Categoría: Mujeres e Igualdad

  • Propuesta de CCOO: Medidas de conciliación

    En este correo os detallamos las medidas de conciliación que ha propuesto CCOO en la decimoquinta reunión de negociación celebrada hoy, 20 de diciembre:
    • Flexibilidad horaria (entre las 7:00 y las 9:30)
    • Complemento hasta el 100% del salario desde el primer de día de baja por  incapacidad temporal
    • Complemento hasta el 100% del salario desde el primer día de baja por maternidad/paternidad
    • Mejora y ampliación de diferentes permisos retribuidos (hospitalización, fallecimiento…)
    En definitiva, CCOO quiere que este Plan de Igualdad suponga una mejora más y una ayuda a las personas que trabajamos en Indra que permita conciliar nuestra vida laboral y familiar, respondiendo a nuestras necesidades reales.

    Estimad@s compañer@s,

    En este correo os detallamos las medidas de conciliación que ha propuesto CCOO en la decimoquinta reunión de negociación celebrada hoy, 20 de diciembre:

    • Entrada de 7:00 a 9:30:

    CCOO ha propuesto que se permita una flexibilidad horaria tanto de entrada (entre las 7:00 y las 9:30), como en la comida (entre 30 minutos y 2 horas) y en la salida, que irá en función de la hora a la que se haya iniciado la jornada laboral y el tiempo que se haya dedicado a comer.

    Consideramos que esta medida permitirá a las personas trabajadoras de Indra un mejora considerable en cuanto conciliación se refiere, evitando entre otras cosas la necesidad de solicitar reducciones de jornada para poder conciliar.

    • 100% del salario desde el primer día de baja por enfermedad hasta los 18 meses:

    CCOO ha solicitado que se complemente hasta el 100% del salario desde el primer de día de baja por  incapacidad temporal, y sin merma alguna por ninguna razón o circunstancia, hasta los 18 meses de duración de la baja.

    • 100% del salario desde el primer día de baja por maternidad o paternidad:

    De igual forma, hemos solicitado que se complemente hasta el 100% del salario desde el primer día de baja por maternidad/paternidad, sin merma alguna por ninguna razón o circunstancia.

    Desde CCOO consideramos que la salud es lo primero y, por ello, hemos trasladado a la empresa que la recuperación de un proceso de incapacidad temporal, o la propia baja por maternidad/paternidad, no pueden suponer para la persona trabajadora una preocupación adicional por una merma en sus condiciones salariales.

    • Mejora y ampliación de diferentes permisos retribuidos:
      • Permiso en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de familiares hasta 2º grado de consanguinidad/afinidad, o persona conviviente en el mismo domicilio (aunque no exista parentesco): 5 días laborables o 7 laborables en caso de desplazamiento
      • Permiso por fallecimiento de familiares de primer grado: 
        • De consanguinidad: 5 días laborables, dos más en caso de desplazamiento.
        • De afinidad: 4 días laborables, dos más en caso de desplazamiento.
        • Cuando se trate del fallecimiento de un hijo/a el permiso será de 10 días laborables o 12 en caso de desplazamiento.
      • Permiso por fallecimiento de familiares de segundo grado de consanguinidad/afinidad:
        • 3 días laborables, 2 más en caso de necesitar desplazamiento.

    En los permisos por fallecimiento, si el hecho causante sucede durante la jornada de trabajo, se considerará que el inicio del mismo comenzará a contar a  partir del primer día laborable siguiente al fallecimiento.

    En todos los permisos retribuidos se ha pedido que se reduzca la consideración de desplazamiento a la distancia que supere los 100km por trayecto (actualmente son 150 Km).

    Por otro lado, se han planteado múltiples mejoras en cuanto a conciliación se refiere, relacionadas con posibilidad de teletrabajo o reducción de jornada en ciertas circunstancias, permisos sin sueldo (generarán días de vacaciones), tiempo para exámenes (incluyendo examen de conducir), para acudir o acompañar al médico, ayudas económicas para ciertos colectivos con situaciones especiales…

    A la espera de una serie de medidas exclusivas para el colectivo de Indra BPO Servicios e Indra BPO estas son las medidas más destacadas que desde CCOO hemos planteado para todas las empresas del Grupo implicadas en el plan.

    Os iremos detallando en comunicados posteriores (por no alargarnos más), las diferentes medidas que hemos propuesto en la mesa de negociación y que hemos trasladado hoy por escrito.

