Categoría: Legal

  • El permiso de paternidad se amplia a 4 semanas

    Ya es una realidad, «al fin» se va a cumplir el mandato de la Ley de Igualdad y el permiso de paternidad va a ampliarse de dos a cuatro semanas a partir del 1 de enero de 2017.

  • Novedad legislativa. Las empresas deben informar sobre sus impactos sociales reales

    Artículo actualizado en nuestro blog (Link: se confirman nuestros presagios) Pero para que esto sea efectivo necesitamos implicación y concienciación de los políticos. Participamos en reunión Sindical Europea sobre la nueva Directiva sobre Información sobre Sostenibilidad de las empresas.

    Una información correcta sobre los impactos sociales de las empresas (relevante, clara y comparable) tiene una importancia vital para el nivel del protección social europeo . En España, más aun, dado el avance de la desigualdad y disminución del nivel de protección social (en estos días se ha puesto de manifiesto la necesidad de elevar el nivel de recursos en el debate de las pensiones). Una información clara sobre la ‘huella fiscal’ de cada empresa sería fundamental para terminar de una vez con la evasión y la elusión fiscal. Pero todo esto dependerá de la aplicación de esta directiva, que se caracteriza por su ambigüedad. Nos tememos que además, la transposición a la legislación española, sea más ambigua aun. Por ello es necesaria una labor de información a los representantes de los partidos políticos sobre la importancia de este tema. Ejerceremos pues la máxima presión institucional y mediática.

    La Directiva 2014/95 / UE trata sobre la divulgación de información no financiera y la diversidad de determinadas empresas y grandes grupos empresariales. Pretende mejorar la transparencia de determinadas grandes empresas de la UE (unas 6.000 en una primera fase) en materia de información no financiera, y se centra en la divulgación de información relevante.

    La directiva también puede suponer un cambio transcendental para la participación de los representantes de los trabajadores en la empresa, en relación a los derechos de información y consulta, y por ende, en el futuro de la democracia. Con la entrada en vigor de la Directiva, los informes sociales (de RSE o cualquier otra denominación) se convierten en obligatorios. Hasta ahora, estos informes ha sido sobre todo instrumentos de relaciones públicas. La directiva afectará, y tal vez estructurará significativamente, el diálogo social en las empresas afectadas, abriendo un nuevo capítulo de las relaciones de trabajo en Europa.

    Hasta ahora, las memorias de RSE (Información no financiera) han sido la mayoría instrumentos de publicidad o de defensa de reputación y marca. O, dada la crisis de credibilidad existente, no se ha valorado la existencia de indicadores y datos de interés.

    Por ejemplo, hasta ahora, para la RSE, los trabajadores de las cadenas productivas son prácticamente invisibles: call centers, empresas multiservicios, falsos autónomos, camareras de pisos, nuevas realidades del mundo del trabajo (muy ligada a los abusos relacionados con la economía colaborativa). Mucho más cuando se externaliza en países que ni han ratificado las Normas de la OIT (Ver artículo). Y qué decir de calidad de empleo, o riesgos psicosociales, o, sobre todo, desigualdad salarial (que no ha parado de aumentar durante la crisis y que tiene mucho que ver con su origen –la crisis de los incentivos perversos-)

    La Directiva indica que las empresas que estén obligadas a preparar un estado no financiero deben incluir :

    • En lo relativo a las cuestiones medioambientales, los detalles de los impactos actuales y previsibles de las operaciones de la empresa sobre el medio ambiente, y, en su caso, en la salud y la seguridad, el uso de las energías renovables y / o no renovables, las emisiones de gases de efecto invernadero, el uso del agua y la contaminación del aire.
    • En cuanto a los asuntos sociales y laborales: las medidas adoptadas para garantizar la igualdad de género, la aplicación de los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, las condiciones de trabajo, el diálogo social, el respeto por el derecho de los trabajadores a ser informados y consultado, el respeto de los derechos sindicales, la salud y la seguridad en el trabajo y el diálogo con las comunidades locales, y / o las medidas adoptadas para garantizar la protección y el desarrollo de las comunidades.
    • Con respecto a los derechos humanos, la lucha contra la corrupción y el soborno, la declaración no financiero podría incluir información sobre la prevención de las violaciones de los derechos humanos y / o sobre instrumentos contra la corrupción y el soborno.

    Los días 14 y 14 participamos como expertos (en colaboración con el Instituto ISTAS)  en un encuentro sindical europeo en el que se está abordando el proyecto de trabajo en torno a esa directiva. El mismo día 15, el Observatorio de la RSC organiza un encuentro con los partidos políticos para tratar la transposición de esta directiva en España, que debe hacerse antes de fin de año. Será en Madrid, en la sede del ICADE, a las 18:30. Asistencia libre. Inscripción, aquí.

    Aportamos este documento a dicho encuentro (artículo/informe en nuestro blog) 


    @jcarlosgonz
  • TRATAMIENTO FISCAL DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR MATERNIDAD

    Comentario
    de la 2ª Sentencia del TSJ de Madrid

    En el Boletín de CCOO-Servicios se ha publicado un informe sobre la
    Sentencia del TSJ de la Comunidad de Madrid en relación a la fiscalidad de la
    prestación económica por maternidad.

