Categoría: Negociacion Colectiva

  • CC.OO. NO VA A FIRMAR ESTA TRAICIÓN A LA PLANTILLA

    Después de múltiples intentos y de seguir con nuestra máxima de “negociar, negociar y volver a negociar”, incluso cediendo en varias de nuestras propuestas iniciales, lamentamos comunicar que, finalmente, NO vamos a firmar esta propuesta de acuerdo con la empresa en relación al Marco Laboral en el Grupo Cooperativo Cajamar.

    Después de múltiples intentos y de seguir con nuestra máxima de “negociar, negociar y volver a negociar”, incluso cediendo en varias de nuestras propuestas iniciales, lamentamos comunicar que, finalmente, NO vamos a firmar esta propuesta de acuerdo con la empresa en relación al Marco Laboral en el Grupo Cooperativo Cajamar.

    La empresa ha desperdiciado una gran oportunidad para estar a la altura que merece la plantilla de la primera Cooperativa de Crédito del país. Esta negociación ha sido planteada por la entidad como una mera renovación de lo que ya tenemos, y no como un acuerdo de avances. Algo absolutamente insuficiente e inasumible, revelándose además un intento descarado de dividir a la plantilla: mientras la alta dirección sigue subiendo su sueldo de forma constante e indecente, se nos habla sin nigún rubor de las exigencias del regulador, dejando claro que el compromiso no es bidireccional, dejando al personal que siga siendo relegado a niveles retributivos mínimos respecto al sector.

    No se puede admitir que

    a) No se acelere la carrera profesional ni las subidas de nivel

    b) La mayoría del personal sigamos estando por encima de tablas

    c) Que Banco y SSCC/DDTT se queden realmente fuera de nuevo

    d) Que el relevo generacional comience bajo mínimos salariales

    e) Que el sistema no se haga más motivador y justo

    En CC.OO., como sindicato de clase, trabajamos para mejorar las condiciones de toda la plantilla Este acuerdo, tal como se presenta, no solo resulta inasumible por buscar nuestra complicidad en medidas que no reflejan ni el esfuerzo acumulado en estos últimos años, ni la realidad de los beneficios récord que la entidad ha obtenido, sino que además sentaría un precedente peligroso: aceptar incrementos salariales “a dedo” al margen del diálogo social.

    La representación legal de l@s trabajadores/as no está aquí para blanquear turbios movimientos: las medidas ofrecidas por la empresa no son más que una adecuación de lo que ya hay. No busquen nuestra complicidad para validar propuestas que solo perpetúan un modelo injusto.

    La plantilla merece condiciones laborales que reconozcan realmente su esfuerzo. El de todos/as.

    Desde CC.OO. seguiremos luchando para que nuestros derechos sean respetados y para construir un acuerdo que beneficie a tod@s.

     

  • CCOO presenta su plataforma reivindicativa para el nuevo Convenio de Seguros y Mutuas

    • En la segunda reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Seguros, Reaseguros y Mutuas, celebrada hoy 24/02, CCOO ha presentado su plataforma reivindicativa para el nuevo Convenio.

    Desde CCOO, tras hacer un breve balance del anterior convenio 2020-2024, hemos presentado ante las organizaciones empresariales (UNESPA, AMAT, ASECORE y CEM) nuestras propuestas para el nuevo convenio con el objetivo de mejorar y mantener las condiciones de las plantillas del sector.

     

    Limitar la externalización de actividades

    •  Ámbito funcional: 
      Limitar la externalización de actividades propias del sector y garantizar desde la empresa principal que, en caso de subcontratación, se apliquen las condiciones del Convenio de Seguros y Mutuas.
       