    Para aquellas personas que queráis conocerlas en detalle, os enviamos como documento adjunto, la totalidad de medidas propuestas por CCOO.

    En definitiva, CCOO quiere que este Plan de Igualdad suponga una mejora más y una ayuda a las personas que trabajamos en Indra que permita conciliar nuestra vida laboral y familiar, respondiendo a nuestras necesidades reales.

    Esta propuesta va dirigida a la consecución de uno de nuestros objetivos prioritarios desde hace años, que todas las personas trabajadoras en Indra tengan las mismas oportunidades y trato, en cuanto a Igualdad se refiere.

    Seguiremos informando.

    Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es.

    Cuida de tu trabajo ¡Afíliate!
    Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra

    Propuesta de Medidas de conciliación CCOO

  • Decathlon: CCOO no abandona a los tiempos parciales

    En diciembre de 2022, CCOO convocó a la Comisión Paritaria para poner encima de la mesa la discriminación salarial que padecían los tiemposparciales en el salario hora, con respecto a los completos.

    CCOO ha sido la única Organización Sindical que ha hecho suya esta reclamación a diferencia de otras que incluso, firmaron en contra de dicha paritaria, sabiendo que esta discriminación contradecía el dictamen de Igualdad del Estatuto de los Trabajadores entre personas contratadas a tiempo parcial y tiempo completo.

    Posteriormente, en un ejercicio de lavado de cara, Decathlon procedió a eliminar dicha discriminación aprovechando la actualización de las tablas salariales, para evitar que continuara la judicialización iniciada desde CCOO.

    Ha supuesto una mejora de 0.20 ctms/hora para cada persona a tiempo parcial, unos 260€/año para un contrato de 1300 horas/año, pero también ha supuesto que no se abone lo correspondiente a 2021 y 2022, porque la mayoría la tiene el sindicato que apoya TODAS las propuestas de la empresa.

    Desde CCOO no abandonamos a las personas trabajadoras a tiempo parcial, intentamos frenar la pérdida de los derechos laborales que otros aceptan, no obstante, hemos interpuesto demanda de conflicto colectivo de tutela de derecho por vulneración al principio de Igualdad contenido en el Art. 14 de la CE.

    ¡Seguiremos informando y RECUERDA TÚ DECIDES EN QUIEN DEJAS LA DEFENSA DE TUS CONDICIONES DE TRABAJO!!!!

    COMUNICADO (pdf)

  • Permiso por lactancia acumulada

    El RDL 7/2023 de 19/12/23 [ENLACE BOE], reconoce el derecho al permiso de lactancia de forma acumulada en jornadas completas, aunque no esté regulado en el convenio colectivo. Además, se han producido Sentencias importantes sobre el cómputo de este derecho, incluyendo una del Supremo para jornadas parciales.

    Así y aunque ha sido un derecho que hemos conseguido impulsar a través de la negociación colectiva en muchos convenios y planes de igualdad, desde CCOO valoramos de forma positiva este cambio, si bien insistimos al Gobierno que debe abordar en el Diálogo Social la remuneración de las 8 semanas del permiso parental, así como una correcta y completa transposición de la Directiva Europea 2019/1158 sobre Conciliación. 

    A partir de ahora, el permiso para el cuidado del lactante, según el art.37.4 ET, concreta el derecho a 1 hora de ausencia al trabajo hasta que el/la menor cumpla los 9 meses de edad, incrementándose proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.

    Por decisión de la persona trabajadora podrá;

    • Ausentarse durante una hora
    • Dividir en dos fracciones
    • Sustituirla por una reducción de su jornada en media hora.
    • Acumular la hora de ausencia en jornadas completas. (novedad)

    Novedades jurídicas adicionales:

    En relación con este permiso en la fórmula de acumulación de jornada, ya ha habido sentencias de Tribunales Superiores estableciendo que debe quedar referido a días laborales y no a días naturales [ENLACE STSJ NAVARRA].

    Y, con fecha 21/11/23, el Tribunal Supremo ha fallado sobre el cómputo de este permiso para las personas con jornada a tiempo parcial, fijando que debe alcanzar el mismo número de horas que a tiempo completo [ENLACE STS].

    COMUNICADO (pdf) 

  • 3D. DÍA INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    Este domingo, 3 de diciembre, es el momento de reivindicar garantías de acceso a empleos de calidad y el mantenimiento en los mismos. Las 1,9 millones de personas con discapacidad en edad de trabajar tienen una menor participación en el mercado laboral que aquellas sin discapacidad.

     

     

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