Categoría: Negociacion Colectiva

  • Boletín de Acción Sindical CC OO Núm 13 2004

    Boletín de Acción Sindical Confederal CCOO 6 de mayo de 2004

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  • No hay posibilidad de acuerdo, la única solución la movilización

    Como estaba previsto y es procedente, el lunes 3 de mayo por la tarde tuvo lugar el acto de mediación previo al conflicto de huelga en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje ) siendo el resultado del mismo, lamentablemente, SIN ACUERDO.

    La
    imposibilidad de conseguir mediante el diálogo el desbloqueo
    de las negociaciones nos obliga a demostrar con la masiva
    participación de los trabajadores y trabajadoras en las
    movilizaciones, que las reivindicaciones que proponemos en la mesa de
    negociación son justas y que otro Convenio, distinto al que
    propone la patronal, es posible.



    A
    CC.OO nos parecen que las propuestas que ha hecho la patronal y que
    no ha modificado en el acto de mediación, no solo no recogen
    la problemática del sector y el espíritu de las
    reivindicaciones de nuestra plataforma sino, que pretenden rebajar
    derechos conseguidos ya en el anterior Convenio:




    • Subida
      del 2,6% de la masa salarial: no se ganaría poder
      adquisitivo.


    • Jornada
      efectiva anual, nuevo turno entre mañana y tarde o
      incremento de bandas horarias: la jornada quedaría
      absolutamente flexible y desregularizada y se
      haría
      imposible conciliar la vida familiar y laboral.


    • Plus
      de productividad, ligado al absentismo: ¿quién lo
      cobraría, si ni siquiera disponemos de datos fiables sobre
      el absentismo?. y
      sin analizar las causas objetivas que lo
      producen,




    En
    definitiva unas propuestas absolutamente inaceptables que no solo no
    mejoran algo nuestras condiciones sino que resultan regresivas con
    respecto a lo que ahora tenemos.


    Para
    CC.OO es irrenunciable la mejora del poder adquisitivo, con
    un incremento de las tablas salariales y pluses, y el
    establecimiento de una nueva paga extraordinaria; el aumento de la
    estabilidad en el empleo con la subrogación y
    el incremento de indefinidos, la reducción de la
    jornada tanto la irregular como en jornada anual y un verdadero
    desarrollo de la carrera profesional.


    Ahora
    es el momento de demostrar a la patronal que, al igual que en el
    anterior convenio, estamos dispuestos a luchar por seguir mejorando
    nuestras condiciones, ahora es el momento de demostrar con nuestra
    multitudinaria participación en las movilizaciones que vamos
    a obligarles a que nos escuchen, ahora es el momento de gritarles

    ¡¡ BASTA YA DE PRECARIEDAD!!

    SI TODOS PARTICIPAMOS PODEMOS CONSEGUIRLO

    ¡¡POR UN CONVENIO DIGNO, MOVILIZATE!!

    Calendario de movilizaciones de Mayo:

    • Paros parciales de una hora por turno los días
      viernes 14, lunes 17 y jueves 20: de 11 a 12 horas, de 18 a 19 horas y de
      24 a 01 horas (del día siguiente).
    • Paros parciales de 2 horas por turno los días
      jueves 27 y viernes 28: de 11 a 13 horas, de 18 a 20 horas y de 24 a 02 horas
      (del día siguiente).
    • Huelga General de 24 horas para el 9 de junio.


  • La Inspección de Trabajo emite Resolución favorable

    Hay obligaciones que a los empresarios les cuesta trabajo cumplir aunque éstas estén expresamente recogidas en la Ley o en los Convenios Colectivos. Forma parte de nuestra labor sindical formular la correspondiente demanda o denuncia cuando se producen incumplimientos. Este es el caso en materia de Subcontratación y de movilidad geográfica y traslados.

    La Sección Sindical de CC.OO. de Madrid denunció
    ante la Inspección de Trabajo, dado que en nuestras reiteradas reclamaciones
    en estas materias no obteníamos respuesta alguna por parte de BBVA.