    4 años de vigencia

    •  Ámbito temporal: 
      4 años de vigencia y fijando la ultraactividad indefinida del convenio 
       

    Incremento garantizado sin absorción

    •  Compensación y absorción: 
      Establecer limitaciones a la compensación y absorción, garantizando incrementos salariales netos para toda la plantilla

    Mejorar nivel mínimo de acceso (GIII N8), acortar acceso a Grupo II y otras mejoras

    •  Clasificación Profesional: 
      • Eliminación del Grupo IV Nivel 9 (G-III N-8 nivel mínimo de acceso).
      • 2 años máximo en el Grupo III Nivel 8 para acceder al Grupo II.
      • Definición de puestos de trabajo del Grupo III Nivel 7
      • Incluir labores de atención al público en las funciones del Grupo II
      • Inclusión en sistema de clasificación de los puestos de los Servicios de Prevención Propios (SPP), obligatorios en empresas > 500 trab.

    Convocar plazas Nivel 4

    •  Ascensos y Promociones: 
      Convocar obligatoriamente cada 2 años plazas del Nivel 4 

    Cumplir la desconexión digital

    •  Desconexión digital: 
      Dejar registrado el uso de todos los equipos y herramientas, con el fin de analizar la posible actividad laboral más allá de los límites de jornada.

    Garantías en procesos transformación digital y uso de la IA

    •  Transformación Digital y uso de la IA: 
      • Formación  procesos  de transformación  digital  o competencias digitales: Se realizará siempre en horario laboral o será compensada.
      • Información expresa a la RLPT sobre el uso de IA en procesos de formación o evaluación de competencias.

    Teletrabajo como derecho conciliación

    •  Trabajo a distancia: 
      Consideración del teletrabajo como un derecho de conciliación para las personas trabajadoras

    Formación: Potenciar participación y realización dentro de la jornada laboral

    •  Formación: 
      • Garantizar participación de la plantilla en la formación vinculada a su puesto de trabajo.
      • Incrementar tiempo de formación a 30 horas, dentro del cómputo de jornada máxima anual (10 para desarrollo profesional), aumentando la formación presencial dentro de la jornada de trabajo.
      • Impulsar acuerdos sobre Formación y mecanismos mediación.
      • Comisión Paritaria de Formación en empresas de >150 trabajad.

    Traslados

    •  Compensación por Traslados: 
      Incrementar compensación de 4 a 6 mensualidades ordinarias

    Salarios:16% fijo mínimo, Revisión PIB/IPC, 17.000€ Salario mínimo sector

    •  Retribuciones:  
      • Incremento salarial fijo mínimo del 16% para los 4 años de vigencia, para recuperar poder adquisitivo tras los años de aumento del IPC.
      • Adicionalmente, cláusula de revisión salarial con efecto retroactivo en función de la evolución del PIB y el IPC
      • Alcanzar un Salario mínimo sectorial en tablas de 17.000€

    Otros aspectos retributivos: C. Experiencia, Retribución Variable, Dietas y km, Compensación comida

    •  Complemento por Experiencia: 
      No compensación ni absorción del importe al pasar del Grupo II al Grupo I
    •  Sistemas de Retribución Variable: 
      Introducción en Convenio de criterios objetivos, no discriminatorios y medibles, vinculados a la marcha del Sector y de la empresa.
    •  Dietas y Gastos de Locomoción: 
      Actualización de los importes de dietas y gastos de locomoción
    •  Compensación por Comida: 
      Aumento a 15,00 € diarios en 2025, con módulos de incremento anual de 0,50€ para los años sucesivos de convenio (15,50€ – 16,00€ – 16,50€).

    Tiempo de trabajo: Negociar reducción paulatina de jornada hacia las 35H

    •  Jornada Laboral: 
      Compromiso de negociar la reducción paulatina de la jornada anual desde 1.692 a 1.598 horas (35 h. semanales) una vez se apruebe en el Congreso la reducción de la jornada máxima legal a 1.712,5 h. (37,5 h. semanales).

