Categoría: Negociacion Colectiva

  • Banesto seguirá dos ejercicios más con reducciones de capital.

    Ana Patricia Botín informa a través de los medios de comunicación que Banesto continuará, «al menos otros dos años», con la política de reducción de capital como vía de retribución al accionista, que además «es más ventajosa fiscalmente que el dividendo».

    Esta política de retribución es muy beneficiosa para el accionista (sobre todo para el que posee, él solito, el 88,46%, puesto que se embolsará 178 millones de € este año) pero muy perjudicial para los intereses de los trabajadores, ya que, al seguir en esta línea, se nos hurta la posibilidad de conseguir los cuartos de paga por Participación en Beneficios que establece el Convenio Colectivo. Actualmente ya nos han escatimado tres cuartos de paga que nos corresponden por los resultados del ejercicio 2002, pero al ritmo que está creciendo el banco y los beneficios, es muy probable que a corto plazo éstos se incrementen considerablemente.

    CC.OO. es el único sindicato que está denunciando lo injusto de esta manera de hacer las cosas. Desde el mes de Junio de 2003 y tras recibir los datos necesarios para hacer los cálculos, hemos intentado que los responsables del banco abordasen una negociación seria que nos llevase al abono en los términos que define el Convenio Colectivo, independientemente del modo en que se retribuyese a los accionistas.

    Banesto no contempla de momento la retribución justa a sus trabajadores, prefiere tenerlos sujetos a la incertidumbre y la arbitrariedad de los Complementos de Puesto de Trabajo y los Bonus, fácilmente compensables, absorbibles y modificables por el Gestor de RR.HH., el Zona o el responsable de turno, que hace del salario un elemento graciable, sujeto a los vaivenes y cambios de humor de «el Banco». Abundando, con esta política, en la línea marcada por la AEB, que se traduce en la potenciación de las relaciones individuales en lugar de la negociación colectiva.

    CC.OO. va a interponer un Conflicto Colectivo, para que, a través de la Justicia, se restablezcan nuestros derechos colectivos. Sabemos que el camino será largo y difícil; sabemos que habrá que llegar al Tribunal Supremo; sabemos que tendremos que impugnar todos los acuerdos de la Junta de Accionistas que avalen este modo de proceder, pero estamos seguros de la justicia de nuestras reivindicaciones y vamos defenderlas en todos los ámbitos necesarios.

    Enero 2004

  • Convenio Colectivo de Establecimientos Financieros de Crédito

    El presente convenio colectivo marco afecta a todos los establecimientos financieros de crédito (Entidades de Financiación, financieras, Leasing)

    Revision Salarial 2004

    Tablas salariales 2003-2004

  • Enlaces relacionados con Legislación y sentencias

    Legislacion Laboral MAP
    Más Legislación en CCOO
    Ceveal (Documentación sobre relaciones laborales)
    Toda La Ley. Buscador en todos los boletines oficiales
    Canal Trabajo (Legislación, convenios)
    B.O.E. (Boletín Oficial del Estado)
    B.O.E. Gratuito (Divulnet)
    Sentencias (Centro Estudios Financieros)
    Area Plural. Guía política Estado Español
  • Acuerdos sobre comunicación electrónica y ciberderechos

    Cada Sección Sindical dispondrá de una carpeta pública de correo eletrónico para insertar las comunicaciones que estime oportunas,sustituyendo al tablón de anuncios físico.

    COMUNICACIONÓN Y TABLONES DE ANUNCIOS.- Para faclitar la comunicación de los representantes de los trabajadores con éstos,cada Sección Sindical dispondrá de una carpeta pública de correo eletrónico para insertar las comunicaciones que estime oportunas,sustituyendo al tablón de anuncios físico.

    Una vez esté en funcionamiento el portal del empleado, dispondrán de un espacio en el mismo a tal efecto.

    En consecuencia,Ios representantes de Ios trabajadores no utilizarán como medio de comunicación el envío de correos electrónicos a gruposdeempleados.

    En Ios centros de trabajo con representación unitaria sin afiliación sindical se instalarán tablones de anuncios que quedarán a disposición de Ios Delegados de Personal o, en su caso, de los Comités de Empresa.

    CRÉDITO SINDICAL.-Se crea una bolsa de horas con eI 100% de las horas de los Delegados, miembros de Comité de Empresa y Delegados LOLS de cada Sindicato firmante del presente convenio, que será administrada por cada Sección Sindical, comunicando con una antelación de un mes Ia distribución para cada trimestre.

    ASAMBLEAS.- Los DeIegados de Personal, miembros de Comités de Empresa y las Secciones Sindicales reconocidas legalmente podrán convocar asambleas conforme a lo dispuesto en Ia Iegislación vigente.

    REUNIÓN ANUAL. Para facilitarlasfunciones quetienen encomendadas se autoriza una reunión anualalos delegados de los sindicatos firrnantes del presente convenio a nivel de Subcentral o a nivel de agrupación de Subcentrales.

    Se autoriza,además,una reunión anualdela Comisión Ejecutiva de Ias Secciones Sindicales de un día de duración.

    Los gastos derivados de estas reuniones, serán sufragados por la empresa hasta un máximo anual para 2002 de 54.000 euros, cuya distñbución se realizará de forma proporcional a Ia representación que cada sindicato ostente a 1 de enero. Esta cantidad se revalorizará anualmente en eI IPC del año anterior con el incremento del 115% de dicho porcentaje.

  • COCOCHIP Diciembre 2003

    ¿para cuando?, propuesta salarial, evaluación de desempeño/politica retributiva, dedicaciones, Las mejores empresas para trabajar, salud salarial, ultima hora.

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