Categoría: Mujeres e Igualdad

  • Ley Orgánica de Igualdad (BOE)

    Con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad, la situación de las mujeres en las empre­sas va a tener un antes y un después.

    ver Ley Orgánica de Igualdad

  • 8 de marzo – Día internacional de la mujer trabajadora

    26 03 07 Planes de Igualdad, que van a contemplar necesariamente medidas relacionadas con: – La selección de personal. – Medidas para favorecer la promoción de las mujeres en puestos de responsabilidad donde se encuentran subrepresentadas. – Medidas que permitan una efectiva conciliación de la vida personal y laboral. – Protocolos de prevención y tratamiento del acoso sexual en las empresas. –>Texto

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  • LEY de IGUALDAD entre HOMBRES y MUJERES

    La Ley para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres fue PUBLICADA en el B.O.E. del viernes 23 de marzo, por tanto su efectividad plena lo es desde el día siguiente, 24 de marzo.
    Recordemos sus principales puntos…


    Flexibilidad Horaria
    Art. 34.8 ET Derecho a adaptar la duración y la distribución de la jornada de trabaja para compatibilizar vida familiar y laboral


    Lactancia
    Art.37.4 ET Duración del permiso incrementado en casos de parto múltiple. Acumulación de la hora de lactancia por jornadas completas


    Reducción de jornada
    Art. 37.5 Ampliación de la edad del menor a 8 años
    Jornada mínima a realizar  a 1/8


    Vacaciones
    Art.38.3 No perdida de vacaciones cuando coincidan con la suspensión por maternidad, aunque haya terminado el año natural al que corresponden


    Excedencias
    Art.46.2 Antigüedad mínima para excedencia voluntaria 1 año
    Tiempo mínimo 4 meses no mayor a cinco años


    Excedencia por cuidado de familiares e hijos
    Art.46.3 Posibilidad de disfrutarla de manera fraccionada
    Hasta dos años para cuidado de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad


    Permiso de maternidad. (suspensión del contrato por maternidad)
    Art. 48.4 y 5. Suspensión para el padre en caso de fallecimiento de la madre. No reducción del periodo (16 semanas) en caso de fallecimiento del hijo. Ampliación del periodo para casos de neonatos que requieran hospitalización


    Permiso de paternidad (Suspensión del contrato por paternidad)
    Art. 48 bis 13 días en los supuestos de nacimiento, adopción o acogimiento, ampliables en dos días más por cada hijo a partir del segundo


    Planes de Igualdad
    Art.85.1 y 2 Deber de negociar medidas dirigidas a promover la Igualdad de Oportunidades en las empresas
    Deber de negociar Planes de Igualdad en empresas de más de 250 trabajadoras/es



     

  • Publicada en el BOE, entra en vigor la Ley de Igualdad

    Con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad, la situación de las mujeres en las empre­sas va a tener un antes y un después.

    Ver Ley Orgánica para la Igualdad efectiva entre hombres y mujeres
     

    En el antes, un esfuerzo de muchos años en un ámbito que se consideraba menor y que encontraba escaso eco en nuestra sociedad y ninguno en las empresas. En el antes, era casi imposible ir más allá de la reivindicación y la queja, en el antes, se consideraba hasta con cierta normalidad el que las trabajadoras tuviesen menos oportunidades en la carrera profe­sional o se las relegase después de la maternidad, en el antes, se consideraba que el acoso sexual apenas existía.

    En el después de la Ley, se visualiza un salto de gran relevancia en el tratamiento de la conciliación y la igualdad de oportunidades, deja de ser un tema menor para convertirse en una prioridad y da pasos al establecer el permiso de paternidad para avanzar hacia la corresponsabilidad entre hombres y mujeres en las tareas domésticas; el acceso de las trabajadoras a puestos de responsabilidad, un objetivo ineludible de todas y todos, el acoso sexual, una lacra que se debe erradicar y a la que hay que enfrentarse con decisión.

