Categoría: legislacion capgemini

  • Vacaciones ¿previsión o realidad?

    Como cada año, la empresa ha comenzado a  solicitarnos imputar todos los días de vacaciones con el objetivo de tener una previsión de las mismas. Pero recuerda, la imputación en PON no es una previsión, es una solicitud formal y por tanto debemos poder realizarla con todas las garantías.

    Recuerda que el PON es la herramienta oficial de la compañía para la solicitud de las vacaciones y por tanto dejan de ser estimatorias para pasar a definitivas en el momento en que el responsable las aprueba. Si lo que pretendes es dar una estimación, recomendamos acompañar esta solicitud formal con un correo a tu responsable informando de la provisionalidad de las mismas. En este sentido recuerda que:

    • Para el colectivo Sogeti 2010 y 2019, el tiempo de aprobación es automático y oscila entre 7 y 15 días naturales desde su solicitud. 

    • Para el colectivo General, las vacaciones quedan aprobadas cuando lo realice el responsable. En su defecto, será automática dos meses antes de la fecha.

    • Para el colectivo Altran no hay un acuerdo que regule esta materia, si bien el tiempo para su aprobación aplicaría el mismo que al colectivo general.

    Una vez aprobadas puede no haber posibilidad de cambio por una de las partes.

    Para poder garantizar que las peticiones se ajustan a la realidad hemos solicitado a la Dirección la apertura en PON del mes de Enero de 2025 para que todos aquellos/as compañeros/as  que vayan a disfrutar de algún día durante ese mes lo puedan solicitar de acuerdo a las diferentes normativas de su colectivo:

    • Colectivo General/Adecco: un máximo de 4 días y hasta el 15 de enero.

    • Colectivo Altran, Sogeti 2010/2019: sin máximo de días y hasta el 31 de enero.

    Mientras no esté abierto enero 2025 aconsejamos no imputar los días que ibas a solicitar en ese mes en fechas distintas para evitar posibles problemas posteriores.

    ¿Cuándo están mis vacaciones aprobadas? Cuando están aprobadas en PON o bien cuando han vencido los plazos de aprobación automáticos que existen para cada colectivo aunque en PON puedan seguir en estado Pendiente.

    Sobre este punto es importante destacar que para todos los colectivos, a excepción de Altran, se contempla que la denegación debe efectuarse por escrito indicando los motivos. Por lo que una denegación verbal no tiene validez alguna y no interrumpe el plazo de aceptación de las mismas.

    Además, existen situaciones especiales a tener en cuenta, y puedes consultar nuestras FAQ o ponerte en contacto con algunas de nuestras delegadas/os ante cualquier duda que puedas tener.

     

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    Para más información sobre éste y otros temas, no dudes en contactar con nosotros:

  • Legislación

    {tab=Estat. de los Trabajadores} 

    El Estatuto de los trabajadores fue aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 10 de marzo de 1980 y modificado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.1 La Constitución española de 1978, establece:

    1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. Siendo el mejor estatuto hasta la hora visto en el momento.
    2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.
    Esta versión en soporte electrónico de la Edición Conmemorativa del 25 Aniversario del Estatuto de los Trabajadores, reproduce fielmente el contenido de la publicada en 2005 en formato libro. Con el objetivo de que esta edición pudiese aportar un plus de utilidad al lector que acuda a ella para su consulta , el contenido del número 3 del Sumario ofrece juntos el texto inicial de la Ley 8/1980 y el texto legal vigente en el momento de la edición, mencionándose en éste último las normas modificadoras de los distintos preceptos.  

    Ver

    {tab=Conv Col TIC} 

    XVI Convenio Colectivo Estatal de empresas consultoras de planificación, organización de empresas y contable, empresas de servicios de informática y de estudios de mercado y de la opinión pública (2007-2009)

    Ver

    {tab=Conv Col Ofic. y Desp. Madrid} 

    Convenio Colectivo del sector de Oficinas y Despachos en la Comunidad Autónoma de Madrid (2009-2012)

    Ver

    Ver tablas salariales

     

    {tab=Ley de Prevención} 

    Desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en 1996, los conceptos de prevención, seguridad y salud en el trabajo, los derechos y obligaciones de trabajadores y empresarios al respecto han ido abriéndose un espacio propio, tanto en la sociedad como en las relaciones laborales en nuestro país. El desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales ha establecido las bases de un marco normativo, que pone en valor el diálogo social como instrumento para el compromiso y el consenso de los agentes sociales para así avanzar en la mejora de las condiciones de trabajo. 

    Ver

    Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos con Pantallas de visualización La presente Guía técnica proporciona criterios y recomendaciones que pueden facilitar a los empresarios y a los responsables de prevención la interpretación y aplicación del RD 488/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo que incluye pantallas de visualización, especialmente en lo que se refiere a la evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores involucrados y en lo concerniente a las medidas preventivas aplicables.   Ver

     

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