Categoría: Mujeres e Igualdad

  • Acuerdo sobre medidas de conciliación de la vida familiar y personal con la laboral

    14 12 05 Acuerdo para favorecer la igualdad de oportunidades y facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar. (PDF:Cast.)

  • Acuerdo de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral en Banco Popular Español


    TEXTO
    INTEGRO EN VERSIÓN PDF

    Reunidos en Madrid a veinticinco de noviembre de 2005,

    De una
    parte, D. …, Consejero Delegado, en representación del Banco Popular Español, SA.

    Y, de otra parte, los representantes de los sindicatos que se citan a continuación:

    Por CC.OO.: Dª. … Secretaria General de COMFIA. CC.OO., D. … Secretario General de la Sección Sindical Estatal de CC.OO. en el Grupo Banco Popular y Dª. … Secretaría de la Mujer de la Sección Sindical de CC.OO. en el Grupo Banco Popular.

    Por U.G.T.: Dª. … Secretaria Sectorial Estatal de Banca de U.G.T., D.
    … Secretario General de la Sección Sindical Estatal de U.G.T. en Banco Popular y Dª. … Responsable del Area de la Mujer de la Sección Sindical Estatal de U.G.T. en el Banco Popular.

    Por SEGRUPO: D. … Secretario General de la Sección Sindical Estatal de SEGRUPO y D. …, Secretario de Organización y Comunicación de la Sección Sindical Estatal de SEGRUPO en Banco Popular.

    Por C.G.T.: D. … Secretario General de la Federación Estatal de Banca de C.G.T. y D. … Secretario de Organización de la Sección Sindical Estatal de C.G.T. en Banco Popular.

    Ambas partes, reconociéndose mutuamente plena capacidad para este acto,

    MANIFIESTAN

    1. Que la dirección del Grupo Banco Popular, continuando con el desarrollo de la política de Recursos Humanos que viene marcando desde hace unos años la línea de actuación en el Grupo, es partidaria de incorporar una serie de medidas para favorecer la necesidad que tiene todo empleado de lograr un adecuado equilibrio entre sus responsabilidades de orden laboral y la debida atención a su vida personal y familiar.

    2. Que las representaciones sindicales firmantes han transmitido a la Dirección de la Empresa, en distintas ocasiones, su preocupación por incorporar medidas efectivas que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral.

    3. Que con el propósito de establecer medidas eficaces para la finalidad pretendida, se han venido manteniendo distintas conversaciones con los representantes de los trabajadores, en las que se han compartido líneas de actuación y criterios para conseguir un marco general más favorable hacia las personas.

    4. Que habiendo alcanzado una situación de consenso sobre el plan de medidas a incorporar, proceden a suscribir el presente

    ACUERDO SOBRE MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA
    VIDA LABORAL, PERSONAL Y

    FAMILIAR.

    Vigencia:

    El presente acuerdo entrará en vigor a la fecha de su firma y tendrá una vigencia inicial hasta el próximo día 31 de diciembre de 2006. Transcurrido este plazo quedará prorrogado automáticamente por sucesivos períodos anuales, salvo que con un mes de antelación, sea denunciado por cualquiera de las partes, en cuyo caso se extinguiría al término del período inicial acordado o al de cualquiera de sus prórrogas.

    Ambas partes reconocen que el conjunto de las medidas siguientes, representan una mejora sobre las establecidas hasta la fecha por Convenio Colectivo.

    En virtud de lo anterior, las medidas de conciliación que ahora se pactan, quedarán automáticamente compensadas y absorbidas por cualquier mejora que por normativa general o por Convenio Colectivo se establezca en el futuro.


    MEDIDAS DE CONCILIACIÓN

    1. Ampliación de la excedencia para atención de familiares.

    Se amplía hasta tres años el período de excedencia que puede solicitar cualquier empleado/a con más de dos años de servicio efectivo en la Empresa, para el cuidado de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por si mismos y no desempeñen actividad retribuida.

    Durante el primer año de excedencia, el trabajador disfrutará del derecho a la reserva de puesto de trabajo y transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente, en un centro de trabajo ubicado en el radio de los 25 kilómetros, a contar desde el centro del municipio y siempre dentro de la misma Dirección Territorial o provincia donde el trabajador prestaba sus servicios al pasar a situación de excedencia.