       Plus de Turnicidad:  Incrementar al 30%
       Plus de Nocturnidad:  Incrementar al 25% y al 50% para noches especiales.
       Guardias Localizadas  (Disponibilidad e Interv.): Regulación+compensación

       Vacaciones:  Garantizar disfrute días adicionales >60 años hasta jubilación 

    Permisos: Adaptar a legislación y jurisprudencia. Mejora permiso fallecimiento y consulta médica

    •  Permisos: 
      • Adaptación a cambios RDL 5/2023 y a art. 37.3.g ET y 37.3.g.bis ET
      • 3 meses desde el deceso para utilización permiso h/ 1 mes sin sueldo por fallecimiento conyuge, pareja hecho o parientes h/ 2° grado.
      • No recuperación de horas en permisos por asuntos particulares, cuando se use para acudir a consulta médica (propia o acompañando a cónyuge, pareja hecho, familiar 1er grado o dependientes).
      • Cómputo de permisos en días laborables conforme jurisprudencia TS.

    Mejorar Seguro Aportación

    •  Seguro de aportación definida: 
      • Aumentar porcentaje de aportación anual al 3%
      • Posibilidad de implantar Plan de Pensiones sectorial

    Evaluar riesgos psicosociales y prevenir catástrofes

    •  Igualdad de Oportunidades:
      • Obligación de justificar en Registro salarial diferencias de promedio de retribuciones entre sexos superiores al 5%
      • Acoso sexual y por razón de sexo: Protocolo en artículo 97 específico.
      • Información a la RLPT sobre las solicitudes de adaptación de la jornada laboral por razón de conciliación (art. 34.8 ET) y su resolución.

    Medidas LGTBI y adaptar a cambios legislativos

    •  Inclusión de nuevo artículo: 
      • Medidas para la igualdad y no discriminación personas LGTBI (RD 1026/24)
      • Adaptación del texto del convenio colectivo a los cambios legislativos

     

    Peculiaridades MUTUAS Colaboradoras con la Seg. Soc.

    Nueva Tabla salarial y revisión automática retribuciones

    •  Retribucion es
      • Nueva tabla salarial de referencia para el personal de las Mutuas que refleje la realidad salarial de aplicación.
      • Sistema de revisión salarial anual automático de retribuciones básicas, en función de los incrementos de masa salarial previstos.

    Personal turno de tarde

    •  Turnos: 
      Extender a personal turno de tarde la prioridad para ocupar vacante en el turno de día (actualmente establecida solo para personal turno de noche)

    Adaptar y actualizar la Clasificación Profesional

    •  Clasificación Profesional: 
      • Adaptar definiciones clasificación profesional al Marco Español de Cualificaciones y al catálogo de títulos de Formación Profesional
      • Rectificar Anexo 2 Área sanit.: Incluir Médico/a residente en Grupo I
      • Adaptar titulación univ. a RD 822/21: Grado, Máster y Doctorado

    Desarrollo profesional personal sanitario

    •  Carrera Profesional: 
      • Obligación de instaurar Sistema negociado de desarrollo profesional para el personal sanitario, dando cumplimiento a la Ley 44/2003.
      • Comité evaluador sectorial para homogeneizar criterios evaluación.

    Indemnidad conflicto deontológico

    •  Garantía de Indemnidad por conflicto deontológico o profesional: 
      Fijar en convenio la nulidad de las acciones disciplinarias con origen en conflictos por diferencias de criterio técnico-profesional o deontológico.

    Observatorio sectorial específico Mutuas

    •  Observatorio Sectorial de Mutuas Colaboradoras con la Seg. Soc.: 
      Constitución Observatorio Sectorial específico de Mutuas como foro estable de diálogo social sobre materias específicas del sector (análisis realidad, impacto sobre relaciones laborales de su consideración como Sector Público Estatal, diseño de estrategias conjuntas, etc.).

     

    Puedes leer la Plataforma completa de CCOO haciendo clic en este enlace

    En próximos comunicados os detallaremos las pretensiones patronales, además de seguir informando puntualmente sobre esta negociación.

