Categoría: Legal Vítaly

  • Los estados miembros de la UE deben obligar a los empresarios a implantar un sistema que permita computar la jornada laboral diaria

    Madrid, 14 de mayo de 2019. Tras un recurso de la Federación de Servicios de CCOO para que se declarara la obligación de Deutsche Bank de establecer un registro de la jornada laboral diaria, el TJUE ha sentenciado hoy que los Estados miembros tienen la obligación de implantar un sistema objetivo, fiable y accesible que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador. 

    El Tribunal recuerda que el trabajador debe ser considerado la parte débil de la relación laboral, de modo que es necesario impedir que el empresario pueda imponerle una restricción de sus derechos. Asimismo, observa que, sin un sistema que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador, no es posible determinar de manera objetiva y fiable el número de horas de trabajo efectivas ni su distribución en el tiempo, como tampoco el número de horas extraordinarias, lo que dificulta en extremo, cuando no imposibilita en la práctica, que los trabajadores logren hacer respetar sus derechos. 
     
    Esta sentencia deja claro que el marco legal español anterior (el existente cuando CCOO Servicios interpuso la demanda) no se ajustaba a la legislación europea. Es decir, ya no hay marcha atrás, gobierne quien gobierne. 
     
    En CCOO estamos muy satisfechos de que el largo periplo judicial haya culminado en una sentencia que respalda a las y los trabajadores y defiende inequívocamente sus derechos, obligando a los Estados a legislar para garantizarlos.
     
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  • ¿Cómo obtener el informe de vida laboral en un minuto?

    Instrucciones sobre cómo obtener el informe de vida laboral tan solo en un minuto.

    1 En la Sede Electrónica de la Seguridad Social, al pié de página pinchar en "Servicio vía SMS" ó "Acceso al servicio"
    3 Rellenar los campos que solicitan:

    •  "DNI/NIE", 
    • "Número de afiliación a la Seguridad Social" (sólo números), 
    • "fecha de nacimiento" y 
    • "número de teléfono móvil".
    4 En el teléfono móvil se recibirá inmediatamente un SMS con un código que se deberá introducir en la pantalla siguiente en el apartado "Introduzca su contraseña" y "Aceptar".
    Una vez hecho esto se tendrá el certificado listo para imprimir, en formato PDF.
     
     
                                                                                           
  • ASPREN, ASPA y ANEPA, obstaculizan la Negociación

    Tras cinco reuniones de la Mesa Negociadora, las patronales ASPREN, ASPA y ANEPA demuestran la falsedad de sus supuestas buenas intenciones, dificultando el proceso y evitando el avance.

    El pasado 21 de marzo se celebró la quinta reunión de la mesa negociadora del III Convenio Colectivo Sectorial de los Servicios de Prevención Ajenos, en la que tanto CCOO como UGT contamos con 6 representantes y ELA, LAB y CIG tendrían 1 representante, aunque los sindicatos nacionalistas nunca se han presentado. 

     
    En las dos primeras reuniones se produjo la constitución oficial de la mesa y la fijación de los porcentajes de representatividad, que en la bancada empresarial quedó establecida en un 59% para ASPREN y un 20,5% para cada una de las organizaciones empresariales ASPA y ANEPA, aunque en la práctica requieren unanimidad en sus propuestas y para la toma de decisiones, cuestión que ya entorpeció enormemente la negociación anterior. 
     
    La negociación no ha comenzado con buen pie, puesto que las patronales mantienen una posición inflexible en un tema tan elemental como el crédito horario, cuestión más que superada en cualquier negociación colectiva. Para CCOO, las personas que conforman la mesa negociadora deben pertenecer al sector de los servicios de prevención ajenos y, tal y como establece el artículo 9.2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical: Los representantes sindicales que participen en las comisiones negociadoras de convenios colectivos, manteniendo su vinculación como trabajador en activo en alguna empresa, tendrán derecho a la concesión de los permisos retribuidos que sean necesarios para el adecuado ejercicio de su labor como negociadores
     
    Sin embargo, ASPREN, ASPA y ANEA, pretenden interferir en el derecho a la libertad sindical de las plantillas del sector, recortando drástica e injustificadamente el volumen del crédito horario con respecto a la negociación del II Convenio e intentando imponer topes en su distribución por patronal, por empresa y por persona. 
     
    Por si esto no fuese suficiente, y mientras desde las organizaciones sindicales hemos ofrecido varias propuestas alternativas, las patronales se mantienen estancados en su primera propuesta, lo que pone de manifiesto la ausencia de buena fe que debe imperar en cualquier proceso negociador, flexibilizando las propuestas en la búsqueda de acuerdos equilibrados. 
     
    Resulta preciso resaltar que la asistencia a la mesa es sólo una de las funciones que deben desempeñar las personas que la integran y que, siendo muy importante, ocupa sólo una pequeña parte de su tiempo, pues resulta igual esencial la labor de análisis y preparación de propuestas, la interrelación con nuestros delegados y delegadas de personal para conocer las inquietudes y problemática de las personas a las que representan, así como el asesoramiento y vigilancia sobre la correcta aplicación de las condiciones laborales y las cargas de trabajo.
     