    Esta
    sentencia no es firme y solo tiene un antecedente que conozcamos; se trata de
    otra sentencia dictada por la misma Sala y Sección del TSJ de Madrid el 3 de
    febrero de 2010 con fundamento y argumentación básicamente iguales.

    Por
    tanto, hasta la fecha, tenemos un pronunciamiento aislado que no vincula a los
    demás Juzgados y Tribunales y cuya
    revisión por vía de recurso de casación ya ha sido anunciada en los medios por
    la Administración Tributaria.

    La
    Sentencia puede ser muy discutida jurídicamente, por lo que existe la
    posibilidad de que este criterio interpretativo no sea compartido por otros
    Tribunales Superiores
     de
    Justicia o por el propio Tribunal Supremo.

    Para
    aquellas beneficiarias de la prestación, si no han transcurrido los cuatro
    años de prescripción establecidos en la ley y estáis interesadas en comentar
    las posibilidades de reclamación de la devolución del impuesto
    , os pedimos
    que os pongáis en contacto con la sección sindical estatal de CCOO-BMN mediante
    correo electrónico a grupobmn@servicios.ccoo.es

    ESTAMOS CCOONTIGO

    Porque
    son muchas las
    razones,
    afíliate

    a
    CCOO

    Descargar comunicado en PDF

  • CCOO SIGUE GANANDO SENTENCIAS PARA EL RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD

    Ante un tiempo en que la mayoría
    sindical parece haber olvidado la defensa de los derechos de la plantilla,  son los Tribunales quienes están
    dando la talla.

    Tras la gran victoria de la anulación
    del acuerdo de externalizaciones
    , injusto y excesivo, que sirvió
    para destruir empleo (no lo decimos nosotros, lo dice la sentencia), estamos
    viendo como, este año 2016, está siendo fructífero en el reconocimiento por los
    Juzgados del tiempo efectivo
    con contratos eventuales a los efectos de la promoción por experiencia
    , del
    que CCOO os
    hemos informado en
    ocasiones anteriores.

    A los
    juicios ya ganados en Jaén, Granada, Murcia y Baleares se han unido
    hasta una docena más de demandas resueltas favorablemente en 2016, para
    que se aplique la jurisprudencia asentada en la materia
    .

    Estas demandas, han supuesto para el
    Banco tener que pagar más de 25.000? a estas compañeras y
    compañeros por salarios adeudados; deuda fruto del retraso indebido,
    por parte de la empresa, del momento de acceder al nivel superior, al no considerar los periodos de
    contratación eventual a los efectos de promoción por experiencia.

    Es un tema resuelto por el Tribunal
    Supremo pero el Banco, deliberadamente, no lo aplica a pesar de conocer lo
    incorrecto de su proceder. Aproximadamente 20
    juicios perdidos por BMN en esta materia
    . Se ha llegado a sancionar con una multa a BMN
    por la temeridad de obligar al trabajador a demandarle, en un tema en el que conocía que el derecho
    amparaba la postura del compañero.

    Te animamos a que te pongas en
    contacto con CCOO si crees que este tema te puede
    afectar. ¿Qué sentido tiene luchar por obtener nuevos derechos, ventajas
    laborales, si luego no
    reclamas los tuyos?
     Además.
    la postura del Banco está suponiendo un enriquecimiento injusto, fruto de los salarios que deberían
    estar pagando a las personas afectadas por este tema y que solo pagan si se ponen estas demandas
    .

    ESTAMOS CCOONTIGO

    Porque
    son muchas las
    razones,
    afíliate

    a
    CCOO

    Descargar comunicado en PDF

  • EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA EL ACUERDO DE EXTENALIZACIONES DE BMN Y ENERGUIA WEB

    UNA VEZ MÁS, LOS TRIBUNALES CORRIGEN
    LA ACTUACIÓN DEL BANCO

    La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por BMN y Energuia Web SAU (filial de la multinacional Accenture) contra la sentencia de la Audiencia Nacional (demandas iniciadas por UOB y CCOO), que resolvió declarando nulo el Acuerdo de Externalizaciones, como os comunicamos en su día.

    CCOO rechazó el contenido del acuerdo, de
    lo que dimos cuenta en uno de los múltiples comunicados publicados, como rechazó igualmente el «copia y pega« de la externalización con la empresa DOCOUT (también en proceso judicial y que
    correrá la misma suerte)
    , por la  cabezonería de los representantes en Mesa del
    sindicato UGT y sus socios (agrupados actualmente en SESFI-CSICA), alineados con BMN en sus postulados
    jurídicos.

    Y ahora ¿cómo va a compensar BMN el
    daño a las compañeras y compañeros que tuvieron que pedir la cuenta ante una
    situación insostenible laboral y personal, con un destino injustificado en
    Murcia, o que presentaron demandas y permanecen en estas empresas low cost (subcontratas de multinacionales)
    desde hace dos años esperando su retorno?

    En CCOO  lo hemos dicho y lo repetimos, la Dirección de
    BMN debe cambiar radicalmente su actitud en lo que a recursos humanos
    (personas) se refiere, debe abstenerse de más decisiones irracionales y
    perjudiciales para la plantilla. Alguien debe mantener a esta Dirección en 
    funciones
    ante tanto descrédito manifiesto.

    ESTAMOS CCOONTIGO

    Porque
    son muchas las razones,
    afíliate
    aCCOO

    Descargar comunicado en PDF