Categoría: Negociacion Colectiva

  • Negociación do Convenio de Hostalaría de A Coruña: Plataforma Conxunta

    Desde CCOO consensuamos una plataforma conxunta con UGT e CIG para negociar o novo Convenio Colectivo de Hostalaría da Coruña. O obxectivo principal é mellorar as condicións laborais do sector, aproveitando o seu crecemento e os beneficios acadados.

    Principais materias a tratar:

    • Ámbito funcional e vixencia do convenio.
    • Condicións salariais:
      • Incremento do 5% anual en todos os conceptos.
      • Creación de novos pluses para persoal con funcións adicionais, idiomas ou estudos de ciclo medio ou superior.
    • Xornada laboral:
      • Redución a 35 horas semanais (1685 horas anuais).
      • Descanso de 20 minutos dentro da xornada como tempo efectivo de traballo.
      • Dereito a un fin de semana libre ao mes.
      • Dous días de libranza semanais.
    • Licenzas e excedencias: Adaptación á lexislación vixente.
    • Plus de vestimenta: 15 euros/mes para limpeza e mantemento e 2 pares de calzado ao ano (ou 80 euros por calzado).
    • Saúde laboral:
      • Procedementos anuais de control de riscos psicosociais.
      • Protocolos de comunicación e suspensión por embarazo.
      • Adaptacións de xornada por garda legal e coidado de familiares.
      • Protocolos contra o acoso e a discriminación LGTBI.
    • Outras disposicións:
      • Festivos e día da patroa.
      • Contratación.
      • Enfermidade.
      • Xubilación.
      • Seguros.
      • Preaviso de cese.
      • Dereitos sindicais.
      • Roupa de traballo.
      • Desconexión dixital.
      • Igualdade.
      • Táboas salariais.

    Este proceso de negociación busca recoñecer a profesionalización do sector e mellorar as condicións laborais dos traballadores e traballadoras da hostalaría na Coruña.

  • Firmado el nuevo texto del convenio de Hostelería de Badajoz

    La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Hostelería de la provincia de Badajoz.

    Acuerdos alcanzados

    Vigencia, para los años 2024-2025-2026

    Incremento Salarial:

    Se acuerda una subida salarial para el año 2024 del 2.5% en todos los conceptos salariales establecidos en el texto del convenio, con carácter retroactivo desde el uno de enero de 2024.

    Independiente de esta subida, se acuerda igualar al SMI de 2024, el salario base establecido en las tablas para el grupo III (auxiliares, ayudantes y repartidores) teniendo en cuenta para su cálculo anual, los conceptos de plus de transporte y salario en especie. Lo que supone una subida salarial para las categorías del grupo III, del 4,22% para el año 2024, en salario base.

    Los atrasos correspondientes se podrán abonar, en el periodo de tres meses a la publicación en el DOE

    • Para el año 2025 y 2026, se acuerda una subida salarial inicial del 2.35% en todos los conceptos salariales establecidos en el texto del convenio, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de cada año. Con cláusula de revisión al final de cada ejercicio 2025-2026, al IPC real con tope al 3.25%.

    LICENCIA, Se acuerda un día más y en días laborables, pasando a ser 5 días laborables en los casos de: enfermedad o accidente grave, hospitalización, intervención quirúrgica con hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando ocurra fuera de la localidad, un día más, y si es fuera de la provincia dos días más.

    DESCARGAR COMUNICADO Y TABLAS (pdf)

    DESCARGAR CONVENIO (pdf)

  • Firmado el nuevo texto del Convenio de Oficinas y Despachos de la Comunidad Autónoma de Extremadura

    La Dirección General de Trabajo la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos del Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos para la Comunidad Autónoma de Extremadura 2024-2026".

    Acuerdos alcanzados

    Vigencia, para los años 2024-2025-2026

    Incremento Salarial: Se establece una subida salarial del 4% para cada uno de los años. Siendo un total del 12%, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de cada año y cláusula de revisión, para el 2026

    Revisión salarial. Una vez conocido los IPC reales de cada uno de los años, si la suma de estos IPC 2024-2025-y 2026, supera el 12%, se revisarán los salarios del año 2026 en la diferencia del IPC del año 2026, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

    Se incrementan en el mismo porcentaje que los salarios, las dietas y kilometraje

    Complemento en IT por enfermedad común con hospitalización, las empresas completaran desde el 4º día de baja, hasta alcanzar el 100% de su salario base, antigüedad y plus convenio

    Complemento en IT por enfermedades graves, las empresas completaran hasta alcanzar el 100% de su salario medio a partir del 4º día

    Todas las licencias tendrán carácter de abonables y no recuperables. (Trabajo efectivo)

    Los permisos retribuidos pasan a ser en días laborales, a excepción de los días por matrimonio.