    2. Excedencia Solidaria.

    Para fines de carácter solidario, todos los trabajadores con más de dos años de servicio efectivo en la Empresa, que no hubieran disfrutado de otro período de excedencia en los siete años anteriores, podrán solicitar hasta un año de excedencia , para fines solidarios debidamente acreditados. Durante este período de excedencia, el trabajador disfrutará del derecho a la reserva de su puesto de trabajo.


    3. Excedencia Formativa.

    Esta medida podrá ser solicitada por todos los empleados/as con más de dos años de servicio efectivo en la Empresa que no hubieran disfrutado de otro período de excedencia en los siete años anteriores. Cada empleado/a podrá disfrutar de hasta un año de excedencia para la finalización de estudios superiores, master o doctorado. Durante este período de excedencia, el trabajador disfrutará del derecho a la reserva de su puesto de trabajo.


    Mantenimiento de las condiciones de empleado en las situaciones de excedencia anteriores.

    Mientras dure cualquiera de las situaciones de excedencia indicadas en los apartados 1, 2 y 3 anteriores, se mantendrán las condiciones especiales para empleados/as en los productos y servicios bancarios. Se exceptúan aquellas bonificaciones sólo aplicables a empleados/as en situación de activo.


    4. Permiso no retribuido para adopción en el extranjero.

    Siempre que se garanticen adecuadamente las necesidades del servicio a criterio de la Empresa, podrá autorizarse un período de licencia no retribuida de hasta un mes de duración, dentro del año natural, para el caso de adopción en el extranjero. Esta licencia podrá ser solicitada por cualquier empleado/a con más de dos años de servicio efectivo en la Empresa.


    5. Ampliación del período de disfrute de las vacaciones.

    Las empleadas que hayan sido madres y los empleados que hayan sido padres y hubieran tomado, al menos ocho semanas del período de suspensión del contrato, podrán disfrutar del período vacacional correspondiente al año de nacimiento del hijo, hasta el 31 de marzo del año siguiente.

    La bolsa de vacaciones correspondiente se liquidará según el importe establecido para el año de nacimiento del hijo.


    6. Ampliación del permiso de maternidad en dos semanas adicionales retribuidas.

    Esta medida se extenderá a todas las empleadas que den a luz, ampliándose en dos semanas remuneradas su descanso maternal, que podrán ser disfrutadas inmediatamente después del período de suspensión del contrato de trabajo por maternidad legalmente establecido.


    7. Sustitución de la hora de lactancia por Licencia Retribuida.

    Las empleadas y empleados que hubieran disfrutado de un mínimo de 10 semanas correspondientes al período de suspensión del contrato en el supuesto de parto, podrán sustituir el derecho que les asiste en aplicación del artículo 27.3 del Convenio Colectivo, por un período de licencia retribuida de diez días laborables, que deberán disfrutarse a continuación de la finalización del período de suspensión del contrato de trabajo de forma inmediata e ininterrumpida. Este período se complementa con otros dos días laborables adicionales que podrán disfrutarse durante los 12 primeros meses de vida del hijo.

    En caso de parto múltiple , se podrá sustituir el derecho de lactancia por un período de licencia retribuida de veinte días laborables, a disfrutar del modo indicado en el párrafo anterior. Asimismo, este período se complementará con otros cuatro días laborables adicionales que podrán disfrutarse durante los doce primeros meses de vida de los hijos.

    Las empleadas/os que opten por sustituir la hora de ausencia al trabajo por lactancia de un hijo menor de nueve meses, deberán manifestarlo por escrito con antelación de, al menos, quince días a la fecha de finalización del período de suspensión del contrato de trabajo por motivo de parto.


    8. Horario continuado para madres con hijos menores de 3 años.

    Todas aquellas empleadas con hijos menores de tres años y jornada partida, podrán solicitar la realización de horario continuado hasta que su hijo menor cumpla la edad de tres años.

    Para acceder a esta medida, la empleada deberá cumplimentar y enviar la solicitud adjuntando la correspondiente documentación. Salvadas las necesidades del servicio , a criterio de la Empresa, de las respectivas oficinas, Recursos Humanos contestará en el plazo de un mes, con el compromiso de favorecer la resolución favorable del mayor número de solicitudes recibidas.

