Categoría: Legal

  • El Supremo declara nulos los 25 despidos de las camareras de pisos del Parador de Alcalá de Henares

    Gracias a la denuncia de CCOO Servicios, el Tribunal Supremo declara nulos los 25 despidos de las camareras de pisos en el parador de Alcalá de Henares, condenando a la empresa Eulen a la readmisión de las trabajadoras y el abono de los salarios dejados de percibir.

    El Tribunal Supremo ratifica la sentencia del Tribunal Superior de justicia de Madrid en la que se condena a Eulen, declarando la nulidad del despido realizado al no subrogar los contratos de las 25 Trabajadoras del Parador de Alcalá de Henares.

    El Alto Tribunal, acogiéndose a la directiva europea 2001/23/ce de 12 de Marzo, considera que el despido es de carácter colectivo al afectar a mas de 20 personas de un centro de trabajo, el parador del Henares.

    Asimismo, la sentencia señala, conforme establece la jurisprudencia del TJUE en esta materia, que Eulen tenía la obligación de subrogar a todo el personal afecto a la licitación de Paradores adjudicada, en tanto en cuanto el servicio descansa fundamentalmente en la mano de obra así como porque voluntariamente subrogó a un número significativo de las personas (75%) de esta licitación, por lo que resulta de aplicación "ex lege" la subrogación de los contratos de trabajo en virtud el art. 44 del Estatuto de los trabajadores, con prioridad a lo establecido en el convenio colectivo de aplicación.

    Para CCOO es una excelente noticia que viene a avalar la posición del sindicato en la defensa de los puestos de trabajo y de las condiciones laborales en el Parador de Alcalá de Henares, frente a la decisión de la empresa EULEN de no subrogar a las camareras de pisos que habían venido desarrollando su trabajo en el parador con la anterior empresa adjudicataria del servicio.

    Bajo la argumentación jurídica aducida por EULEN se escondía el motivo fundamental: No subrogó a las trabajadoras porque su convenio colectivo de aplicación, hospedaje, contempla mayores salarios y mejores condiciones laborales y sociales que el convenio de limpieza, iniciando así este largo camino de las trabajadoras, que un día estaban limpiando las habitaciones del parador y al siguiente, tras el cambio de la adjudicataria, se encontraron con la pérdida de sus puestos de trabajo. Ahora con esta sentencia se las readmite en sus puestos y se les pagarán los salarios dejados de percibir desde su despido en septiembre del año 2020.

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  • La justicia da la razón a CCOO

    El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dado la razón a CCOO por la demanda que interpusimos contra Douglas Spain, por la interpretación del acuerdo de modificación de condiciones (Art.41) en septiembre del 2019.

    La justicia ya nos había dado la razón en primera instancia, en el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos, pero la empresa recurrió, y ahora, el Tribunal Superior ratifica la primera sentencia.

    El objeto de la demanda viene provocado por la acción de la empresa, que “quitó”, que no abonó media paga de verano del 2020 a algunas compañeras y compañeros de la antigua enseña IF, justificando, dicha medida, en que lo hacía por el cambio de devengo acordado en el art.41.

    Desde CCOO manifestamos y expusimos a la empresa, de manera reiterada, que estaba haciendo una interpretación abusiva del acuerdo. Ante la reiterada negativa de la empresa a rectificar, interpusimos la demanda.

    Ahora, de nuevo la justicia nos da la razón, y el Tribunal dictamina en su fallo que:” ……… estimando como estimo la demanda de conflicto colectivo interpuesta por COMISIONES OBRERAS DE CASTILLA Y LEON, contra DOUGLAS SPAIN S.A.U., debo declarar y declaro el derecho de las trabajadoras provenientes de la empresa IF a que se las liquide y abone la mitad de la paga de verano del año 2020 que no han percibido.”

    Aunque esta sentencia afecte a la plantilla de Douglas Spain en Burgos, exigimos a la empresa a que la cumpla y abone, inmediatamente, esa media paga a las trabajadoras y trabajadores que se le adeudan, haciéndolo extensible a todos los trabajadores y trabajadoras de la antigua IF en todo las tiendas de España.