    Puedes hacernos llegar tus dudas o comentarios

    Descargar COMUNICADO (pdf)

  • CCOO presenta su plataforma reivindicativa para el nuevo Convenio de Seguros y Mutuas

    • En la segunda reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Seguros, Reaseguros y Mutuas, celebrada hoy 24/02, CCOO ha presentado su plataforma reivindicativa para el nuevo Convenio.

    Desde CCOO, tras hacer un breve balance del anterior convenio 2020-2024, hemos presentado ante las organizaciones empresariales (UNESPA, AMAT, ASECORE y CEM) nuestras propuestas para el nuevo convenio con el objetivo de mejorar y mantener las condiciones de las plantillas del sector.

     

    Limitar la externalización de actividades

    •  Ámbito funcional: 
      Limitar la externalización de actividades propias del sector y garantizar desde la empresa principal que, en caso de subcontratación, se apliquen las condiciones del Convenio de Seguros y Mutuas.
       

    4 años de vigencia

    •  Ámbito temporal: 
      4 años de vigencia y fijando la ultraactividad indefinida del convenio 
       

    Incremento garantizado sin absorción

    •  Compensación y absorción: 
      Establecer limitaciones a la compensación y absorción, garantizando incrementos salariales netos para toda la plantilla

    Mejorar nivel mínimo de acceso (GIII N8), acortar acceso a Grupo II y otras mejoras

    •  Clasificación Profesional: 
      • Eliminación del Grupo IV Nivel 9 (G-III N-8 nivel mínimo de acceso).
      • 2 años máximo en el Grupo III Nivel 8 para acceder al Grupo II.
      • Definición de puestos de trabajo del Grupo III Nivel 7
      • Incluir labores de atención al público en las funciones del Grupo II
      • Inclusión en sistema de clasificación de los puestos de los Servicios de Prevención Propios (SPP), obligatorios en empresas > 500 trab.

    Convocar plazas Nivel 4

    •  Ascensos y Promociones: 
      Convocar obligatoriamente cada 2 años plazas del Nivel 4 

    Cumplir la desconexión digital

    •  Desconexión digital: 
      Dejar registrado el uso de todos los equipos y herramientas, con el fin de analizar la posible actividad laboral más allá de los límites de jornada.

    Garantías en procesos transformación digital y uso de la IA

    •  Transformación Digital y uso de la IA: 
      • Formación  procesos  de transformación  digital  o competencias digitales: Se realizará siempre en horario laboral o será compensada.
      • Información expresa a la RLPT sobre el uso de IA en procesos de formación o evaluación de competencias.

    Teletrabajo como derecho conciliación

    •  Trabajo a distancia: 
      Consideración del teletrabajo como un derecho de conciliación para las personas trabajadoras

    Formación: Potenciar participación y realización dentro de la jornada laboral

    •  Formación: 
      • Garantizar participación de la plantilla en la formación vinculada a su puesto de trabajo.
      • Incrementar tiempo de formación a 30 horas, dentro del cómputo de jornada máxima anual (10 para desarrollo profesional), aumentando la formación presencial dentro de la jornada de trabajo.
      • Impulsar acuerdos sobre Formación y mecanismos mediación.
      • Comisión Paritaria de Formación en empresas de >150 trabajad.