    En estos casos, la duración de la jornada por la que se opte no podrá ser inferior en cómputo diario a la establecida en Convenio Colectivo que le sea de aplicación. Con esta premisa, el horario de entrada podrá flexibilizarse en una franja comprendida entre las 8:00 y las 9:30 horas.

    Por otra parte, se estudiarán aquellas necesidades de flexib ilidad horaria que sean planteadas por empleados/as para la atención de familiares de primer grado cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 65%.


    9. Licencia retribuida para madres de trillizos o de hijos con minusvalía.

    Las empleadas que den a luz trillizos o hijos con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, podrán disfrutar de un período de licencia retribuida que se prolongará hasta que se cumpla un año desde la fecha del parto.

    Para acceder a esta medida, se deberá remitir la correspondiente solicitud, justificando documentalmente las causas alegadas para su concesión, con una antelación de al menos treinta días de la fecha de finalización del período de suspensión del contrato de trabajo por motivo de parto.


    10. Criterios de actuación en caso de Violencia de Género.

    En el caso de que una empleada/o sea víctima de violencia de género, de común acuerdo, se estudiarán y aplicarán todas aquéllas medidas que resulten más adecuadas a las circunstancias específicas del caso, en función de las posibilidades del Banco.

    En concreto:

    ● Tendrán preferencia en la solución de peticiones de traslado.

    ● Podrán solicitar acogerse a flexibilidad horaria o reducción de jornada durante el

    plazo de un año.

    ● Podrán solicitar la suspensión del contrato de trabajo durante seis meses.

    ● Este supuesto se entenderá comprendido
    entre las causas de concesión de

    anticipos hasta nueve mensualidades, sin
    interés.


    11. Ayuda/subvención familiar para situaciones especiales.

    Los empleados/as que tengan hijos con un grado de minusvalía física o psíquica accederán a una subvención destinada a tratamientos y/o enseñanza de hasta 1.000 euros anuales por curso escolar, a percibir en diez pagos mensuales, de septiembre a junio.

    Para acceder a esta medida, bastará con remitir la correspondiente solicitud y remitirla debidamente cumplimentada antes del 31 de agosto del año correspondiente al curso para el que se solicite.


    12. Cheque Guardería.

    El Banco entregará a los empleados/as con hijos menores de 3 años, cheque/s por valor de 60 euros por cada hijo y mes en que éstos asistan a centros homologados por la Administración que presten servicio de primer ciclo de educación infantil, con el límite máximo de once meses en un período de un año.

    Para acceder a esta medida, bastará con remit ir la correspondiente solicitud, así como adjuntar certificado de asistencia al Centro de Educación Infantil correspondiente, que deberá estar afiliado a la entidad emisora del Cheque Guardería.

    En caso de que el centro no estuviera afiliado, el empleado/a podrá ponerlo en conocimiento de Recursos Humanos para que lo comunique a la entidad emisora de los Cheques Guardería a fin de que intente lograr su afiliación, si bien en ningún caso los cheques guardería entregados serán canjeables por dinero en efectivo o sustituidos por cualquier otro tipo de ayuda.

    Se entregarán talonarios trimestrales. En caso de que el empleado/a causara baja en la Empresa, se deberán devolver los cheques correspondientes a los meses posteriores a la fecha de baja.


    13. Anticipos para adopciones.

    Cualquier empleado/a del Banco que se encuentre ante procesos de adopción, podrá solicitar un anticipo de hasta nueve mensualidades sin interés, amortizable en un período hasta 6 años y medio.


    14. Cobertura de bajas por maternidad.

    En aquellas oficinas que cuenten con una plantilla inferior a 4 trabajadores y tengan personal de baja por maternidad, se facilitará la cobertura del puesto de trabajo con otro empleado/a.


    15. Videoconferencia.

    Con la finalidad de reducir los desplazamientos y las estancias fuera del domicilio familiar, se potenciará la implantación de sistemas de videoconferencia en distintos centros de trabajo.


    Nota Final

    Las partes firmantes coinciden en la conveniencia de hacer un esfuerzo de comunicación hacia todas las personas que componen la plantilla del Grupo a fin de que conozcan y valoren adecuadamente las nuevas posibilidades introducidas mediante este Acuerdo.