    Cargas de Trabajo de las que parece que las patronales no quieren oír hablar, pues en el Observatorio Sectorial vienen manifestando reiteradamente que esta no debería ser una cuestión a valorar. Sin embargo, para CCOO la evaluación de las cargas de trabajo y su gestión se encuentra directamente relacionadas con la calidad del servicio que se ofrece, y por consiguiente, con la imagen que los SPA tienen en el propio sector y de cara a la sociedad, cuestión que conforma uno de los tres objetivos estratégicos del Observatorio.
     
    Entre tanto, y tras haber remitido una comunicación conjunta a las autoridades sanitarias de las distintas Comunidades Autónomos y del Ministerio de Sanidad denunciando la ausencia de profesionales sanitarios con la especialidad de trabajo que permitan cubrir las necesidades del sector y cumplir con los ratios legales, desde el Observatorio Sectorial estamos trabajando para vigilar la correcta aplicación del Convenio, el enriquecimiento de las funcionalidades del registro SERPA y la elaboración de un mapa del sector. 
     
    Ante la imposibilidad de avances, hemos postergado la fecha de la próxima reunión de la comisión negociadora al 23 de abril, esperando que las patronales se replanteen su forma de actuar y demuestren su voluntad real e inequívoca de negociar el III Convenio Colectivo Sectorial de los Servicios de Prevención Ajenos.
  • OBLIGATORIEDAD DEL REGISTRO DE JORNADA

    Este martes 12 de marzo de 2019 se publicará en el BOE, el RDL que regula el registro de jornada de trabajo y modificará el Estatuto de los Trabajadores

     

     

    El Real Decreto-Ley modifica el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores para establecer la obligatoriedad de registrar la obligatoriedad de que las empresas registren la jornada laboral 

    De esta forma, se garantizará el cumplimiento de los límites del horario de trabajo y se posibilita el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se facilita, así, la resolución de discrepancias en cuanto a la jornada y por tanto, sobre el salario.

    Ese registro de jornada será establecido en la negociación colectiva, entre la empresa y los sindicatos. Deberá incluir el inicio y finalización de la jornada, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.

    Una medida que habría que implementar si el TJUE mantiene las tesis del Abogado General del Tribunal de Justicia Europeo, Giovanni Pitruzuella que señaló recientemente la necesidad de contar con una fórmula para la medición de esa jornada. Y cuya resolución se espera para este año.

    Hace poco más de un año, la Audiencia Nacional también se pronunció a favor del registro de las horas de trabajo.

    A este respecto estamos a vuestra disposición para cualquier duda que os podamos resolver respecto a horarios, horas extras, jornada laboral, etc.

    Si tenéis cualquier duda al respecto, lo podéis comentar contestando a este email de la cuenta 

    consultanos2015@gmail.comSeccionsindicalCCOO@cualtis.com

    Os seguiremos informando,

     Atentamente,

  • Días de libre disposición

    Desde CCOO venimos detectando en los últimos tiempos diversas incidencias con los días de libranza que establece nuestro acuerdo de empresa de Caultis, cuyo uso tratan de limitar algunas jefaturas fijando normas para su disfrute que no se contemplan en ningún lugar. Así pues, resulta conveniente recordar cuál es la regulación que se aplica.

    Desde CCOO queremos recordar que todas las personas que trabajamos en Cualtis tenemos derecho a disfrutar de estas libranzas, que no precisan de justificación alguna para su disfrute; son de libre disposición

    Los 6 días de libranza anuales que contempla la jornada general se regulan en el artículo 5.2 de nuestro acuerdo de empresa, que establece:

    5.2. Días de libranza: Los trabajadores tendrán derecho cada año, a seis días laborales libres, que podrán disfrutar, previa solicitud, con una antelación mínima de cinco días laborales. Al momento de conceder el disfrute de estos días, se tendrá en cuenta que se procurará que los mismos se acumulen a los 4 puentes existentes cada año, en todo caso tres de los seis días se deberán disfrutar acumulándolos a los puentes o vacaciones, según corresponda.

    La afirmación de que no se autoriza días de libre disposición no sólo es injustificada, sino que no se apoya en norma alguna y contradice las propias instrucciones dadas por RRHH. Las necesidades del servicio, a meses vista, no son válidas. Por tanto, no son legítimas ni aceptables las respuestas negativas, imperativas e injustificadas de algunos responsables. Ser ecuánime, debe ser el primer presupuesto de la exigencia.

    Nuestro acuerdo lo deja bien claro, basta ya de interpretaciones partidistas e interesadas. Si alguno de vosotros tenéis problemas con este tema os animamos a poneros en contacto con el delegado o delegada de CCOO más cercano para solucionarlo.

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    EL JEFECILLO