    Traslados

    •  Compensación por Traslados: 
      Incrementar compensación de 4 a 6 mensualidades ordinarias

    Salarios:16% fijo mínimo, Revisión PIB/IPC, 17.000€ Salario mínimo sector

    •  Retribuciones:  
      • Incremento salarial fijo mínimo del 16% para los 4 años de vigencia, para recuperar poder adquisitivo tras los años de aumento del IPC.
      • Adicionalmente, cláusula de revisión salarial con efecto retroactivo en función de la evolución del PIB y el IPC
      • Alcanzar un Salario mínimo sectorial en tablas de 17.000€

    Otros aspectos retributivos: C. Experiencia, Retribución Variable, Dietas y km, Compensación comida

    •  Complemento por Experiencia: 
      No compensación ni absorción del importe al pasar del Grupo II al Grupo I
    •  Sistemas de Retribución Variable: 
      Introducción en Convenio de criterios objetivos, no discriminatorios y medibles, vinculados a la marcha del Sector y de la empresa.
    •  Dietas y Gastos de Locomoción: 
      Actualización de los importes de dietas y gastos de locomoción
    •  Compensación por Comida: 
      Aumento a 15,00 € diarios en 2025, con módulos de incremento anual de 0,50€ para los años sucesivos de convenio (15,50€ – 16,00€ – 16,50€).

    Tiempo de trabajo: Negociar reducción paulatina de jornada hacia las 35H

    •  Jornada Laboral: 
      Compromiso de negociar la reducción paulatina de la jornada anual desde 1.692 a 1.598 horas (35 h. semanales) una vez se apruebe en el Congreso la reducción de la jornada máxima legal a 1.712,5 h. (37,5 h. semanales).

       Plus de Turnicidad:  Incrementar al 30%
       Plus de Nocturnidad:  Incrementar al 25% y al 50% para noches especiales.
       Guardias Localizadas  (Disponibilidad e Interv.): Regulación+compensación

       Vacaciones:  Garantizar disfrute días adicionales >60 años hasta jubilación 

    Permisos: Adaptar a legislación y jurisprudencia. Mejora permiso fallecimiento y consulta médica

    •  Permisos: 
      • Adaptación a cambios RDL 5/2023 y a art. 37.3.g ET y 37.3.g.bis ET
      • 3 meses desde el deceso para utilización permiso h/ 1 mes sin sueldo por fallecimiento conyuge, pareja hecho o parientes h/ 2° grado.
      • No recuperación de horas en permisos por asuntos particulares, cuando se use para acudir a consulta médica (propia o acompañando a cónyuge, pareja hecho, familiar 1er grado o dependientes).
      • Cómputo de permisos en días laborables conforme jurisprudencia TS.

    Mejorar Seguro Aportación

    •  Seguro de aportación definida: 
      • Aumentar porcentaje de aportación anual al 3%
      • Posibilidad de implantar Plan de Pensiones sectorial

    Evaluar riesgos psicosociales y prevenir catástrofes

    •  Igualdad de Oportunidades:
      • Obligación de justificar en Registro salarial diferencias de promedio de retribuciones entre sexos superiores al 5%
      • Acoso sexual y por razón de sexo: Protocolo en artículo 97 específico.
      • Información a la RLPT sobre las solicitudes de adaptación de la jornada laboral por razón de conciliación (art. 34.8 ET) y su resolución.

    Medidas LGTBI y adaptar a cambios legislativos

    •  Inclusión de nuevo artículo: 
      • Medidas para la igualdad y no discriminación personas LGTBI (RD 1026/24)
      • Adaptación del texto del convenio colectivo a los cambios legislativos

     

    Peculiaridades MUTUAS Colaboradoras con la Seg. Soc.

    Nueva Tabla salarial y revisión automática retribuciones

    •  Retribucion es
      • Nueva tabla salarial de referencia para el personal de las Mutuas que refleje la realidad salarial de aplicación.
      • Sistema de revisión salarial anual automático de retribuciones básicas, en función de los incrementos de masa salarial previstos.