    Banco Popular Español, S.A. CC.OO. U.G.T. SEGRUPO C.G.T.

  • A PARTIR DE AHORA, CONCILIAR LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR SERÁ UN POCO MÁS FÁCIL

    Con fecha 25-11-05 ha entrando en vigor el Acuerdo alcanzado entre los representantes de los trabajadores del Banco Popular Español y la dirección de nuestra empresa, para mejorar la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados y empleadas.

    Con fecha 25 de noviembre entra en
    vigor el acuerdo alcanzado entre los representantes de los
    trabajadores y la dirección de nuestra empresa, para mejorar la
    conciliación de la vida laboral y familiar de los empleados y empleadas.

    Aunque el texto del acuerdo lo
    podéis encontrar en Intranet, creemos que es interesante destacar
    los aspectos más importantes:

    – EXCEDENCIA PARA CUIDADO DE
    FA-

    MILIARES

    Ampliación hasta tres años.

    – EXCEDENCIA SOLIDARIA

    Hasta un año.

    – EXCEDENCIA FORMATIVA

    Hasta un año.

    – PERMISO NO RETRIBUIDO PARA

    ADOPCIÓN EN EL EXTRANJERO

    Hasta un mes.

    – VACACIONES

    Disfrute del periodo de vacaciones
    hasta el 31 de marzo del año siguiente al del nacimiento.

    – MATERNIDAD

    Dos semanas retribuidas adicionales
    a la baja por maternidad.

    – LACTANCIA

    Posibilidad de sustituir la hora de
    lactancia por licencia retribuida de 10 + 2 días laborables.

    – HORARIO CONTINUADO

    Para empleadas con jornada partida e
    hijos menores de tres años.

    – LICENCIA RETRIBUIDA

    Baja remunerada para madres de
    trillizos o de hijos con minusvalía hasta que cumplan un año.

    – VIOLENCIA DE GÉNERO

    Estudio y aplicación de todas las
    medidas adecuadas al caso.

    – AYUDA ECONÓMICA

    Hasta 1.000 euros anuales para
    situaciones familiares especiales.

    – CHEQUE GUARDERIA

    Cheque guardería de 60 euros
    mensuales por cada hijo menor de tres años.

    – ANTICIPOS PARA ADOPCIONES

    Nueve mensualidades.

    – COBERTURA BAJAS MATERNALES

    En aquellas oficinas con menos de
    cuatro personas en plantilla.

    – VIDEOCONFERENCIA

    Instalación de salas de
    videoconferencia que optimicen el tiempo y reduzcan los viajes por
    motivo de trabajo

    Consideramos que este acuerdo,
    puntero en el sector financiero, significa el establecimiento de
    las bases que permitirán un mejor equilibrio entre nuestro
    desarrollo profesional y familiar.

    Seremos los empleados y empleadas
    del banco, quienes con nuestras actitudes y comportamientos
    daremos el máximo valor a este acuerdo, en la idea de que es el
    comienzo de un camino que debe llevarnos a alcanzar otras metas
    igualmente necesarias como, por ejemplo, la adecuación de los
    traslados a las necesidades familiares o la regulación del
    tratamiento del acoso sexual.

    Ambos sindicatos estamos, como
    siem-pre, a vuestra disposición para cualquier tipo de aclaración.
    Y recordad, por último, que una de las mejores fórmulas para
    conciliar la vida fa-miliar y laboral es el cumplimiento del
    horario.

    28 de
    noviembre de 2005

  • RESULTADOS REVELADORES DE LA ENCUESTA SOBRE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y PERSONAL

    * El 98% opina que estar más horas en el trabajo no es sinónimo de mayor profesionalidad y eficacia.

    * El 61% considera que la disponibilidad horaria del empleado es uno de los valores de la cultura de Caja Madrid.



    En junio realizamos una encuesta sobre conciliación de la vida laboral y personal
    a la que han respondido sobre todo los colectivos
    afectados: personas casadas, con hijos menores de edad, que están utilizando o han utilizado estos derechos, así como quienes tienen o han tenido problemas para ejercerlos. Agradecemos su participación a las y los empleados que nos han enviado el cuestionario.