    En relación con los TRASLADOS queremos recordar
    que el artículo 28 del Convenio regula los traslados más allá
    de 25 Km. en el que además de una serie de requisitos en cuanto a las
    prioridades, se establece que las empresas favorecerán el conocimiento
    de las vacantes que se pretendan cubrir.

    El artículo 30 del Convenio recoge los traslados dentro de la plaza
    o próximas siempre por debajo de los 25 Km. pero teniendo en cuenta las
    peticiones voluntarias y las circunstancias de la proximidad domiciliaria del
    trabajador.

    Ninguno de los dos preceptos se cumplen por parte de BBVA, ni la publicación
    de las vacantes, ni el preaviso de 30 días de antelación para
    el traslado.

    Actualmente la Empresa viene trasladando a los trabajadores en muchas ocasiones
    comunicándoselo el día anterior, incumpliendo de forma evidente
    el Convenio Colectivo.

    Sobre estas cuestiones la Inspección de trabajo ha manifestado: «se
    requiere a la Empresa el cumplimiento exacto y de manera inmediata de lo previsto
    en los arts. 28 y 30 del Convenio Colectivo respecto a la necesaria publicación
    de las vacantes que se vayan a cubrir por los procedimientos regulados en los
    mismos».
    Es imprescindible que ante la comunicación de un traslado sin cumplir
    los requisitos anteriormente referidos, os pongáis en contacto con nosotros
    para evitar que se siga vulnerando nuestro Convenio.

    En cuanto a la SUBCONTRATACIÓN, la Inspección
    de Trabajo dio a BBVA el plazo de un mes para poner a nuestra disposición
    la información requerida, esto fue en el mes de febrero pasado y a fecha
    de hoy todavía no hemos recibido ninguna comunicación al respecto.

    Esperamos que BBVA facilite esta información de todas y cada una de
    las subcontratas en todos y cada uno de los edificios y centros de trabajo que
    tiene en la Comunidad de Madrid.

    Es inaceptable que la subcontratación sea el sistema de creación
    de empleo que más usan las grandes empresas, consiguiendo con ello una
    mayor precariedad, un recorte de derechos de los trabajadores y la no creación
    de empleo estable.

    Seguimos trabajando, seguiremos informando.
    Mayo 2004

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  • Errores en la publicación de la plantilla

    Hemos detectado un error en la publicación de datos de la plantilla de la Entidad, para dar cumplimiento a lo establecido en el Convenio Colectivo, en su Art. 28.

    A todos aquellos empleados que ostentaban la categoría de Oficial B, Oficial B 3 años y Oficial A por haber superado un concurso oposición, y como consecuencia de la entrada en vigor del ACT, en Enero 2003, se les pasó a Oficial 2º, Oficial 2º 3 años y Oficial 1º respectivamente por extinción de la categoría anterior, se les ha consignado, por error, como antigüedad en la categoría, la del cambio de denominación de la misma, y no aquella en la que adquirieron este derecho como consecuencia de su promoción.

    Detectado el error, en Administración De Personal nos comunican que se procederá a una nueva publicación con este error subsanado.

    Como veis, es de trascendental importancia que todos miremos en esta publicación nuestros datos, ya que constituyen la base de trabajo para la próxima transposición de categorías establecida en el nuevo Convenio.

  • Lo que mal empieza mal acaba, la dirección incumple sus compromisos.

    El Preacuerdo alcanzado entre la Empresa y la Representación Social de los trabajadores, estaba pendiente de ser sometido a Referéndum por el conjunto de los trabajadores. Una vez realizado éste, y si era favorable, toda la Mesa Social debía reunirse nuevamente con objeto de proceder a su firma y pautar, en un calendario de actuación las fases del procedimiento de aplicación del mismo, para el control y seguimiento de su buena aplicación.

