Categoría: Legal

  • ¿Registro horario en Atmira?

    Como muchos habréis visto en las noticias o leído en la prensa, ayer empezó a aplicarse el registro horario en todo el país y hoy deberíamos haber fichado.

    Mientras tanto, en Atmira, aún no se ha comunicado si nos están fichando ya, ni qué tendremos que hacer para a cumplir con la ley, ni si nos van a controlar cuando vayamos al baño o si nos van a despedir por hacer excesos de jornada no pagada o enviarnos a casa cuando termine nuestra jornada laboral.

    Como Atmira no ha tenido a bien contar con nosotros y negociar los términos de este registro, estando obligados a ello, al menos esperamos que sean consecuentes. Es un tema que le interesa a la empresa, cumplir con la ley, y es que no cumplir con esta norma puede acarrear sanciones a la compañía.

    Estaremos expectantes y vigilantes.

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  • ¡Ganamos el Juicio!

    Desde CCOO, aunque lamentamos que haya sido necesario acudir a juicio para evitar que la empresa recorte nuestros derechos y juegue con algo tan delicado cómo nuestra salud, celebramos que el juez nos haya dado la razón y que gracias al trabajo de CCOO, el de nuestros servicios jurídicos y el vuestro, en especial el de todxs lxs que nos habéis hecho llegar pruebas documentales u os habéis presentado cómo testigos en el juicio, hayamos recuperado un derecho fundamental para la plantilla, en especial para quienes tenemos menores o mayores al cargo.

    Cómo ya sabéis, desde principios de año, la Empresa decidió de manera unilateral recortar el uso de las 35 horas médicas para cubrir partes de reposo, ya sean propios, o de hijos en edad de pediatría y mayores de 65 años al cargo, un uso del que veníamos disfrutando desde hacía años y que era muy necesario para toda la plantilla.

    Desde el primer momento, a la sección sindical Estatal de CCOO, entendiendo que esto era una merma de nuestros derechos y que afectaba a todos los territorios, nos tuvieron en frente, primero intentando que entrasen en razón y diesen marcha atrás, en varias reuniones mantenidas con ellos y en segundo lugar y viendo la actitud de la Empresa, interponiendo conflicto colectivo ante la autoridad competente.

    Después de dos actos de conciliación, uno el día 27 de febrero en el que la empresa pidió un aplazamiento para estudiar la propuesta realizada por los mediadores y un segundo acto el día 05 de marzo, la Empresa se negó a llegar a ningún tipo de acuerdo.

    Tras la mediación ante el Instituto Laboral, desde la Sección Sindical Estatal de CCOO del Grupo ILUNION instamos a nuestros servicios jurídicos a que interpusieran demanda ante la Audiencia Nacional, demanda a la que posteriormente se unieron los sindicatos UGT, CSIF y USO. Por su parte, el sindicato CGT, con fecha 20 de abril, unos días antes de que se celebrase el juicio, decidió interponer su propia demanda, que, al ser similar a la interpuesta por CCOO dos semanas antes, según se indica la sentencia, queda acumulada a ésta.

    Finalmente y con fecha de 24 de abril se celebró el juicio, en el que CCOO fuimos el único sindicato que presentó tanto pruebas documentales cómo testigos. Pues bien, hoy ya podemos informaros de que se ha dictado sentencia y el juez nos da la razón, declarando nula la medida tomada por la empresa y declarando el derecho al uso de los partes de reposo tal cómo se venía haciendo.

    A continuación os trasladamos el fallo judicial:

    “Declaramos la nulidad de la medida adoptada unilateralmente por las empresas consistente en suprimir el uso de las 35 horas médicas del Convenio para reposo domiciliario sin parte de baja de los propios trabajadores y trabajadoras prescrito por el facultativo correspondiente mediante el oportuno justificante así como para atender a los hijos menores que se encuentren en edad de asistir a pediatra y a ascendientes mayores de sesenta y cinco años, en lo que afecta todas los centros de trabajo de las mismas excepto en la de Jaén.

    Declaramos el derecho de todos los centros de trabajo de las demandadas excepto los destinados en la de Jaén, a disfrutar del uso de las 35 horas médicas del Convenio para los casos en que el facultativo correspondiente prescriba reposo domiciliario sin parte de baja al trabajador mediante el oportuno justificante, con todos los efectos inherentes a dicha declaración ya disfrutar del uso de las 35 horas médicas para atender a los hijos menores o a ascendientes mayores de sesenta y cinco años, previa asistencia al facultativo correspondiente que emita el correspondiente justificante recomendando reposo domiciliario.”

