Categoría: Negociacion Colectiva

  • CCOO se concentra frente a la JGA del Banco Sabadell

    • Ante la negativa de la AEB de acordar subidas salariales justas, continuamos las movilizaciones en el sector de BANCA

    Tras la exitosa huelga del pasado 22M en la que un 75,8% de la plantilla le dijo alto y claro a las entidades del sector de banca que merecían unas subidas salariales justas y acordes con los beneficios récords obtenidos gracias a su esfuerzo, CCOO vuelve a salir a la calle en demanda de un Convenio justo.

    En esta ocasión, el activo sindical de CCOO se concentrará frente a la Junta General de Accionistas (JGA) del Banco de Sabadell que se celebrará hoy a partir de las 10 horas en el Paseo de Campoamor s/n, en la explanada junto a las puertas de entrada al Auditorio de la Diputación de Alicante.

    Con esta nueva movilización queremos trasladar a las entidades integradas en la AEB nuestro rechazo a su inmovilismo a la hora de alcanzar un acuerdo de subida salarial en línea con lo que ya se ha conseguido en el sector de antiguas Cajas (CECA) y Cooperativas de Crédito:

    Es prioritario cerrar en Banca un incremento salarial que se aplique a toda la plantilla (no de forma discrecional) como punto de partida para conseguir un cambio estructural, empresa a empresa, en el modelo de negocio y las relaciones laborales, con medidas a abordar en cada entidad desde la negociación colectiva, para mejorar un clima laboral insostenible, que afronte la presión comercial, las cargas de trabajo, el impacto sobre la salud y los modelos retributivos.

    El Banco Santander, BBVA, Banco Sabadell, Bankinter, Deutsche Bank y resto de Bancos de AEB deben tratar a las 80.000 personas que formamos sus plantillas y hemos conseguido unos beneficios históricos de la misma manera que a las patronales de Ahorro y Cooperativas de Crédito tratan a sus 72.000 trabajadores y trabajadoras. ES DE JUSTICIA

     

     

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  • Se publican en el BOE las nuevas tablas salariales, adecuadas al SMI, del Convenio TIC

    Hoy, 9 de abril, se han publicado en el BOE las nuevas tablas salariales, adecuadas al SMI, del Convenio Colectivo de Empresas de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública:
    Publicación en el Boletín Oficial del Estado

    Recordemos que, tal y como se acordó en la disposición adicional cuarta “Garantía de Actualización al Salario Mínimo Interprofesional” del XVIII Convenio, y se ratificó en Comisión Mixta Paritaria, debe haber un diferencial de 80€ entre cada categoría adecuada al SMI y su inmediatamente superior (y esta con la siguiente y así sucesivamente). Esta cláusula permite mantener las escalas salariales entre categorías evitando el solapamiento de salarios.

    Aunque se hayan publicado hoy, son retroactivas desde el 1 de enero de 2024 por lo que, además del aumento en la nómina, se adeudan también los atrasos generados desde entonces.

    Ahora, las empresas disponen de un mes para la realizar la adecuación a las nuevas tablas y abonar los atrasos.

    Tablas salariales adecuadas al SMI 2024

     

    ESTE CONVENIO TIENE MUCHO DE TI

    Publicación en el Boletín Oficial del Estado

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  • CCOO firma el convenio colectivo de Hostelería de Lleida

    Desde CCOO valoramos positivamente el acuerdo ya que conseguimos incrementos salariales superiores a los pactados en el convenio interprovincial de hostelería de Catalunya (que no firmamos CCOO). Además ha sido sin pérdida de derechos y incorporando redactados que mejoran la conciliación de la vida laboral y personal.

    Las principales novedades son las siguientes:

    • Se amplía el ámbito funcional del convenio incorporando “restauración moderna”, la actividad de reparto de comidas y bebidas a través de plataformas digitales (“riders”) y la actividad de las cocinas industriales.
    • Excedencias: posibilidad de prorrogar el periodo de excedencia voluntaria en el caso de que se solicite por un plazo inferior a los 5 años, siempre y cuando no sea para trabajar en otra empresa del sector.
    • Contratación: adaptación legal del contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, del contrato de formación en alternancia y del contrato por circunstancias de la producción.
    • Contratación de personas trabajadoras con discapacidad: se pacta que el acceso a la ocupación ordinaria para el cumplimiento de la cuota de reserva del 2% de la plantilla a personas con diversidad funcional, ha de ser la regla general, siendo las medidas alternativas de carácter excepcional.
    • Introducimos un nuevo párrafo que regula la desconexión digital.
    • Licencias retribuidas: se recogen en el texto del convenio las nuevas licencias retribuidas.
    • Incremento salarial: 4% para el primer año, 3% para el segundo y 3% para el tercer año de vigencia. Para el segundo y tercer año se establece una cláusula de revisión salarial al IPC real topada al 1% adicional.

     

    ¡Seguiremos informando!