    Personal turno de tarde

    •  Turnos: 
      Extender a personal turno de tarde la prioridad para ocupar vacante en el turno de día (actualmente establecida solo para personal turno de noche)

    Adaptar y actualizar la Clasificación Profesional

    •  Clasificación Profesional: 
      • Adaptar definiciones clasificación profesional al Marco Español de Cualificaciones y al catálogo de títulos de Formación Profesional
      • Rectificar Anexo 2 Área sanit.: Incluir Médico/a residente en Grupo I
      • Adaptar titulación univ. a RD 822/21: Grado, Máster y Doctorado

    Desarrollo profesional personal sanitario

    •  Carrera Profesional: 
      • Obligación de instaurar Sistema negociado de desarrollo profesional para el personal sanitario, dando cumplimiento a la Ley 44/2003.
      • Comité evaluador sectorial para homogeneizar criterios evaluación.

    Indemnidad conflicto deontológico

    •  Garantía de Indemnidad por conflicto deontológico o profesional: 
      Fijar en convenio la nulidad de las acciones disciplinarias con origen en conflictos por diferencias de criterio técnico-profesional o deontológico.

    Observatorio sectorial específico Mutuas

    •  Observatorio Sectorial de Mutuas Colaboradoras con la Seg. Soc.: 
      Constitución Observatorio Sectorial específico de Mutuas como foro estable de diálogo social sobre materias específicas del sector (análisis realidad, impacto sobre relaciones laborales de su consideración como Sector Público Estatal, diseño de estrategias conjuntas, etc.).

     

    Puedes leer la Plataforma completa de CCOO haciendo clic en este enlace

    En próximos comunicados os detallaremos las pretensiones patronales, además de seguir informando puntualmente sobre esta negociación.

    Puedes hacernos llegar tus dudas o comentarios

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  • Fin del periodo de consultas de modificación sustancial de condiciones de trabajo en Prenatal Retail Group Spain

    • Finalizado el periodo de consultas del procedimiento de carácter colectivo de Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo de la empresa Prenatal Retail Group Spain, S.L.U. (PRG) para el cambio de Convenio colectivo al sectorial estatal de Grandes Almacenes (GGAA).
    • CCOO no suscribe el Acuerdo alcanzado entre UGT y Fetico.

    El pasado 13 de Febrero 2025 a las 11.00h en las instalaciones de PRG en Madrid, mediante Reunión del Comité Intercentros conformado por los siguientes sindicatos; UGT (3 miembros), CCOO (2 miembros) y Fetico (2 miembros) se procede a:

    Durante la presente reunión del Comité Intercentros como representantes de las personas trabajadoras en PRG una vez revisado y validado el texto del 
    acuerdo se procede a la firma de dicho acuerdo (con mayoría simple) por los sindicatos UGT (3 MIEMBROS) Y FETICO (2 MIEMBROS).

    LA REPRESENTACIÓN DE CCOO SERVICIOS EN EL COMITÉ INTERCENTROS (2 MIEMBROS) NO SUSCRIBE DICHO ACUERDO Y POR TANTO NO SERÁN FIRMANTES DEL MISMO.

    Desde CCOO Servicios una vez valorado el conjunto del acuerdo y entendiendo que no solo NO SE MANTIENEN las condiciones económicas y de conciliación derivadas de las distintas aplicaciones de los convenios provinciales (15 convenios provinciales de aplicación), entendemos que flaco favor se realiza en el marco de la negociación colectiva territorial cuando la aplicación de la subrogación a través del artículo 44 se limita a la pérdida total de todos los derechos adquiridos mediante negociación colectiva realizada principalmente por los sindicatos sociales en este país.

    Por ello no vemos la necesidad de adherirnos a un acuerdo sin garantías más allá de la propia subrogación en el que no existe ninguna consolidación de derechos y tan solo se refleja una mínima compensación temporal, condenando a la plantilla de la anterior empresa PRENATAL a una pérdida importante de derechos principalmente económicos.

    La plantilla subrogada y de aplicación del presente acuerdo de modificación sustancial equivale en torno a 100 personas trabajadoras de las que aproximadamente el 40% verán mermados sus derechos.

