Categoría: MATERNIDAD Y PATERNIDAD

  • A partir del 1/1/2021 quedan igualados los permisos de maternidad y paternidad.

    A partir del 1 de enero de 2021 quedarán igualados los permisos de maternidad y paternidad.

    Serán de 16 semanas, las 6 primeras de obligado disfrute tras el nacimiento o adopción para ambos progenitores. Las 10 semanas restantes se pueden distribuir, igualmente, a lo largo de los primeros 12 meses. 

    Una vez equiparado el permiso no será posible la cesión de semanas entre los progenitores. 

    EQUIPARACIÓN TOTAL DE LOS PERMISOS DE PATERNIDAD Y MATERNIDAD EN 2021 

    Permiso paternidad 2021

    Durante el año 2020 el permiso de paternidad ha sido de 12 semanas, de las cuales las cuatro primeras se deberán disfrutar tras el parto. El resto ha podido disfrutarse en cualquier momento dentro del primer año

     . permiso paternidad

  • La justicia reconoce a una madre soltera el derecho: Acumular permiso de maternidad y paternidad

    ElEconomista – La justicia reconoce a una madre soltera el derecho a 24 semanas de permiso por maternidad y paternidad

    EspacioAsesoría – Derecho de familias monoparentales a disfrutar 24 semanas por nacimiento y cuidado de hijo

    • "Las familias monoparentales son las grandes olvidadas en conciliación"
    • Madres y padres tienen 16 y 12 semanas de baja
    • Los planes del Gobierno pasan por ampliar esa baja a 16 semanas en 2021

    El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reconocido el derecho de una unidad familiar monomarental a disfrutar de las mismas semanas de prestación por nacimiento y cuidado de hijos que las familias con dos progenitores.

    Consulta la noticia completa en El Economista

  • Trabajo prorrogará la adaptación y reducción de jornada a instancia del trabajador

    CincoDías – Trabajo prorrogará la adaptación y reducción de jornada a instancia del trabajador

    ElMundo – Los padres sólo podrán coger baja laboral si su hijo da positivo por Covid, pero no si lo envían a casa por cuarentena

    20Minutos- Sánchez da marcha atrás e insiste en que los padres con hijos en cuarentena reduzcan jornada en lugar de tener baja

    El inicio del curso escolar, coincidiendo con la crisis de los rebrotes de contagios de Covid-19 ha puesto encima de la mesa la más que factible situación de que se produzcan numerosos cierres de centros escolares, donde se detecte transmisión descontrolada del virus.

    El Ejecutivo piensa prorrogar el plan Mecuida, que ya incluía una serie de cambios legislativos para que los padres con hijos contagiados o, tras el cierre de los colegios, pudieran seguir a su cargo sin dejar de trabajar, solo mediante la adaptación o reducción de su jornada, fundamentalmente.

    La reducción de jornada debe comunicarse a la empresa con 24 horas de antelación y es un derecho individual de cada uno de los cuidadores. 

    Consulta la noticia completa en CincoDías

    Infografía – Plan Me Cuida

  • Las empresas empiezan asumir el coste de canguros para sus empleados con hijos

    VozPopuli – Las empresas empiezan asumir el coste de canguros para sus empleados con hijos

    Tratan de poner remedio a la caída de la productividad de los trabajadores que tienen que teletrabajar al tiempo que cuidan a sus hijos.

    De esta forma, garantizan que sus empleados vuelven a trabajar a pleno rendimiento, sin tener que ocuparse de sus hijos al tiempo que intentan mantener el ritmo de trabajo, 

    Teletrabajar a jornada completa, con niños en casa sin colegio, no es viable para la mayoría de familias.

    Consulta la noticia completa en VOZPOPULI

  • Lo que debes saber sobre el nuevo permiso de paternidad

    El pasado 1 de enero de 2020 entró en vigor el nuevo permiso de paternidad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento que, a través de la ampliación aprobada en el decreto ley de igualdad de oportunidades en el empleo, aumenta a 12 semanas en este año.

