Categoría: Negociacion Colectiva

  • Ahorro: Revisión salarial del 2003 e incremento para el 2004

    El nuevo Convenio Colectivo que acabamos de firmar establece los incrementos salariales para todo su periodo de vigencia, es decir, para los años 2003 al 2006.

    Dado que el convenio anterior finalizó su vigencia el 31 de diciembre de 2002 y la negociación del nuevo se demoraba en exceso, propusimos que se aplicara un incremento a cuenta para el 2003, que la patronal estableció en un 1,75%.

    Finalmente, con la firma del convenio, hemos establecido una cláusula de revisión al alza para garantizar que los incrementos salariales finales de cada año sean equivalentes al IPC real. El Instituto Nacional de Estadística ya ha hecho público el IPC definitivo del 2003, que se ha situado en un 2,6%. Con este dato, y aunque el convenio está pendiente de ser publicado en el BOE y, por lo tanto, no ha entrado formalmente en vigor, es de justicia que las cajas apliquen sin demora esta cláusula y nos abonen la diferencia por encima del 1,75%, es decir, un 0,85%. Esto supondrá la actualización de nuestro salario y el abono de los atrasos correspondientes a todo el año 2003, aplicación que ya hemos solicitado formalmente a la patronal que se haga cuando antes.

    El incremento del IPC por encima de lo previsto por el gobierno nunca es una buena noticia, pero el hecho nos sirve para constatar que el Convenio Colectivo, donde CC.OO. ostenta la representación mayoritaria, vela por los intereses de los trabajadores y trabajadoras de Ahorro y nos mantiene al resguardo de estas perjudiciales desviaciones.

    INCREMENTO 2004

    Asimismo, el nuevo Convenio Colectivo para los años 2003-2006, establece para este año un incremento salarial equivalente al IPC estimado por el gobierno para el 2004, que es el 2%. Como hemos mencionado antes, para garantizar el poder adquisitivo de los salarios y hacer frente a las posibles fluctuaciones del IPC, el nuevo convenio recoge una cláusula de revisión salarial al alza. Así, en el caso de que el IPC definitivo del 2004 tenga un comportamiento alcista en relación al IPC previsto, al inicio del próximo año, volverá a operar esta cláusula de salvaguarda y así, sucesivamente en cada año de vigencia del Convenio, hasta enero de 2007, cuando se publique el IPC definitivo del 2006.

    Enero 2004

  • Documentos de la Conferencia de la Agrupación de Seguros de Comfia

    En el periodo de cuatro años desde la I Conferencia de la Agrupación en octubre de 1999, hasta diciembre de 2003, despus de los cuales tenemos que volver a presentarnos ante nuestros afiliados para hacerles llegar el balance que con su mandato nos dieron para dirigir y gobernar el Sector de Seguros, Mutuas y Mediación, as como el cumplimiento íntegro de los retos recogidos en el documento de dicha I Conferencia.

    Textos Aprobados:

  • Acuerdo y Firma de XVII Convenio colectivo de Sociedades Cooperativas de Crédito

    El convenio, que dura dos años, modifica aspectos salariales, de vacaciones, beneficios sociales, reclasificación profesional, entre otros

    Ayer, 13 de enero,se llegó a un acuerdo definitivo en la Mesa negociadora del XVIIConvenio de Cooperativas de Crédito y se procedió a la firmadel mismo, sobre las siguientes bases:

    • Ambito de duración del Convenio: 2 años de vigencia,2003 y 2004.

    • Incremento salarial del IPC real, sobre todos los conceptos.

    • Reclasificación profesional de los directores de oficina. Losdirectores de oficinas de dos o más empleados, promocionaránal nivel 7 en el plazo de 3 años. Los directores de oficinasunipersonales, lo harán al nivel 8 en el mismo plazo y posteriormenteal nivel 7 en otros 5 años. (En todo caso los actuales directoresserán reclasificados a dichos niveles el 31 de diciembre de2004 como máximo).

    • Préstamos de vivienda. : Aumento del límitea 100.000 €uros, aumento del plazo a 20 años, interésdel Euribor anual + 0,25 %, incremento del montante de Recursos ajenosdestinado a estos préstamos hasta el 1,10 %.

    • Vacaciones. Cambio de los treinta días naturalesde vacaciones por veintidós días laborables con sábadosinhábiles a efectos del computo vacacional. Modificaciónde la bolsa de vacaciones a una cantidad fija por día, independientementedel período en que se disfruten (media aritmética delas cantidades anteriores).

    • Declaración de la voluntad de las partes de que se apliqueen toda su extensión la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, parapromover la conciliación de la vida familiar y laboral de lostrabajadores/as. Especialmente, en los temas relativos a permisos,suspensión por maternidad/paternidad, permiso de lactancia,reducción de jornada y excedencias que aparecen en la Ley.

    • Ayuda de estudios. Adaptación al nuevo sistema educativo. Ampliación de la edad de 0 a 25 años. Inclusión de las guarderíaspara dichas ayudas.

    Volvera Inicio  Volver a Actualidad

  • FIRMADO EL CONVENIO COLECTIVO DE CAJAS DE AHORRO 2003 – 2006

    Firmada la redacción definitiva del nuevo Convenio Colectivo para los años 2003 a 2006.
    Para ver el texto definitivo, pincha abajo

    Ver Convenio

  • Asimilación salarial a nivel VIII en marzo

    Desde el uno de enero de 1998, el personal del nivel IX con 24 años de servicio en el Grupo Profesional de Administrativos se asimila salarialmente al nivel VIII, mediante la percepción de la diferencia de sueldo entre ambos niveles.

    En el próximo mes de marzo, se cumplen veinticuatro años desde que los antiguos Ayudantes de Caja fueron reclasificados en las categorías de Oficiales Administrativos 1º ó 2º, al adquirir las funciones de cobros y pagos en ventanilla (desempeñadas hasta entonces por los mencionados Ayudantes de Caja), carácter obligatorio para todo el personal administrativo que ingresase a partir de la fecha de entrada en vigor de aquel Convenio.

    Por lo tanto, en la nómina del mes de marzo de 2004, quienes hace 24 años eran Ayudantes de Caja, fueron reclasificados, y continúen perteneciendo al Grupo Profesional de Administrativos, verán incrementado su salario hasta su equiparación con el correspondiente al nivel VIII.

    26 de enero de 2004