    Desde CCOO, aunque lamentamos que haya sido necesario acudir a juicio para evitar que la empresa recorte nuestros derechos y juegue con algo tan delicado cómo nuestra salud, celebramos que el juez nos haya dado la razón y que gracias al trabajo de CCOO, el de nuestros servicios jurídicos y el vuestro, en especial el de todxs lxs que nos habéis hecho llegar pruebas documentales u os habéis presentado cómo testigos en el juicio, hayamos recuperado un derecho fundamental para la plantilla, en especial para quienes tenemos menores o mayores al cargo.

    Para cualquier consulta o aclaración no dudéis en contactarnos a través del correo electrónico, nuestra página web, nuestra aplicación, o directamente en nuestro local, que siempre está abierto para atenderos. 

     

    Cuando CCOO gana, ¡Tú Ganas!

    Descarga la Sentecia Completa

  • Episodio III: Los accidentes de los Sith

    Ayer fue día de elecciones generales, con el resultado que todos y todas ya conocemos. Esperamos que el gobierno que finalmente se forme trabaje, entre otras muchas cosas, para mejorar las condiciones de la clase trabajadora.

    Pero también fue el día Internacional de la Salud y Seguridad en el Trabajo y por ello, nuestro CCOOmic, va orientado en esa línea. Porque las empresas están obligadas por ley a prevenir los riesgos laborales y garantizar la seguridad y la salud de sus plantillas en todos los aspectos relacionados con el trabajo, ya sean físicos y psicosociales.

    ccoomic atmira galaxy

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  • CCOO lleva a juicio el ERE de DIA

    CCOO ha solicitado a la Audiencia Nacional que declare nulo el expediente de regulación de empleo de DIA por haberse realizado en fraude de ley y manifiesto abuso del derecho. El juicio se celebrará el 4 de junio de 2019. 

    ¿Por qué cree CCOO que el ERE debiera declararse como nulo?

    1.- Desde el primer momento CCOO solicitó la retirada o suspensión del expediente dado que la situación de las empresas es inestable y rodeada de una gran incertidumbre con un Consejo de Administración enfrentado y con dos líneas de actuación bien distintas 

    2.- El plan de viabilidad en el que se apoya el despido colectivo ha sido elaborado por la parte perdedora en la lucha por el control de la compañía y las tiendas cerradas o vendidas y los trabajadores despedidos pudieran ahora resultar valiosos para el nuevo proyecto dado que, si se dan las condiciones, el control de la compañía pasará a manos de L1RInvest1HoldingsS.àr.l. que pondrá en marcha el Plan de Transformación bien distinto al plan en el que se apoyó el expediente de regulación de empleo y, si en el peor de los escenarios, no se dan esas condiciones, podríamos estar ante la disolución judicial de la Compañía. 

    Letterone contraataca: “Nuestro plan de rescate de DIA creará empleo y se abrirán tiendas” (Expansión, 22 de febrero de 2019).  http://www.expansion.com/empresas/distribucion/2019/02/21/5c6ef03d22601dea088b45e2.html

    “El Oferente considera que existe un potencial significativo para la apertura de nuevas tiendas en España, una vez que la nueva propuesta de valor comercial descrita a continuación haya sido efectivamente implementada en la red de tiendas existente de la Sociedad Afectada” pg 57 del folleto explicativo que recoge los términos y condiciones de la OPA sobre la totalidad de las acciones de DIA. 
    https://www.cnmv.es/Portal/verDoc.axd?t={32c66f76-dbee-4282-a01b-5981d4d0ae3a}

    3.- Por otro lado tenemos la investigación de las prácticas irregulares que habrían sido realizadas por determinados empleados y directivos y cuya investigación sigue en curso, a raíz de las que la sociedad rebajó su resultado esperado para el año en curso y procedió a reformular las cuentas de 2017, tras haber detectado una disminución patrimonial de aproximadamente 56MLLS€. 

    En definitiva, las circunstancias en las que se ha negociado este ERE deberían suponer su nulidad. Cuentas reformuladas; Consejo de Administración enfrentado entre sí; futuro de la empresa poco claro. Y, para más inri, antes de que los firmantes formalicen el acuerdo, el Consejo de Administración que había puesto el ERE encima de la mesa pierde la lucha por el control de la empresa.

    CCOO considera que ASÍ NO se negocia un ERE y, por lo tanto, se verá con los firmantes en los tribunales dónde tendrán que explicarle al juez porqué han firmado un expediente de regulación de empleo en estas circunstancias.