    Nueva clasificación profesional. A partir del año 2025 el sistema de clasificación profesional de las personas trabajadoras afectadas por el presente convenio colectivo, en función del contenido general de su prestación de trabajo objeto del contrato laboral, sus titulaciones, si fueran contratados en función de las mismas y se desarrollaran funciones habilitadas e inherentes a la tenencia del título universitario y, en atención a las aptitudes profesionales de la persona trabajadora.

    En todo caso se respetarán las condiciones más beneficiosas a fecha 31/12/24

    DESCARGAR COMUNICADO Y TABLAS (pdf)

    DESCARGAR CONVENIO (pdf)

  • Firmado el nuevo texto del convenio de Comercio de Óptica de Badajoz

    La Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector comercio de ópticas de la provincia de Badajoz.

    ACUERDOS ALCANZADOS

    Vigencia: 2023-2024-2025

    Salarios. Se acuerda un incremento salarial, para cada uno de los años de vigencia del convenio de un 3%, con carácter retroactivo desde 1 de enero de cada año. 2023-2024-2025

    Conceptos económicos, se aumentan en un 3%, los conceptos de dieta y kilometraje, seguro de invalidez y el plus de trabajo en festivo.

    Las empresas tendrán que abonar los atrasos correspondientes, una vez publicado el texto en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), desde el 1 de enero de 2023.

    Licencias. Se acuerda modificar redacción del apartado c). Pasando de 4 días a 5 días laborales en caso de hospitalización o intervención quirúrgica, enfermedad grave diagnosticada por el facultativo o muerte de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este permiso se amplía en un día más en caso de enfermedad grave con hospitalización de los padres, hijos o cónyuges. Este permiso se podrá disfrutar de forma discontinua preavisando a la empresa al menos con 48 horas. En situaciones excepcionales, puede ampliarse esta licencia sin retribución, mediante acuerdo entre trabajadores y la empresa.

    Ferias y fiestas de la localidad, Durante la celebración de las ferias y fiestas de cada localidad, queda establecida el disfrute de la tarde a disfrutar la de la jornada laboral inmediatamente anterior a la fiesta local. Anulando en este caso, la tarde posterior, en caso de caer en domingo el festivo local, para mejor disfrute de las personas trabajadoras

    Incapacidad Temporal, se da nueva redacción al artículo

    DESCARGAR COMUNICADO Y TABLAS (pdf)

    DESCARGAR CONVENIO (pdf)

  • Firmado el nuevo texto del Convenio de Comercio Textil de Badajoz

    La Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Comercio Textil (Mayor y Menor) de la provincia de Badajoz.

    ACUERDOS ALCANZADOS

    Vigencia: 2024,

    Jornada. Queda establecida la jornada en 1.792 horas anuales, excluidos para este cálculo los descansos, vacaciones, domingos y festivos.

     Festivos locales. Se modifica su redacción estableciendo el disfrute de la jornada reducida de 10 a 15 horas en la jornada laboral inmediatamente anterior a los festivos locales de cada localidad, eliminando el último párrafo.

    Salarios. Se acuerda por todas las partes un incremento salarial, para el año 2024, del 3% sobre todos los conceptos económicos, con carácter retroactivo desde 1 de enero de 2024.

    Licencias. Se acuerda modificar redacción apartado 3, pasando a ser días laborales, manteniendo el resto del articulado,

    Acción sindical. Se acuerda su eliminación por carecer de contenido práctico.

    Derechos sindicales. Se acuerda la acumulación de horas sindicales en miembros de Comités y delegados de personal que pertenecen a una misma organización y pertenezcan a una misma empresa.

    Contrato a jornada parcial y horas complementarias. Se acuerda establecer el límite de horas complementarias que pueden realizar las personas trabajadoras con contrato a jornada parcial en un 30%, corrigiendo la actual redacción por ser contradictoria. Se acuerda regular la consolidación a petición de la persona trabajadora del 50% de horas complementarias realizadas en el año anterior, exclusivamente para los contratos a jornada parcial de carácter indefinido y siempre y cuando hubieran realizado en el año anterior a su consolidación un mínimo de un 15% de las horas complementarias establecidas.

    Se acuerda la eliminación del tercer párrafo sobre el “recibo de finiquito” por carecer de aplicación práctica.

     

    DESCARGAR COMUNICADO Y TABLAS (pdf)

    DESCARGAR CONVENIO (pdf)