    Aunque no son científicas, estas muestras apuntan hacia los problemas existentes
    y ayudan a orientar nuestra
    actuación. En este sentido, las aportaciones de las y los encuestados tienen un especial valor. Por otra parte, los resultados de esta encuesta coinciden con los de otras anteriores de CC.OO. y, hasta cierto punto también, con los
    resultados de la encuesta de clima laboral publicados por la Caja en marzo.


    Ha participado un número de hombres que incluso supera ligeramente al de mujeres,
    lo que puede estar relacionado con un
    creciente interés de los hombres por ejercer estos derechos laborales.


    Los trabajadores conocemos bien algunos de nuestros derechos en esta materia,
    pero otros son muy poco conocidos, por lo que
    no aprovechamos suficientemente las posibilidades prácticas que ya tenemos a
    nuestro alcance
    , recogidas en el Convenio, en acuerdos internos en la Caja y en diferentes leyes.
    Algunos derechos poco conocidos son:


    * Tenemos derecho a una excedencia hasta de 1 año por atención de familiares o personas dependientes.


    * Tenemos derecho a reducir entre un tercio y la mitad de la jornada laboral por atención a familiares
    o personas
    dependientes a nuestro cargo, por el tiempo que decida el trabajador y mientras persista
    la circunstancia que lo origina.


    * Las empleadas pueden pedir permiso para asistir a cursos de preparación al parto.


    Las sucesivas encuestas reflejan las dificultades organizativas que se producen
    en los centros de trabajo cuando
    surge una incidencia puntual, sea del tipo que sea. Esto está relacionado con
    unas
    plantillas demasiado ajustadas y con una respuesta insuficiente de la Caja a estas situaciones. Es preciso corregir ambas realidades.


    El porcentaje de empleadas y empleados que tienen problemas por usar estos derechos sigue siendo elevado, en una empresa que se declara a favor de la conciliación de la vida laboral y
    familiar. Parece, pues, que una cosa son las
    palabras, incluso las buenas intenciones, y otra una realidad condicionada por
    motivos organizativos y culturales.


    Las mujeres siguen ejerciendo más que los hombres sus derechos relacionados con
    la familia y
    esto tiene un precio, ya que numerosas empleadas se sienten perjudicadas en su desarrollo profesional y/o en su relación con su entorno laboral. Es necesario modificar esta situación.


    La disponibilidad horaria sigue siendo uno de los elementos de la cultura de
    la Caja.
    Se prolonga jornada en algunas oficinas y departamentos por una forma de dirigir que es opuesta al concepto de conciliación de la vida laboral y familiar y al de eficiencia, llegándose a situaciones como ralentizar el ritmo de trabajo para tener algo que hacer por la tarde ó estar en el puesto de trabajo fuera del horario por si se le ocurre algo al superior.


    Las mujeres superan a los hombres en el segmento de quienes más horas de trabajo
    prolongan al mes, lo que puede
    relacionarse con una mayor exigencia hacia la mujer a la hora de demostrar su valía; y/o con el hecho de que algunas mujeres se plantean progresar en su carrera de forma rápida, a base de un esfuerzo extra, antes de desarrollar otros proyectos personales, tales como tener hijos.


    Queda claro que, aunque las cosas han mejorado, estamos ante problemas complejos. En esta materia es imprescindible un compromiso claro por parte de la Caja, ya que para lograr una
    conciliación razonable de la vida laboral
    y personal es preciso implantar medidas que respondan a las necesidades reales de las personas, así como introducir cambios y elementos de flexibilidad en la actual organización del trabajo.


    Madrid, 24 de noviembre de 2005


    Para ver
    los resultados
    de la encuentas pincha aquí


  • Día Internacional contra la Violencia de Género

    La erradicación de este gravísimo problema es, como sabes, uno más de los compromisos de CC.OO., en el marco del cual creemos que la sensibilización de la sociedad es imprescindible para lograr que llegue el día en el que, por innecesario, esta jornada no tenga que celebrarse. Por ello, trabajamos en la creencia de que, junto con las medidas jurídicas y de cualquier otro orden, es también condición inexcusable un cambio en la mentalidad de todos y todas que permita la revención, la detección y la eliminación de las actitudes y hábitos socioculturales basados en conductas discriminatorias que impidan el libre desarrollo de las personas.

    Para ver el documento PINCHA
    AQUÍ.

    Para leer el comunicado de esta sección sobre la violencia de género
    PINCHA
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