     

     

    Algunos contenidos de la Ley de Igualdad

  • Aprobación y publicación de la Ley Orgánica para la Igualdad efectiva entre hombres y mujeres

    >> Texto de la Ley Orgánica 03/2007 (BOE 71 – 23/03/07) en PDF (300 K)
    >> Comunicadp Aprobación de la Ley de Igualdad PDF 112 Kb.

    COMFIA-CCOO valora muy positivamente la aprobación de la Ley incorpora propuestas que desde nuestra organización hemos realizado y que estamos seguros van a contribuir a la efectiva igualdad entre hom­bres y mujeres.

    Hoy 15 de marzo ha sido un día decisivo para todas las personas que creemos en una sociedad más justa, más equilibrada, y que traba­jamos día a día para que la Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres sea una realidad. Con la aprobación de la Ley de Igualdad, la situación de las mujeres en las empre­sas va a tener un antes y un después.

    En el antes, un esfuerzo de muchos años en un ámbito que se consideraba menor y que encontraba escaso eco en nuestra sociedad y ninguno en las empresas. En el antes, era casi imposible ir más allá de la reivindicación y la queja, en el antes, se consideraba hasta con cierta normalidad el que las trabajadoras tuviesen menos oportunidades en la carrera profe­sional o se las relegase después de la maternidad, en el antes, se consideraba que el acoso sexual apenas existía.

    En el después de la Ley, se visualiza un salto de gran relevancia en el tratamiento de la conciliación y la igualdad de oportunidades, deja de ser un tema menor para convertirse en una prioridad y da pasos al establecer el permiso de paternidad para avanzar hacia la corresponsabilidad entre hombres y mujeres en las tareas domésticas; el acceso de las trabajadoras a puestos de responsabilidad, un objetivo ineludible de todas y todos, el acoso sexual, una lacra que se debe erradicar y a la que hay que enfrentarse con decisión.

    COMFIA-CCOO valora positi­va­­­mente la aprobación de la Ley, ya que incorpora propuestas que desde nuestra organización hemos realizado y que estamos seguros van a contribuir a la efectiva igualdad entre hom­bres y mujeres. La ley introduce reformas en cuanto a permisos recogidos en el ET, normativa de Seguridad Social, tratamiento del acoso sexual, e implementación de Planes de Igualdad en las empresas, entre otras cuestiones. Los más relevantes son:

    Flexibilidad Horaria

    Art. 34.8 ET

    Derecho a adaptar la duración y la distribución de la jornada de trabaja para compatibilizar vida familiar y laboral

    Lactancia

    Art.37.4 ET

    Duración del permiso incrementado en casos de parto múltiple. Acumulación de la hora de lactancia por jornadas completas

    Reducción de jornada

    Art. 37.5

    Ampliación de la edad del menor a 8 años

    Jornada mínima a realizar a 1/8

    Vacaciones

    Art.38.3

    No perdida de vacaciones cuando coincidan con la suspensión por maternidad, aunque haya terminado el año natural al que corresponden

    Excedencias

    Art.46.2

    Antigüedad mínima para excedencia voluntaria 1 año

    Tiempo mínimo 4 meses no mayor a cinco años

    Excedencia por cuidado de familiares e hijos

    Art.46.3

    Posibilidad de disfrutarla de manera fraccionada

    Hasta dos años para cuidado de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad

    Permiso de maternidad. (suspensión del contra­to por maternidad)

    Art. 48.4 y 5.

    Suspensión para el padre en caso de fallecimiento de la madre. No reducción del periodo (16 semanas) en caso de fallecimiento del hijo. Ampliación del periodo para casos de neonatos que requieran hospitalización

    Permiso de paternidad (Suspensión del contra­to por paternidad)

    Art. 48 bis

    13 días en los supuestos de nacimiento, adopción o acogimiento, ampliables en dos días más por cada hijo a partir del segundo

    Planes de Igualdad

    Art.85.1 y 2

    Deber de negociar medidas dirigidas a promover la Igualdad de Oportunidades en las empresas

    Deber de negociar Planes de Igualdad en empresas de más de 250 trabajadoras/es