    Desde CCOO Servicios nos mantenemos firmes en este tipo de decisiones y no nos sumaremos a la pérdida innecesaria de derechos laborales, al igual que también hemos mantenido esta posición en el resto del SECTOR en GGAA, lamentamos que otros sindicatos de índole social se unan a esta firma de acuerdo innecesaria.

    Por otra parte y para repensar la situación actual después de varios expedientes de regulación y modificaciones sustanciales con una disminución sin precedentes en las plantillas de la actual PRG, ¿Qué será lo siguiente?, ¿estarán de nuevo de acuerdo en firmar pérdida de derechos a la totalidad de las plantillas?.

    Pase lo que pase, en CCOO te informamos, protegemos y defendemos.
     

    Descaragr COMUNICADO (pdf)

  • CALENDARIOS LABORALES 2025

    Apreciados compañeros y compañeras:

    Tal y como os informábamos el pasado 08 de enero, desde CCOO se lanzaron una serie de propuestas   en relación con el Calendario Laboral del año 2025 para las personas trabajadoras de Vitaly (exceptuando aquellas personas subrogadas de Cualtis que mantienen el mismo calendario y horarios que venían realizando en el año 2024) y a continuación os queremos exponer el estado de implementación de las mismas tras varias reuniones con la empresa.

    1) Calendario 2025 trabajadores/as subrogados de Cualtis: Como ya hemos comentado anteriormente, para el año 2025 se mantiene el mismo calendario y horarios del año 2024. Estamos a la espera de que sean facilitados por la empresa.

    2) Calendario 2025 trabajadores/as de Vitaly Health Services NO afecta a personal de Cualtis: La empresa ya ha subido al portal del empleado los calendarios laborales de los centros de trabajo. En relación con las propuestas presentadas por CCOO este es el estado de implementación en los calendarios de 2025 de las mismas:

       a) Extender la posibilidad de realizar el Calendario de Jornada Continuada de Mañana (Horario Flexible) para todo el conjunto de Departamentos y personas trabajadores de Vitaly teniendo en cuenta los casos puntuales en que se deba prestar un servicio a las empresas clientes.

    La empresa manifiesta que NO va a implementar esta medida ni extender para el año 2025 la jornada continua de mañana para ningún otro Departamento de la empresa.

    b) Pasar los 2 días festivos locales a vacaciones de igual forma que la prueba piloto realizada en Cataluña con muy buena acogida por parte de las personas trabajadoras y de esta forma dotar de 2 días adicionales de vacaciones a las personas trabajadoras. Es decir, cambiar esos dos días festivos locales, por que el trabajador lo pueda disfrutar cualquier día, en vez de esos dos días fijos.

    La empresa manifiesta que NO va a implementar esta medida a nivel nacional, solo lo hará en aquellos territorios que ella considere oportuno (Madrid, Cataluña,…).

    c) Establecer los días 24 y 31 de diciembre como días laborables y NO como días de cierre de Empresa y de esta forma dotar de 2 días adicionales de vacaciones a las personas trabajadoras. Similar a lo establecido con los dos días festivos locales.

    Aquellas personas que quieran disfrutar de estos días 24 y 31 solamente tendrán que pedirlos como vacaciones.

    La empresa manifiesta que NO va a implementar esta medida. Los días 24 y 31 se mantienen para todo el territorio nacional como días de cierre de empresa debiendo las personas trabajadoras recuperar las horas no trabajadas esos días (aproximadamente 16 horas) durante el resto del año al no tratarse esos días de cierre como un permiso retribuido.

    d) Establecer los días 24 y 31 de diciembre como días de permiso retribuido (por lo tanto, NO recuperables) por parte de la Empresa (tal y como vienen disfrutando actualmente los compañeros/as subrogados de Cualtis), en caso de no establecer ambos días como laborables de acuerdo con el punto "c" anterior.