    Cualquier consulta al respecto no dudéis en poneros en contacto con vuestras delegadas y delegados de CCOO.

  • La justicia da la razón a CCOO

    El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dado la razón a CCOO por la demanda que interpusimos contra Douglas Spain, por la interpretación del acuerdo de modificación de condiciones (Art.41) en septiembre del 2019.

    La justicia ya nos había dado la razón en primera instancia, en el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos, pero la empresa recurrió, y ahora, el Tribunal Superior ratifica la primera sentencia.

    El objeto de la demanda viene provocado por la acción de la empresa, que “quitó”, que no abonó media paga de verano del 2020 a algunas compañeras y compañeros de la antigua enseña IF, justificando, dicha medida, en que lo hacía por el cambio de devengo acordado en el art.41.

    Desde CCOO manifestamos y expusimos a la empresa, de manera reiterada, que estaba haciendo una interpretación abusiva del acuerdo. Ante la reiterada negativa de la empresa a rectificar, interpusimos la demanda.

    Ahora, de nuevo la justicia nos da la razón, y el Tribunal dictamina en su fallo que:” ……… estimando como estimo la demanda de conflicto colectivo interpuesta por COMISIONES OBRERAS DE CASTILLA Y LEON, contra DOUGLAS SPAIN S.A.U., debo declarar y declaro el derecho de las trabajadoras provenientes de la empresa IF a que se las liquide y abone la mitad de la paga de verano del año 2020 que no han percibido.”

    Aunque esta sentencia afecte a la plantilla de Douglas Spain en Burgos, exigimos a la empresa a que la cumpla y abone, inmediatamente, esa media paga a las trabajadoras y trabajadores que se le adeudan, haciéndolo extensible a todos los trabajadores y trabajadoras de la antigua IF en todo las tiendas de España.

    Cualquier consulta al respecto no dudéis en poneros en contacto con vuestras delegadas y delegados de CCOO.

  • CCOO ratifica el acuerdo para prorrogar los ERTE hasta el 28 de febrero

    El Gobierno y los agentes sociales alcanzaron ayer por la tarde un acuerdo para prorrogar los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) hasta el próximo 28 de febrero.

    El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha afirmado que está muy satisfecho de renovar la herramienta que ha servido a España de palanca para que no se destruyeran durante la pandemia millones de puestos de trabajo.

    Con este acuerdo, con el que se prorrogan los ERTE actuales durante un mes, se mejoran las condiciones de las personas trabajadoras que están en esta situación.

    De hecho, se mejora sustancialmente el llamado 'contador a cero' y se mantiene la prohibición de despedir, además, como novedad, se recupera la prestación extraordinaria para las personas con contratos fijos discontinuos, a quienes también se les garantiza el ‘contador a cero’.

    En concreto, el contador a cero se amplía un año. Así, el tiempo consumido de desempleo, desde septiembre de 2020, no computará cuando se produzca un despido por cualquier causa después del 1 de enero de 2023.

    Por otro lado, se mantiene la prestación del 70% durante toda la vigencia del acuerdo. Asimismo, continúan las mismas condiciones de acceso a la prestación, aunque las personas trabajadoras no tengan el tiempo suficiente cotizado, la prohibición de las horas extra y nuevas contratas o subcontratas y la prohibición de reparto de dividendos.

    MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA PALMA

    Igualmente, se regulan medidas extraordinarias para las personas trabajadoras de las Islas Canarias afectadas por la erupción volcánica de La Palma, que, entre otras cosas, recoge los ERTE de fuerza mayor originados para hacer frente a la Covid-19.

    Por otro lado, las exoneraciones de las cuotas a la Seguridad Social se ligan una parte a la formación de las personas que se encuentran en un expediente de regulación temporal de empleo.

    Para CCOO, este acuerdo supone que, una vez más, los agentes sociales han demostrado su esfuerzo y voluntad para llegar a un acuerdo que proteja el empleo y los derechos laborales de las personas trabajadoras que se encuentran afectadas por situación de impedimento o de limitación para poder desarrollar su trabajo.

    Medidas urgentes

    Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.

     

    PLA MECUIDA prorrogat fins el 28 de febrer de 2022