    A él pueden acogerse todos los trabajadores que se conviertan en padres a partir de esa fecha y hasta 2021, cuando el permiso se ampliará hasta las 16 semanas, igualándose con el de maternidad.

    ¿Quién tiene derecho a este permiso?

    Todos los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social, tanto en el régimen general como en los regímenes especiales, siempre y cuando haya cotizado un mínimo de 180 días durante los siete años anteriores al comienzo del permiso o, en su defecto, al menos 360 días a lo largo de toda su vida laboral.

    ¿Cuál es su duración?

    Desde el 1 de enero de 2020, la duración total es de 12 semanas (más dos que puede ceder la madre de su periodo no obligatorio). De forma obligatoria, serán cuatro semanas ininterrumpidas a jornada completa, inmediatamente posteriores al parto. Las ocho semanas restantes son voluntarias y pueden ser continuadas o interrumpidas por periodos semanales, en régimen de jornada completa o parcial, hasta que el o la menor cumpla un año. En caso de partos múltiples, se podrá ampliar en una semana para cada progenitor o progenitora por cada hijo o hija a partir del segundo. Si el hijo o hija tiene una discapacidad, se ampliará una semana para cada progenitor o progenitora. Y, en caso de parto prematuro y hospitalización superior a siete días tras el parto, la ampliación puede darse hasta un máximo de 13 semanas. En el caso de adopción o acogimiento, el permiso se puede generar si el niño o niña es menor de seis años o si es menor de 18 años con un grado de discapacidad superior al 33% y se generarán 16 semanas de permiso para ambos adoptantes, seis de las cuales deben ser disfrutadas obligatoriamente tras la resolución judicial o administrativa que apruebe la adopción.

    ¿Es posible distribuirlo a jornada parcial?

    Sí, pero requiere un acuerdo previo con la empresa, que puede celebrarse tanto al inicio del permiso como en un momento posterior y puede extenderse a todo el periodo de descanso o a parte del mismo.

    ¿Cuánto se cobra durante el permiso?

    Al ser un permiso retribuido, durante las 12 semanas se cobra el 100% de la base reguladora, tomándose como referencia la última nómina antes del nacimiento y sin incluir los pluses salariales. El pago le corresponde a la Seguridad Social, no a la empresa.

    ¿Cómo solicitar el permiso de paternidad?

    Tras el nacimiento, hay que pedir a la empresa la documentación correspondiente. Para poder calcular qué prestación corresponde, en el documento debe aparecer el importe de la última nómina. Además, hay que presentar en cualquier oficina de la Seguridad Social el Modelo de solicitud de prestación de paternidad (que se puede obtener por internet), acompañado de certificado de nacimiento, original y fotocopia del DNI, certificado de empresa, última nómina, libro de familia y número de cuenta bancaria.

    ¿Tengo derecho a la reserva de mi puesto de trabajo?

    Sí, y la reincorporación, según el artículo 48.1 del Estatuto de los Trabajadores, debe ser al mismo puesto de trabajo y con la misma jornada, a no ser que se haga uso del derecho a la reducción de jornada previsto en el artículo 37 del ET.

    ¿Qué pasa con las vacaciones no disfrutadas durante el permiso?

    No se pierden y se pueden disfrutar en un periodo distinto al del permiso.

    ¿Pueden despedir al trabajador o trabajadora durante el permiso?

    Sí, pero el motivo del despido debe acreditarse por motivos no relacionados con esa causa.

    ¿Se puede ceder el permiso a la madre biológica?

    No, este derecho es individual de la persona trabajadora y no puede transferirse su ejercicio, por lo que si no se disfruta se perderá.

    ¿Se paga IRPF durante el permiso?

    No. Tanto el permiso de maternidad como el de paternidad están exentos de pagar IRPF. Esta medida tiene carácter retroactivo, por lo que si entre el 2014 y el 2017 el importe de la baja fue retenido puede reclamarse su devolución a través de internet.

    permiso paternidad