    La Dirección de Helvetia CVN y Previsión Española-Sur, incumple una vez más y como ha sido tónica general a lo largo de las negociaciones, sus compromisos con los Representantes de los Trabajadores.

    El Preacuerdo alcanzado entre la Empresa y la Representación Social de los trabajadores, estaba pendiente de ser sometido a Referéndum por el conjunto de los trabajadores. Una vez realizado éste, y si era favorable, toda la Mesa Social debía reunirse nuevamente con objeto de proceder a su firma y pautar, en un calendario de actuación las fases del procedimiento de aplicación del mismo, para el control y seguimiento de su buena aplicación.

    Una vez celebrado el Referéndum, el pasado 15 de abril, y siendo su resultado aceptado por el 83,96% de ambas plantillas, recordamos a la Dirección que había que fijar una reunión para dar la validez correspondiente al documento con la firma de toda la Mesa de Negociación, y establecer el calendario de las diferentes fases de su aplicación, y de las reuniones de la Comisión de Seguimiento, así como los componentes de la misma.

    A 28 de abril, todavía no se ha producido la firma del documento. Sin embargo, curiosamente, sí se ha iniciado la puesta en práctica de las medidas incluidas en el mismo.

    No nos ha sido facilitada la relación de trabajadoras y trabajadores que voluntariamente han solicitado su baja en ambas entidades, pese a que adquirieron el compromiso de que semanalmente nos la facilitarían, así como la fecha prevista para la efectividad de la baja en cada caso.

    Todavía no nos han facilitado los calendarios laborales de cada centro de trabajo, y por supuesto, tampoco han sido expuestos en los tablones de anuncios. Queremos anotar que ahora deben facilitarnos los del 2004, no los del 2005.

    ¿Es que pretenden obviar a la Representación de los Trabajadores en todo el proceso de aplicación, y consecuentemente a las compañeras y compañeros a los que representamos?.

    Los Representantes de CC.OO. no damos por válido dicho documento en tanto no se haya producido su firma, y por tanto consideramos que los plazos de aplicación tampoco se deben considerar.

    Desde esta Sección Sindical de CC.OO. queremos dejar bien claro que no vamos a consentir que se ignoren nuestros derechos de representación y defensa de los trabajadores que tanta lucha nos han costado conseguir, por lo que no nos vamos a quedar impasibles ante esta forma de actuar, utilizando todos los medios a nuestro alcance para conseguir que cumplan lo que verbal y por escrito han plasmado y que incumplen.

    La Paz Social, fue un compromiso adquirido por esta Sección Sindical, a cambio de que el proceso de fusión, en lo que a los trabajadores se refiere, se realizase de forma constructiva, negociada, ordenada y no traumática agotando todas las posibilidades de diálogo, tal y como se recogió en el protocolo firmado por todas las partes. Fielmente hemos sido cumplidores de nuestro compromiso, pero se puede romper si no rectifican su actitud.

    Por último, y a través de este medio, y como parece que ya no nos necesitan, queremos recordar a la Dirección de ambas empresas que estudiosos de fusiones indican que alrededor del 50% fracasa directamente. Una de las razones, es la de ignorar la comunicación interna, la motivación, la implicación con los trabajadores y la cohesión. Se trata de crear un clima en el que los trabajadores se sientan reconocidos, escuchados y valorados, y que quede muy claro lo que se espera de ellos.

    Como observadores, y teniendo las limitaciones propias de no ser técnicos en estos aspectos, podemos entender que la Dirección ha tomado la opción del discurso unidireccional, en el que tanto los trabajadores como sus representantes no participan, y en el que se comunican únicamente las “buenas noticias”, enmudeciendo ante toda información solicitada.

    Pero … si se ignora el ingrediente humano, nada de lo demás funcionará.

    En estos momentos estamos valorando con la dirección de nuestro Sindicato la situación actual y las posibles actuaciones a llevar a cabo.

    Madrid y Sevilla, 28 de abril de 2004.