    La empresa manifiesta que NO va a implementar esta medida. Los días 24 y 31 se mantienen para todo el territorio nacional como días de cierre de empresa debiendo las personas trabajadoras recuperar las horas no trabajadas esos días (aproximadamente 16 horas) durante el resto del año al no tratarse esos días de cierre como un permiso retribuido.

    e) Para aquellas personas trabajadoras que realizan "Jornada Partida" establecer la posibilidad de reducir el tiempo destinado a la comida (Actualmente entre 1 y 2 horas) dejándolo en 30 o 45 minutos para facilitar la finalización de la jornada más temprano en horario de tarde. Esto se debe a que actualmente muchas personas trabajadoras comen en la oficina y no se desplazan a sus domicilios siendo este tiempo (30 o 45 minutos) más que suficiente para realizar el almuerzo.

    La empresa manifiesta que NO va a implementar esta medida.

    f) Establecer los 15 minutos de descanso para el desayuno que realizan las personas trabajadoras como tiempo de trabajo efectivo para que las personas trabajadoras de Vitaly trabajen de forma efectiva 1705 horas en lugar de 1760 horas ya que esos 15 minutos de descanso no cuentan como tiempo de trabajo efectivo (15 minutos diarios por 220 días laborables aproximadamente en el año 2025 equivalen a 55 horas anuales).

    Las personas trabajadoras de Cualtis disfrutan de estos 15 minutos como tiempo de trabajo efectivo y por lo tanto NO han de recuperar ese tiempo.

    La empresa manifiesta que NO va a implementar esta medida.

    g) Establecer para el año 2025 como fecha tope (máxima) para la presentación de las vacaciones anuales solicitadas por parte de toda la plantilla de la empresa el viernes 28 de marzo (Como mínimo, dicha solicitud de vacaciones incluirá el grueso de las vacaciones estivales).

    Se establece un periodo de 28 días desde la fecha tope de presentación de las vacaciones anuales en que la empresa disponga de las mismas para que ésta ejerza su derecho de organización, gestión y control y se pronuncie al respecto (tanto si se aprueban como si se deniegan las vacaciones solicitadas por el personal).

    Por lo tanto, se establece como fecha tope para comunicar a los trabajadores/as afectados la resolución (favorable o negativa) de su solicitud de vacaciones el viernes 25 de abril.

    Hay que tener en cuenta, que hay trabajadores/as que han sufrido la denegación de las vacaciones a última hora, con lo que ello conlleva, por un problema puntual de la empresa no previsto, por no estar autorizadas. Si las vacaciones están autorizadas es problema de organización de la empresa resolver ese problema y no del trabajador.

    La empresa manifiesta que está valorando esta medida.

    h) Realización de los calendarios laborales para el personal del área de VS de los centros de trabajo donde realizan jornada continuada de mañana de lunes a viernes con una duración diaria de 8 horas. (7.75 horas de tiempo de trabajo efectivo).

    La empresa manifiesta que está valorando esta medida.

    Por último, desde la Sección Sindical de CCOO de Vitaly queremos recordar a todas las personas trabajadoras que los calendarios laborales “subidos” en el portal del empleado son los generales del centro de trabajo y por tanto NO están individualizados. Los horarios contemplados en dichos calendarios no se corresponden con los horarios que tenéis acordados por contrato de trabajo, reducción y/o adaptación de jornada, etc…

    Desde CCOO hemos detectado que aquellas personas con contratos a tiempo parcial, reducciones de jornada, etc. en muchos casos podéis estar trabajando más horas de las que deberíais realizar por contrato.

    Para calcular vuestra jornada anual debéis tener en cuenta el porcentaje de jornada que realizáis y contrastarlo con vuestro horario diario en el calendario anual y realizar dichos cálculos.

    Ejemplo: Trabajador de Vitaly con jornada de 1705 horas al 100% de la jornada que se aplica una reducción de jornada por cuidado de menor del 50% debería realizar 852,5 horas anuales.

    Para cualquier duda y/o aclaración quedamos a vuestra disposición.

    Atentamente,

     

    COMUNICADO