detectaron una bolsa de 143 becarios pasaban todos los
    años por la Entidad,
    quedando demostrado con la sentencia “que
    todos ellos fueron destinados a realizar habitualmente funciones de cajero en
    los puestos de caja de las distintas oficinas y sucursales a las que fueron
    destinadas tras una breve formación inicial, por lo general una o dos tardes, que
    tenia por objeto enseñarles el sistema de arqueo de caja y del funcionamiento
    de programa informático con el que se operaba”.

     

    La clave del pronunciamiento a
    nuestro favor ha estado en que todos ellos excepto 12 “realizaban otras funciones como la venta de productos tales como
    tarjetas bancarias, seguros y otros, que comercializaban en la oficina, y por
    que percibía la correspondiente comisión, que estaba fijada en la mitad de lo
    que, por la misma labor intermediadota, percibían los empleados de la Caja rural, expidiéndose por
    esta los correspondientes certificados de declaraciones de reatención por IRPF

     

    Según su propio testimonio, no
    habían recibido formación previa, salvo la propia del aplicativo IRIS para
    poder trabajar en las ventanillas (algunos afirmaron que fueron formados por el
    becario que acababa las “prácticas” esa semana); tampoco recibirían formación a
    lo largo del año que permanecían en la Entidad, salvo las mismas que el resto de la
    platilla de la Caja
    (seguros, IRPF, etc.); algunos tenían las llaves de la oficina, otros
    trabajaban por las tardes, incluso buzoneando o repartiendo tarjetas de crédito
    por las casas, etc.; pero ninguno realizó labores que tuvieran que ver con su
    formación académica y que les pudiera servir para adquirir conocimientos
    relacionados con su carrera, y por supuesto nada relacionado con la investigación
    objeto de la beca.

     

    Esta sentencia viene a ratificar
    las tesis que CCOO viene defendiendo en los últimos años, y es que, en muchas
    empresas, con el consentimiento de las universidades, utilizan la mano de obra
    de estudiantes en prácticas para hacer un importante ahorro en los costes
    laborales, en detrimento de la creación de empleo.